Acta de conciliación - LEONOR LEON VELASCO 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - LEONOR LEON VELASCO 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
fi PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
GEl!ERALDEUIIACIOII REG-IN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 85 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 16104 de 25 de mayo de 2018
Convocante (s): Convocado (s):
Medio de control:
LEONOR LEON VELASCO
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
En Bogotá D.C., hoy veintinueve (29) de junio de 2018, siendo las once y treinta (11 :30 a.m.), procede el despacho de la Procuraduría 85 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora LAURA ALEJANDRA MEDINA GONZALEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 1032373958 y con tarjeta profesional número 203427 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la convocante LEONOR LEON VELASCO, reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado
63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO, en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, según consta en documentos que aporta en veintidós (22) folios. La Procuradora le reconoce personería a la apoderada de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativo como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede e! uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos conforme el Acuerdo 040 de 1991 en: • Oficio No.500-050863 calendada el 9 de abril de 2018 y Certificación No.'510-001008 del 6 de abril de 2018, a favor de Leonor León Velasco. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación: A favor de LEONOR LEÓN VELASCO, la suma de DOS
Velasco. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación: A favor de LEONOR LEÓN VELASCO, la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SETENTA PESOS M/CTE. ($2.276.070,00). Lo anterior por concepto de la reliquidación de los valores correspondientes a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación por los periodos señalados en las liquidaciones que se adjuntan a esta solicitud. Estimación de la cuantía; $ 2.276.070. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocada, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 14 de junio de 2018 (acta No. 21-2018) estudió el caso de la señora LEONOR LEON VELASCO (CC 51.574.921) y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), por valor de$ 2.276.070. La fórmula de Lugar de Archivo; Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final: N.° Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INTER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SU BPROCESO CON CILIA CIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMATO ACTA DE AUD IENfiIA Versión 4
SU BPROCESO CON CILIA CIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMATO ACTA DE AUD IENfiIA Versión 4
REG-I N-CE -002 Págin a 2d e3 conci li ación es bajo los sig uien tes par áme tros : 1. Valo r: Recon ocer la suma de $2 .27 6.0 70. pesos m/cte., como va lor resu ltant e de re liqui dar la Prima de Activi dad y Bon ificación por Recreaci ón , par a el período com prend ido entr e el 02 de octubr e de 20 15 al 22 de marzo de 201 8, incl uyendo allí el facto r denomin ado reserva espec ial del ahor ro, conforme a la liqui dac ión efectua da por la en tidad y ace ptada por la convoca nte. 2. No se reconoc erán in tereses ni inde xació n, o cu alquier otro gasto que se pretenda po r la conv oca nte , es de cir, só lo se reco noc e el ca pital conforme a la liqu idación reali zada por la en tidad . 3. Se debe tener en cue nta la prescr ipc ión trienal de las su mas ind icada s, conf orme la certificac ión aludi da. 4. Pag o: Los valor es an tes señal ados serán cancel ad os dent ro de lo s 60 dí as siguien tes a aq uél en el que la Ju risd icción Co nten ciosa Ad minis trativa apr uebe la conc il iación , no gener ando in tereses tampoc o en este lap so. 4. For ma de pag o: El pago se real izará, med ian te consig nación en la cue nta qu e el
