Acta de conciliación - MARIA ALCIRA CORTES AREVALO 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - MARIA ALCIRA CORTES AREVALO 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
PROCESO INTERVENCIÓN
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA
REG-IN-CE-002
Fecha de Revísión 24/08/2015 Fecha de Aprobación 24/08/2015 Versión 4 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 139-2018--83
PROCURADURÍA 139 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación 9125 de 02 de abril de 2018
Convocante (s): Convocado (s):
Medio de Control:
MARIA ALCIRA CORTÉS ARÉVALO
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Nulidad y Restablecimiento En Bogotá, hoy seis (6) de junio de dos mil dieciocho (2018), siendo las dos y treinta de la tarde (2:30 PM}, procede el despacho de la Procuraduría 135 Judicial II para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora DORIS PATRICIA ROMERO LOPEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 52.988.965 de Bogotá y con tarjeta profesional número 254.649 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada del convocanter reconocida como tal mediante auto No. 167-2018 de 10 de abril de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHÁN, identificada con cédula de ciudadanía número 63.305.358 de Bucaramanga y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por la
profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por la doctora MARIA TERESA GIL GARCÍA en su calidad de JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURÍDA de la entídad A las partes presentes se les indica que la conciliación extrajudicial es un mecanismo alternativo de solución de conflictos de carácter particular y contenido económico de que pueda conocer la jurisdicción de lo contencioso admínistrativo a través de los medios de control establecidos en los artículos 138, 140 y 141 de la Ley 1437 de 2011 y un requisito de procedibilidad para su ejercicio. En este estado de la diligencia, se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: "PRIMERA. Se conci!íe en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2017-01-577897, acto administratívo de fecha del 15/11/2017, por medio del cual la Superintendencia de Sociedades reconoce que debe una suma de dinero. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de fa señora MARÍA ALCIRA CORTÉS ARÉVALO la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($2.944.595) MONEDA LEGAL, por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, HorasExtras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo
Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, HorasExtras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a fa presente solicitud." Se le otorga la palabra al apoderada DE LA PARTE CONVOCADA para que exponga la decisión del Comité de: "El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 23 de mayo de 2018 (acta No. 20-2018) estudió el caso de la señora MARIA ALCIRA CORTES (CC 51.679.566) decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), por valor de $ 2.944.595
1. Valor: Reconocer la suma de$ 2.944.595 pesos mlcte, como valor resultante de re liquidar tos factores reclamados, para el período comprendido entre el 01 de octubre de Lugar de Archivo: Procuraduría Tlempo de Retención: N. • 139 Judicial 11 Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central;¡¡!!·-.fi;- fi
PROCESO IN TERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUBPR OC ESO CONCIL IACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Apr obación 24/08/201 5 ..
FORMATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión PROCU . URJA GfKWI.OEIA IMCION REG-I N-CE-002 Págin a 2 de 3 2015 al 18 de octubre de 201 7, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuad a por la entidad y aceptada por la convoca nte.
2015 al 18 de octubre de 201 7, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuad a por la entidad y aceptada por la convoca nte.
2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir, sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad. Se debe tener en cuenta la prescripción trienal de las sumas indicadas, por el periodo anteriormente mencionado.
3. Pago: Los valores antes señalados serán cancelados dentro de los 60 días siguientes a aqué l en el que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa apruebe la conciliación, no generando intereses tampoco en este lapso.
4. El pago se realizará, mediante consigna ción en la cuenta que el funcionario tenga repottada en la entidad para el pago de nómina, salvo indicación en contrario del solicitante, comunicada a la entidad al momento de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo.
5. Así mismo, la convocante acepta que no iniciará acciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimiento de las sumas relativas a los facto.res reliquidados, a que se refiere esta conciliación.
