Acta de conciliación - JORGE JIMMY TADIC SATIZABAL
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - JORGE JIMMY TADIC SATIZABAL
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
fi'º' /2:\ SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 1 fi BOGOTA 1----"--ll s_usPR:_:::fi_:::fi._::;: ,.!!!'!!!!!'!!fi,!111/HII fi,¡fifi1fi9:fi, .
REG•IN-CE,00: Remitente: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LA NACl6fios: 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURiA 88 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación 16 -094 SIAF N.º 77215 de 3 de MARZO de 2016 "I
Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Convocado (s): JORGE JIMMY TADIC SATIZABAL Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hdy dieciséis (16) de mayo de 2016, siendo las 04:00 pm. Procede el despacho de la Procuraduría 88 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) GUETTY MAGNOLL Y CA YCEDO CAYCEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanfa número 52.105.964 y con tarjeta profesic;,nal número 218.323 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA ROORIGUEZ HERNANDEZ identificada con e.e. No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades 1
STELLA ROORIGUEZ HERNANDEZ identificada con e.e. No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades 1 Igualmente, cofiparece el (la) doctor (a) YUDI PAOLA MONTENEGRO AGUDELO identificado (a) con la e.e. número 1.023.865.106 y portador de la tarjeta profesional número 234.825 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado JORGE JIMMY T ADle SATIZABAL 1 El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en 1 I0s términos indicados en el poder que aporta. Aeto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el articulo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo sef\alado en el numeral 4 del articulo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. 1) JURAMENTO: El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del articulo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedati del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia den1 tro de éste trámite extrajudicial.
bajo la gravedati del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia den1 tro de éste trámite extrajudicial. 2) PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuraduría General de la Nación el día 3 de MARZO de 2016, pretende que: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450641, acto administrativo de fecha del 17/11/2015.
Lugar de Archivo: Proc1,Jraduría Tiempo de Retención:
N." Judicial Administrativa 5 al\os Disposición Final Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento 1 1PROCE SO INT ERVENCION Foéha do Revisión 24/081201 5 SUB PROCE SO CONC ILlACION EXTRAJUDICI AL Focha do Aprobecló_n 241081201 5
FORMAT O ACTA DÉ AUCIENCIA Versión 4
REG-IN-CE -002 Péglna 2 de 5 SEGUND O. Que comó cónsecu én cia y a titulo de restablecimien to del de recho se éanc ele a favor del senor (a) JOR GE JIMMY TADIC SATI ZABAL la suma de DOS MIL LONES OCHO CIEN TOS CI NCUEN TA Y SI ETE MIL SETEC U:NTOS CU ARE NTA Y CUA TRO PE SOS CON CINCU EN TA Y CINCO CEN TAVOS (2,857 ,744.55) por la te liqu idación de los conceptos de Prima de Activi dad, Bon ificación por Recrea ción , Hor as Extras y Viátic os , incl uido el porcentaje
(2,857 ,744.55) por la te liqu idación de los conceptos de Prima de Activi dad, Bon ificación por Recrea ción , Hor as Extras y Viátic os , incl uido el porcentaje corr espondie nte fi la Reserva Espec ial del Ahorro, por el per iodo de tiempo Sélia lado en la liqui dación que se adju nta a la prese nte soli citu d. 3) En este estado dé la audi encia se le concede el uso de la pala bra a la apo der ada de la parte conv ocant e, con el fin de qu e se sirv a indi car la decisión tomada por el co mit é de conci liaci ón de la en tidad que represent a, en relac ión con la sol icitu d in coada, qu ien manif estó : El Com ité de Coneil iaci6n y Defensa Jud icial de la Sup erint endenc ia de Sociedades, en reun ión celebr ada el dí a 18 de marzo de 20 16 (acta No 06fi20 16 ) estudió el Cáso del señor (a) JOR GE JIMM Y TADIC SAf lZAB AL, ide ntificad o(a) con la cédula de ci udada nla nu mer o 19 ,3 42.205 y dec idió de ma ner a UNANIME CONCIL IAR las pretens iones del convoca nte (R eserva Especial del Aho rro) , en la cu antía de $ 2.857.7 44,55 pesos m/cte; La fórm ula de pago sob re el prese nte asunt o es bajo los sig ui en tes parámetros :
1. Capi tal: Se reconoce un 10 0%,
2. Inde xac ión : No habr á lugat a la inde xac ión .
La fórm ula de pago sob re el prese nte asunt o es bajo los sig ui en tes parámetros :
1. Capi tal: Se reconoce un 10 0%,
2. Inde xac ión : No habr á lugat a la inde xac ión .
3. Pago: Ei pago se reali zará de ntro de los 60 dí as si gui en tes cont ados a part ir de la sol icitu d de pag o. poster ior a que ia conci liaci6n ha ya sido ava lada y radi cada én la En tidad . 4. ln toi'eses : No habr é lugar al pago de los interesés dentr o dé los 60 dí as sig uientes al á sol icitud de pago. 5 Logar de Pago: Gr upo de tesor erfa de la Superin tendencia dé Soci edades Sede Bogo té .
