Acta de conciliación - JORGE ALFONSO SALINA GUERRA
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - JORGE ALFONSO SALINA GUERRA
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
..
PROCESO INTER'
,SUBPROCESO CONCILIACIC
FORMATO ACTA DE
REG-IN-CE-(
(f) SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA ll ll lll llllll ll l lll l ll ll llll l ll l ll l llll l lll Al contestar cite: 2016-01-297220
Fecha: 27/0512018 11 :46:09 Folios: 2
Remitenle: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION CONCI LIAC.. _ . _ _ ___ __ _ _ _________ ....
PROCURADURÍA 195 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 1633-2016 SIAF 77346 de 03 de marzo de 2016
Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Convocado (s): JORGE ALFONSO SALINA GUERRA Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy dieciséis (16) de mayo de 2016, siendo las 02.40 p.m., procede el despacho de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) FABIAN VICENTE MAYOR OLAYA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 80.224.628 y con tarjeta profesional número 162.195 del Consejo Superi0r de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido comq tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor {a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado
reconocido comq tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor {a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79.779.892 y portador de la tarjeta profesional número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado JORGE ALFONSO SALINA GUERRA. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y limites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que, el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial. 1
PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450814, acto administrativo de fecha 17/11/2015.
PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450814, acto administrativo de fecha 17/11/2015.
SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de cancele a favor del señor (a) JORGE ALFONSO SAUNA GUERRA la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SEIS PESOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS (2.838.306,55) por la reliquidación de los conceptos de Prima de Actividad por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. En este estado de la audiencia se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud incoada, quien manifestó: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superlntendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No 06-2016) estudió el caso del señor(a) JORGE ALFONSO SALINA GUERRA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 5088183 y decidió de manera UNANIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía dei $2.838.306,55 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No
en la cuantía dei $2.838.306,55 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No !
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:
N.• Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
1PROCESO INTE RVENCI ÓN
SUBP ROCESO CONC ILIACI ÓN EXTRA JU DICIA L
FORMA TO ACTA DE AU DI ENC IA
REG-IN-C E-002
Fecha de Revi sión 24/0 B/201 5 Fec ha de Aproba ción 24/08/201 5 Versión 4 Pá gina 2 de 4 habr á luga r a la inde xac ión. 3. Pago: El pago se realiz ar á dent ro de los 60 dí as sigu ient es co ntados a pa rtir de la sol icitud de pago, po ste rior a qu e la co nci liación haya sido avalada y radic ada en la En tid ad. 4. Intereses: No habr á luga r al pago de los int ereses den tro de los 60 dí as sigui entes a la solic itud de pago . 5 Lugar de Pago: Gr up o de Tesor ería de la Supe ri ntenden cia de Sociedades Sede Bog otá . La present e certifi cac ión se expide con base en lo di spu esto en inc iso 2 del artí cul o 18 del De creto 17 16 de 2009, y en el artí culo 6 de la Co nstitución Polí tic a . Pa ra Const ancia se firma en la ciudad de Bog otá a los 18 dí as del mes de mar zo de 20 16 .
