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Acta de conciliación - JOSE FRANCISCO VARGAS

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - JOSE FRANCISCO VARGAS
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

PROCESOINTERVENCI N

SUBPROCESO CONCILIACI N EXTRAJUDI

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA

REG-IN-CE-002

@ SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA llllllllllllllllllllllllllll 111111111111111 Al contestar cite: 2016-01-3455 77 CONCILIACIÓN EX. Fecha 17/06/2016 15:36:38 Folios: 1

Remitente: 899999119 - PROCU RADURIA GEN ERAL DE LA NACION

PROCURADURÍA 82 JUDICIAL PARA

Convocante (s): Convocado (s):

Medio de Control: LABORAL Radicación N.º 9885b ... ., ,v,., .. , • .,., . .,

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

JOSE FRANCISCO VARGAS NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARÁCTER En Bogotá, hoy 14 DE JUNIO DE 2016 siendo las 2:00:00 PM, procede el despacho de la Procuraduría 82 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) DALIA INES OLARTE MARTINEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 63555795 y con tarjeta profesional número 176207 del Consejo Superior de la Judicatura, quien presenta poder de sustitución otorgado por el (la) doctor (a) LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante,

identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 08/04/2016. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) ESMERALDA FRANCO ORREGO identificado (a) con la e.e. número 24625907 y portador de la tarjeta profesional número 122089 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado (a) JOSE FRANCISCO VARGAS, de conformidad con el poder otorgado por JOSE FRANCISCO VARGAS. El (la) Procurador (a) le reconoce personería al apoderado de la parte convocada y de la parle convocante en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el (la) Procurador(a) con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450618, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a)

con radicado No. 2015-01-450618, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) JOSE FRANCISCO VARGAS la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON DIEZ CENTAVOS (2,698,338.10) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. Así mismo LA SUSCRITA SECRETARIA DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN Y DEFENSA JUDICIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES AD HOC CERTIFICA QUE: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No. 06-2016) estudió el caso del señor(a) JOSE FRANCISCO VARGAS, identificado(a) con la cédula de ciudadania número 19156449 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $ 2,698,338.10 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3.

Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la Entidad 4. Intereses: No

Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la Entidad 4. Intereses: No habrá lugar al pago de los intereses dentro de los 60 días siguientes a la solicitud de pago. 5.

Lugar de pago: Grupo de Tesorería de la Superintendencia de Sociedades Sede Bogotá. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del artículo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el artículo 6 de la Constitución Política. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 días del mes de marzo de 2016. Aporto certificación en 1 folio útil. Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante quien manifiesta: Acepto la propuesta presentada por la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y reúne los siguientes requisitos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo concíliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N.° Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N.° Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INTERVENCI N Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPR OCESO CONCILIACI N EXTRAJUDI CIAL Fecha de A robación 24108/2015

FORMA TO ACTA DE AU DIENCI A Versión 4

REG-IN-CE-002 Página 2d e2 encu entran debidam ente represent adas y su s represe nta ntes tienen capacidad para concil iar; (iv) obran en el expedie nte las pru ebas necesarias qu e ju stifica n el acu erdo, a saber: por DOS MILLONES SE IS CI ENT OS NOVENT A Y OCHO MIL TRESC IE NTOS TRE INT A Y OCHO PES OS CON DIEZ CENT AVOS (2 ,6 98, 338. 10 ) y; (v) en crite rio de esta agencia del Min isterio Públi co, el acuer do contenido en el acta no es vio latorio de la ley y no resu lta les ivo par a el patri mon io pú bli co por las sig uient es razones. (art. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73, ley 446 de 19 98) En consecu encia, se di spondr á el enví o de la presente acta , ju nto con los docu mentos perti nent es, al Juzgado Admin istrativo del Cir cuito de Bog otá par a efectos de control de legali dad , advir tiendo a los compar ecie ntes que el auto apr obatorio del acuerdo har á tránsit o a cosa juzgada y prestará mérito

Admin istrativo del Cir cuito de Bog otá par a efectos de control de legali dad , advir tiendo a los compar ecie ntes que el auto apr obatorio del acuerdo har á tránsit o a cosa juzgada y prestará mérito ejec utivo, razón por la cual no son procede ntes nue vas peticione s conci lia torias por los mis mos hechos ni deman das ante la ju risdicción de lo Cont encioso Adminis trativo por las mi smas causas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por concl ui da la di ligencia y en const ancia se firma el acta por qu ienes en ella intervin ieron , una vez leída y ap robada siendo las 02 :30 (p. m.) fififiW4--- L fi VI LA ELZABETH CANO BAEZ Proc urador 82 Jud icial I par a Asunt os Adminis trativos Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N.° Jud icial Admin istrativa 5 años

Disposi ción Fina l: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el do cumento

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