Con stanc ia firmada, el día 23 días del mes de Mayo de 201 8 y se anexa en un (1) folio" Se le concede el uso de la pal abr a a la apo derada de la parte co nvocar1te quie n manifi esta : "Acepto en su totalidad la fórmula conciliatoria presentada por la apoderada de la patte convocada, toda vez que se ajusta a /as pretensiones solicitadas por el convocante "
manifi esta : "Acepto en su totalidad la fórmula conciliatoria presentada por la apoderada de la patte convocada, toda vez que se ajusta a /as pretensiones solicitadas por el convocante " Ob servación del Procurador Jud ici al : El Procu rador Ju dic ial, en ate nción al acuer do co ncilia torio total al cual las pa rtes han ll egado, señala que no obstan te le corres ponde al Hon orable ju ez determinar si se han presentad o tod os los elemen tos de Ley pa ra la apr obac ión del acuer do conci lia tor io, señala lo sig uien te : i) no se dio cumplim ien to a lo esta ble cido en el in ciso seg undo del nu mer al 3º del artí culo 9º del Decreto 1716 de 2009 qu e señala "si la conciliación versa sobre los efectos econ ómicos de un acto administrativo de carácter particular, también se indicará y justificará en el acta cuál o cuáles de las causales de revocatoria directa previstas en el artículo 69 del Código Con tencioso Administrativo, o normas que /os sustítuyan, síNe de fundament o al acuerdo (. . .)". ii } en la certi fica ción al legada no se in dic a cual fue la dec isió n del Comi té de Concil iación en relac ión con el pago de lo s aport es a la seg uridad soc ial a que ha ya lu gar sobr e las sumas acordadas; en el cuer do conci li ado presentad o, no se determina con cla ridad lo perti nente sobr e el resp onsab le de real izar los aport es a la seg ur idad soc ial (sa lud y pensió n) . Igu al men te, en relación con la indic ación de la
determina con cla ridad lo perti nente sobr e el resp onsab le de real izar los aport es a la seg ur idad soc ial (sa lud y pensió n) . Igu al men te, en relación con la indic ación de la certificación allega da de fecha 26 de abr il de 201 8 que señala "Así mismo, la convocante acepta que no iniciará acciones contra de la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimiento de /as sumas relativas a prima de actividad y bonificación de recreación, a que se refiere esta conciliación. " este agen te del Minis terio Púb lico consider a que afecta der ech os ciertos e indisc utibles. iii) No se señala en la certifi caci ón de fórmula concilia toria de donde resulta el valor de lo s viá ticos adeudados por la co nvoca da y con ci lia dos por las partes IV.) En relación con el eventual me dio de control que se pretende incoar por parte de la ent ida d conv oca nte no se observa qu e haya oper ado la cad ucidad. V. ) las partes se enc ue ntran debidamen te representadas y tienen capacidad par a conc iliar .
Lugar de Arch ivo: Procuradu ría Tiempo de Retención: N. • 13 9 Judi cial II Admin istrativa 5 años
Dispo sición Final: Archivo Central9@-
PROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUBPR OC ESO CON CILIA CIÓN EXTRAJUDI CI AL Fecha de Aprobaci ón 24/08/201 5 .
FO RMATO ACTA DE AUDIENCI A Versión 4
PROCUm URIA Gfl(ER/UE W!il.CION REG-IN-CE002 Página 3 de 3
FO RMATO ACTA DE AUDIENCI A Versión 4
PROCUm URIA Gfl(ER/UE W!il.CION REG-IN-CE002 Página 3 de 3 Así mismo se relacio nan las prue bas allegadas a la presente dil igenc ia teni das en cue nta y qu e ju stifican el acuer do, a saber:
1. Certi ficación expedida por el Se cretar io Técnico del Com ité de Conciliac ión, de fech a 23 del mes de ma yo del 201 8, sobr e la decisi ón del Com ité de Condli ació n.
2. Com unic ación No. 201 7-01 -58 1 956 del 16 de nov iembr e de 201 7, median te la cu al la Super in te ndenc ia de So cieda des da respu esta al der echo de petición
3. Cert ificaci ón em itid a por la Su per inte ndenc ia de Socied ades bajo No. 201 7-01577897 del 15 /1 1/ 207, me di ante la cual se señalan los conceptos y valor es a conc llíar y median te la que se cert ifica el carg o de quien otor ga pod er.
Así, en virtud de lo indic ado en el pun to i) , ií) y iii) anteri ores, se co nsider a que el acuer do, no es clar o en el sen tido de que no resul te vio latorio de la Ley y que no sea lesiv o para el patr imonio públ ico; sin embar go, conforme a las no rmas de conc ili ación, las di ligenc ias jun to co n el acta y sus ane xos se enviaran co n destino al Ju zgado Ad mi nis trativo del Cir cu ito (Re parto) de esta ciudad , para qu e dec id a si en der echo corres ponde la
jun to co n el acta y sus ane xos se enviaran co n destino al Ju zgado Ad mi nis trativo del Cir cu ito (Re parto) de esta ciudad , para qu e dec id a si en der echo corres ponde la refren dac ión de la jur isdic ción . En consec uenc ia , se di spondr á el envío de la presente acta , jun to con los doc umen tos pert inen tes , al Ju zgado Ad min istrativo de Bogo tá - Rep arto, par a efectos de co ntro l de legali dad, advirtiendo a los compar eci entes qu e el au to ap robatorio har á tráns ito a cosa ju zgada y prestar á mér ito ejecutivo , razón por lo cual no son proc eden tes nu evas peti ciones concil iator ias por los mi smo s hec ho s ni dem andas ante la jurisd icción de Jo Conte ncioso Adm inis trativo po r las mi sma s causa s (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 20 01). En const ancia se firma el acta por qu iene s en ella interv inier on, siendo la s tres de la tarde (3:00 ) DORIS PATR ICí A RO ME RO LOPE Z Ap,ode rada de la part e convocant e / q CONSU EL O VEGA MER CH AN Apoder ado de la pa rte conv ocad O MARTI NEZ RIVER A udicial ll Ad min istrat iva Lugar de Archivo: Procurad uría Tiempo de Retenc ión: Disposic ión Final: N.° 13 9 Judicial !l Admi nistrativa 5 años Archivo Central