6 de la Co nstitución Polí tic a . Pa ra Const ancia se firma en la ciudad de Bog otá a los 18 dí as del mes de mar zo de 20 16 . Acto segui do se le conc ede el uso de la palabr a al apo derado de la parte convo cada , con el fin de que se sirva indi ca r sobre propue sta realizada por la ap oderada de la en tidad convoca nte : Acepto la propu es ta de pago de la entidad conv oca nte, en la suma ofrecida , co ndi ciones de pla zo y fórm ula de pag o, ya qu e esta se enc uentr a ajustada a der echo. El Procur ador en atenció n al ánimo con cil iat orio de la entid ad conv oca nte y la con vocada , en cu ent ra le galm ent e via ble el acuer do, pu es dé conf orm idad co n los hec hos con sig nado s en la solic itud, el objeto del acuer do es conc iliable y cont iene obl igac iones cl aras, expr esas y exig ibles, en cua nto al tie mp o, modo y lu gar de su cumplimien to. As imismo, el eve ntu al medio de contr ol que se hubier e podido ll egar a prese nta r no se encue ntr a cad uc ado, en raz ón a que el té rmin o señalado en el lit eral (i) del num era l 2 del artículo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El acu erdo con cili atorio versa sobr e ac ciones o der echos eco nóm icos disponib les por las par tes. Las pa rtes se encue ntr an debidament e re presen tadas y sus repr esentant es tien en facult ad expr esa para con ci liar. Las
der echos eco nóm icos disponib les por las par tes. Las pa rtes se encue ntr an debidament e re presen tadas y sus repr esentant es tien en facult ad expr esa para con ci liar. Las obligaci ones de riv adas del acuerdo se encue ntr an debid amen te su stent adas en prueb as docu me ntale s legalme nte vá lidas que obr an en el exp ed ie nte y qu e ju stifican el ac uer do, co mo son los sigu ientes docu mentos:
1. Conc ep to em itido por la Ag en cia Nacional de Defensa Ju rídic a del Estado con fecha 01 de ju nio de 20 15 en 07 folios.
2. Der echo de petición elev ado a la Su per inten denc ia de Sociedades de fecha 30 de sep tie mbr e de 20 15 en 02 foli os.
3. Copia de la respues ta del Der echo de Petición a la pa rte conv oca da su scrita por la doc tora LIGI A STELL A RO DRIG UE Z HERN AN DE Z de fecha 17 de nov iembr e de 20 1 5 en 01 folio.
4. Ce rtifica ción del Cóm ité de Concilia ción de la Su peri ntend encia de Socied ade s su sc rito por la doc to ra Ángela Mar ia Ca ro Bohór que z Secr eta ria Téc nic a del Com ité de Conci liac ión y Defensa Judi ci al ad -hoc de fecha 18 de mar zo de 20 1 6en 01 folios.
En crit erio de es ta agencia del Min is terio Público, el ac uer do cont enido en el acta no es violatorio de la ley y no resu lta les ivo par a el patr imonio públic o po r las sigui en tes razo nes:
En crit erio de es ta agencia del Min is terio Público, el ac uer do cont enido en el acta no es violatorio de la ley y no resu lta les ivo par a el patr imonio públic o po r las sigui en tes razo nes: Conf orme a la se ntencia de un ificación del Co nse jo de Est ado - Sala Plena - Sección Ter ce ra - C. P. Jaime Orla ndo Sant ofimio Gamb oa - 19 de nov iembr e de 20 12Radi ca ción nro. 7300 1 -23 -3 1 -000-2 000-0 3075 -01 {24.897), que resolvió si tu acion es ati nen tes al pago de he chos cumplid os, como consecuencia de la prest ación de ser vicios sin mediar contr ato alguno, es posib le sost ener, confo rme ha dicho prove ído, qu e en el prese nte caso nos encontr amos inm ersos en los postu la dos de la se nten cia proferid a cuando man ifestó: Lugar de Arch ivo: Procuradu ría Tiem po de Retención: N.º Judicial Admi nistrativa 5 años Disp osición Final : Arch ivo Cen tral Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el docum ento _, ...... ..-· 1 · PR OC ESO INTE RVEN CIÓ N Fecha de Revi sió n 24/08/20 15
