Acta de conciliación - JOSE DE JESUS PARRA OSMA 2016
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - JOSE DE JESUS PARRA OSMA 2016
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2016
AJ contestar cite: 2016-01-298367 '---------'----'---------· Fech_a: 27/05/2016 16:54:07 Folios· 3 Remitente: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
, CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCUR4DURÍA 88 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación 16 -095 SIAF N.º 77215 de 3 de MARZO de 2016
1
Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
' Convocado (s): JOSE DE JESUS PARRA OSMA Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy dieciséis (16) de mayo de 2016, siendo las 04:20 pm. Procede el despacho de la Procuraduría 88 Judieial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) GUETTY MAGNOLLY CAYCEDO CAYCEDO, identificado {a) con cédula de ciudadanía número 52.105.964 y con tarjeta profesional número 218.323 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ identificada con C.C. No 46,363.656 de Sogamoso, eh calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades Igualmente, comparece el (la) doctor (a) YUDI PAOLA MONTENEGRO AGUOELO identificado (a) con la e.e. número 1.023.865.106 y portador de la tarjeta profesional
Igualmente, comparece el (la) doctor (a) YUDI PAOLA MONTENEGRO AGUOELO identificado (a) con la e.e. número 1.023.865.106 y portador de la tarjeta profesional número 234:825 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado JOSE DE JESUS PARRA OSMA El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. , 1) JURAME;NTO: El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del articulo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas, ni s_olicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial. 2) PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuraduría General de la Nación el dla 3 de MARZO de 2016, pretende que: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con
- PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuraduría General de la Nación el dla 3 de MARZO de 2016, pretende que: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01fi450975, acto admínístrativo de fecha del 17/11/2015.
Lugar de Archivo: Procuradurla Tiempo de Retención:
N.ª Judiclal Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPRóéESO INTERVENCIÓN
SU BPR OCESO éONélL IAélÓN EXTRAJUblét AL . . -
FORM ATO ACTA 0E AUCIENCIA
REG-IN-C E·002
Focha dé Revisión 24/08/201 5 Fecha de Aprobación 24/08/2015 . . Versión 4 Pág ina 2 dé 5 SEGUNDO. Que como conseé uencia y a titulo de restablecimi ento del derecho sé canc elé a favor dél señ or (a) JO SE DE JESUS PARRA OSMA la suma de CU ATRO MIL LONES DIE Z MIL SE ISCIE NTOS OCH ENTA Y DOS PESOS CON OCHE NTA CENT AVOS (4,01 P,6B2.80) por la re liquidación de los con ceptos de Prima de Activi dad, Bonificac ión por Recr eación , Hor as Extras y Viátic os. inclui do el porcentaje eorréspond ien te a la Réserva Espec ial del Ah orro, por el period o de tiempo sefta lado en la liqu idación qu e se adju nta a la prese nte solic itud . 3) En este estado de la audi encia se le con cede el uso de la palabr a a la
tiempo sefta lado en la liqu idación qu e se adju nta a la prese nte solic itud . 3) En este estado de la audi encia se le con cede el uso de la palabr a a la ap odér ada dé la parte co nvoca nte, con el fin de qu e se sirv a indicar la deci slóñ toma da por el com ité de concil iació n de la entidad que representa, en relación con la solici tud in coada , qu ien man ifestó : El Comité dé Conci liació n y Defensa Ju dicial de lá Super intehden cia de Socied ades , en reuni ón celebrada el dl a 18 de marzo de 20 16 (acta No 06-20 16 ) estudió el caso dél sefior (a) JOSE DE JE SUS PARRA OSMA, iden tificado( a) con la cédula de ciud ada nía númér o 79,584 .21 2 y decidi6 dé ma ner a UNANIME CONCI LIAR las pretensio nes del conv oca nte (Reserva Éspecial del Aho rro) , en la cuan tía de $ 4.010. 682,80 pesos m/cte. La fórmula de págo sobr e el presé nte asu nto es bajo los sigu ient es parámetr os: 1, Capita l: Se recon oce un 1 ó0%.
2. Inde xació n: No habr á lugar a la indexé ci6 n. 3, Pag o: El pago se realizar á dentr o de los 60 dlas sigui ent es contados a part ir de la solicitud de pago, poste rior a que la oónci liaci6n haya sido avalada y radicada en la Énti dad .
4. Int ereses : No ha brá lugar al pago de los intereses dent ro de los 60 dl as
la solicitud de pago, poste rior a que la oónci liaci6n haya sido avalada y radicada en la Énti dad .
