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Acta de conciliación - MARIA JOHANNA BERNAL CONCILIACION EXTRAJUDICIAL 2019

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - MARIA JOHANNA BERNAL CONCILIACION EXTRAJUDICIAL 2019
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2019

PROCESO: INTERVENCIÓN 1 Fecha de 14/11/2018 6 Revisión SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de 14/11/2018 ' (

Aprobación

PROCURAOUR!A FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1

GfüRAl E U. hfiC,CN CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 1 de 4 CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 212 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 41656 (2018-477-212) 19 DE DICIEMBRE DE 2018 Convocante (s) MARIA JOHANA BERNAL ROLON

Convocado (s) SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Medio de Control. NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARÁCTER

LABORAL

1 En Bucaramanga, hoy cinco (05 ) de febrero de 2019, siendo las 1 :00 (pm.), procede el despacho de la Procuraduría 212 Judicial XXX para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) IVAN RUIZ ARIZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 91.259.652 y con tarjeta profesional número 72823 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 21 de diciembre de 2018.; igualmente, comparece el (la) doctor (a) MARCO ANTONIO CASTRO DÍAZ identificado (a) con la C.C. número 19.389.556 y portador de la tarjeta profesional número 116. 783 del Consejo Superior de la Judicatura,

MARCO ANTONIO CASTRO DÍAZ identificado (a) con la C.C. número 19.389.556 y portador de la tarjeta profesional número 116. 783 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada Superintendencia de Sociedades, de conformidad con el poder otorgado por CONSUELO VEGA MERCHÁN en calidad de Coordinadora del Grupo de Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades. Asimismo comparece la convocante señora MARIA JOHANA BERNAL ROLON. El (la) Procurador (a) le reconoce personería al apoderado de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el (la) Procurador(a) con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: Acudimos a este Despacho para solicitar que se concilie la suma de $3.989.190 por la reliquidación de los conceptos de prima de actividad, bonificación por recreación, horas extras y viáticos incluidos en el porcentaje correspondiente a la reserva especial del ahorro por el periodo 2015 al 2017. Medio de Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N.° 212 Judicial I Administrativa 5 años Disposición Final

correspondiente a la reserva especial del ahorro por el periodo 2015 al 2017. Medio de Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N.° 212 Judicial I Administrativa 5 años Disposición Final Archivo CentralPR OC ESO : INTER VE NC IÓN Fecha de 14 /1 1/ 2018 1 o Revis ión SUBPROCESO : CONC ILI ACIÓN EXTRA J UD IC I AL Fecha de 14 /1 1/ 2018 } ( Apr obación PROCURAOUR IA FO RMA TO ACTA DE AU DIENCI A Ver si ón 1 -·:D,E .:.. ;¡ lI fifiC CN CÓDIGO: REG - INC E -0 02 Pá gina 2 de 4 -- -- -- - con tr ol: Nu l ida d y res tab lec i m ien to del der echo. Seg uid a men te, se le co ncede el uso de la pal ab ra al apoderado de la par te co nvoca da, con el fin de que se si rva indic a r la dec isión to ma da por el com ité de co ncili aci ón: Como en el poder lo dic e me otor ga n po der par a represe nta r a la Su pe rint endencia de Socie dades con facu ltad par a conc ilia r con los pará metros que d io el Comité de Con ciliac ión y De fens a Ju dic ia l de la S uperi nte nde ncia en reunión del 17 de ener o del 20 19 acta 01 -2019 en la que se est udi ó el caso las preten siones de la seño ra Ma ria Jo hana Berna l Ro lan id enti fic ada con C C 37.3 95 .8 57 y

