Acta de conciliación - MARCELA OGLIASTRI BARRERA 2016
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - MARCELA OGLIASTRI BARRERA 2016
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2016
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T fi\O fi SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES \:!E) BOGOTA
Jfi PROCESO INTé RVENCIÓN SUBPROCESO CONCJL1Aq16N EXTRAJUC FORMATO ACTA DE AUDIENCIA lllllfillllllllllllllllllfil l lf 111 !I fi Al contestar cite: 2016-01-459468 PfiIA GEIWl. l.t UIQQO!l REG-IN-C =-002 Fecha: 13/09/2016 8:59:34 Fdllos: 2
Remitente: 899999119PROCURAOURIA GENERAL DE LA NACIfi CONCILIA'CION EXTI PROCURADURÍA 100 JUDICfiAL l PARA fiASUNTOS ADMINISTRATIVUfi
Convocante: Convocada: Radicación No. !43617 del 05 de julio de 2016
SUPERINTENPENCIA DE SOCIEDADES
MARCELA OGLIASTRI BARRERA Medio de Control: NULIDAD Y RkSTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bucaramanga (S), a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016), siendo las tres y quince ( :15 pm) de la tarde, procede el despacho de la Procuraduría 100 Judicial I para fisuntos Admlnlstrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL dentro del radicado de la referencia. Comparecen a esta diligencia b1 doctor GERMAN AUGUSTO VILLABONA PINILLA, identificado con cedula §e ciudadanía No. 13.847.899 de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional No. 49.904 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apodbrado sustituto de la entidad convocante, de
PINILLA, identificado con cedula §e ciudadanía No. 13.847.899 de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional No. 49.904 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apodbrado sustituto de la entidad convocante, de conformidad con el poder Jtorgado por LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, apoderada de la fi entidad, a quien se le reconoció personería mediante auto 190 del día 14 · e julio de 2016. Igualmente, comparece a la diligencia la Doctora MARCELA GLIASTRI BARRERA, identificada con cedula de ciudadanía 63.287.777 de BuC¡élramanga, en calidad de convocada y la doctora MARTHA EUGENIA SOLANO GUTIERREZ identificada con la e.e. 28.423.610 del Socorro y portadora de la tarjeta profesional número 38.568 del Consejo Superior de la Judicatura, en 1 representación de la convocada MARCELA OGLIASTRI BARRERA. La rocuradora les reconoce personería a los apoderados de la partes en los érminos indicados en los poderes que aportan. Acto seguido la Procuradora co ± fi fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en con , ordancia con lo señalado en el numeral 4 del articulo 44 del artículo 44 del De reto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los I objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencibsa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En t ste estado de la diligencia se concede el uso
instruye a las partes sobre los I objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencibsa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En t ste estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte c nvocante manifiesta: Las pretensiones de las Superintendencia de sociedad cohio bien lo contempla la solicítud son: PRIMERA: Se concilie los efectos contenido$ y decididos en el Oficio con radicado No. 201501-450906, acto administratívol de fecha del 17 de noviembre de 2015.
SEGUNDA: Que como consecueficia y a título de restablecimiento del derecho se 1 cancele a favor de la señora fiARCELA OGLIASTRI BARRERA la suma de
CATORCE MILLONES CUATtxOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOfi CON CINCO CENTAVOS {$14.454.670,05) por la reliquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por • Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, pot el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente áolicitud. Me permito precisar que la propuesta conciliatoria corresponde a los siguientes conceptos: Bonificación por recreación a 31 de octubre de 2012: $253.161; Prima de actividad a 31 de octubre de 2012 $1.898.71 O; bonificación por recrbación a 31 de agosto de 2013: $261.870; Prima de actividad a 31 de agosto de 2 13: $1.964.026; bonificación por recreación a. 30
$1.898.71 O; bonificación por recrbación a 31 de agosto de 2013: $261.870; Prima de actividad a 31 de agosto de 2 13: $1.964.026; bonificación por recreación a. 30
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de R tenci6n:
N." Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es I versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INTERVENCIÓN
SUBPR OCE SO CONCILIACI ÓN EXTRAJ UDICIAL
FORMATO ACTA DE AUDIE NCIA
REG-I N-C E-002
Fecha de Revisión 24/0812015 Fecha de Aprobaci ón 24/08/201 5 Versión 3 Ptigina 2 de 3 de septi embr e de 20 14 : $2 .0 21 .7 68; bon ifi cac ión por recrea ción a 31 de mar zo del 201 5: $269 .5 69; reaj uste bon ificación recr eación a 31 de 20 15 : $ 12 .5 62 ; Prima de activida d a 31 de infir zo de 201 5: $2 .0 21 .7 68 ; reaj uste pr ima de activid ad a 31 de mar zo de 20 15 : $94.214; Par a un tota l de $9.0 67. 219 , mas viátic os corres pondien tes al period o com prendi do entr e el 7 de octu bre de 20 12 has ta el 7 de octu bre del 201 5 por un valor de $5. 387 .452 , para un gr an tota l de CATO RC E MI LL ONES CU ATROC IE NTOS CINC UEN TA Y CU ATRO MIL SEIS CIEN TOS