4. Int ereses : No ha brá lugar al pago de los intereses dent ro de los 60 dl as sigui entes a la sol icitud de pago. 5 Lugar de Pago: Grupo de Teso rería de la Su perinte ndenci a de Sociedades Sede
Bogotá. La presente certi ficaci6n se expide eón bas e en lo di spuesto en inciso 2 del articulo 18 del Décr eto 17 16 de 2009, y en el articulo 6 de la Constitu ción Pol ltlca. Para Cons tancia se firma en la ci udad de Bog otá a los 18 días dél mes de mat:zo de 201 8. 4) AcE PTAC ION : Acto seguido sé le concede el uso de la pafabr a al apoder ado de la pa rte conv ocada, con el fin de que se sirv a indic ar sobr e propuesta reall :tada por la apodér ada de la entidad convoca nte: Acepto la propu esta de pago de la entidad convocante 1 en la suma ofrecida , cón di ciones de plaz o y fórmula dé págo, ya qlJe esta se encu entra ajustada a derecho.
Lug ar do Aréhivo: Procu redur le
N.• Judiclel Admin lstratlva Tifimpo dé Retención: 5 ellos Clépo slc;lón Finíll: Archivo Cfinlr al . ... fi Verifiq ue quo esta es la versión correeta antes de utilizar él docur'nénto '! 1 'I i1 1 1 ' '
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sua.PR OC!2 SO CONC ILIACIÓN EXTRAJ UDIC IAL
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FORMATO ACTA DE AUDIENCIA
REG-IN-CE-002
CON SID ERACIO NES DEL MINIS TERIO PÚBLICO Fecha dQ Rovh;;lóri 24/081201 5
Fficho de Apro bación 24/08/20 15 Versión 4 Página 3 de 5 El Procur ador en atenc ión al án imo conci lia torio de la enti dad convoc ante y la conv ocada, enc uent rt\l legalmen te via ble el acuer do, pues de conform idad con los hech os consignados en la soli citud , el objeto del acuer do es cone!liable y contiene obligacio nes clar as , expresas y exigib les , en cua nto al tiempo, modo y lu gar de su cumplim ien to. Asim ismo, el event ual medio de contr ol qu e se hu bier e pod ido llegar a prese ntar no se encue ntra cad ucado, en razón a que el término selia lado en el literal (i) del numer al 2 del artícu lo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El acuer do concilia torio versa sobr e acciones o der echos económic os di spon ibl es por las part es. Las partes se encu entran de bid ame nte representadas y sus representantes tienen facultad exp resa par a conci liar . Las obl igac io nes de riva das del acuer do se en cuen tra n debi dam ente sus tentadas en pruebas do cume ntales legalm ente válidas
tienen facultad exp resa par a conci liar . Las obl igac io nes de riva das del acuer do se en cuen tra n debi dam ente sus tentadas en pruebas do cume ntales legalm ente válidas qu e obran en ,el exped ient e y qu e jus tifican el acuerdo, como son los sig uíent es docu ment os:
1. Conc epto em itido por la Agencia Nacional de Defensa Jur ídic a del Estado.
2. Derecho de petición elevado a la Super in tendenc ia de Soc iedade s.
3. Copia de la respue sta del Der echo de Peti ción a la pa rte convocada susc rita por la do cto ra LI GI A STELLA RODRI GUE Z HERN AN DEZ.
4. Ce rtifi cación del Com ité de Concil iación de la Su perint endenc ia de Socied ades susc rito por la doctora ÁNGELA MAR IA CARO BOHÓR QUE Z Secr etaria Técn ica del Com ité de Conci li ación y Defens a Ju dicial ad-hoc de fecha 18 de marzo de 201 6 en 01 folio s.
