Acta de conciliación - JOSE MIGUEL CARVAJAL BELTRAN
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - JOSE MIGUEL CARVAJAL BELTRAN
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
PROCESOINTERVENC SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
SUBPROCESO CONCI IACIÓN E)C FORMATO ACTA DE AUDI, lllllllllmllllll ll!IIII I II III I I I Al contestar cfie: 2016-01-459447 REG-IN-CE--002 Fecha: 13/09/2016 8:57:24 Folios: 2
Remltenle: 899999119. PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
CON ILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 193 J DICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N. º 226645 de 22 de Junio de 2016 (226)
Convocante (s): Superintenbencia de Sociedades. Convocado (s): JOSE MldUEL CARVAJAL BEL TRAN I Medio de control: Nulidad y establecimiento del Derecho. En Bogotá, hoy nueve (09) d Septiembre de 2016, siendo las 09:00 a.m., procede el despacho de la Procuraduría/,193 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) GUETTY MAGNOLLY CAYCEDO CAYCEDO, identificada con la cédula de ciudadanía firo. 52.105.964 y Tarjeta Profesional Nro. 218.323 del C.S.J., en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 05 de Julio de 2016 .,/en calidad de apoderada de la entidad_ Convocante, según poder otorgado por el Doctor¡ JOAQUIN FERNANDO RUIZ GONZALEZ en calidad de Secretario General encargfido; igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUIS
poder otorgado por el Doctor¡ JOAQUIN FERNANDO RUIZ GONZALEZ en calidad de Secretario General encargfido; igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79.779.892 y portador de la tarjeta profesi9ha1 número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado JOSÉ MIGUEL CARVAJAL BEL TRAN de conformidad con el poder otorgado y obrafite el solicitud. El (la) Procurador (a) le reconoce personería al apoderado de la parte cofivocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el (la) Procurador(a) con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concfirdancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 fie 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcanbe y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa cbmo mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencié se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente s4s posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: 1) Que Se conci/ie en los efectos contenidos y decididos dentro el Oficio con radicado No. 2016-01-070271, acto administrativo de fecha del 19 de febrero de 2016. 2) Que como consecuencia y J título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor JOSE MIGUEL CAR}'AJAL BELTRAN la suma de DOS MILLONES CINCUENTA
Que como consecuencia y J título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor JOSE MIGUEL CAR}'AJAL BELTRAN la suma de DOS MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOp DIECISIETE PESOS ($ 2.055.517) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos ( el reconocimiento de los/ dos últimos conceptos se encuentran sujetos a la situación individual del convocado); ncluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodb de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente sol.icitud. _ ¡ Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva ipdicar la decisión tomada por el comité de conciliación (o por el represenfiante legal) de la entidad en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Uudicial de la Superintendencia de Sociedades en reunión celebrada el 26 de mayo/ de _2016. Acta No. 015-2016 estudió el caso del señor JOSÉ MIGUEL CARVAJAL BEU.TRAN identificado con C.C. 19.164.728 y decidió de manera unánime conciliar las pretensiones del convocante respecto a la reserva especial del
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:
N.º Judicial Administrativa 5 al\os
Disposición Final: Archivo Central Verirfi1 q,e esta es la ,,.,.;oa conecta aates de "'"''" el doc,meatoPROCES O INTER VEN CIÓN
SUBPR OCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJ UDIC IAL
FORMA TO ACTA DE AUDIE NCIA
REG-I N-CE-002
Verirfi1 q,e esta es la ,,.,.;oa conecta aates de "'"''" el doc,meatoPROCES O INTER VEN CIÓN
SUBPR OCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJ UDIC IAL
FORMA TO ACTA DE AUDIE NCIA
REG-I N-CE-002
