🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acta de conciliación - MERY JENITH DÍAZ MENESES

Superintendencia de Sociedades

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acta de conciliación - MERY JENITH DÍAZ MENESES
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

PROCESO IN TERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5 fi{!)-fit.¡,:'J" J. SUBPR OCESO CO NCIL IACIÓN EXTRAJUDI CIAL Fec ha de Aprobación 24/08/20 15 ,, FORMA TO ACTA DE AUDI ENC IA Versión PROCURADURIA Gam. DEIANAt!Oil REG-I N-C E-002 Pági na 1 de 3 CONC ILIA CIÓN EXTRAJU DI CI AL PROCUR AD URÍA SÉP TIMA JUD ICI AL II PARA AS U NTOS ADM INI STRAT IVOS Rad icación N. º 81 535 de 28 de juni o de 201 7 Co nvocante(s) : Co nvoc ado(s) : Me dio de contr ol: CONCI LIACION No. 17 9 -17

MER Y JE N ITH DIA Z ME NE SE S

SUP ERIN TEND ENCIA DE SOCI ED ADE S NU LID AD Y REST ABL ECIM IE NTO En Bogot á, hoy Cat orce (1 4) de Se ptiem bre de Dos mil Dieci si ete (201 7), siendo las 03:3 0 p.m., procede el desp acho de la Procu rad urí a Sépti ma Judicial 11 par a Asu ntos Ad min istrativos a celebr ar AU DIEN CIA DE CONC ILI ACIÓN EXT RAJU DICIA L de la referenc ia. Com parece a la dil igencia la doc tora MER Y JEN ITH DI AZ ME NESES ide ntifi cad a con la cédula de ciudad anía núm ero. 35 .3 30.81 3 exped ida en Bog ota y con tarjeta pro fesional núm ero 79 .729 del Conse jo Su perior de la Jud icatu ra , qui en actúa en nom bre propio. Igu al men te, com parece la doc tora CONSUE LO VEGA

35 .3 30.81 3 exped ida en Bog ota y con tarjeta pro fesional núm ero 79 .729 del Conse jo Su perior de la Jud icatu ra , qui en actúa en nom bre propio. Igu al men te, com parece la doc tora CONSUE LO VEGA ME RCHA N ide ntificado con la céd ula de ci uda daní a nú mero. 63.3 05. 358 expe dida en Buc aram anga y port ador de la tarjeta profesiona l núm ero. 43. 627 del Con sejo Su peri or de la Jud icatu ra, en repr esentación de la ent idad conv ocada SU PERIN TE ND EN CIA DE SOCI EDA DES, de conf orm idad con el poder oto rgad o por la Doc tora Ma ría Teresa Gil Gar cía en su cal idad de Jefe De La Oficina Ase sor a Jur íd ica de la entid ad . El Procurador le recon oce perso nerí a al apo de rad o de la parte convocada en los térm ino s ind icad os en el poder que aport a. Acto segui do el Procur ador con fu ndame nto en lo estable cido en el artícu lo 23 de la Ley 640 de 2001 en conc orda ncia con lo seña lado en el nu meral 4 del artículo 44 del artícu lo 44 del Decreto 262 de 2000 , declar a ab iert a la audie ncia e in struye a las partes sobr e los objetivos, alc ance y lí mites de la concil iación extrajud icial en ma teria contenci osa ad min istrativa como me cani smo alt ernativo para la sol ución de confl ictos . En este estado de la di ligenc ia se concede el uso de la palabr a a las partes

