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Acta de conciliación - MARIA ZORAIDA PENA G 2016

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - MARIA ZORAIDA PENA G 2016
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2016

Fecha: 27/05/2016 10:02:29 Folios: 3 ..____ __ ___... ________ Remitente: 899999119-PROCURADURIAGENERALDE LANACION

CONCILIÁCION EXTRAJUDICIAL -­ PROCURADURÍA 88 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación 16 - 088 SIAF N.º 77261 de 3 de MARZO de 2016

Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Convocado (s): MARIA ZORAIDA PEÑA G.

Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

5 5 En Bogotá, hoy diecisiete (17) de mayo de 20161 siendo las 09:40 am. Procede el despacho de la Procuraduría 88 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) LUIS JAVIER ACOSTA CASTELLANOS, identificado (a) con cédula de ciudadanla número 7311878 y con tarjeta profesional número 112.411 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ identificada con C.C. No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUZ MARY ROA VARGAS identificado (a) con la e.e. número 41.795.579 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional número 25.354 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado. MARIA ZORAIDA PEfiA G.

con la e.e. número 41.795.579 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional número 25.354 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado. MARIA ZORAIDA PEfiA G. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y eonvoeada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del articulo 44 del articulo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en mc1teria contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. 1) JURAMENTO: El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en eumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del articulo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial. 2) PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuradurla General de la Nación el dla 3 de MARZO de 2016, pretende que: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450907, acto administrativo de fecha del 17/11/2015.

PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450907, acto administrativo de fecha del 17/11/2015.

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. • Judicial Administrativa 5 ai'los

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento (\ \PROCESO INTERVENCIÓ N Focha do Revisión 24/08/201 5

SU BPROCE SO CONCIL IACIÓN EXTRA JUO ICIAL Fecha do fiprobticl ófi . 24/08/201 5

f:ORMATO ACTA OE AUDI ENCIA Versión 4

REG-INCE-002 Página 2 de 5 SEGUNDO. Que como co nsec uencia y a titulo de resta blecimie nto del derecho se cancelé a favor del sanar {a) MARIA ZOR AI OA PEÑA G. la suma de CINCO MIL LONE S TRESC IÉ NTOS OCH ÉNT A Y SIETE MIL SES ENTA Y OCHó PESOS CON CU ARE NT A CE NTAVOS (6,387,06 8.40) por la re liqui dación de los conceptos de Pr ima de Activid ád , Bon ificación por Recr ea ción , Ho ras Extras y Viátic os, incluido el porcentaje co rrespon die nte a la Reserva Especia l del Ahorro, por el fier iod o de tiempo seña lad o en la liq uid aclón que se adju nta a la prese nte solic itud . 3) En este estado de la audi encia se le concede el uso de la pala bra a ia apo der ada de la pa rte co nvoca nte, co n el fin de que se sirv a indicar la decisión

  1. En este estado de la audi encia se le concede el uso de la pala bra a ia apo der ada de la pa rte co nvoca nte, co n el fin de que se sirv a indicar la decisión tomada por el com ité de conc ill ación de la ent idad que representa, en relación con la soli citud Incoada, qui én manif estó : El Co mité de Conciliació n y Oefensa Jud icial de la Super intendencia de Soc ieda des ¡ én reun ión celebr ada el di e 18 de mar zo de 20 16 (acta No 06201 6) estudió el caso del seflor (a), MARIA ZORAI DA PEÑA G. ident ificado(a) con la cédula de ci udada ni a núm ero 63.2 88.21 8 y decid ió de maner a UN ANIME CON CILI AR las prete ñsio nes del conv oca rité (Rese rva Éspe cial de l Ah orro) , en lá cuan tía de $ 5.387.0 68. 40 pes os m/cte .

La fórm ul a de pago sobre el present e asu nto es bajo los sigu ient es par ámetr os : 1 ¡ Capi tal: Se reco no ce un 10 0%.

2. In dexa ción : No habr á lug ar a la inde xación .

3. Pago: El pago Sé real iza rá de ntro de los 60 dí as sigu ient es contados a partir de la so licitud de pago, posterio r a qu e la co nci llación ha ya sid o ava lada y radi cada en la En tidad .

4. Int ereses: No habr á lugar al pago de los intereses dentr ó de los 60 dl as sigui entés a la sol icitud de pag o.

la En tidad .