dec id ió de maner a uná ni me conc iliar las pretensiones de la co nv oca nte (r ese rva especial del ahor ro) por valo r de $3 . 989 . 1 90 bajo los sig u ientes par ám etr os1 . el va lor rec onocido o a rec onoc er es la suma de $3. 989. 19 0 m/cte como va lor re sult an te de la rel iqu idación de los factores reclamad os par a el per íodo com pre nd ido ent re el 24 de octu bre de 20 15 al 24 de octu bre del 201 8, incluido allí e l facto r deno mina do res erva es pec ia l del ah or ro , confor me a la liqu idació n efect uada por la entidad y ac ep tada por la convo ca nte 2 . no se reconoc erá n inter eses ni in demn ización o cua lquier otro ga sto que se pret enda po r la con vocante , es dec ir sol o se reco noc e el ca pi tal conf orme a la liqu idación reali za da por la entidad 3. Se deb e te ner en cu ent a la prescri pció n triena l de la sumas ind icadas, conf orme a la ce rt ificac ión aludida 4. pa go: el va lor an tes se ña lado ser á ca ncelado den tro de los 60 dí as sig ui en tes a aquel en el que la j ur is d icción co ntenciosa admi nis trativa apr ueb e la co ncil iaci ón no gen eran do intereses ta mp oc o en es te lapso . 5. Forma de pa go: el pago se rea liz ará , medi an te co nsign ación en la cuen ta que la funcionar ia te nga

apr ueb e la co ncil iaci ón no gen eran do intereses ta mp oc o en es te lapso . 5. Forma de pa go: el pago se rea liz ará , medi an te co nsign ación en la cuen ta que la funcionar ia te nga reportada en la ent idad par a el pago de nómin a , salvo ind ica ción en con tra rio de la sol ici tan te, com un icada a la ent idad al moment o de eleva r la petic ión de pago, o en todo caso, ant es de efec tua rse el pago re specti vo 6. Asimi smo, el convo ca nte ace pta que no in icia rá ac ción en cont ra de la Su perint endenc ia de Sociedad que te nga que ver con el reconoci m ien to de las suma s relativas a prima de activida d , bon ificac ión por rec rea ci ón y viáticos a qu e se ref iere esta conciliac ión, cer tifi ca ción firma da por la do cto ra Mar ia Franc isca Reyes La se rna , Secr eta ría técn ica de l co mité , el dí a 23 de ener o de 20 19 , en un foli o. Se le conce de el uso de la pal a br a al ap oder ado de la pa rte convoca nte par a qu e man ifiest e su po sición fre nte a lo expues to por la par te convoc ada: acep tamos como qu edo expue sta . El procu ra dor ju dic ia l consi der a que el an te rior acuer do co ntiene obl igaciones clar as, expr esas y ex igib les , en cuant o al tiempo, modo y lugar de su cumpl imien to 1 (s ien do clar o en relació n con el conce p to conci lia do, cuan tía y fecha par a el pago ) y reúne

expr esas y ex igib les , en cuant o al tiempo, modo y lugar de su cumpl imien to 1 (s ien do clar o en relació n con el conce p to conci lia do, cuan tía y fecha par a el pago ) y reúne 1 Ver Fa llo del CONS EJO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUBSE CC I O N C - C.P. En riqu e G i l Bo ter o , Bogot á , D . C ., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 0500 123 -3 1 -000-20 10 -00 16 9-0 1(3 9948 ) ''[. .. ] En ese orcJen. la Ley proces al exige que el acto q ue presta mérito ejecutivo conten ga una obligación clara, expresa y exigible . para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecut ivo -art . 488 del Código de Procedimie nto Civil-. En este se ntido. ha dicho la Sala. en reiteradas oport unida des, que "Si es clara deb e ser evidente que en el titulo consta una obligación sin necesidac l de acudir a otros medíos para comprobar lo. Que sea expresa se refiere a su mater ialización en un document o en el que se declar a su exi stencia. Y exi gible cuando no est é sujeta a término o con dición ni exista n ac tuacio nes pend ientes por realizar y por ende pedirse su cumplim iento en ese instant e [. . .}".

Lugar de Arch ivo : Pr ocuraduría Tie mpo de Retenc ión : N.º 2 -, 2 Ju d1c1a l I Ad min ,strat ,va 5 an os Dis posición Final: Arch ivo Cen tralPROCESO : INTERVENCIÓN Fecha de 14 /11 120 18