concil iación extrajud icial en ma teria contenci osa ad min istrativa como me cani smo alt ernativo para la sol ución de confl ictos . En este estado de la di ligenc ia se concede el uso de la palabr a a las partes par a que expo nga n su ci ntame nte sus posic ione s, en vir tud de lo cual la parte convocante mani fiesta: ratifi car las pretens ione s conte nida s en la solici tud de conci liaci ón y reiter a man ifestac ión bajo la gravedad del ju ramento de no haber pres entado demanda s o solic itu des de conc il iación con base en los mi smos hecho s objeto del trám ite que nos ocupa. Segu idam ente, se le concede el uso de la pala bra al apoderado de la parte convocad a, con el fin de que se sir va indic ar la decis ión tomada por el com ité de conciliación de la ent idad en relación con la solicit ud inc oada: "En mi condícíón de apoderada de la Superintendencia de Sociedades y conforme a la certifícación que allego en 01 fo/íos expedida por el Secretario Tecníco del Comité de Conciliación y Defensa judicial de la entidad, informo al despacho que en el Comité celebrado el día 5 de julio de 201 7, acta número 16-201 7 estudio el caso de la Señora Mery Jenith Diaz Meneses y decidió de manera unánime conciliar las pretensiones de la convocante reserva especial del ahorro en la cuan tía en $5. 19 5. 260 mlcte, la fórmula de concílíación es bajo los

siguientes paráme tros: 1. Valor: Reconocer la suma de $5. 19 5. 260 pesos como valor resultante de re liquidar la prima de actividad, bonificación por recreación incluyendo ahí en factor denominado reserva espe cial del ahorro, conforme a la liquidación efectuada por la entidad. 2. No se recono cerán intereses ni indexación o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir solo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad que obra a folio 7 del expediente. 3. Se debe tener en cuenta fa prescripción trienal de las sumas indicadas conforme a la certificación aludida folio 7. 4. Pago: El valor antes señalado será cancelado dentro de los 60 días siguientes a aquel en que la jurisdicción contenciosa aprueba la conciliación no gener ando intereses tampoco en este lapso. 5. Forma de pago: El pago se realizara mediante consignación en la cuent a que la funcionaria tenga reportada en la entidad para el pago en nómina, salgo indicación en contrario de la solicitante, así mismo que no iniciara acciones contra la SUPERINTENDENCIA DE SO CIEDADES que tenga que ver con el reconocimiento de las sumas relativas a prima de actividad y bonificación por recreación a que se refiere esta conciliación. La Lugar de Arch ivo: Procur adu ría N. º7 Judícial 11 Adminis trativa Tie mpo de Retenc ión: 5 año s Disp osición Fina l: Archiv o Centra l Verifique que esta es la versión correcta ant es de utiliz ar el docum ento0 PR OCESO IN TERVE NCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2 01 5

5 año s Disp osición Fina l: Archiv o Centra l Verifique que esta es la versión correcta ant es de utiliz ar el docum ento0 PR OCESO IN TERVE NCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2 01 5 l < SUB PROCESO CONC I LIACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5 FORMA TO ACTA DE AUDIENCI A Versión PRO CU RADURIA GEKE'IJJ.OE lA!l,\tlON Página RE G-I N-C E-002 2 de 3 certíficación fue expedida el 31 de Agos to de 20 17 . " Se le concede el uso de la pala bra al apoderado de la part e convocante par a que man ifi este su posición frente a lo expu esto por !a parte con vocada: "Acepto la conciliación en los términos propuest os por la apoderada de la Superintenden cia De Sociedades". En conse cuencia el acu erd o se pr ese nta en los sigu ient es térm inos : PRIMERO: Acue rdo tota l por valor de CI NCO MI LL ONE S CI ENTO NO VENT A Y CIN CO MIL DOS CI ENT OS SESEN TA PESOS M/CTE ($ 5.1 95.2 60), ten iendo en cuen ta el ofrecim ie nto he cho por la entidad Conv ocada Su peri ntendenc ia de So cied ade s, de co nform idad con la si gui ente liqui dación: Nombr e Con cepto VAL OR

