Acta de conciliación - MARIA FERNANDA CEDIEL MENDEZ 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - MARIA FERNANDA CEDIEL MENDEZ 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
fi PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
GEHWL DE U lllCION REG-IN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA PRIMERA JUDICIAL UPARA-fiSUNTOS ADMINISTRATIVOS ACTA No. 238 de 2018
Radicación N.º 2fi8-2018 (SIAF 30428-2018) 20 de septiembre de 2018
CONVOCANTE(S):
CONVOCADO{S):
MEDIO DE CONTROL:
MARÍA FERNANDA CEDIEL MÉNDEZ.
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.
En Bogotá, o.e., hoy dieciocho (18) de octubre de 2018, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) procede el Despacho de la Procuraduría Primera Judicial 11 para Asuntos Administrativos a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACl(i)N EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece el Doctor LUÍS GUILLERMO -ALFARO CORTES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79. 779.892 de Bogotá y tarjeta profesional No. 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, reconocido como apoderado de la convocante; igualmente comparece la Doctora PAOLA MARCELA CAÑON PRIETO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.818.302 de Sopo y portadora de la Tarjeta Profesional No. 110.300 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad
PRIETO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.818.302 de Sopo y portadora de la Tarjeta Profesional No. 110.300 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES de conformidad con el poder otorgado por CONSUELO VEGA MERCHAN, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 63.305.358 en calidad de Coordinadora del Grupo de Defensa Judicial de la entidad; a quien se le reconoce personería jurídica para actuar en la presente solicitud de conciliación, en los términos y con las facultades conferidas en el poder aportado. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancía con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanísmo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta que pretende: "PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos dentro del Oficio con radicado No. 2018-01-356931, acto administrativo de fecha del 02 de-agosto de 2018. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señora MARIA FERNANDA CEDIEL MÉNDEZ, la suma·deDOS
MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL--QUINIENTOS CUARENTA PESOS
cancele a favor de la señora MARIA FERNANDA CEDIEL MÉNDEZ, la suma·deDOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL--QUINIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE. ($2.621fi540,oo), por la reliquidación de los conqeptos ._de PRIMA DE ACTJVIDAD, BONIFICACIÓN POR RECREACIÓN, incluida la suma:de VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS ,M/CTE ($26.869) por concepto de VÍA TICOS, Y LOS REAJUSTES DE LOS ANTERIORES CONCEPTOS, con la inclusión .del porcentaje correspondiente a -la Reserva Especial ,del Ahorro, en el periodo • de tiempo señalado en .. la certificación emitida por la Coordinadora de Administración de Personal de la Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud". En este estado de la diligencia el (la) apoderado (a) de la parte convocante, dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.4.3.1.1.6. del Decreto 1069 de 2015, manifiesta bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial y ratifica que el medio de control que ejercerá en el contencioso administrativo es NULIDAD Y
RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final:
Primera Judicial 11 Administrativa 5años Archivo Central . Verifique que esta es Javersíón correcta antes de utilizar el documentofi PROCESO INTERVENC IÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
Primera Judicial 11 Administrativa 5años Archivo Central . Verifique que esta es Javersíón correcta antes de utilizar el documentofi PROCESO INTERVENC IÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5 SUBPR OCESO CONC ILIACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/20 15 fi
PR RIA
FORMA TO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
GENEW. Dn.l. llACIOH REG-lN-CE-002 Página 2 de 3 Seguidam ente, se le concede el us o de la pala bra al apoder ado (a) de la parte convocada SUPER INT ENDEN CIA DE SOCIED ADES; con el fin de que se sirva ind icar la de cisión tomada por el com ité de conci liación de la entidad en relación con la sol icitud incoada: "El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 19 de septiembre de 20 18 (acta No. 29-2018) estudió el caso de la señora MARIA FERNANDA CEDIEL MÉNDEZ, identificada con la cédula de cíudadanía número 53. 11 9. 782 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones de la convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $2. 621.5 40. 00pesos mlcte, La fórmula de conc:íliacíón es bajo los siguientes parámetros: 1 .. Valor: Reconocer la suma de $2.621.5 40,oo pesos mlcte. , como valor resultante de re liquidar los factores reclamados, para el periodo comprendido entre el 01 de
1 .. Valor: Reconocer la suma de $2.621.5 40,oo pesos mlcte. , como valor resultante de re liquidar los factores reclamados, para el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2015 al 11 de Julio de 201 8, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante.
2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convoca·nte, es decir, sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad.
3. Se debe tener en cuenta fa prescripción trienal de las sumas indicadas, conforme la certificación aludida.
4. Pago: El valor antes señalado será cancelado dentro de /os 60 días siguientes a aquél en el que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa apruebe la conciliación, no generando intereses tampoco en este lapso.
5. Forma de pago: El pago se realizará, mediante consignación en la cuenta que la • funcionaría te.nga reportada en Ia entidad ·para el pago de nómina, salvo indicación en contrario de la solicitante, comunicada a la entidad al momento de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo. · • Así mismo, la convocante acepta que no iniciarán · acciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimiento de las sumas relativas a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación, a que se refiere esta conciliación. ".
