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Acta de conciliación - MAGDA CAROLINA BONIL OLIVERA 2018

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - MAGDA CAROLINA BONIL OLIVERA 2018
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2018

PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión PROCURADURJA GEKEIW. DE lA MlCIfi REG-1 N-CE-002 Página 1 de 3

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 85 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 16104 de 25 de mayo de 2018

Convocante (s): Convocado (s):

Medio de control:

MAGDA CAROLINA BONIL OLIVERA

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bogotá D.G., hoy veintinueve (29) de junio de 2018, siendo las doce y quince (12:15 p.m.), procede el despacho de la Procuraduría 85 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia, se deja constancia de que se adelanta la diligencia en horario diferente al inicialmente señalado por petición conjunta de las partes. Comparece a la diligencia la doctora LAURA ALEJANDRA MEDINA GONZALEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 1.032.373.958 y con tarjeta profesional número 203.427 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la convocante MAGDA CAROLINA BONIL OLIVERA, reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y

convocante MAGDA CAROLINA BONIL OLIVERA, reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO, en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, según consta en documentos que aporta en veintidós (22) folios. La Procuradora le reconoce personería a la apoderada de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativo como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos conforme el Acuerdo 040 de 1991 en: Oficio No.500-057925 de fecha 25 de abril de 2018 y Certificación No.510-001185 del 25 de abril de 2018, a favor de Magda Carolina Bonil Olivera. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento

Certificación No.510-001185 del 25 de abril de 2018, a favor de Magda Carolina Bonil Olivera. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación:• A favor de MAGDA CAROLINA BONIL OLIVERA, la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEIS PESOS M/CTE. ($1.682.006,00). Lo anterior por concepto de la reliquidación de los valores correspondientes a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación por los periodos señalados en las liquidaciones que se adjuntan a esta solicitud.

Estimacíón de la cuantía: $ 1.682.006. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocada, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de !a entidad en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 14 de junio de 2018

(acta No. 21-2018) estudió el caso de la señora MAGDA CAROLINA BONIL

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N.° Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentofi

PROCE SO INT ERVENCI ÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUB PROCE SO CONCIL IAC IÓN EXTRAJUDICI AL Fecha de Ap robaci ón 24/08/20 15

FO RMATO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4

GENWJ. DE lA l«CIOII

SUB PROCE SO CONCIL IAC IÓN EXTRAJUDICI AL Fecha de Ap robaci ón 24/08/20 15

FO RMATO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4

GENWJ. DE lA l«CIOII REG-IN-CE-002 Página 2d e3

OLI VERA (CC 52 .915 .101) y decidió de maner a UNÁN IME CONCI LIAR las pretensiones del conv ocante (Reserva Espec ial del Ah orro) , po r valor de $ 1. 682 .00 6 . La fórmula de conci li ación es bajo los siguie ntes par ám etros : 1. Valor : Recon ocer la suma de $ 1. 682. 006. pesos m/cte., como valor resu ltante de re liqu idar la Prima de Activida d y Bon ificación por Recr eaci ón, pa ra el per íod o compr endi do entre el 02 de octu bre de 20 15 al 17 de abr il de 201 8, incl uyendo allí el factor denom ina do reserva especia l del ah orro, conf orme a la liquid ación efectuada por la en tid ad y aceptada por la convo cante . 2. No se recon oce rán in tereses ni ind exación, o cu alqui er otro gasto que se pretenda por la convocant e, es deci r, só lo se reconoc e el capital conforme a la liquida ción realizad a por la entidad . 3. Se deb e tener en cue nta la prescri pción trienal de las su mas ind icad as, conforme la certifica ción alu dida . 4. Pago : Los valor es ant es seña la dos serán cancelados de ntro de los 60 dí as si gui entes a aq uél en el que la Jur isd icción

conforme la certifica ción alu dida . 4. Pago : Los valor es ant es seña la dos serán cancelados de ntro de los 60 dí as si gui entes a aq uél en el que la Jur isd icción Con tenc iosa Admini strativa apr uebe !a concil iación , no gener ando intereses tamp oco en este lap so . 4. For ma de pago: El pago se real izará , med ian te consignación en la cue nta que el funcionar io tenga reportada en la ent idad par a el pago de nóm ina, sa lvo ind icación en contr ar io del sol icitant e, comun icada a la en tid ad al mo me nto de ele var la peti ció n de pa go, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respec tivo . Así mi smo, la convo cante acepta que no in iciar á accione s contra la Sup erintendenc ia de Soc ied ades que tengan qu e ver con el reconocim ie nto de las su mas relativas a Prima de Activ id ad y Boni ficación por Recr eac ió n, a qu e se refiere esta conciliac ión. Al lego certif icación de fecha 15 de ju nio de 201 8 sus crita por la Secr etaria Técn ica del Com ité de Conc ili ación y Defensa Judi cial en un (0 1) folio. Se le concede el uso de la palabr a a la apoder ad a de la part e convoc ante par a que man ifieste su posic ión frente a lo exp uesto por la par te convoc ad a: Respe tuosa me nte mani fie sto al Des pacho qu e como apoder ada de la part e convoc ante, acepto la formula concilia toria propue sta por la ent idad por enc ontrarse conforme a Der echo . La Procur ad ora Jud icia l