Fecha de Revisión 24/08/201 5 Fecha de Aprob ación 24/08/201 5 Vers ión 4 Página 2 de 3 ahorr o en la cuantía de $2.055.5 17 . La fórmula de pago sobre el presente asunto es sobre los siguientes paráme tros: 1. Capital se reconoce en un 10 0% , 2. No ha brá lugar a indexación. 3. El pago se realizará dentr o de los 60 dí as siguientes contados a partir de la solicitud de pago posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la entidad. 4. No habrá lugar al pago de los intereses dentro de los 60 días siguientes a la solicitud de pago. 5. El pago se realizar á en el Grupo de Tesorería de la Su perintendencia de Socied ades Sede Bogotá. Allegó acta firmada por el Secretario del Comité a folio 13 en un (1) folio. Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada para que manifieste su posición frente a lo expuesto por la parte convoca nte: Acepto la formula conciliatoria en su totalidad y bajo los parámetros establecidos en la certificación expedida por la Secretaria de Conciliac ión y Defensa Judicial AD-HOC. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigi bles, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cum plimiento1 y reúne los
por la Secretaria de Conciliac ión y Defensa Judicial AD-HOC. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigi bles, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cum plimiento1 y reúne los siguientes requisitos : (i) el eventual medio de control que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61 , Ley 23 de 19 91 , modificado por el art. 81, Ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliato rio versa sobre sobre conflictos de carác ter particular y contenido patrim onial dispo ni bles por las partes (art. 59, Ley 23 de 1991 , y 70, Ley 446 de 19 98); (iii) las partes se encuentran debidamente representadas y sus representantes tienen ca pacidad para conciliar; (iv) obran en el expediente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo; y (v) en criterio de esta agencia del Ministerio Pú blico, el acuerdo contenid o en el acta no es vi olator io de la Ley y no resulta lesiv o para el patri monio públ ico. En consecuencia, se dispondrá el envío de la presente acta, junto con los documen tos pertinentes, al Juzgado Admin istrativo del Circuito Bog otá Reparto, para efectos de control de legalidad, advirtiendo a los com parecientes que el Auto aprobatorio ju nto con la presente acta del acuerdo, prestarán mérito ejecutivo , y tendr án efecto de cosa juzgada2 razón por la cual no son procedentes nuevas petíciones conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la juri sdicción de lo contencioso administr ativo por las misma s causas (a rt. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 2001 ). Se da por concluida
los mismos hechos ni demandas ante la juri sdicción de lo contencioso administr ativo por las misma s causas (a rt. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 2001 ). Se da por concluida la diligencia y en constancia se firma el acta por quienes en ella intervinieron, una vez leída y aprobada siendo las 9:45 a.m. Las partes quedan notificadas en estrados. Copia del acta se entregará a los comparecientes. A oderada la Entidad Con cante GUE TTY MAGNO LL Y CAYCED O CA YCEDO e.e. 52.405 .9 64 T.P. No. 21 8.323 del C.S.J 1 Ver Fallo del CONSE JO DE ESTADO - SECC ION TERCERA SUBSECCION CC.P . Enrique Gil Botero, Bogotá, D.G., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 05001-23-31 --000-201 0--00169--01( 39948) "{ ... ] En ese orden, la Ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, pare que de ella pueda predicarse la calidad de titulo ejecutivo --art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el titulo consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios pera comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan
que en el titulo consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios pera comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante { ... ]'. 2 Artículo 2.2.4.3 .1 . 1. 13 de/ Decreto 10 69 de 2015. Antiguo articulo 13 del Decreto 17 16 de 2009.
Lugar de Arch ivo: Procu radur la Tiemp o de Retención: N.° Judi cial Administrati va 5 an os
Dis posición Final; Archivo Central Verifiq ue que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
._ --PROC ESO IN TERVENCIÓN
SUB PROCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICIAL
FORMATO AC A DE AUDIE NCIA LUIS GU IL MO A[ O CORTE S Apoderado de la parte Convocadd C.C . Nº 79.7 79. 892 de Bogotá T.P. Nº 228. 365 del C. S.J. PAULA AN DREA GIR N URI BEJ Procurado r 19 3Judicia l I para Asunt os Adminis trativos Lugar de Arch ivo: Procuradur la Tifimpo de Retenc ión: N. • Judi cial Administrativa 5 años Fecha de Revisión Fecha de Aprob ación Versión Pillgina
Dlspos íción Final: Archivo Central
Vemk¡,e •• ¡ esla es la """'''" "'"'"ci• .,,., de "'""' fi documeo to 24/08/2015 24/081201 5 4 3d e3 (