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Acta de conciliación - LUIS EDUARDO FORERO VARGAS 2016

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - LUIS EDUARDO FORERO VARGAS 2016
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2016

PROCESO INTERVENCIÓN SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

BOGOTA @

11\lllll!IUlll\llllii SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTR,

FORMATO ACTA DE AUDIEN(

REG-IN-CE-002

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Al co11tar.lar c;lte: 2016-01 ·¿30759

PROCURADURÍA 195 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 1610-2016 SIAF 77078 de 03 de marzo de 2016

Convocante {s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Convocado (s): LUIS EDUARDO FORERO VARGAS Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy dos (02) de mayo de 2016, siendo las 10.20 a.m., procede el despacho de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a} CLAUDIA LILIANA QUIJANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 65.810.009 y con tarjeta profesional número 210.761 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a} del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79.779.892 y portador de la tarjeta profesional número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado LUIS EDUARDO FORERO VARGAS. El Procurador le

portador de la tarjeta profesional número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado LUIS EDUARDO FORERO VARGAS. El Procurador le reconoce personería a los apoderados· de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del articulo 44 del articulo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial. PRIMERA. PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01•450655, acto administrativo de fecha 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de cancele a favor del señor (a} LUIS EDUARDO FORERO VARGAS la suma de CUATRO MILLONES

SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS

como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de cancele a favor del señor (a} LUIS EDUARDO FORERO VARGAS la suma de CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS CON CINCO CENTAVOS (4.769.748,05) por la reliquidación de los conceptos de Prima de Actividad por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo sef\alado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. En este estado de la audiencia se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud incoada, quien manifestó: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No 06-2016) estudió el caso del señor(a) LUIS EDUARDO FORERO VARGAS, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 19442294 y decidió de manera UNANIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $4. 769. 748,05 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final:

N.0 Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final:

N.0 Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento

//PROCES O IN TERVENCIÓN

SUBPR OCESO CONCIL IACIÓN EXTRA JUDIC IAL

FORMA TO ACTA DE AUDIENCIA

REG-IN-C É-002

Fecha de Revisión 24/08/201 5 Fec ha de Aprobación 241081201 5 Versión 4 Página 2 de 4 habr á lugar a la ind exación. 3. Pago: El pago se realiz ará dentr o de los 60 dí as sigui entes cont ados a partir de la solicitud de pa go, pos terior a que la co nci liac ión haya sido ava lada y radicada en la Ent idad . 4. Intereses : No ha brá lugar al pago de los in tereses dent ro de los 60 dí as sig uientes a la solicit ud de pago. 5 Lugar de Pago: Grup o de Tes orerí a de la Super in te ndenc ia de Sociedades Sede Bog otá . La prese nte certificaci ón se expide con base en ,o dispue sto en incis o 2 del art ículo 18 del Decr eto í 71 6 de 2009 , y en el art ículo 6 de la Cons tituc ión Polí tica . Pa ra Cons ta ncia se fi rma en la ciudad de Bog otá a los 18 dí as del mes de mar zo de 201 6. Acto seg uido se le concede el uso de la palabra al ap oderado de la parte conv ocada, con el fi n de que se sirv a in dica r sobre propuesta reali zada por la apoderada de la en tidad convoca nte : Acepto la propuest a de pago de la en tid ad