En crite rio de esta agencia del Min isterio Públic o, el acuer do cont enido en el acta no es viola torio de la ley y no resu lta lesi vo par a el patr imonio públi co por las sigu ientes razones : Confor me a • la se ntencia de un ificación del Conse jo de Estado - Sala PlenaSección Terce ra - C.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa - 19 de noviem bre de
20 12 - Rad icac ión nro. 73001 -23-3 1000-2000 -0307 5-0 1 (24. 897) , que resolvió situ acio nes 1ati nentes al pago de hecho s cumpli dos, como conse cuencia de la prestación dfi servicios sin med iar contrato alg un o, es posibl e soste ner, conforme ha di cho proveid o, que en el present e caso nos enc ontramos inm ersos en los postulados de la senten'cia proferid a cuando man ifestó: «Esos' casos en donde, de manera excepcional y por razones de int erés públ ico o ge ner al, result ar la proce dent e la actio de In rem verso,a ju ic io de la Sala, ser ían en tre otros los sigu ient es: b) En lo s qu e es urgent e y necesar io adquir ir bie nes . solicitar serv icio s, sumin istros, orden ar obras con el fin . de presta r un servic io para evitar una amena za o una lesió n inm inente e irreversibl e al de recho a la salu d, derecho este qu e es fund amental po r cone xidad con los derec hos a la vida y a la int eg ridad pe rsona l, urgencia y nece sid ad que deben apar ecer de man era objetiv a y ma ni fiesta com o consecue ncia de la imp osibil idad absolut a de Lug ar de Arch ivo: Procur ad uría Tiempo de Rete nción: N." Ju dicial' Administr ativa 5 alio s Disp osición Final: Arch ivo Ce ntral Verifiq ue que esta es la ver sión correcta an tes de utilizar el document oPROCE fiO_lfiTEAVEN CION . . Fecha de Revis ión 24/08/201 5
Disp osición Final: Arch ivo Ce ntral Verifiq ue que esta es la ver sión correcta an tes de utilizar el document oPROCE fiO_lfiTEAVEN CION . . Fecha de Revis ión 24/08/201 5
SUBPR OCES O CONCI LIACIÓN EXTR AJUDICI AL Faena de Aprobación 24/08/201 5
FóRMATO ACT A DE AUblE NCIA Versión 4 REG-I N-éE•002 Péglna 4 de 5 plan ificar y adelantar un proceso de sélección de con tratistas, así como de la celeb ración de los correspond ient es contratos, cir cu nstancia s que deben estar ple nament e acred itada s en el proceso cont encio so admini strativo, sin qu e el ju zgador pier da de vista el derrotero gener al que se ha señalado en el nu meral 12 .1 de la presente provid encia, es decir , verifica ndo en todo caso qu e la decisión de la admin istraci ón frente a estas cir cu nstan cias haya sido realme nté urgent e, útil j nefiesar ia y la más razonableme nte ajustada a las circu nstan cias que la ll evaron a tomar tal determi naci ón.» Por su part e, la aquf convoca da presto sus servicio s a la entidad convoca rite, én los tiemp os y términ os certific adb s, tél como lo prueba n las certificaci ones ap ortadas al prese nte tram ite conci liatorio. se prueba ento nces que lo pretend ido por la convoca nte al qu erer pag ar al convoc ado la reliqu id acíón de la reserv a especial del ahor ro en la liq uidación de la
prese nte tram ite conci liatorio. se prueba ento nces que lo pretend ido por la convoca nte al qu erer pag ar al convoc ado la reliqu id acíón de la reserv a especial del ahor ro en la liq uidación de la Prima de Actividad 1 Bon ific ación por recreación, Hor as Éxtra s y Viátic os, de los úl timos tres afie s, sin incur rir tales valores ni int ereses ni inde xación , es no inc urrir én un enr iq ueci mientó sin causa, sut;;iu esto fáctic o que corresponde a la excepción cont emp lad a por el Conse jo de Éstado en la sentenc ia citad a. Ahor a bien, el Con sejo de Estado - Secci ón Tercera - Radi cado nro. 25000 -23fi26ooo .. 20 1 10080 5-0 1 - 24 de ab ril de 201 3 - C.P. Enr ique Gil Botero, med ia nte la cual aprobó el acue rdo ooncilía torio entre li:i Fun dación par a ei Mun do Nuevo para la protecci ón de los Ni li6s 1 las Niñas, los Jóven es , la Mujér y la Familia y el In stituto Colom bia no de l3ienes tar Familiar , sostuvo: [ .. ,] No deb e perderse de vista que se está en prese ncia de un conf li cto, qu e ha sido su perado de forma bi lateral, a través del acuer do all egado en audiencia prejudicial, y cuyos térrninos no se han cuesti ohádo por qui ene s int ervienen en el proceso. A su vez, las partes man ifiesta n conocer en su in tegridad lo allí co nten ido; por lo tanto, en aras de fortalecer este med io de resolución de