de octu bre del 201 5 por un valor de $5. 387 .452 , para un gr an tota l de CATO RC E MI LL ONES CU ATROC IE NTOS CINC UEN TA Y CU ATRO MIL SEIS CIEN TOS SE TENT A PE SOS CON CI NCO CE NTAVO S ($ 14 .45 4. 670, 05) . Como pr ueba de los . ant erio res va lor es me pe rm ito an exa r certificación exped ida por la Co ordi nad ora del Gr upo de Admin istr ac ión de Person al de la Super in te ndencia de So ciedades co n Rad icado 201 6-0 1 -324927 del 13 de junio de 20 16 , en un {01 ) folio. Los pa ráme tros de la conci li ación son: Ca pital: se reconoc e en un 10 0%; Ind exac ión : No ha brá lugar a la In dexación ; El pa go: Se rea li zar a dentr o de los 60 dí as sig ui en tes contad os a pa rtir de la solici tud de pago, pos terior a que la con cilia ción haya si do ava lada por el Ju ez ad minis trativo y rad icad a en la Enti dad ; Int ereses : No abr a lugar al pago de int ereses de ntr o de lo s 60 dí as sigui entes a la solici tud de pago y Lugar del pa go: el Gr upo de Teso reria de la Su perint en dencia de Soc ieda des sede Bogo tá ; Como con sta en la certificació n exped ida por la
Secr eta ria Técn ica del Com ité de fecha 27 de may o de 20 16 (d el acta No 01 520 16 ), que obr a en la sol icitud a folio 14. Acto seg ui do se le concede el uso de la pa labr a a la apoder ada de la co nvocad a, par a que se sirv a in di ca r la decisión tomada, en relac ión con la solic itud in coada : Estoy totalmen te de acuer do con la liqu idac ión que efectuó la Su peri ntendencia de soc iedade s, en cuantía de $ 1 4. 45 4.67 0,05 y qu e no hab rá lugar a pago de in ter eses ni de in dex ació n. en los tér mino s indicados en el paráme tro de conciliac ión qu e se aportó al desp acho, en razón a que esta es un a conci liación de mu tuo acuerdo entr e la Entidad y mi represe ntada y que lo qu e mo tivo esta au diencia fue forma lizar el acuer do de volu ntades entre la s pa rtes . La Procur ador a judicial: cons ider a qu e el acuer do contie ne obli gacione s clar as, expr esas y exig ibles, en cuan to al tiempo, modo y lugar de su cump lim iento 1 (sien do clar o en relac ión con el concep to con ciliado, cua ntía y fecha para el pago) y reúne los siguien tes req ui sit os : (i) la eventual ac ción conte nciosa que se ha pod ido llegar a present ar no ha caduc ado (art. 61 , ley 23 de 19 91 , modificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acuer do
(i) la eventual ac ción conte nciosa que se ha pod ido llegar a present ar no ha caduc ado (art. 61 , ley 23 de 19 91 , modificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acuer do concilia torio versa sobr e accion es o der echos económ icos disp onibles por las partes (art. 59 , ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98) ; (iii) las partes se encue ntra n debidame nte represen tad as y sus represe ntantes tienen cap acidad par a conciliar: (i v) obran en el exped ien te las pru ebas necesarias qu e jus tifican el acuer do: 1) Ce rtificación expedida por el Grupo de Ad minis tración de Personal de la Su peri ntendencia de Socie dade s media nte el cu al se certifi ca el tiempo y ca rgo des em peñado y los val ores que se reconoc en por los diferentes concep tos de la Doctora MARC ELA OG UASTRI BARRER A, 2) Derecho de petición de fecha octubr e 7 de 20 15 radicado 201 5-06-006 083, 3) Respue sta al derecho de petición No. 5001 53080 , de fecha 17 de noviem bre de 201 5, 4) Derec ho de petición Reser va esp ecial del ah orro, de fecha 11 de diciembr e de 201 5, radi cado 20 1 5-06007500, 5) Der echo de -petición Reserva Especial del Aho rro Rad icado 20 1 5-06 -007796 ,
- Acta del comi té de conciliac ión No. 01 5 del 26 de mayo de 201 6, 7) Certif icación expedida por el Com ité de Conciliacion do nde con sta la posición y la propuesta co_ncilia toria , 8) Copia del acta No. 014 del 02 de juni o de 201 6, media nte el cual se ad opta la pos ición en el prese nte asun to , 9) Comunic ación de la Agencia de Defe nsa Jurid ica del Estado Radicado 20 15 5000 052581 de fecha 2 de junio de 201 5 y 1 O) Copia fi
1 Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUBSECCION C - C.P . Enrique Gil Botero, Bogotá, D.C., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 05001 -23-3 1-000-20 10-Q0169-01(39948) ·¡ ... ]En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -ar/, 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido. ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que 'Si es clara debe ser evídente que en el titulo consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobar/o. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones endientes r realizar r ende edirse su cum limiento en ese instante ... •.