conv ocada, con el fi n de que se sirv a in dica r sobre propuesta reali zada por la apoderada de la en tidad convoca nte : Acepto la propuest a de pago de la en tid ad convoca nte, en la suma ofrecid a, condiciones de plaz o y fórm ul a de pago , ya qu e esta se en cue ntra ajusta da a der echo. El Procur ador en at ención al ánimo conci liat orio de la en tidad conv ocant e y la conv ocada , encuen tra lega lmen te viab le el acuer do, pues de conf orm idad con los hechos consig nado s en la solic it ud , el objeto del acuer do es conciliable y contiene obl igac iones claras, expresas y exigibles, en cua nto al tiempo , modo y lugar de su cumplimie nto. Asi mi smo, el even tua l med io de control qu e se hubier e podi do lle gar a present ar no se enc ue ntra caduc ado, en razón a que el térm ino señalado en el li teral (i) del numeral 2 del art ículo 16 4 de la Ley 14 37 de 20 1 1. El acue rdo conci li atorio ve rsa sobr e ac ciones o der echo s económ icos di sponibles por las par tes. Las pa rtes se enc uentr an de bida ment e represent adas y sus representa ntes tienen facul tad exp resa par8 concili::i r. Las obligac ione s der ivadas del acuer do se en cue ntra n de bida ment e sus tentadas en prueb as doc umentales legalm ente vá lidas qu e obr an en el expedient e y qu e justifi ca n el ac uerdo, como son los siguie ntes doc umentos:

doc umentales legalm ente vá lidas qu e obr an en el expedient e y qu e justifi ca n el ac uerdo, como son los siguie ntes doc umentos:

1. Concep to emi tido por la Agencia Nacional de Defensa Ju rídic a del Estado con fecha 01 de junio de 20 15 en 07 folios.

2. Derecho de petición elevado a la Sup er in ten de ncia de Sociedades de fecha 01 de octubr e de 20 15 en 02 foli os .

3. Copia de la respues ta del Derecho de Petición a la part e conv oca da susc rita por la doctora LIG IA STELLA RO DRIG UE Z HERN AN DE Z de fecha í 7 de nov iem bre de 20 15 en 01 folio.

4. Cert ificación del Com ité de Conci lia ción de la Sup erintende ncia de Soc iedades su scrito por la doctor a Ángela Mar ia Car o Bohór qu ez Se creta ria Técnic a del Comit é de Conci li ación y Defens a Judicial ad-h oc de fecha 18 de ma rzo de 20 1 6en 01 foli os.

En criterio de esta agencia del Minis terio Pú blico , el acu erdo conte nido en el acta no es viola torio de la ley y no resu lta lesi vo par a el patr imonio públ ico por las siguie ntes razones: Conforme a la sentencia de unif icación del Con sejo de Esta do - Sala Plena - Secc ión Te rcera - C.P. Jaime Orla ndo Sa ntofi mi o Gamb oa - 19 de noviembr e de 20 1 2razones: Conforme a la sentencia de unif icación del Con sejo de Esta do - Sala Plena - Secc ión Te rcera - C.P. Jaime Orla ndo Sa ntofi mi o Gamb oa - 19 de noviembr e de 20 1 2Rad icación nro. 7300 1 -2 3-3 1 -000-2000 -03075 -0 1 (2 4.8 97), qu e resolvió situaciones atine ntes al pago de hechos cump lidos , como con secuencia de la pres ta ción de servicios sin medi ar con trato al guno, es posib le sostener , conforme ha di cho prove ído, que en el prese nte caso nos en contramo s inm ersos en los postulados de la sent en cia profe rida cuando man ifestó : Lugar de Arch ivo: Procurad uría Tiempo de Reten ción: N.º Judicial Admi nistra tiva 5 años

Disp osición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de utilizar el docu mentofi PR OC ESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisió n 24/08/201 5 } SUBP ROCESO CONCIL IACIÓN EXTRA JUD ICIA L Fecha de Aprobación 24/08/ 201 5 p A GENWl. Of u lliCIOII

FORM ATO ACTA DE AU DIEN CIA Versión 4

RE G-I NC E-002 Pag ina 3 de 4 «E sos casos en do nde, de maner a exc epci ona l y por razones de in terés pú blic o o gener al, res ul taría proce de nte la ac tio de in rem verso a ju icio de la Sala, sería n en tre otros lo s si guie ntes:

pú blic o o gener al, res ul taría proce de nte la ac tio de in rem verso a ju icio de la Sala, sería n en tre otros lo s si guie ntes: b) En los que es ur gen te y nec esario adquir ir bi enes, so lici tar servicios, sumin ist ros, ordenar obr as _con el fi n de prefilar: _LJll sfi:_yi _c:i.9 .Pfirfi_ evifi ar una ame naza o un a lesión inminen te e ir rever sib le al der echo a la sal ud , der echo este que es fu nda men ta l por cone xidad con los de rechos a la vida y a la in tegr idad persona l, urge ncia y nec es idad qu e deben apar ece r de ma nera obje tiv a y manif ie sta como conse cuencia de la im posi bil idad absol uta de pla nifica r y ade lan tar un proceso de selec ci ón de co ntrat istas, así como de la celebración de los corr espondi entes co ntratos, ci rcuns ta ncias que deben esta r pl ena me nte acr ed itadas en el proceso cont encio so ad mi nis trativo, sin que el ju zga dor pi erda de vi sta el de rroter o gener al que se ha señal ado en el nu mer al 12 .1 de la pr ese nte pro viden cia, es dec ir , verifica nd o en tod o caso que la decisión de la adminis trac ión fre nte a estas cir cu nstancias haya si do rea lme nte ur gen te, úti l, necesaria y la más raz onabl em ente ajustada a las ci rcu nst ancias que la ll eva ron a tom ar ta l deter mi nación .»

ur gen te, úti l, necesaria y la más raz onabl em ente ajustada a las ci rcu nst ancias que la ll eva ron a tom ar ta l deter mi nación .» Po r su par te , la aqu í convoc ada presto sus servicio s a la entid ad convoca nte , en los ti em pos y térm inos ce rtifi cados, tal como lo prueb an las certifica cione s apor tadas al present e tra mi te co ncilia tor io. Se prueb a ent onces que io pretend ido por ia co nvoca nte al qu erer pagar al convoca do la reliqui dación de la rese rva especial del ahor ro en la li qui da ción de la Prima de Activ idad , Bonific ación por recrea ci ón, Hor as Extra s y Viátic os , de los úl timos tres años, sin incur rir tales va lor es ni in te reses ni index ación , es no incur ri r en un enr iq uecimie nto sin causa , sup ues to fáctico qu e corresponde a la exce pción conte mp lada por el Cons ejo de Estado en la se ntencia citada . Aho ra bien , el Conse jo de Est ado - Sec ción Tercera - Radi cad o nro. 25000-2326-000201 1 -0 0805 -0 1 - 24 de abr il de 201 3 - C.P. Enr ique Gil Bot ero, medi ante la cual apr obó el acuer do concil iat orio entr e la Fundac ión par a el Mun do Nu evo para la protec ción de los Niñ os , las Niñ as, los Jóv enes , la Mujer y la Fa milia y el In stitut o Colombiano de Bie nes tar Fa mili ar, sostuvo :

Niñ os , las Niñ as, los Jóv enes , la Mujer y la Fa milia y el In stitut o Colombiano de Bie nes tar Fa mili ar, sostuvo : [ ... ] No debe per derse de vis ta que se está en pr esencia de un confl icto, que ha sido su per ado de forma bil ate ra l, a través del acuer do allegado en aud iencia preju di cia l, y cu yos té rmino s no se han cu esti onado por qu ienes in te rvienen en el proceso. A su vez, las pa rtes mani fiestan co no cer en su in tegr idad lo allí cont enido , por lo ta nto , en aras de fortale ce r este medio de resoluc ión de conf lic tos , del cu al se han va li do para su per ar las controve rs ias de tip o económ .ico co ntr actua l, al Despa cho concl uye que el acuer do celebr ado esta co nforme a dere cho, ya que las prue bas ap ortadas ala proce so son sufici entes pa ra arribar a la s co nc lusion es req ueri das par a apr oba r el arr eglo al que han ll egado la s part es. Ahor a bien, la Sala no pasar á por al to que los hech os que da n lugar a esta conc ilia ció n tambi én se enmar can en lo s sup uestos que la ju risprudencia de la Se cci ón Terce ra del Con sejo de Estado ha formulado par a eve ntossimil ares , es decir , aquel los en lo s cua les la ejecución de tra bajos, la pr estación de servicio s, o la en trega de bien es Lugar de Archivo: Procu rad uría Tie mp o de Retenc ión : N.º Judic ial Admin istra tíva 5 años