PAGADO Y

BASE PARA

LIQU IDAR

BONIFJC AC ION POR 18 9.486

REC REACION

PRIM A DE ACTI VID AD 1. 421 .1 42

BON IFIC ACION POR 225 .866

REC REAC ION

BASE PARA

LIQU IDAR

BONIFJC AC ION POR 18 9.486

REC REACION

PRIM A DE ACTI VID AD 1. 421 .1 42

BON IFIC ACION POR 225 .866

REC REAC ION

REAJ US TE BON IF ICACION 10 .525

RECRE AC ION

RE AJ USTE BONI FIC ACION 41 .838

REC REAC ION

PRIM A DE ACTIVID AD 1. 693 .998

REAJ USTE PRI MA DE 78.9 40

ACTIVIDAD

BON IF ICA CION PO R 236 .3 92

RECR EACION

PRIMA DE ACTIVID AD 1. 772.939

REAJ USTE BON IFIC ACION 18 .368

RE CRE AC ION

REAJUS TE PRI MA DE 13 7.7 58

ACT IVI DAD

BON IFIC AC ION POR 254 .7 60

RECRE ACION PRIM A DE ACTIVID AD 1. 91 0. 696

TOTAL

FE CHA DE

PAGO EN NO MIN A 30/0 6/20 14 30/06/2 01 4 31 /05/20 15 31 /05/2 01 5 31 /05/20 15 31 /05/20 15 31 /05/20 15 15 /0 1 /201 6 15 /0 1/ 201 6 31/ 01 /201 6 31/ 01/ 201 6 15 /09/20 16 15 /09/20 16

DIFE RENCIA POR

PAGAR EL 65% DE RES ERVA ESPECI AL 12 3. 16 6 923. 742 14 6. 81 3

6. 841

27.1 95

15 /09/20 16

DIFE RENCIA POR

PAGAR EL 65% DE RES ERVA ESPECI AL 12 3. 16 6 923. 742 14 6. 81 3

6. 841 27.1 95 1. 10 1 .099 51 .31 1 15 3.655 1 .1 52.4 1 O

11 .939 89.5 43 16 5. 594 1. 24 1 .952 $5.1 95. 260

SEGUND O: No se reconocerán intereses ni indexación o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir solo se reconoc e el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad.

TERCERO: Se debe tener en cuent a la prescripción trienal de las sumas indicadas conforme a la certificación aludida en el folio 7 del expediente y que contiene la liquidación previa.

CUARTO: Pago: El valor antes señalado será cancelado dentro de los 60 días siguientes a aque l en que la Jurisdicción Contenciosa aprueba la con ciliación, no gene rando intereses tampoco en este lapso.

QUINTO: Forma de pago: El pago se realizara mediante consignación en la cuenta que la

Lugar de Arch ivo : Procuraduría N.º7 Judic ial 11

Admi nis trativa Tie m po de Reten ción: 5 años

Disp osición Final: Arch ivo Central Verifi que que esta es la versión correcta antes de utiliz ar el docum entofi

PROCESO INTER VENCI ÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPR OCESO CONCIL IACI ÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/20 15

PROCESO INTER VENCI ÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPR OCESO CONCIL IACI ÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/20 15

FORMA TO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4

GEl!ERAL DE U KACIOH RE G-I N-CE-002 Página 3d e3 funcionaría tenga reportada en la entidad para el pago en nómina, salgo indicación en contrario de la solicitante.

SEXTO: La convocante no iniciara acciones contra la SUPERINTENDENCIA DE SO CIEDADES que tenga que ver con el recono cimiento de las sumas relativas a prima de actividad y bonificación por recrea ción a que se refiere esta conciliación.

SEPTIMO: Las Partes están dispuestas a realízar cualquier aclaración o allegar la document ación pertinent e sobre el presente acuerdo, si el Juzgado Administrativo de Bogotá (Reparto), así lo decide. La actuación se en viará al Juzgado Administrativo de Bogotá (Reparto), para que decida sobre la aprobación o ímproba ción del acuerdo concili atorio extrajudicial, al que han llegado los interesados.