como apoder ada de la part e convoc ante, acepto la formula concilia toria propue sta por la ent idad por enc ontrarse conforme a Der echo . La Procur ad ora Jud icia l consid era qu e el anterior acuer do cont iene obl igac io nes clar as , exp resas y exig ib les, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cum plim iento¡ (siendo cla ro en relación con el concepto conciliado, cuan tía y fecha par a el pago) y reúne los siguien tes requi sitos : {i) la eventual acci ón conte nc iosa que se ha podido ll egar a presentar no ha cad ucad o (art. 61 , ley 23 de 19 91 , mo d ificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98) ; {ii) el acuer do concilia torio versa so bre acc io nes o der echos económ icos di spon ibl es por las part es (a rt. 59 , ley 23 de 19 91 , y 70 , ley 446 de 19 98) ; (iii) las part es se enc uentran debid ament e represent adas y sus represe ntantes tienen capac idad par a concili ar; (i v) obr an en el exped iente las prue bas necesarias qu e jus tifi can el acuer do a sa ber : 1. Poder es legalmen te conferidos para actuar . 2. Derecho de petición su scrito po r la co nvocante , de fecha 17 de abr il de 20 18 rad icado con el con secut ivo 20 1 8-011 67833. 3. Certificación

No.51 0-0 01 18 5 del 25 de abr il de 201 8, donde cons ta la li qu idación efectuad a por la Sup erin tendencia de Soc ied ades a favor de la convocant e. 4. Oficio con nú mer o conse cutiv o 500 -057925 de fech a 25 de abr il de 20 18 de !a Super int enden cia de Soci edade s, en respu esta al derecho de petición. 5. Carta de aceptación radicada con el conse cutivo 20 1 8-0 1 -226 13 9 de fecha 4 de mayo de 20 18 . 6. Certificación del Com ité de Conc iliación con prop uesta conci liatoria ; y (v) en crite rio de esta agencia del Min iste rio Públi co, el acuer do cont enido en el acta no es viola torio de la Ley y no resul ta lesivo par a el patri mon io públ ico. En consecu enc ia, se di spond rá el en vío de la prese nte acta, ju nto con los do cume ntos pert ine ntes , al Ju zgad o Ad min istrativo del Cir cu ito de BOG OTA (C), par a efectos de control de lega li da d , advirti endo a los compar ecient es que el au to apr oba torio del acuer do Lugar de Archivo : Procuradur ía Tiempo de Retención: N.º Jud icial Admin istrativa 5 año s

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de util izar el documen toPROCESO INTERVENC IÓN

SUBPR OC ESO CON CILIACIÓN EXTRAJUD ICIAL

FORMATO ACTA DE AU DIEN CIA

REG-IN-CE-002

Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPR OC ESO CON CILIACIÓN EXTRAJUD ICIAL

FORMATO ACTA DE AU DIEN CIA

REG-IN-CE-002

Fecha de Revisión 24/08/2015 Fecha de Aprobación 24/08/2015 Versión 4 Página 3d e3 har á tránsi to a cosa ju zgada y prestará mé rito ejecutivo , razó n por la cual no son procedent es nue vas peticiones concilia torias por los mi smos hechos ni deman das an te la jur isdic ción de lo Co ntenc ioso Admin istrativo (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 20 01). Se da por conc lui da la dili genc ia y en co nstancia se firma el acta por qu ienes en ella in tervi ni eron , una vez leí da y apr obada siend o !as doc e y veinte (1 2:20 p.m.). Dra. LAURA ALE JAN DRA ME DINA fififi Apode e la pa rteCoñvecante " a de la Ent idad Co nvocada PEÑAL OZA PI NIL LA Ju dicial I par a Asuntos Ad ini strativos i Ver Fallo del CONSE JO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUB SECC!ON C - C.P . Enrique Gi! Botero, Bogotá, D.G., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.° 0500 1-23-3 1000-201 0-0016 9-01 (39948) "[ .. ,]En ese orden, la ley procesal exíge que el acto que presta mérito

ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimíento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medíos para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condicíón ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [. .. ]".

Lugar de Arch ivo: Procur adur ía Tiempo de Retenció n: N.° Judic ial Admini strativa 5 años

Dispo sición Final: Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta ant es de utili zar el documento

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