La prese r'ite oertif icfición se expide con base en lo di spues tó eh in ciso 2 del articul o 18 del Decr eto 1716 de 20 09, y en el art icu lo é de la Con stituei6n Política . Pa ra Cons tancia se fltma en la ci udad ae Bog oté a los 18 dlas del nies de marzo de 20 16 . 4) AC l=PTACION: Acto aeguido se le concedé el uso de la palabr a al ap odet ac:io de la pa rte convo cada, éon el fin de que se sirv a lhdl car sobr e propue sta rBal lzada pot la ap oder ada de la en tid ad eonv ocant o: Acépto la propu esta de pag o de la en tidad Gó nvoc;a nte , en la suma ofrecida, cohd ic=iones de plazo y fórmula ae págo, ya que este se éñcuen trs ajustada a derecho.
pag o de la en tidad Gó nvoc;a nte , en la suma ofrecida, cohd ic=iones de plazo y fórmula ae págo, ya que este se éñcuen trs ajustada a derecho. t,ugñr !le Attlhl vo: 'tócurfim,rrá ltiñ'lpti di Réttinel Cñ: lllf)O!JICl6n Fli'Uil: N. • J1:16101111 Atf_rii!n!fi(tauva . . s_.nl'io11 _ _ .. _ _ . _ __ .. __ Arfihlvo _o_en1n11 Véri 1que que eetit a& la vl!r!llól"I botreeta Mtee ae utllitar el dóólill'loñtc ,1 i ! 1 ,¡ 1 'I,,,, PROC ESO INTE RVENCIÓN Fecha de Revisión 24/0(!1201 5
SUBP ROCE SO CONC ILIACIÓN EXTRAJ UD ICIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA
1· REG-I N-CE002
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CONSI DER ACIONES DE L MI NISTERIO PUBLICO .
Versión 4 Página 3 de 5 El Procu rador en atenc ión al áni mo con ciliat orio de la entidad convocante y la eonvoeada, encue ntra legalme nte viabl e el aeuer do, pues de confor mid ad eon los hechos consignado s en la soli citud , el objeto del acuerdo es conc ilia ble y contiene obligacio nes qlar as, exp resas y exig ib les, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cump lim ient o. ,A simismo, el eve ntual medio de control qu e se hubiere podido llegar
obligacio nes qlar as, exp resas y exig ib les, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cump lim ient o. ,A simismo, el eve ntual medio de control qu e se hubiere podido llegar a presen ta r no se en cue ntra caducad o, en razó n a que el térmi no señalad o en el literal (i) de l rumer al 2 del art lculo 16 4 dfi la Ley 14 37 de 201 1. El acuer do co nci lia to rio versa sobr e accio nes o derech os econ óm icos disp onibl es por las part es. Las pafies se enc uen tra n debi damen te represen tadas y sus represent ant es tienen facul tao, expresa par a conc iliar . Las obl igac iones der ivadas del acuer do se encu entran defidame nte sustentad as en pruebas docu mentales legalme nte válidas qu e ob ran en fiI exped ien te y que jus tifican el acuerdo, como son los siguie ntes docume ntos:
1. Conc epto em itido por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
2. Derecho 'de petic ión elevado a la Supe rintendencia de Soc iedades .
3. Copia de1 la respuesta del Der echo de Petición a la part e convo cada suscrita por la doctora LIGI A STELL A RODRIGU EZ HERN ANDE Z. f
4. Certificac ión del Comi té de Conc iliación de la Sup erintendencia de Socied ades susc rito por la do ctora ÁNGELA MAR IA CARO BOHÓR QUE Z Secr etaria Técnica del Com ité de Conciliac ión y Defensa Judicial ad-hoc de f
Socied ades susc rito por la do ctora ÁNGELA MAR IA CARO BOHÓR QUE Z Secr etaria Técnica del Com ité de Conciliac ión y Defensa Judicial ad-hoc de f fech a 18 de mar zo de 2016 en 01 folios. 1 En crite rio de esta agencia del Min isterio Pú blico , el acuerdo conten ido en el acta no es viola torio de la ley y no res ulta les ivo para el patr imonio pú blico por las sig uientes razonfis: Conforme a la s! fintencia de unificación del Con sejo de Estado - Sala PlenaSección Tercera - C.P. Jaime Orland o Sa ntofimio Gamboa - 19 de noviembr e de 1 20 12 - Radicación nro. 7300 1 -2 3-3 1 -000-20 00-03075-0 1 (24 .8 97) , que resolvi ó situacio nes ati nen tes al pago de hecho s cum plidos , como consecuenc ia de la 1 presta ción de servic ios sin med íar contrato alg uno, es posible sostener, conforme ha dich o proveido, que en el present e caso nos enco ntram os inmer sos en los postulad os de la sent enc ia proferida cuando manif estó: 1 «Es os casos en donde , de maner a exce pci onal y por razon es de int erés públ ico o gen eral, resultar ía procede nte la actio de In rem verso a jui cio de la Sala, ser ían entre otros lo s sigu ient es: r b) En los que 1 es urge nte y nece sario adquir ir bien es, solicit ar servic io s, sumin istros, orde nar obras co n el fin de prestar un
b) En los que 1 es urge nte y nece sario adquir ir bien es, solicit ar servic io s, sumin istros, orde nar obras co n el fin de prestar un servicio par a evitar una amena za o un a le sió n inm inen te e ir reve rsib le al derecho a la salud, derecho este qu e es fundame ntal por co nexida fi con los derecho s a la vida y a la int egrid ad personal, urgen cia y nfces idad que de ben ap arecer de maner a objetiva y Lugar de Archi vo: Procur adur la Tiempo de Rete nció n: N. • Judi cial Administr atlvfi 5 allá s
Disp os ición Fina l: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de util izar el docume ntoPROCESO IÍIITÉfiVENC!ON F'echa de fifivis ión 24/08/201 5 ., ., SU BPROCE SO CONCIL IAC IÓN EXTRAJ UDICIAL Fecha do Aprobación 24/08/201 5
FOR MATO ACTA DE AUDIENCI A Versión 4
REGINCE-002 Página 4 de 5 manif iesta como cons ecuencia de la impo sib ilid ad absoluta de planificar y adelant ar ur'I proce$o de sele cción de con tratistás, así como de la celebr ación de los correspond ien tes con trato$, cir cuns tanc ias qu e deben estar plename nte acred itadas en el proceso cont enc ioso admini strativo, sin que el ju zgador pier da de vista el de rrotero géner al que Sé ha sefia lado en el nu meral 12 .1 de la prese nte providencia, es deci r, verif icando en todo caso que la
proceso cont enc ioso admini strativo, sin que el ju zgador pier da de vista el de rrotero géner al que Sé ha sefia lado en el nu meral 12 .1 de la prese nte providencia, es deci r, verif icando en todo caso que la decis ión de la ad min istración frerite a estas cir cu nstanc ias haya sido realment e urgent e, útil, necesa ria y la más razonablement e ajustada · a las cir cu nstanci as que la il eva ron a tomar tal determin ación .>> Por su part e, la aquí convocada presto sus serv icios a la entidad convoca nte1 en los tiempos y términos certificad os, tal como lo prueb an las certificacion es aport adas al present e tram ite conci lia torio. Se prueb a entonc es que lo pretend ido por la convoca nte al quer er pág ar al convocado la reliqui dación de la rese rva especia l del ahor ro en la liqui dación de la Prima de Activid ad , Bon ificación por recreación, Hor as 1:xtras y Viáti cos , de lós último s tres años, sin incur rir tales valor es ni intereses ni ind exación, es no incu rrir en un enr iq ueci miento sin causa, supue sto fáctico que corresponde a la excépci6n cont emplada por el Conse jo de Estado en la sent encia citada. Ahora bien, el Cónsejó de Éstado ..... Sección Terce ra - Radicado nrd. 25000fi 23·260ó0 -20 11 -00805M0 1 -2 4 de abril de 20 13 - C.P. Enrique Gil Botero, med ia nte la eual apr ob6 el acuer do conci lia torio entr e la Fundación par a el Mun do Nu evo para la protecc ión de los Ni ños, las Nirias, los Jóvenes ; la Mujer y la Familia y el Ins tituto Colomb iano de Bie nestar !