Finalm ente, se le concede el uso de la pala bra al apoder ado (a) de la parte CO NVOCANTE para que mani fieste su posición frente a lo expuesto por la parte convoc ada :
esta conciliación. ". Finalm ente, se le concede el uso de la pala bra al apoder ado (a) de la parte CO NVOCANTE para que mani fieste su posición frente a lo expuesto por la parte convoc ada : "De acuerdo al ofrecimiento de pago hecho por la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SO CIEDADES, manifiesto que mi poderdante acepta la propuesta de pago en los términos allí propuestos ". CONSID ERACIONES DEL MINIS TERIO PUBLICO: La Procu radora Prim era Jud icial 11 Ad minist rativa , teniendo en cuent a que de conform idad con !os hec hos consi gnados en la sol icitud , el objeto del acuerdo es conci liable , precisando que se conc ili a la relí qui dación de la Prima de Actividad , Boni ficación por Recreació n, viáticos, inc luyendo allí el factor den omin ado reserva especial de l ahor ro en la suma de $2.621.540,oo peso s m/cte. ; por lo tanto al revisar e! acuerdo el mi smo cont iene obli gaci one s claras, expresas y precisas en su exi gibil idad, en cua nto al tiem po, mo do y lu gar de su cum plim iento y cu mple con los sigui entes requi sitos: (i) la eventual acci ón contencio sa que se ha podido ll egar a presentar no ha caducado (art. 61 , ley 23 de 19 91 , modi ficado por el art. 81 , ley 446 de 19 98}; (ii) el acuerdo conc ili atorio . versa sobre accione s o derechos
económ icos di spon ib les por las partes (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iii ) las partes Lugar de Arch ívo : Procuradu ría Tiem po de Retención: Disposic ión Final: Primera Jud icial 11 Admini strativa 5 años Archivo Central .. .. Verrfique que "9sta es la versIon correcta antes de util izar el docum ento♦ PROCESO IN TERVE NCI ÓN Fecha de Revisió n 24/08/2D15
SUBPROCESO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/20 15
FO RMATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión 4
PROCIJRADURIA REG-I N-CE-002 Págin a GENElW. IEIJJUC IGN 3 de 3 se encuen tran debidame nte represent adas y sus represe ntantes tienen capacidad para conci liar; {iv ) obr an en el exped ient e las pruebas neces arias que jus tifican el acuerdo, esto es: copia de la recl amac íón efectuada por la convoca nte ante la entid ad de fecha 11 de juli o de 20 18 , copia del acto admin istrati vo contenido en el oficio No. 500-1 21 14 0 del 02 de agosto de 201 8, copia del certificado No. 51 0-00 18 54 del 26 de julio de 201 8, copia del escrito de aceptación de la propu esta presentado por la co nvocante ante la entidad el día 06/08/20 18 , y el certificado exp edido por el comité de concil iación de la entidad en el que presenta la formula conciliatoria, {v) en criterio de esta ag encia
por la co nvocante ante la entidad el día 06/08/20 18 , y el certificado exp edido por el comité de concil iación de la entidad en el que presenta la formula conciliatoria, {v) en criterio de esta ag encia del Min iste rio Públ ico, el acu erdo par cial contenido en el acta no vu lnera derechos fund ament ales, no es violat orio de la le y y no resulta le sivo para el patrimonio públ icc:> por las anteriores razones. (ar t. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73, ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 2001 ), y elimi na la posibilida d de un enriq uecim iento· sin causa , por lo que se procede a refrendar el mi sm o adv irtiendo a los com parecientes que una vez la entidad convocad a, cance le el val or ad eudado, las partes se declar an a paz y sa lvo por este conc epto materia de conciliación; así mismo están dispue stas a realizar cual qu ie r acl aración o alle gar· la docu mentación pertine nte sobr e el pres ente acu erdo, si el JU ZGADO ADM INIS TRATIV O, así lo decide y que el auto aprobatorio por parte de la JURI SDICCIÓN CONTEN CI OSA ADM INI STRATIVA, hará tráns ito a cosa juzgada y presta mé rito ejecutivo , razón por la cual no son procedentes nuevas peticione s conc il iatorias sobre las pretensi one s aq uí conci liadas, ni posib les acci ones a intentar ante esa jur isdicción por la s mism as causas . La actuación se en viará a los JUZGADOS ADMINI STRATIVOS DE BOGO TÁ (REPARTO)
pretensi one s aq uí conci liadas, ni posib les acci ones a intentar ante esa jur isdicción por la s mism as causas . La actuación se en viará a los JUZGADOS ADMINI STRATIVOS DE BOGO TÁ (REPARTO) - SECCIÓN SEGUND A, para que decida sobre la aprob ación o im proba cíón del acuerdo concili atorio extrajudicial , al qu e han llegado las partes . En cons tancia de lo anterior se da por concl uida la dilig encia y se firm a el acta por qui enes en el la intervi nier on , un a vez leída y ap robada siendo la s diez y treint a de la ma ñana (1 0:3 0 a.m .) . PAO
a SU PERIN TENDE NCI A DE SOCIED ADES.
Apod erado de la parte Co nvo cante DI ACHE CO 111 para Asuntos Admin istrativos Lugar de Archivo: Procur adu ría Tiem po de Retención: Disposición Final: Prím era Ju dícial 11 Admin istrativa 5a ños Archivo Central .. .. Verifique que esta es la version correcta antes de utihzar el documento