4. Int ereses: No habr á lugar al pago de los intereses dentr ó de los 60 dl as sigui entés a la sol icitud de pag o. 5 Lugar dé Pago: Grupo de Tesor eria de la Su per int énd en cia de Socie dáde s Sed e Bogo té . l.a prese nte certificación se exp ide con base en lo di spue sto en in ciso 2 del artlculo 18 del Decr eto 17 16 de 20 09, y en el af'tlculo 8 de la Cons titución Pol ítica .

Par a Co nstancia se firma en la ciudad de Bog otá a los 18 df as del rnes de marzo de 201 6. 4) ACEPTAC IÓN : Acto seguido Sé le concede él uso de la pala bra al apoder ado tle la pa rte convocada ¡ con el fin dé que se sirv a ind ica r sobr e propu esta real izada por la apoder ada dé ia ent idad convoeant e: Acepto la propues ta de pago de la entidad convoca nte . en la suma ofrecida , cond ic iones de pla zo y fórmula de pago, ya que esta se encue ntra ajustada a der echo.

Lugar de Archiv o: Procurád urJa Tletnpo de Retenclórl: Olsposlcl6n Final: .. N.' fu_Cllclal Admln letratlv a 5 at'los Arch ivo Centr al Mfique q:ue asto t!s Je vetslón corroctti antes é utilltar el documMtoPROCESO INTERVE NCIÓN

SU BPROCESO CONCI LIAC IÓN EXTRAJ UDICIAL

FORMA TO ACTA DE AUDI ENCIA

REG-I N-C E-002

CON SI DER ACION ES DEL MINIS TERIO PÚBL ICO Fecha de Revisión 24/08/20 15

SU BPROCESO CONCI LIAC IÓN EXTRAJ UDICIAL

FORMA TO ACTA DE AUDI ENCIA

REG-I N-C E-002

CON SI DER ACION ES DEL MINIS TERIO PÚBL ICO Fecha de Revisión 24/08/20 15

Fecha de Aprobación 24/08/201 5 Vers ión 4 Página 3 de 5 El Procu rador en aten ción al ánim o conciliatorio de la entidad convocan te y la convoca da, encuentr a legalm ente viable el acuer do, pues de conformidad con los hechos cons ignados en la solicitud , el objeto del acuer do es concll iabl e y contíene obligac iones cla ras, exp resas y exigibl es, en cua nto al tiempo, modo y lu gar de su cumpli mie nto . Afi im ismo , el eve ntual med io de control que se hub iere podid o llegar a presentar no se encu entra cadu cado, en razón a que el término sefia lado en el lite ral (i) del nu meral 2 del art iculo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1, El acuer do concili atorio versa sobre acci ones o derech os eco nómic os dispon ibles por las pa rtes. Las pa rtes se encuentran de bidamen te representad as y sus representant es tienen facu ltad expr esa par a conci li ar. Las oblig acione s derivadas del acuerdo se encuentran debidam ente su stentad as en pruebas do cum entales legal mente válid as que obran en el exped iente y que justifican el acuerdo, como son los sigu ientes documen tos:

1. Conc epto emitido por la Agencia Nac ional de Defensa Ju rídic a del Estado.

2. Derecho de petición elevado a la Sup erinte ndenc ia de Sociedades.

documen tos:

1. Conc epto emitido por la Agencia Nac ional de Defensa Ju rídic a del Estado.

2. Derecho de petición elevado a la Sup erinte ndenc ia de Sociedades.

3. Cop ia de la respue sta del Derecho de Petic ión a la part e convocada suscr ita por la doctora LIGIA STE LLA ROD RIG UE Z HERNA NDE Z.

4. Certificació n del Com ité de Concilia ción de la Su peri ntendencia de Soci edades su scrito por la doctora ÁNGEL A MARIA CARO BOHÓ RQ UE Z Secretaria Técnica del Comité de Conc ili ació n y Defensa Judicial ad-hoc de fecha 18 de marzo de 2016 en 01 folio s.

En criterio de esta ag encia del Mi nisterio Públ ico, el acuerdo contenido en el acta no es vio latorio de la ley y no resu lta les ivo para el patri monio pú blico por las sig uientes razones : Conforme a la sentencia de un ificación del Con sejo de Estado - Sala PlenaSecci ón Tercera - C.P . Jaime Orlan do Santofímio Gamb oa - 19 de novi embr e de 20 12 - Radicación nro. 730 01-23-3 1000200003075-01 (24 .8 97), que resolvió situ aciones atinentes al pago de hechos cumpli dos, como consecuenc ia de la presta ción de servicios sin media r contrato alguno , es posible sostener, conforme ha dicho prove ido, que en el presente caso nos enco ntra mos inmer sos en los postulados de la sentenc ia proferid a cuando manifestó: «E sos caso s en donde, de manera exce pcion al y por razonfis de