Lugar de Arch ivo: Procuradu ría Tíempo de Retención: Disposición Final:
actuaciones endientes r realizar r ende edirse su cum limiento en ese instante ... •.
Lugar de Arch ivo: Procuradu ría Tíempo de Retención: Disposición Final: N.º Judic ial Admin istrativa · 5 años Archivo Centr al Verifique que esta es la versión correcta ante s de utilizar el doc umen to -- - f1
PROCESO INT RVENCIÓN Fecha de Revisión 24/0812015
SU BPROCESO CON CILIA CI ÓN EXTR AJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMA TO ACTA , E AU DIEN CIA Versión 3
Pág ina 3 de 3 de la ce rtificación expedida por I Coor di nador a del Gr upo de Ad min istrac ión de Pe rson al de la Sup erinte nden cia j de Sociedades con Rad icado 20 1 6-0 1 -32 4927 del 13 de junio de 20 16 (v) en crit erio de esta agencia del Minis terio Públ ico, el acuerdo contenido en el acta no es viola torio fie la ley y no resu lta lesiv o para el patri monio público por las sigui entes razo nes. (art. 65 lA., ley 23 de 1. 99 1 y art. 73, ley 446 de 19 98)2 En consec ue ncia , se dispondr á el env io de la prese nte acta, jun to con los doc umen tos pertin entes , al Ju zg ado Ad mini strat vo del Cir cu ito de Buc aramanga, pa ra efectos de control de legalidad, advirtiendo a los compar eci entes que el Auto apr obatorio ju nto con la presente acta del acuer do, presta ráfi mérito ejecuti vo, y tendrán efecto de cosa juzgada 3
control de legalidad, advirtiendo a los compar eci entes que el Auto apr obatorio ju nto con la presente acta del acuer do, presta ráfi mérito ejecuti vo, y tendrán efecto de cosa juzgada 3 razón por la cual no son procede ntes nuevas peticiones conciliat oria s por los mismos hechos ni dema ndas ante la jur isdictión de lo contencioso admin istrativo por las mismas causas (art. 73 Ley 446 de 19 98 y 2 Ley 640 de 2001 ). En constancia se firma el acta por qu ienes en ella in tervi ni era iendo las 04:20 p.m. AUG USTO VI LLABO -PINIL LA . 13 .8 47 .8 99 de Bucar am ánga o. 49 .904 del C. S.J. 7oder ado de la Su perint endenci de Soci edades MA RTHA EUGENIA SOLANO GU TI e.e. No. 28.4 23.61 o del Soco rro
T. P. No. 38. 568 del C. S.J.
Apoder ada de la convocada !B ARRERA e.e. nga
T. P. No.
Co nvoca da 2 Ver Sentencia C111 de 24 de febrero de 1999, M 1strado Ponente: Alfredo Beltrán Siera: '[ ... / La inteNención activa del Ministerio Público en los procesos contencioso administrativos concrelamenle, en las conciliaciones extrajudiciales, no es producto de un capricho del legislador. o una manera de entorpecer posible acuerdo al que llegaren las parles. sino que es una garantía para que en asuntos que revisten interés para el Estado. pues. corresponde a litigios en donde éste es palie, no queden sólo sometidos a lo
capricho del legislador. o una manera de entorpecer posible acuerdo al que llegaren las parles. sino que es una garantía para que en asuntos que revisten interés para el Estado. pues. corresponde a litigios en donde éste es palie, no queden sólo sometidos a lo que pueda disponer el seNidor público, que en un m mento dado, sea el que esté represen/ando al Estado. Adem!Js, se garantiza, con la inlervención del agente del Ministerio, que el ac erdo al que lleguen las parles, también sea beneficioso para el interés general. fi Artículo 2. 2.4.3. 1. 1. 13 del Decreto 1069 de 2015. An iguo articulo 13 del Decreto 17 16 de 2009.
Lugar de Arch ivo: Procuradur ía Tiemp o de R tenc i6n: Disp osici ón Final: N.º Judicial Admin istrativa 5 atios Arch ivo Central V•"'•"' q"' esia es 'l """;o,, co,recia aol es de ,,mm fi doc,me...,