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Acta de conciliación - LUZ MARINA ESCALANTE MOROS 2015

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - LUZ MARINA ESCALANTE MOROS 2015
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2015

fila. 12:\ SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES r----ir---i--------------- \!'!') BOGOfi fi su•••::fi:fifi:fifi;;;,::rncfi IIIIIIIIHllllllllll/I1I1111111111

Al contestar cite: 2016-01-385159

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REG-IN-CE-002 Fech_a: 19/07/201811:40;34 Folios: 1

Remitente: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LANACION .__ ___ ..__ _____________ _

CONCILIACIÓN EXT PROCURADURÍA 208 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 108 -2016 del 16 de marzo de 2016

Convocante (s): Convocado ( s):

Pretensión:

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

LUZ MARINA ESCALANTE MOROS NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO . En San José de Cúcuta, hoy dos (02) de mayo de 2015, siendo las nueve de la mañana, procede el despacho de la Procuraduría 208 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la apoderada sustituta de la entidad convocante doctora MARCELA OGLIASTRI BARRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 63.287.777 de Bucaramanga y con Tarjeta Profesional No. 56159 Consejo Superior de la Judicatura, a quien le sustituye poder La apoderada principal, LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 46.363.556 de Sogamoso y con Tarjeta Profesional No. 72002 Consejo

La apoderada principal, LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 46.363.556 de Sogamoso y con Tarjeta Profesional No. 72002 Consejo Superior de la Judicatura. Así mismo comparece la apoderada de la parte convocada LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, doctora ESTEFANIA APARICIO RUIZ, identificado con cedula de ciudadanía 1.03fi.422.896 de los Bogotá y portador de la tarjeta Profesional Nº 198140 del Consejo Superior de la quien se encuentran debidamente reconocida en auto del treinta de marzo de 2016. Acto seguido el Procurador declara abierta la audiencia. El señor Procurador reconoce personería a la apoderada sustituta de la entidad convocante en los 'términos otorgados en el poder que aporta, Acto seguido el Procurador declara abierta la .audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación ,extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la díligencia se concede el uso de la palabra a la parte convocante para que nos manifieste si se ratifica en los hechos y pretensiones narrados en la solicitud de conciliación donde se convoca a LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, para lo cual expresa "se concilien los efectos contenidos y decididos en el oficio con radicado Nº 2015-01-450748 acto administrativo de fecha 17 de noviembre de 2015; Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señora LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, la suma de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO

consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señora LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, la suma de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL SETENTA Y CUATRO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($2.198.074,50) por re liquidación de los conceptos de prima de actividad, bonificación por recreación, horas extras y viáticos incluido el porcentaje correspoí)diente a la reserva especial del ahorro por el periodo del tiempo señalado en la liquidación que se adjunto a la presente solicitud. Así mismo el comité de conciliación y defensa judicial de. la superintendencia de Sociedades, en sesión realizada el 18 de marzo de 2016 (acta Nº 06-2016) estudio el caso de la señora LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, identificada con cedula de ciudadanía Nº 37.256.252 y decidió de manera unánime conciliar las pretensiones del convocante ( reserva especial del ahorro) en la cuantía de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MUIL SETENTA Y CUATRO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($2.198.074,50); El cual reconoce capital 1'00% no habrá lugar a indexación, pago se realizara dentro de los sesenta días siguientes contados a la solicitud de pago . posterior a que la solicitud haya sido avalada y radicada en la entidad, no habrá lugar al pa.go de intereses dentro de los sesenta días siguientes a la solicitud de pago; lugar de pago grupo de tesorería de la Superintendencia de Sociedades sede Bogotá. . EL Procurador cor;cede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, doctora ESTEFANIA APARICIO RUIZ, para

sede Bogotá. . EL Procurador cor;cede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada LUZ MARINA ESCALANTE MOROS, doctora ESTEFANIA APARICIO RUIZ, para que exprese si acepta la decisión tcmada por la entidad convocante, quien manifiesta. Acepto

Lugar de Archivo: Procuraduría Tier.,po oe Retención.

N. • 208 Judicial Administrativa 5 añ::is

Disposición Final: Archivo Central Verifique q 1e esta es la \'ersión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revi sión 281021 20 13

SU BPROCE SO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDICIAL Fecha de Aprobación 28/021201 3

FORMA TO ACTA DE AUDIENCIA Versión 2

REG-I N-CE-002 Página 2 de 5 la propuesta presentad a, por lo que se llega a un AC UERD O TOTAL. Esta Procuradur ía con base en la posición que han asum ido las partes conside ra que no se presenta ninguna irregula ridad y en consecuencia no presenta ninguna objeción por lo tanto se remitirá al jue z competente para su control de legalida d : El despacho de la procuraduría 208 jud icial I para Asuntos Admini strativos , teniendo en cuenta que de confor mid ad con los hechos consig nados en la soli citud, el objeto del acuerdo es conciliab le, dado qu e se trata de una conc il iació n DE CARÁCTER TOTAL el despacho considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras , expresas y precisas en su exigibilidad , en cua nto al tie mpo, modo y luga r de su cumplim iento( 1) (siend o clar o en relac ión con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el

claras , expresas y precisas en su exigibilidad , en cua nto al tie mpo, modo y luga r de su cumplim iento( 1) (siend o clar o en relac ión con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y cum ple con los siguientes requisitos : (¡) la eventual acció n contenciosa que se ha podido lleg ar a presentar no ha caducado (art. 61 , L.23 /91 , modificado por el art. 81 ,L. 446/98) ; (¡ ¡) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o der echos económicos disponi bles por las partes (Art. 59, L.23/91 , y 70,L.446/ 98); (¡ ¡ i ) las partes se encuentran debidamente representadas y sus representantes tienen capacidad para concil iar; (¡v ) obran en el expediente las pruebas necesarias que ju stifican el acuerdo a saber: y; (v) en criterio de esta agencia del mi nisterio públ ico, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo para el patrimo nio público por las anteriores razones (art. L. 23/91 y art. 73 , L. 46/98)(2 ). En consecuenc ia, se dispondr á él envió de la presente acta , junto con los docume ntos pert inentes, al ju zgado ad min ist rativo Oral del Cir cui to de Cúcu ta para su aprobación ; advi rtiendo a los comparecientes que el aut o aprobatorio hará trá nsito a cosa juzgada y prestara junto al acta que contiene el acuerd o, merito ejecutiv o, razón por la cual no son procedentes nuevas peticione s concil iatorias por los mi smos hechos ni dem andas ante la

juzgada y prestara junto al acta que contiene el acuerd o, merito ejecutiv o, razón por la cual no son procedentes nuevas peticione s concil iatorias por los mi smos hechos ni dem andas ante la ju risdicción de lo contencioso admini strativo por las mi smas causas (Art. 7 L.44 6/98 y 24

L. 640/200 1 ). En constancia de lo anterior se da por concluid a la Dili gencia y se firma el acta por qui enes en ella intervinieron , una vez leída y aprobada siendo las nu eve y cinc uent a de la mañ ana.

Lugar de Archivo: Procur adur ia Tiempo de Retención: N.• 208 Jud icial Admi nistrativa 5 añ os Di sposici ón Fin al: Arch ivo Ce ntra l Verif ique que esta es la versión correcta antes de util iza r el docum ento

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