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Acta de conciliación - JOSE LUIS ARROYO DIAZ 2022

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - JOSE LUIS ARROYO DIAZ 2022
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2022

1.6:\ SUPERINTENO

)l"C)

fi BOGOTA ENCIA DE SOCIEDADES ,{!) PROCURADURIA GmRJ.L fi¡ l.l fül-ON

PROCESO INTERVENCIÓN

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRA.

FORMATO ACTA DE AUDIENCI lllll/llllllllllill l lll llH fi;..:,fi,fifi, REG-IN-CE-002 Fech_a: 1/0612016 11 :29·os Remitente: B99999119 • PROCURAOURIA GENERAL DE l Folios; 2 ANACION CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 195 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N. º 1636-2016 SIAF 77350 de 03 de marzo de 2016

Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Convocado (s): JOSE LUIS ARROYO DIAZ Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy veintitrés (23) de mayo de 2016, siendo las 09.00 a.m., procede el despacho de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) GUETTY CAYCEDO CAYCEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.105.964 y con tarjeta profesional número 218.323 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la

como tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79.779.892 y portador de la tarjeta profesional número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado JOSE LUIS ARROYO DIAZ. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el articulo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del articulo 2.2.4.3.1. 1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial.

PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-507538, acto adminístrativo de fecha 11/12/2015.

PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-507538, acto adminístrativo de fecha 11/12/2015.

SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de cancele a favor del señor (a) JOSE LUIS ARROYO la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS (4.809.390,55) por la reliquidacíón de los conceptos de Prima de Actividad por Recreación y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. En este estado de la audiencia se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud incoada, quien manifestó: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No 06-2016) estudió el caso del señor(a) JOSE LUIS ARROYO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 15046846 y decidió de manera UNANIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $4.809.390,55 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No habrá lugar

$4.809.390,55 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No habrá lugar

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención; Disposición Final: N.° Judicial Administrativa 5 anos Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento0 PROC ESO INTE RVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5

SUBPROCESO CONCIL IACIÓN EXT RAJUD IC IAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5 J (

FORMA TO ACTA DE AUD IENCIA Versión PROCURADURIA G!Attll tt U KJ.@!I RE G-IN-C E-002 Página 2 de 4 a la in dexa ción. 3. Pago: El' pago se rea li za rá dent ro de los 60 dí as siguie ntes conta dos a pa rtir de la soli cit ud de pag o, poste rior a qu e la conci li ación haya sido avalada y radi ca da en la En tid ad . 4. Inter eses : No ha brá lu gar al pago de los in ter eses den tro de los 60 dí as sigu ient es a la soli citud de pag o. 5 Lugar de Pago: Gr up o de Teso re ría de la Sup eri nte ndenc ia de Socie dades Sede Bogotá . La prese nt e certif icación se expide con base en lo dispu esto en incis o 2 del ar tí cu lo 18 del Decr eto 1 7 1 6 de 2009, y en el artí culo 6 de la Constitu ción Pol íti ca . Pa ra Con sta ncia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 dí as de l mes de ma rzo de 201 6.

6 de la Constitu ción Pol íti ca . Pa ra Con sta ncia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 dí as de l mes de ma rzo de 201 6. Acto segu ido se le concede el uso de la pa la bra al ap odera do de la part e convo cada, co n el fi n de qu e se sir va indica r sob re propues ta realiz ada por la ap oderada de la en ti dad con voca nte: Ace pto la propu esta de pago de la entidad convoca nte , en la suma ofrecida , cond iciones de plaz o y fórm ula de pago, ya que esta se enc uen tra ajustada a der echo. El Procu rador en atención al án imo conci liatorio de la entidad con voca nte y la convocada, encuent ra lega lment e vi abl e el acuer do, pues de co nfo rm idad con los hechos consignados en la sol icitud , el objeto del acuer do es concil ia bl e y con tiene oblig acione s claras, expr esas y exig ibles, en cu ant o al ti empo, modo y lugar de su cumplim iento . Asi mis mo, el eventu al medio de cont rol qu e se hubiere pod ido ll egar a present ar no se encue ntr a caduc ado, en razó n a qu e el término señalado en el lit eral (i) del nu mer al 2 del artí culo 16 4 de la Ley 14 37 de 20 1 1. El acuer do conciliat orio versa sobre ac ciones o der echos económ icos di spo nibles por las pa rtes. Las par tes se en cuen tran debi dame nte re prese ntada s y sus represen tantes tienen facu ltad ex presa par a conciliar. Las