han cuesti ohádo por qui ene s int ervienen en el proceso. A su vez, las partes man ifiesta n conocer en su in tegridad lo allí co nten ido; por lo tanto, en aras de fortalecer este med io de resolución de co nflictos, del cual se han valido para su perar las cont roversias de tipo econ ómico cont ractual, al Despacho concl uye qué el acuerdo celebr ado esta conf ormé a derecho, ya que las pruebás aporta das ala proceso son suficient es par a arriba r a las conc lu sio nes requ eridas para aproba r él arreglo al que han lle gado las partes. Ahor a bien , la Sala no pasará por alto que los hec hos que dan lugar a esta concil iación tamb ién se enmar can en los sup uest os que la jur ispr udencia de la Sección Tercera del Conse jo de Estado ha formu lado para event-os simil ares, es deci fi1 aquel los en los cua les la ejecución de trabajos, la prestación de servi cios, o la ent rega de biene s al Estado sé realiza si n el so porte contractual debid o. Sefia ló en sent encia de un ificac ión dé la Sección ..... providencia del 19 de noviembr e de 2012 . Exp. 24.897 .. qué: Lugar de Arch ivo: Procutad urlli Tlem pb de Retenc!0n: Dis posición Flnal: N.º Judlc:lal Administr ativa 5 al'iOs Arch ivó Centriil - . . . . - . . _._ ' .fi . . . . . Verifique que esta ét la vérsi6n correcta antéll de u!ilizM ül document o. ) 'I
PROCESO INTERVENCIÓN
SUB PROCESO CONCIL IACIÓN EXTRAJUDI CIAL
FORMA TO ACTA DE AUDIEN CIA
Verifique que esta ét la vérsi6n correcta antéll de u!ilizM ül document o. ) 'I
PROCESO INTERVENCIÓN
SUB PROCESO CONCIL IACIÓN EXTRAJUDI CIAL
FORMA TO ACTA DE AUDIEN CIA
REG-I N-CE-002
Feeha do Revisión 24108/201 5 Facha de Aprobación 24/08/201 5 Vorsló n 4 Página 5 de 5 12 . 2. Con otras palabr as, la Sala adm ite hi pótesis en las qu e res ul taría procedent e la actio de in rem ve rso sin qu e med ie contrato algun o per o, se insis te, estas posi bi lidade s son de carácter fixcepcional y po r cons igu ient e de int erpretación y apl icación restri ctiva, y de ning una maner a con la pretensión de encuadr ar de ntro de,!estos casos exce pcionales, o al ampar o de ello s, eve ntos qu e nec E¡sarla ment e qu edan com pren dido s dent ro de la reg la gener al q_ue ant es se men cion ó.» 1 ' De la provide ficia tras crita , clar ame nte se infiere que conforme a la posición jur isprudencíal .pel Conse jo de Estado es perfectamen te viab le , que casos como el aquí se ha conci liado se solu cio nen de maner a bi lateral, med ian te mecan ismo s auto comp osi tívos domo la concil iació n, que ga rantiz ah la proteccíón al patri monio púb lic o, los der echos de los part icu lares y permiten resolve r conflictos de ma nera pronta, evita ndo de sga stes inne cesa rios al apar ato jud icial . J
púb lic o, los der echos de los part icu lares y permiten resolve r conflictos de ma nera pronta, evita ndo de sga stes inne cesa rios al apar ato jud icial . J En consec uericia , se dispondr á el envío de la prese nte acta, ju nto con los do cumen tos pert inentes , al Ju zga do Admini strativo de Bogot á (Repart o) para su aproba ción , advi rtiendo a los compar eci entes que el auto apr obatorio har á tráns ito a cosa ju zg ad a y presta rá ju nto al acta que contiene el acuer do, mér ito ejecutivo , razón por la cua l no son procede ntes nu evas peticiones conciliatorias por los mi smos hec hcis ni dema ndas ant e la jur isd icción de lo Con tenci oso Adminis trativo por las mi smas causas (Art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ) . Se da por con61ui da la dili gencia y en consta ncia se fi rma el acta por qui enes en ella in tervi ni eron, fina vez lei da y apr obada siendo las 04:39 P.M. Copia de la mi sma se entr ega rá a lofi compar ecie ntes Apo der ad e la rte nvoc ada YUDI PAO LA. MONTE NE GR O AGU DELO fifi ¿_ e O CAYCEDO IED ADES unt os Ad mi nis trativos Lugar de Archivo: Procuradu ría Tiempo de Retención: Disposición Final: N. • Judicial J¡\dm ini stmti va 5 alíoe Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de util izar el docume nto