Cons ider ac ione s del Mini sterio Públi co : El procur ador jud icial conside ra que el anterio r acu erdo contie ne obli fiaciones cl aras, expresas y exigibles, en cuant o al tiem po, mo do y lu gar de su cu mp lim ie nto y reú ne los sigui entes req uis itos: (i) el event ual me dio de control que se ha podido

ll ega r a presentar no ha caduc ado (ar t. 61 , Ley 23 de 19 91 , mo difica do por el art. 81 , Ley 446 de 19 98); (ii) el acu erdo concili atorio versa sobre sobr e con fli ctos de carácter particular y cont enido patri moni al di sponi ble s por las partes (ar t. 59, Ley 23 de 19 91 , y 70 , Ley 446 de 19 98); (iii) las pa rtes se encuen tran debidam ente repr esentadas y sus repres ent ant es tienen capaci dad par a concil iar; (iv) obr an en el exped iente las pru ebas necesarias que ju stifi can el acu erdo, y (v) en criter io de esta agen cia del Min iste rio Públ ico, el acuerdo contenido en el acta no es vio latorio de la Ley y no result a lesivo par a el patri mo nio púb l_ico (art. 65 A, Ley 23 de 1. 991 y art. 73, Ley 446 de 19 98) 2 . En consecuencia, se dis pondr á el envío de la present e acta , jun to con los do cume ntos perti nent es , a los JUZ GADOS AD MI NIS TRATIVOS DE BOG OTA ( repar to) par a efectos de co ntrol de legal idad, advir tien do a los com par ecie ntes que el Auto apr ob atori o ju nto con la pres ente acta de l acuer do, prestar án mér ito ejecuti vo, y tendr án efecto de cosa juz gada 3 razó n por la cual no son procede ntes nu evas peticio nes con cil iatorias por los mi smo s he chos ni demanda s ante la

de l acuer do, prestar án mér ito ejecuti vo, y tendr án efecto de cosa juz gada 3 razó n por la cual no son procede ntes nu evas peticio nes con cil iatorias por los mi smo s he chos ni demanda s ante la ju risd icci ón de lo cont encioso ad min istrativo por la s mis mas cau sas (art. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 200 1 ). Se da por concl ui da la di ligenc ia y en constan cia se firm a el acta por qu iene s en ella in tervi ni eron, una vez leída y apr obada siendo la s 04:00 p.m. Las partes qu edan notificadas en estrados . Apoderada de la entidad Co nvoc ada • • o Jud icial II para Asu ntos Adm in istrativos JO DE ESTADO · SE CCION TERCERA SU BS ECClON CC.P. Enrique Gil Botero, Bogotá, D.G., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 05001-23-31-000- •¡ ... J En ese orden, la Ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación ciara, expresa y exigible, para que de ella pueda pr11dicarse la idad d11 título ejecutivo -8It. 488 d11l Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades. que "Si es clara debe ser evidente que en el t11ulo consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Qu11 sea expresa se refiere a su materialización en un

documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [ ... f'. 2 Ver Sen tencia C111 de 24 de febrero de 19 99, Magijslrado Ponente: Alfredo Beltrán Siera: "{ ... ] La intervención acliva del Ministerio P!iblico en los procr,sos contencioso administrativos, concretamente, en las conciliaciones extrajudiciales, no es producto de un capricho del legislador, o una manera de entorpecer un posible acuerdo al que llegaren las partes, sino que es una garantía para que en asuntos que revisten interés para el Estado, pues, corresponde a litigios en donde éste es parte, no queden sólo sometidos a lo que pueda disponer el servidor público. que en un momento dado, sea el que esté representando al Estado. Además. se garantiza, con la int11rvención del agente del Ministerio, que el acu11rdo al que ll¡¡guen las partes, también sea beneficioso para el interés general. ; Artículo2.2.4.3. 1.1.13 del Decreto 1069 de 2015.Antiguo arlfculo 13 del Decreto 1716 de 2009.

Lugar de Archivo : Procur ad uría N. º7 Ju dicial 11

Adm ín istrativa Tiem po de Retenc ió n: 5 años

Disp osición Fina l: Archivo Centra l Verifique que esta es la versión correcta an tes de utili zar el docume nto

Consultar sobre este documento ...