der echos económ icos di spo nibles por las pa rtes. Las par tes se en cuen tran debi dame nte re prese ntada s y sus represen tantes tienen facu ltad ex presa par a conciliar. Las obliga ciones deriv adas del ac uer do se en cuentr an debida me nte su stent adas en pruebas do cume ntal es legal me nte vá lidas qu e obr an en el exped ient e y qu e ju sti fica n el acuer do, como son los sigu ient es docum en tos :

1. Concep to em itido por la Agencia Nacional de Defensa Ju rídica del Est ado con fecha 01 de ju nio de 20 15 en 07 folios.

2. Der echo de petición elevado a la Sup er in tendencia de Sociedades de fecha 20 de noviembr e de 20 15 en 01 folio.

3. Copia de la respu esta del Derecho de Petición a la pa rte convocada susc rita por la docto ra LIGIA STELLA RODRI GUE Z HERN AN DEZ de fecha 11 de nov iembr e de 20 15 en 01 folio.

4. Ce rtifica ctón del Comit é de Conc ilia ción de la Su perintendencia de Soci edades suscr ito por la do ctor a Ángela Ma ria Ca ro Bohór que z Secr eta ria Técn ica del Com ité de Con cilia ción y Defensa Jud icia l ad -hoc de fecha 18 de ma rzo de 20 1 6en 01 foli os.

En criterio de esta ag encia del Minis terio Pú blico, el acuer do contenido en el acta no es violat orio de la ley y no resu lta les ivo pa ra el pa trimonio públ ico por las sig uie ntes razo nes:

En criterio de esta ag encia del Minis terio Pú blico, el acuer do contenido en el acta no es violat orio de la ley y no resu lta les ivo pa ra el pa trimonio públ ico por las sig uie ntes razo nes: Conf orm e a la sentencia de un ific ación del Conse jo de Estado - Sal a Plena - Sección Tercer a - C.P. Jaime Orla ndo Sa ntofi mi o Gam boa - 19 de nov iem bre de 20 12Radic ación nro. 7300 1 -2 3-31 -000-2000 -0 3075 -01 (2 4.8 97), qu e resolvió si tuaciones atine ntes al pago de hechos cump lidos, como consecuencia de la prestación de servicios sin mediar con tra to al gun o, es posible sostener, conf orme ha dic ho prove ído, qu e en el presen te caso nos enc ontr am os inm ersos en los pos tulados de la sent en cia proferida cua ndo man ifestó: Lugar de Archivo: Procu radu ria Tiem po de Retenc ión: N." Jud icial Admin istrat iva 5 años Dispo sición Final: Archiv o Cen tral Verifique que esta es la versió n correcta an tes de utilizar el docum ento.,., ..... ;fi PROC ESO INT ERVENC IÓN Fecha de Rev isión 24/08/20 15

SU BP ROCE SO CO NCI LIA CIÓN EXT RAJUDI CIA L Fecha de Aproba ción 24/08/2015

FORM ATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4

GEhU.U DE U NJ.®H RE G-IN -CE-002 Página 3 de 4 « Esos casos en do nde , de manera excepcional y por razones de interés