·Ó· Revisión

N.º 2 -, 2 Ju d1c1a l I Ad min ,strat ,va 5 an os Dis posición Final: Arch ivo Cen tralPROCESO : INTERVENCIÓN Fecha de 14 /11 120 18 ·Ó· Revisión SUBPROCESO: CO NCIL IAC IÓN EXTRAJ UDICI AL Fecha de 1 4/11 /2018 Ap robación PROCURA DURIA FO RMA TO ACTA DE AUDIENCIA Vers ión 1 fi mm. :E . firn CÓDIG O: REG-I N-C E-002 Pág ina 3 de 4 los sig uientes req ui si tos: (í) el eventual medio de co ntr ol que se ha pod ido llegar a pr esen ta r no ha caduc ado (art. 61 , Ley 23 de 19 91 , mod ifi cado por el art. 81 , Ley 446 de 19 98); (ii) el acuerdo co ncili ato rio ve rsa sobr e sobr e co nfli ctos de ca rácte r pa rticular y cont enido pat ri moni a l dispon i bles por las par te s (art . 59, Ley 23 de 19 9 1 , y 70 , Ley 446 de 19 98 ); (iii) las partes se encuentr an debid am ent e repr ese ntada s y sus repr esen ta ntes ti enen capac idad par a conc il iar; (iv) ju nto al exped iente no se a ll egan pruebas en re lac ión co n la vin cu lación de la co nvocante a la entidad co nvocada y de aque l los doc umen to s de los cua les se pued a in fenr el der echo reclamado también lo es que el asunt o fue ll evado a Co m ité de Concil iac ión de la entidad convoc ada y es ta propone fórm u la co ncili atoria de lo

los cua les se pued a in fenr el der echo reclamado también lo es que el asunt o fue ll evado a Co m ité de Concil iac ión de la entidad convoc ada y es ta propone fórm u la co ncili atoria de lo cual y bajo el principio de buena fe se in fi ere y se está ac ept ando di cha vi ncu lación y la gen eración de tal derec ho; en el expedie nte obr a aut o del Juz gado Décimo Ad ministr ativo de l C i rcuito J ud ici al de Cúcut a en el que se aprueb a una concil iaci ón entre las m ismas part es de la presente y si bien no es pos ib le a partir de est e doc ument o de terminar co n exac titud cuál fue el pe riod o de ti emp o a que hac e ref erencia la ant erio r conci l iac ión se puede establ ecer co nfor me a la tra nscri pción q ue se hace referencia de las pr ete nsiones que son dif erentes a las de esta conc iliación co mo qu ier a que aquella se refier e al oficio con rad icad o 201 5-0 1 -4507 49 de fecha 17 de novie m bre de 201 5 en tanto que la prese nte co nci liaci ón hac e ref erenc ia a I oficio co n rad ic ado 20 18 -01 -48 7833 de fe cha 15 de novi embr e de 20 18 . (v) en cri terio de esta agencia del Min iste rio Públ ic o, el acu erdo cont enid o en el ac ta no es violat or io de la Ley y no res ult a lesivo par a e l patri mon io púb lico por las siguie ntes razo nes : se está n of reciendo pag ar los reaju stes , sin qu e se

cont enid o en el ac ta no es violat or io de la Ley y no res ult a lesivo par a e l patri mon io púb lico por las siguie ntes razo nes : se está n of reciendo pag ar los reaju stes , sin qu e se reco noz ca pago alg uno por indexac ion es o int er eses de ta l maner a que no se est arl a paga ndo sino ún ic ament e el cap ital corr es pondient e a tal reaj us te (art. 65 A, Ley 23 de 1. 991 y art. 73 , Ley 446 de 19 98 )2 (El of icio que eventua lment e se ría objeto del medio de co ntr ol de nu l ida d y rest ablecimi en to del derec ho es el identif i cado con el ra di cado 201 8-0 1 -487 833 a través del cual el secreta rio encar gado de la Sup eri nte ndenc ia de Sociedad es conte sta derec ho de pe tición eleva do por la convoca nte ind ica ndo que en resp uesta a la s pe ticiones pa ra el re cono cimie nto de la re liqu idación con la inclusión de la rese rva esp ecia l del aho rro la adm inistr a ción ha ad optado la di rec triz que el solic ita nte en caso de estar de acuer do con la l iq ui dac ión efec tuada rea lic e la so lic itud par a conv ocar a audi encia de con cil iación en la ac tu al actué como co nvoc a nte y la Super i nt enden cia de So cied ades como conv ocada , ac to que en cr iter io de es ta Dele gad a del Min is teri o Pú bl ico dej a dudas