dicho prove ido, que en el presente caso nos enco ntra mos inmer sos en los postulados de la sentenc ia proferid a cuando manifestó: «E sos caso s en donde, de manera exce pcion al y por razonfis de interés públ ico o general, res ul taria proceden te la actío de in rem • verso a jui cio de la Sal a, sería n entre otros los sigui entes: b) En lo s que es urgente y nec esario adqu ir ir biene s, sol icit ar servic ios, .1 sumin istros 1 ordenar obr as con el fin de presta r un servi cio para evitar · una amena za o una lesión in minen te e ir revers ibl e al derech o a la sa lud, de recho este que es fund ame ntal po r cone xidad con los der echos a la vida y a la in teg ridad persona l, ur gencia y neces idad que deben apar ece r de ma ner a objetiva y ma nifi esta como consec ue ncia de la im pos ibili dad ab sol uta de Lug ar de Archivo: Procur adur ía Tiempo de Retención: N.° Jud icial Admin istrat iva 5 anos

Disp os ición Final: Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO rNtER VENCIÓN

Sú BPROCESO CON C::I LIACIÓN exrRAJ UDICI AL

FORMA TO AetA DE AUDIEN CIA

REG•I N-C E-002

Fecha de Revisió n 24/08/201 5 l='éc.ha de Afifiobaclón 24/08/201 5 Versión 4 Página 4 de 5 plan ificar y adelan tar un proceso de selección de con tratistas, así

Fecha de Revisió n 24/08/201 5 l='éc.ha de Afifiobaclón 24/08/201 5 Versión 4 Página 4 de 5 plan ificar y adelan tar un proceso de selección de con tratistas, así corno de la cele braci ón de los co rrespondient es cont ratos, ci rcu nstancia s qu e deben esta r pl ename nte acredit adas en el proceso cont enc ioso adm in istrativo, sin que el ju zgador pier da de vista el derr otero gener al que se ha señalado en el nu mer al 12 .1 de la presente providen cia, es decir , verificando en todo caso qu e la decisi ón de la adm inis tración frente a estas circu nstan cia s haya si do realm ente urgé-nte, útil, necesaria y la más razonab leme nte ajustada a las cir cu nstancias qu e la ll eva ron a tomar tal determ inación .» J Por su part e, la aquí convo cada presto sus servicios a la entida d convoca nte . en los tiem pos y térmi tios certif icados , tal t:ol'l'lo lo prueb an las certificac iones aport adas al present e tram ite con cilia torio. Se prue ba entonc es qué lo pretendido por la convoca nte al quer er pagar al convot: ado la reliqui dación de la reserva esp ecia l del aho rro en la liqui dac ión de la Pri ma de Activid ad , Bonificac ión por recreación ; Hor as Extra s y Viátic os, de los últimos tres afie s, sin incur rir tales valor es ni intereses ni in dexación 1 es no lhcur rir

Pri ma de Activid ad , Bonificac ión por recreación ; Hor as Extra s y Viátic os, de los últimos tres afie s, sin incur rir tales valor es ni intereses ni in dexación 1 es no lhcur rir en un enr iq uecim ien to sin causa , supue sto fáctico que correspo nde a la excepción contemplada ·por el Conse jo de Estadb en la sentertcia cita da. Ahor a bien, el Con sejo de Ésta do - Sección rerce ra ..:.. fiadic ado nro. 25000 fi23fi26ooofi.20 11 ... ooeosfi o1 - 24 de abril de 201 3 .... C.P. Enr ique Gil Botero , med iante la cuai apr obó el acuerdo concilia torio entre la r=undació n par a el Mun do Nue vo para la protecc ión de los Niños , las Ninas, los Jóvenes, la Mujer y !a F'amilia y el Instituto CóioMb iano de Sien estar Fam il iar, sostuvo: [ ... ] No deb e perderse de vist a que se está en presencia de un conf li cto, qu e ha sido super ado de form a bila teral, a través del acuer do al legado en audiencia prejud icial, y cu yos término s no se han cue stionado por qui en es intervienen en el proces o. A su vez, las partes manif iestan cohocer en su integridad lo allí cont eni do, por lo tañto, en aras de fortalecer este medi o de resolució n de conf lic tos, del cual se han vali do para super ar las cont roversias de tipo económ ico cont ractu al , al Oes paeho concl uye que el acuer do celebr ado esta cón form e a derecho, ya qu e las pruebas aportada s