FORM ATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4

GEhU.U DE U NJ.®H RE G-IN -CE-002 Página 3 de 4 « Esos casos en do nde , de manera excepcional y por razones de interés pú blico o general, resulta ría procedente la act io de in rem verso a jui cio de la Sa la, serían entre otros los si gu ientes: b) En los qu e es urg ente y necesario adquiri r bie ne s, sol icitar servicio s, sum ini stros, ordena r obr as con el fi n de prestar un servicio para evit ar una amen aza o un a lesión inm inente e ir reversi ble al derec ho a la salud, derecho este que es fu nda mental por cone xidad con los derec hos a la vida y a la integ ridad personal, urgencia y necesidad que deb en aparecer de manera objetiva y manifie sta como cons ecuencia de la im posib ilidad abso luta de planificar y adelantar un proceso de selecció n de contratistas, así com o de la celebración de los corr espond ie ntes contratos, ci rcunstancias que deben estar plen amente acreditadas en el proceso contencio so administ rativo, sin que el juzg ador pierda de vista el de rrotero general qu e se ha señalado en el nu meral 12.1 de la presente provi dencia , es deci r, veri ficando en todo caso qu e la deci sión de la adm inistración frent e a estas circu nstancia s haya sid o realme nte ur ge nte, útil, necesa ria y la más razonab lemente ajustada a las circ un stancias que la lleva ron a tom ar tal determin ac ión.»

adm inistración frent e a estas circu nstancia s haya sid o realme nte ur ge nte, útil, necesa ria y la más razonab lemente ajustada a las circ un stancias que la lleva ron a tom ar tal determin ac ión.» Por su parte, la aq uí co nvocada presto su s ser vici os a la en tidad co nvoca nte, en los tiemp os y térm in os certif ic ado s , tal como lo prue ba n las cer tif ica ciones ap ortadas al prese nte tram ite con cilia torio. Se prueb a en tonc es qu e lo pret en dido por la con voca nte al qu erer pag ar al convocado la reliq uidac ión de la rese rva esp ecial del ahor ro en la liq uidac ión de la Prima de Activ idad , Bon ific ación por recrea ción y Viátic os, de los últi mos tre s años, sin in cur rir tales va lor es ni int ereses ni ind exaci ón, es no in cur ri r en un enr iq ueci mie nto sin ca usa, sup uesto fáctic o qu e corr esponde a la exce pción contem plada por el Conse jo de Est ado en la sente nc ia cit ad a. Ahor a bien, el Con sejo de Estado - Sección Tercera - Rad icad o nr o. 25000-2 3-26 -000201 1 -008 05-0 1 - 24 de abr il de 20 13 - C.P. Enr iq ue Gil Botero , medi ant e la cual apr ob ó el ac uerdo conci liat orio entr e la Fundación par a el Mun do Nue vo par a la protección de los Niños, las Niñas, los Jóv enes , la Mujer y la Fa mili a y el In stitut o Col ombi ano de Bien estar

el ac uerdo conci liat orio entr e la Fundación par a el Mun do Nue vo par a la protección de los Niños, las Niñas, los Jóv enes , la Mujer y la Fa mili a y el In stitut o Col ombi ano de Bien estar Fami liar , sostuvo : [ ... ] No debe perderse de vista que se está en presencia de un conflicto, que ha sido su perado de forma bilateral, a través del acuer do alleg ado en aud ienc ia prejud icial, y cu yos té rmino s no se han cues tionado por quienes int ervie nen en el pro ceso. A su vez, las partes ma nifiestan conoc er en su integ ridad lo allí contenido, por lo tanto, en aras de fortalecer este medio de resolución de confl ictos, del cua l se han valido para superar las controve rsias de tipo econ ómi co contractual, al Despacho concl uye que el acue rdo celebr ado esta conforme a derecho, ya que las prue bas apo rtadas ala pro ceso son suficientes para arr ibar a las conclusi one s reque ridas pa ra apr obar el arreglo al que han llega do las partes. Ahor a bien , la Sala no pasará por alto que los hechos que dan lug ar a es ta con ciliaci ón también se enma rcan en lo s supuestos que la ju ris prud encia de la Sección Tercera del Co nsejo de Estado ha form ulado para eventos simi lares, es decir, aq uellos en los cuales la ejecución de trabajos, la prestación de se rvici os, o la entr ega de bienes Lugar de Archivo: Procur adur ía Tiem po de Reten ción: N." Judi cial Admi nist rat iva 5 añ os Disposición Final: Arch ivo Cen tral

