Acta de conciliación - LILIAN VICTORIA GUTT DE MISHAAN 2024
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - LILIAN VICTORIA GUTT DE MISHAAN 2024
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2024
FORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
PROCURADURÍA 136 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Radicación No. E-2024-540934 de 30 julio 2024
Fecha de Radicación: 30 julio 2024
Fecha de Reparto: 22 agosto 2024
Convocante(s): LILIAN VICTORIA GUTT DE MISHAAN
Convocada(s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES - DELEGATURA DE
SUPERVISION SOCIETARIA Y DIRECCION DE SUPERVISION DE
ASUNTOS ESPECIALES.
Medio de Control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
En Bogotá D.C., hoy 04 de octubre de 2024, siendo l as 10:40 A.M., con fundamento en lo establecido en los artículos 29, 209 y 277 de la Constitución Política, artículo 44 numeral 4 del Decreto ley 262 de 2000 y los capítulos I y II del Título V del Estatuto de Conciliación, la PROCURADORA 136 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS se constituye en AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL NO PRESENCIAL dentro del radicado de la referencia.
La audiencia se realiza a través de la plataforma Microsoft Teams , la cual es grabada en audio y video en cumplimiento del artículo 4 de la Resolución 35 de 2023 de la Procuraduría General de la Nación, registro digital que se incorporará al expediente conciliatorio.
La audiencia se realiza a través de la plataforma Microsoft Teams , la cual es grabada en audio y video en cumplimiento del artículo 4 de la Resolución 35 de 2023 de la Procuraduría General de la Nación, registro digital que se incorporará al expediente conciliatorio.
Se vincula a través del buzón camilofernandezs@gmail.com pinillajorge8@hotmail.com el profesional del derecho JORGE PINILLA COGOLLO identificado con la cedula de ciudadanía No. 19.246.045 y portador de la Tarjeta Profesional No. 18.803 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado de la parte convocante, quien ya contaba con reconocimiento de personería jurídica.
Seguidamente, hace conexión por medio del buzón notificacionesjudiciales@supersociedades.gov.co NelsonQ@SUPERSOCIEDADES.GOV.CO el profesional del derecho NELSON ALBERTO QUINTERO BARBOSA identificado con la cedula de ciudadanía No. 19.455.782 y portador de la tarjeta profesional No. 83.422 del Consejo Superior de la Judicatura , en representación de la convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES - DELEGATURA DE SUPERVISION SOCIETARIA Y DIRECCION DE SUPERVISION DE ASUNTOS ESPECIALES, conforme al poder especial, amplio y sufi ciente otorgado por la doctora CONSUELO VEGA MERCHÁN , en su calidad de COORDINADORA DEL GRUPO DE DEFENSA JUDICIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES . La Procuradora Judicial, le reconoce personería jurídica en la presente diligencia al abogado en mención.
En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra al apoderado del extremo
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES . La Procuradora Judicial, le reconoce personería jurídica en la presente diligencia al abogado en mención.
En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra al apoderado del extremo convocante, quien, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación adicionales sobre los mismos aspectos materia de controversia en la presente audiencia, y reitera que el medio de control que se pretende precaver con un acuerdo conciliatorio es el de NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO . Así mismo manifiesta que se ratifica en las pretensiones y aspectos a conciliar señalados en la solicitud de conciliación, los cuales se transcriben:
Bogotá D.C.
AL CONTESTAR CITE:
2024-01-860715
TIPO: ENTRADA FECHA: 09-10-2024 14:55:53
REMITENTE: 899999119 - PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
FOLIOS: 1 ANEXOS: 2FORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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Acto seguido , se le concede e l uso de la palabra al apoderado de la parte convocada , SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES - DELEGATURA DE SUPERVISION SOCIETARIA Y DIRECCION DE SUPERVISION DE ASUNTOS ESPECIALES, a efectos de que se sirva indicar la decisión tomada por el Comité de Conciliación, ante lo cual manifiesta que en sesión celebrada, el 23
DIRECCION DE SUPERVISION DE ASUNTOS ESPECIALES, a efectos de que se sirva indicar la decisión tomada por el Comité de Conciliación, ante lo cual manifiesta que en sesión celebrada, el 23 de agosto de 2024, el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, con relación al presente asunto, por unanimidad, determinó:FORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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Por último, esta Agencia del Ministerio Púbico, concede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocante para que se manifieste frente a lo indicado por la parte convocada, en atención a lo cual, solicita se declare fallida la presente audiencia y se expida la respectiva acta y constancia de ley.
CONSIDERACIONES DE LA PROCURADURÍA : La Procuradora Judicial atendiendo las particularidades del caso, y teniendo en cuenta lo acaecido en la presente audiencia de conciliación extrajudicial en la que fue puesta de presente la decisión adoptada por el Comité de Conciliación de la entidad convocada, sin ánimo conciliatorio y teniendo en cuenta las manifestaciones del apoderado del extremo convocante, procede el Despacho a declarar fallida la audiencia y dar por agotado el trámite de solicitud de conciliación extrajudicial de la referencia. En consecuencia, se ordena la expedición inmediata del acta y constancia de Ley y el archivo del expediente en las plataformas electrónicas de la entidad.
No siendo otro el motivo de la presente se da por concluida la diligencia, y en constancia se dispone
expedición inmediata del acta y constancia de Ley y el archivo del expediente en las plataformas electrónicas de la entidad.
No siendo otro el motivo de la presente se da por concluida la diligencia, y en constancia se dispone la culminación del registro en audio y video siendo las 10:51 A.M; surtida esta actuación se procederá a suscribir el texto definitivo tanto del acta como de la constancia por parte del Agente del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el numeral tercero del artículo 105 de la Ley 2220 de 2022 y el artículo séptimo de la Resolución No. 218 de 2022, remitiéndose copia digital de los mismos a cada uno de los comparecientes
OLGA PATRICIA CHAVES AGREDA
Procuradora 136 Judicial II para Asuntos Administrativos de Bogotá