apr uebe la conc il iación , no gener ando in tereses tampoc o en este lap so. 4. For ma de pag o: El pago se real izará, med ian te consig nación en la cue nta qu e el funcionar io tenga report ada en la entidad par a el pag o de nóm ina, sa lvo in dicac ión en contrario del solici tante, comun icad a a la entida d al momen to de el evar la petició n de pago , o en todo caso, an tes de efectu arse el pago respectivo . Así mi smo, la convoca nte acepta que no in icia rá accio nes contra la Super intendencia de Socieda des que tengan que ver con el reconoc im ient o de las suma s relativas a Prima de Actividad y Boni ficación po r Recr eación , a que se refier e esta conciliac ión . Al lego certificación de fecha 15 de juni o de 201 8 susc rita por la Secr etaria Técnic a del Com ité de Co nc il ia ción y Defen sa Ju di cial en un (0 1} foli o. Se le conced e el uso de la palabr a a la apoder ada de la part e convoc ante para qu e man ifieste su posici ón frente a lo exp uesto por la parte convoc ada: Respe tu osament e man ifiesto al Despacho qu e como apo der ada de la part e convocante , acepto la form ula con cilia toria propu esta por la entid ad por en contr arse conforme a Derech o. La Procu rad ora Jud icial consider a qu e el anter ior acuer do cont iene obl igac ione s clar afi . exp resas y exig ib les, en cuan to al tiempo, mod o y lugar de su cu mpli mientd (si endo claro en relación con el
anter ior acuer do cont iene obl igac ione s clar afi . exp resas y exig ib les, en cuan to al tiempo, mod o y lugar de su cu mpli mientd (si endo claro en relación con el concepto concilia do, cua ntía y fecha para el pago} y reúne los sigu ient es req ui sitos : (i) la eventual acció n contenc iosa que se ha podido ll egar a presentar no ha caduc ado (a rt. 61 , ley 23 de 19 91 , mod ificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98} ; (ii) el acuer do conc il iatorio versa sobre acc ione s o derechos económ icos di spon ibl es por la s part es (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98) ; (iii) las part es se enc ue ntran debi damen te represe ntad as y sus rep rese ntantes tienen capa cidad par a conc iliar ; (i v) obr an en el exped iente las prueba s nec esa rias que jus tific an el acuer do a saber: 1. Poder es leg alme nte conferidos par a actuar . 2. Derech o de peti ción suscr ito por mi poder dan te, de fecha 22 de mar zo de 20 18 rad icad o con el conse cut ivo 201 8-01-1 00242. 3. Certificación No.51 0-001 008 del 6 de abril de 20 18 , donde con sta la liquid ación efectuada por la Su per intend enc ia de
Socie dade s a favor de mi represe ntad a. 4. Oficio con númer o cons ecutivo 50005 0863 de fecha 9 de abr il de 201 8 de la Su per intende ncia de Sociedad es, en res pu esta al der echo de petic ión . 5. Car ta de aceptaci ón radi cada con el conse cutiv o 20 1 8-011 46794 de fecha 11 de abril de 201 8. 6. Certifica ción del Com ité de Concil iac ió n con propu esta conc ilia tor ia ; y (v) en crite rio de esta agen cia del Mini sterio Públ ico, el acuer do contenido en el acta no es viol atorio de la Ley y no resu lta les ivo para el patrimonio públ ico. En co nsec uencia, se di spond rá el envío de la prese nte acta , jun to con los do cu me ntos perti nentes , al Ju zgado Admin istrativo del Ci rcu ito de BOG OTA (C}, para efectos de control de legal idad, advirt iendo a los compa recientes que el auto aproba torio del acuer do har á tránsi to a cosa ju zgada y prestará mé rito ejecut ivo , razón por la cual no son procede ntes nu evas petic ione s conc il iato rias por lo s mismo s hechos ni deman da s Lugar de Arch ivo: Procur adurí a Tiempo de Retención: Dispos ición Final: N. º Jud icial Admin istrativa 5 años Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el docume nto♦ PROCESO INTER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
N. º Jud icial Admin istrativa 5 años Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el docume nto♦ PROCESO INTER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión PROCURADUIUA GENWLDE lAIU.CIOll REG-INCE-002 Página 3d e3 ante la jur isdic ción de lo Co ntencioso Admin istrativo (a rt. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 20 01 ). Se da por concl ui da la dili gen cia y en constan cia se firma el acta por qui en es en ella in tervi nier on, una vez leíd a y apr obada siendo las once y cuarent a y cinco (1 1 :45 a.m.). fi ' :) \. fi---... Dra.LAÁALfiIN A GÓ-.
Apodei: acl'a(ie la part e Conv ocante L
----- - ROLINA PEÑA LOZA PIN ILLA dor a 85 Ju d icial I para Asu ntos A 1 Ver Fallo del CONSEJ O DE ESTADO - SECCIO N TERCERA SUBSE CCION CC.P. Enrique Gil Botero, Bogotá, D.C ., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.° 05001 -23-31 -000-20 10 -00169-01 (39948) '[. .. ]En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mén'to
ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho fa Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante[. .. ]'.
Lugar de Archivo : Procuraduría Tiempo de Retencíón: N. • Judic ial Admínis trativa 5 años
Disposíció n Final: Archivo Centra l Verifiq ue que esta es la versíón correcta antes de utilizar el documen to