Lugar de Archivo: Procur adur ía Tiem po de Reten ción: N." Judi cial Admi nist rat iva 5 añ os Disposición Final: Arch ivo Cen tral Verif ique que esta es la ver sión correcta antes de util iza r el docum entofi PROCESO INTERVE NCIÓN Fecha de Revisión 24/0 8/20 15 ·; • ; SUB PROC ESO CONCI LIACIÓN EXTRA JU DICI AL Fecha de Apro bación 24/08/20 15

FORM ATO ACTA DE AU DIENCIA Versión 4

GEMWL DE U N.lCIOH REGIN-CE-002 Página 4 de 4 al Estado se rea liz a si n el soporte co ntractual debido. Señal ó en senten cia de un ifi cación de la Sección -p rov ide ncia del 19 de noviem bre de 2012. Exp. 24 .897que: 12. 2. Con otras pa labr as, la Sala admi te hipó tesis en las que result aría pr ocede nte la actio de in re m ve rso sin qu e medi e con trato algu no pero, se insiste, estas posi bilid ades son de carácter excepcional y por cons iguie nte de interpr etación y apl ica ción restric ti va, y de ni ng una manera con la pr ete nsión de encua dra r dentro de estos casos excepc ion ales , o al am paro de ello s, eventos que neces ari amente queda n compr end idos dentro de la regl a ge neral que antes se me ncionó.» De la provide ncia tras crita , cla rame nte se in fie re qu e co nforme a la pos1c1on

queda n compr end idos dentro de la regl a ge neral que antes se me ncionó.» De la provide ncia tras crita , cla rame nte se in fie re qu e co nforme a la pos1c1on jur isp rud en cia] del Conse jo de Est ado es perf ecta me nte vi able, qu e casos como el aq uí se ha co ncil iado se solucione n de ma ner a bi lat eral, med ia nte mec anism os aut o comp ositivos como la concil iació n, qu e gar an tiz an la protec ción al patr imonio públ ico, lo s der echos de los par ti cular es y per m iten resolv er confl ictos de maner a pronta , evit ando desgas tes innec esa rios al apa rato ju dicial. En co nsecu en cia, se di spond rá el enví o de l ac ta de acuer do tota l, ju nto con los docume ntos pe rti nentes, al Jue z com pete nte par a su apr oba ción , advi rtien do a los co m parecie ntes qu e el au to apr obatori o har á trán sito a cosa juz gada y presta rá , ju nto con el acta que contiene el acuer do, mér ito ejecut ivo , razó n por la cual no son procede ntes nu evas pet lciones con cil iat ori as por los mismos hechos ni deman das an te esa ju risd icción po r las mismas caus as. En constancia de lo an terior se da por con clui da la dil ige ncia y se fi rma el acta por quie nes en ella inter vin ier on, una vez leí da y apr obada siendo las 09.2 0 a.m. nvocada e.e . No . 79.77 9.892

fi rma el acta por quie nes en ella inter vin ier on, una vez leí da y apr obada siendo las 09.2 0 a.m. nvocada e.e . No . 79.77 9.892

T. P. No. 228.365 del e. S. de la J.

Apoderado de la parte eo nvocante e.e. No. 52 .1 05. 964

T. P. No. 218.323 de l e.S. de la J.

FE RNAN DO ANT ON IO TORRE S GOME Z Procurador 19 5 Judi cial I para Asuntos Admin istrativos Lugar de Archivo : Procura duría Tiem po de Retenc ión: Dispo sición Fin al: N.º Ju dic ial Adm inis trat iva 5 años Arch ivo Cen tral Verifiq ue que esta es la vers ión correct a ant es de util iza r el documento

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