Disposic ión Final:

ejecución de tra bajos, la pr estación de servicio s, o la en trega de bien es Lugar de Archivo: Procu rad uría Tie mp o de Retenc ión : N.º Judic ial Admin istra tíva 5 años Disposic ión Final: Arch ivo Centr al Verif ique que esta es la versión correcta an tes de ut ilizar el docum entoPROC ESO INT ERVENC IÓN Fec ha de Revi sión 24/08/ 20 15

SUBPR OCESO CONCIL IACIÓN EX TRAJUD IC IAL Fec ha de Aproba ción 24/08/ 20 15

FORM ATO ACTA DE AUDI ENCI A Versi ón 4

REG-I NC E-002 Página 4 de 4 al Estado se realiza sin el soporte contrac tua l debido. Seña ló en se nten cia de unif ica ción de la Sección -p rov idencia del 19 de no viembre de 201 2. Exp. 24.897 - qu e: 12 . 2. Con otra s palabr as , la Sala adm ite hipótesis en las que resu ltarí a pr oceden te la actio de in ¡em verso sin que med ie contr nto alguno pern, • se insi ste, estas posibilidades son de carácte r excepc ional y por consig ui ente de in terpretación y ap licación restrictiva , y de ning un a maner a con la pretensió n de encua dra r dentro de estos caso s excep cionales, o al amp aro de ellos, eve ntos que necesariamente qu eda n com pren did os den tro de la regla gene ral que antes se menci onó. » De la provi dencia trascrit a, clarame nte se in fiere que confor me a la pos IcIon

qu eda n com pren did os den tro de la regla gene ral que antes se menci onó. » De la provi dencia trascrit a, clarame nte se in fiere que confor me a la pos IcIon jurispr ud encia! del Conse jo de Est ado es perfectame nte viable , q ue casos co mo el aquí se ha concili ado se so luc ionen de maner a bi later al, media nte mec anism os aut o co mpos itivos co mo la con cil iació n, qu e garant izan la prote cci ón al patri moni o públ ico , los der echos de los pa rticular es y per mi ten resolve r co nflic tos de man era pronta , evit ando des gastes inn ecesa rios al aparato judic ial. En consecue ncia , se disp ondr á el en vío del acta de acuerd o total, jun to con los docu ment os perti nent es, al Juez com pet ente para su aproba ción , adv irt iendo a los com parecie ntes que el au to aprobatorio har á tránsit o a cosa j uzgada y presta rá, j un to con el ac ta q ue contiene el acuer do , mér ito ejecut ivo, razón por la cu al no son procede ntes nue vas peti ciones co ncil iatorias por los mismos hechos ni dem andas an te esa jur isd icción por las mi smas ca usas. En cons ta ncia de lo an ter ior se da por co ncluida la dili gencia y se firm a el acta por q uien es en ella in tervin ieron , una vez leí da y apr obada siendo las 10 .40 a.m. Convo cada

LUIS UILLERMO ALFARO CORTES e.e. No. 79.779.892

firm a el acta por q uien es en ella in tervin ieron , una vez leí da y apr obada siendo las 10 .40 a.m. Convo cada

LUIS UILLERMO ALFARO CORTES e.e. No. 79.779.892

T. P. No. 228.365 del e.S. de la J.

Apod erado de la parte eon voca nte eLA e.e. o. 6s.s1 0. 009

T. P. No. 21 0.761 del e. ---FERN AN DO ANT ONIO TO RRES GOM EZ Procur ador 19 5 Judici al I par a Asu ntos Ad mini strati vos lugar de Arch ivo : Procur aduría Tiem po de Retenc ión: N.° Judi cial Adm ini strativa 5 años Dis posic ión Fin a'.: Arch ivo Cen tral Verifiq ue que esta es la vers ión correcta ant es de utilizar el docum ento

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