SUBPR OCESO CONC ILIACIÓN EXTRA JUDIC IAL Fecha de Aprob ación 24/08/20 15
FORM ATO ACTA DE AUDI ENCIA Vers ión 4
RE G-I N-C E-002 Página 3 de 4 «E sos casos en dond e, de maner a exce pcional y por razones de inte rés
FORM ATO ACTA DE AUDI ENCIA Vers ión 4
RE G-I N-C E-002 Página 3 de 4 «E sos casos en dond e, de maner a exce pcional y por razones de inte rés pú blico o 'general, resultaría procede nte la actio de in rem verso a ju icio de la Sala, sería n ent re otros los si gu ientes : b) En los que es urgent e y neces ario ad quirir bien es, solicitar servicios, su ministrds, ordenar obr as con el fi n de prestar un servicio para evita r un a am ena za o un a lesión inminent e e irreversi ble al derecho a la salu d, der echo este que es fu nda men tal por conexidad con los derechos a la vida y a :Ia integri dad person al, urgenc ia y nec esidad que debe n apa recer de manera objetiv a y ma ni fiesta como consecuencia de la im posib ilid ad abso lu ta de plan ificar y adela ntar un proceso de selección de contratistas, así como de la celebración de los correspondientes contr atos, circu nstancias que deben estar plenamente acreditadas en el proceso contenc ioso admin istrativo, sin que el ju zgador pierda de vist a el derroteró gener al que se ha señala do en el nume ral 12. 1 de la present e provid encia, es decir, verificando en todo caso que la decisión de la ad mini str ación frente a estas circu nst ancias haya sido real mente urgente, úti l, necesa ria y la más razo nablem ente ajustada a las circunstancias qu e la ll evaron a tomar tal determ in ación.» Po r su pa rte , la aq uí convocada pre sto sus servicios a la en tidad con voca nte, en los
circunstancias qu e la ll evaron a tomar tal determ in ación.» Po r su pa rte , la aq uí convocada pre sto sus servicios a la en tidad con voca nte, en los tiem pos y térm inos cert ificad os , tal como lo prueban las certif icac iones apor tadas al prese nte tram ite qoncil iat orio. Se prueba entonc es qu e lo pret endido por la co nvoca nte al qu erer pagar al co nvocado la re liq uidación de la reserva es pecia l del ahor ro en la li qui dac ión de la Prima de Actividad , Boni ficación por recrea ci ón, Hor as Extra s y Viáti cos, de los úl ti mos tres añ os, sin in cu rri r tales valores ni irit ereses ni ind exac ió n, es no incur ri r en un enr iq uecim ient o sin causa , sup uest o fáctico qu e corr esponde a la exc epci ón conte mp lada por el Conse jo de Est ado en la sent enc ia citada . 1 Ahor a bien, el Consejo de Est ado - Sec ción Terce ra - Radicado nro. 2500023-26-0 00201 1 -00805-0 1 - 24 de ab ri l de 201 3 - C.P. Enr ique Gil Bote ro , med ia nte la cual apr obó el acuer do conci li atorio entr e la Fundación par a el Mundo Nu evo par a la protección de los Niños, las Ni ñas, los Jó venes, la Mujer y la Fa mili a y el In stituto Colombi ano de Bie nesta r Fa mili ar, sostuv o: ! [ ... ] No debe perderse de vista que se está en presencia de un confl icto,
Fa mili ar, sostuv o: ! [ ... ] No debe perderse de vista que se está en presencia de un confl icto, que ha sid o su perado de forma bilateral, a través del acuer do all egado en au diencia preju dici al, y cu yos térm ino s no se han cuest io nado por quienes intervienen en el proceso. A su vez, las partes manifiestan conocer en su in tegridad lo all í contenido, por lo tanto, en aras de forta lecer este medio de resolución de conflictos, del cual se han va lido para sup erar las con trover sias de ti po económico contractual , al Despacho do nclu ye que el acuerdo celebr ado est a conforme a derecho, ya que la s pru ebas apor tada s ala proceso son su ficientes para arrib ar a las concl usione s requeridas pa ra apr obar el ar reg lo al que han lle gado las partes . Ahor a bi en, la Sala no pasará por alto qu e los hechos qu e dan lug ar a esta co nci liac ión también se enmar ca n en los sup uestos que la ju risprudencia de la Sección Tercera del Con sejo de Estado ha form ulado pa ra eventos si milares , es decir, aquel los en los cuales la ejecució n de trabajos, la prestación de servicios, o la entrega de bie nes Lugar de Arch ivo: Procur aduría Ti em po de Retención : N.° Judic ial Admin istr fitiva 5 años