en la ac tu al actué como co nvoc a nte y la Super i nt enden cia de So cied ades como conv ocada , ac to que en cr iter io de es ta Dele gad a del Min is teri o Pú bl ico dej a dudas de si es un acto admi nis tr ati vo en el que se est é reso lviendo de ma ner a nega tiv a la si tua ción de fo ndo que pr esenta la co nvoca nte en su peti ció n y por tanto dej a 2 Ver Sen te ncia C11 1 de 24 de febr e ro de 1 999 , Mag istra do Po ne n te: A lfredo B e l trá n S iera: ''f. .. } La interve nción activa del Minisrerio Púb lico en los procesos con ten cioso administrativos, concretame nte. en las conciliaciones extrajudiciales, no es producto de un capricho del legisla dor, o una manera de entorpece r un posible ac uerdo al que llega ren las part es, sino que es una garantí a para que en asunto s que revisten interés para el Estado, pues, corresponde a litigios en donde éste es parte. no que den sólo sometidos a lo que pueda disponer el servidor público, que en un momento dado, sea el que eslé represe n/anclo al Estado. Además. se garan tiza, con la intervención del agenre del Ministerio, que el acuer do al que llegue n las partes , t8mbién sea ben eficioso par a el interé s general, Lugar de Arch ivo: Procu raduria Tiem po de Retención: N ." 212 Jud icial I Adm ini stra tiva 5 años

Disp osición Final : Archivo Cen tralPROC ESO : IN TER VENCIÓN

Lugar de Arch ivo: Procu raduria Tiem po de Retención: N ." 212 Jud icial I Adm ini stra tiva 5 años

Disp osición Final : Archivo Cen tralPROC ESO : IN TER VENCIÓN SUB_PR OC ESO : CO NCIL IACIÓN EXTRA JUDIC IAL Fecha fifi 1 4/1 1 /20 1 8 _ Apr oba c,on :..::._:_:_ j ;-----F_ORMA TO ACTA DE AU DIE NCIA -----t Vers ión -+-- 1 _j CÓD IGO : REG-IN -CE-002 Pág ina -L--4 defi du das en relación con la posi bil id ad de que est e acto ea pa sible del med io de co ntro l de nu l idad y rest ablecimie nto del derec ho, no obs ta nte será el ju ez al que corre sponda conocer del asun to quie n de fina esa sit ua ción ). En cons ecue nci a , se dispond rá el enví o de la prese nte acta , Junto con los docu ment os per ti nent es, a los Juz gados Admini strativos del Cir cu ito (R eparto) de la ci uda d de Bu carama nga par a efectos de control de le galidad , advir tiendo a los comp arecie ntes que el Auto apro ba to ri o jun to con la presen te acta del acuer do prestarán mé rit o ejecu tivo, y tendrán efecto de cosa juzgada3 razón por la cual no son proc eden tes nu eva s peticion es conc iliat orias por los mismo s hechos ni deman das an te la ju risd icción de lo cont encioso admini str ati vo por las m ism as causas (a rt. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 200 1 ). Se da por conclui da

los mismo s hechos ni deman das an te la ju risd icción de lo cont encioso admini str ati vo por las m ism as causas (a rt. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 200 1 ). Se da por conclui da la dili gencia y en cons tan cia se fir ma el acta por qui enes en ell a intervi ni eron, una vez leí da y apr obada siendo las 2:00 (p.m.) Las pa es qu edan no if icada s en es rados AR&Jo A D Con voc ante ( ro 1b ·cxfifiPorA Apode rado de la Entidad Co nvocad a Pr ocur ador a 21 2 Ju d icia l I par a Asu ntos Ad mi nis trativ os 3 Artículo 2.2. 4.3 1. 1. 13 del De creto 10 69 de 2015 . Antiguo articulo 13 del Decreto 17 16 ele 2009. ¡Lugar de Archiv o : Pro cu radu rla Tie mpo do Re enc ion: 1 Dispo sición Fina l· l N . ' 212 Ju di cial I Ad rrnnistra tlva j 5 añ os Archivo Ce ntral --------fi

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