='amiliat; sostuvo : [ ... ] No debe perdersé dé vista que se éstá en presencia de un conf li cto, que ha sido su pert:tdo de forma bi lateral, a través del acuer do al legado en aud iencia prejudicial, y cuyo s térmi nos no se han cu esti onado por qui enes intervienen en ei proceso. A su vez, las partes man ifiestan conocer en su in tegrid ad lo allí conten ido, por lo tanto, en aras de fortale cer este med io de resol uc ión de co nflictos, del cual se han valido para su perar las controvers ias dé tipo ecónómico contr actual1 ai Despacho con clu ye qué el acuerdo cele brado esta co nforme a derech o, ya qu e las pruebas apor tadas ala proceso son suficién tes para arribar a las concl usione s requ eri das para ap robar el arreglo al que han llegado las partes. Ahor a bien, la Sala no pasa rá por alto qu e los hecho s qu e dan lugar a esta concl li aclón también se énmar can en los su puestos que la jur ispr ude ncia de la Sección Tercera del Co nsejó de l::stado ha formu lado para eventos simllar es, es decir , aquello s en los cua les la ejecución de trabajos , la ptéstación dé servicio s; o la entrega de
jur ispr ude ncia de la Sección Tercera del Co nsejó de l::stado ha formu lado para eventos simllar es, es decir , aquello s en los cua les la ejecución de trabajos , la ptéstación dé servicio s; o la entrega de biene s al Et:itad o se realiza sin eí soport e con tractual debido. Set\aló en sen tencia de un ifica ción de la Secc ión -provi dencia del 19 de noviem bre de 2012 . cxp. 24.897que: l.ugar de A;chlvo: ProcfiradÜfia Tiem po de Retenc iOn: Oisposlc:lón Final: N, • ,h1c:UcieI Adm ini strativa & fiMs Archivo Cent ral , ' • O ' • •- . •-•' L • •• • , - O verlflc¡ ufi que astil es la versión cofrecta antes de 11till zar él documMto \.-. 1PROCESO IN TERVE NCIÓN Fecha de Revi sió n 24/08/2015
SUBP ROCE SO CONCILIA CIÓN EXTRAJ UDI CIAL Fecha de Aprobación 24/081201 5
FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
REG-l N-C E-002 Página 5 de 5 12 . 2. Con otras pa labr as, la Sala adm ite hi pótes is en las que res ult aria procedent e la aetio de in rem verso si n que medie contr ato alguno pero, se ins ist e, estas posibi li dades son de carácter excepciorial y por con siguie nte de int er pretación y apl icación restri ctiva , y de ning una maner a con la pretensión de encu adrar dentro de estos casos exce pcionales, o al am paro de el los, eventos
excepciorial y por con siguie nte de int er pretación y apl icación restri ctiva , y de ning una maner a con la pretensión de encu adrar dentro de estos casos exce pcionales, o al am paro de el los, eventos que ne cesa riam ent e qu edan compr endi dos den tro de la regl a ge neral que ant es se mencio nó.» 1 De la providencia trascrita , clara mente se infie re que conforme a la posició n juríspr udene ial de l Co nsejo de Estado es perfectamente via ble, que casos ecmo el aqul se ha conciliado se sol ucionen de ma nera bil ateral, median te mecanismo s auto comp ositivos como la conciliaci ón, que garantizan la protecci ón al patrimonio públi co, los derechos de los part icula res y perm iten resolv er co nflictos de maner a pronta, evitando desgas tes innecesarios al apa rato judicial. Se deja consta fic ía del siguiente aspecto: en el derecho de petici ón se soli citó reaj uste de la prima de activid ad , la bon ificación por recreaci ón, los viáti cos y no se peticiono por hor as extras concepto qu e se incluye en el pronu nciami ento de la convocante, no obstante, la part e convocante seriala qu e no le fueron recono cidas horas extra s, motivo por el cual , no forman parte del acuerdo En cons ecue ncia , se dispondr á el envío de la presente acta , ju nto con los do cumen tos pertinen tes , al Ju zgado Admini strati vo de Bogotá (Rep arto} para su apr obac ión, advirt iendo a los compar ecient es que el auto ap robatorio har é tránsi to
do cumen tos pertinen tes , al Ju zgado Admini strati vo de Bogotá (Rep arto} para su apr obac ión, advirt iendo a los compar ecient es que el auto ap robatorio har é tránsi to a cos a ju zgada y prestará ju nto al acta que contiene el acuerdo, mérito ejec utivo, razó n por la cua l no son procedentes nuevas peticion es concil iatorias por los mis mos hechos ni dem an das ante la jur isdic ción de lo Conten cioso Admini strativo por las mi sm as causas (Art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 20 01 ). Se da por concluida la dil igencia y en constancia se firma el acta por quienes en ella intervi nier on , una Ivez leí da y apr oba da siendo las 04: 19 P.M . Copi a de la misma se entregará a los comparec ient es Apode radfida
YU DI PAOLA MONTENEGRO AG UDE LO cante
EDO CAYC EDO
CIEDADES Asuntos Admin istrativos Lugar de Are ivo: Procu raduría Tiempo de Retención: Disposi ción Final: N. • Judic ial Admi nis trativa 5 anos Archivo Centra l Verifique que esta es la vers ión correcta antes de utilizar el documen to