Dis posición Final: Archivo Centr al ': Veri fique que esta es la versi ón correcta antes de util izar el docum entoPRO CESO INT ERVE NCIÓN Fecha de Revi sión 24/08 1201 5
Dis posición Final: Archivo Centr al ': Veri fique que esta es la versi ón correcta antes de util izar el docum entoPRO CESO INT ERVE NCIÓN Fecha de Revi sión 24/08 1201 5
SU BPR OC ESO CONCILIA CIÓN EX TRAJ UDIC IAL Fecha de Aproba ción 24108/20 15
FORM ATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión .4
RE G-I N-C E-002 Página 4 de 4 al Estado se real iza sin el soporte contractua l debido. Se ñaló en sen ten cia de un ificaci ón de la Sección -providen cia del 19 de noviembr e de 2012. Exp. 24.897qu e: 12 . 2. Con otras palabras , la Sala admite hi pótesis en las que resultaría procede nte la actio de in rem verso si n que medie cont rato alguno pe ro, se insiste, estas posibilidades son de carácte r excepcional y por consi guie nte de inte rpretaci ón y aplicació n restrictiva, y de ninguna manera con la pr etensión de en cuadrar den tro de estos casos excepcion ales, o al amparo de ellos, eventos que necesariam ente queda n comprendidos dentr o de la regla ge neral que antes se mencionó.» De la providencia tras crita , clar amen te se in fie re qu e co nforme a la pos1c1on jur ispr uden cia! del Con sejo de Estado es perf ectame nte viable, qu e casos co mo el aq uí se ha conci li ado se solucionen de maner a bi later al, me diant e meca ni smos aut o comp ositiv os
jur ispr uden cia! del Con sejo de Estado es perf ectame nte viable, qu e casos co mo el aq uí se ha conci li ado se solucionen de maner a bi later al, me diant e meca ni smos aut o comp ositiv os como la concili ación , qu e gar an tiza n la proteccl ón al patri monlo públ ico, los der echos de los partic ular es y perm ite n reso lve r confl ictos de maner a pronta , evita ndo desgast es in necesa rios al apar ato judicial. En consecuen cia , se disp ondr á el enví o del ac ta de acuerdo tot al, ju nto con los docume ntos per tinent es , al Jue z comp ete nte par a su ap robació n, advi rtiendo a los com par ecie ntes que el au to apr obatorio har á trán sit o a cosa juzgada y prest ará, ju nto con el ac ta qu e cont iene el ac uer do, mér ito ejecut ivo . razón por la cua l no son procede ntes nue vas peti cio nes conci li ator ias por los mismo s hecho s ni deman das ante esa jur isdic ció n por las mismas caus as. En const ancia de lo ant erior se da por co ncl ui da la dilig encia y se firm a el ac ta por qu ienes en ella in tervi ni eron, un a vez le ída y apr obada siendo las 03.00 p.m. nvoca da
LUIS IL LERMO ALFARO CO RTES e.e. No. 79.7 79.892
T. P. No. 228 .365 del C.S. de la J.
Apode rado de la parte Convocante . . . o. T.P. No. 162. .S. de la J.
e.e. No. 79.7 79.892
T. P. No. 228 .365 del C.S. de la J.
Apode rado de la parte Convocante . . . o. T.P. No. 162. .S. de la J. -FER NAN DO ANT ON IO TORRES GOMEZ Procu rador 195 Jud ici al I para Asuntos Admi nistra tivos Lugar de Archivo: Procur ad uría Tiem po de Re tenc ión: N. • Judi cial Admin istrativa 5 años
Disposic ión Final: Archiv o Central Verifique que esta es la vers ión correcta an tes de util iza r el docume nto "· .., 1
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