conf lic tos, del cual se han vali do para super ar las cont roversias de tipo económ ico cont ractu al , al Oes paeho concl uye que el acuer do celebr ado esta cón form e a derecho, ya qu e las pruebas aportada s ala proceso son suficie ntes para arribar a las concl usione s req ue rida s pára ap robar él arreglo al qu e han ll egado las pa rtes. Ahor a bie h, la fiala no pasará por alto qu e los hec hos que dan lugar a esta con ciíi aci6n también se enmar can en loé supue stos que la jur is prude ncia de la Secc ión Te rcera del Con sejo cJe Estado ha formul ado para eventos simi lares, es decir , aq uello s en los cua les la ejecución de trabajos, la prestación de servic ios, o la ent rega de bie nes al Estado se realiza sin el sopor te contractual debido. Señaló en setlt enc ia de uni fic ación de la Sec ción .... provi dencia del 19 de novi embr e de 20 12. Exp. 24. 897 • qu e: lur;¡ar dé Archivo: Proeu radur ra Tiempo de Roténción: Dt spoéic:lón Final: N, • Ju dl0I9I Aamints tia!l vá . 5 Mo/J Arch ivo Central Vérlfique t¡ue esta es la vers ión correcta antes de utilizar el do cÚ-rnentÓPROCESO IN TERVENCIÓN Fecha de Rovlsión 24/08/201 6

SU BPROCESO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5

FORMA TO ACT A DE AUDIENCIA Versión 4

REG-I N-CE-002 PAglna 5 de 5

SU BPROCESO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5

FORMA TO ACT A DE AUDIENCIA Versión 4

REG-I N-CE-002 PAglna 5 de 5 12. 2. Con otras palabr as, la Sala adm ite hi pótesis en las que res ultaría procede nte la actio de in rem verso sin que medie contrato al gun o pero, se ins iste, estas posibili dad es son de carácter excepcional y. por consiguient e de int erp retación y aplic ación restrict iva, y de ning una maner a con la pretensión de en cuadr ar den tro de estos casos exce pc ionales , o al amp aro de ello s, eventos qu e necesar iam ente qu edan comprend idos dentro de la regla ge ner al qu e antes se menci onó. » De la providencia trascr ita , claramente se infiere que conforme a la posIcIon jurisp ruden cia! del Co nsejo de Estado es pe rfectamente via ble, que casos como el aquí se ha conciliad o se solucionen de maner a bilatera l, med iante mec anismo s auto · compositi vos como la conciliación, que garantiza n la protección al patrimonio púb lic o, los derechos de los particulares y permiten resolver conflictos de man era pronta , evita ndo fiesg astes innec esarios al aparato jud icia l. Se deja consta ncia del sigui ente aspec to: en el derecho dfi petición se solic itó reajuste de la pr ima de actividad , la bon ifica ción por recreaci ón , los viáticos y no se petici ono por horas extras conce pto que se incluye en el prom ,mciamíento de la

reajuste de la pr ima de actividad , la bon ifica ción por recreaci ón , los viáticos y no se petici ono por horas extras conce pto que se incluye en el prom ,mciamíento de la convocante, no obstante, la part e conv.ocante señ ala que no le fueron reconocidas horas extras, motivo por el cual, no forman part e del acu erdo. En consec uencia , se dispondr á el enví o de la presente acta, ju nto con los docume ntos perti nentes , al Juz gado Ad min ist rativo de Bogotá (Rep arto} para su apr obación, advi rtiendo a los comparecien tes qu e el auto ap robatorio hará tránsi to a cosa juz gad a y pre stará junto al acta que contiene el acuer do, méri to ejecut ivo, razón por la cual no son procedentes nuevas peti ciones concil iatorias por los mismos hecho s ni dema ndas ante la jur isdicc ión de lo Con tenci oso Admini strativo por las misma s causas (Art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 200 1 ). Se da por concl ui da la dil igenc ia y en constancia se firma el acta por quie nes en ella intervinie ron , una vez leída y aprobada siendo las 09 :59 A.M. Cop ia de la misma se en treg ar á a los compa recient es Apoder ado de la : Part e Conv ocada LUZ MARY ROA VA AS c+i---cr __ t r Apoderado de la part e Conv ocante TE LLAN OS CIE DADES unt os Admini strati vos Lugar de Arch ivo: Procuradu ría Tiempo de Rete nción: N.° Judic ial Admin istrativa 5 años

Disposi ción Fina l:

TE LLAN OS CIE DADES unt os Admini strati vos Lugar de Arch ivo: Procuradu ría Tiempo de Rete nción: N.° Judic ial Admin istrativa 5 años

Disposi ción Fina l: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el doc umento

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