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Acta de conciliación - MISAEL ALBERTO DE LA HOZ 2016

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - MISAEL ALBERTO DE LA HOZ 2016
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2016

-slo SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA (f) PROCESO INTERVENCI N

SUBPROCESO CONCILIACI N EXTRAJU FORMATO ACTA DE AUDIENCIA REG-IN-CE-002 lllll/11111111111111 fi fiI m Al contestar cite: 2016-01-345546

Fecha: 17/06/201615:27:39

CONCILIACIÓN E:

Remitente: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LA NAC16fios:

1

PROCURADURÍA 82 JUDICIAL PAF

Convocante (s): Convocado (s):

Medio de Control: LABORAL Radicación N.º 98824 de 18/03/2016

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

MISAEL ALBERTO DE LA HOZ NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERE CHO DE CARÁCTER En Bogotá, hoy 13 DE JUNIO DE 2016 siendo las 2:00:00 PM, procede el despacho de la Procuraduría 82 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) GUETTY CAYCEDO CAYCEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52105964 y con tarjeta profesional número 218323 del Consejo Superior de la Judicatura, quien presenta poder de sustitución otorgado por el (la) doctor (a) LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y cop tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante,

identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y cop tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 08/04/2016. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79779892 y portador de la tarjeta profesional número 228365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado (a) MISAEL ALBERTO DE LA HOZ, de conformidad con el poder otorgado por MISAEL ALBERTO DE LA HOZ. El (la) Procurador (a) le reconoce personería al apoderado de la parte convocada y de la parle convocante en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el (la) Procurador(a) con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-451042, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que

convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-451042, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) MISAEL ALBERTO DE LA HOZ la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS (2,410,333.95) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. Así mismo LA SUSCRITA SECRETARIA DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN Y DEFENSA JUD!CIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES AD HOC CERTIFICA QUE: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No. 06-2016) estudió el caso del señor(a) MISAEL ALBERTO DE LA HOZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 8495433 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $ 2,410,333.95 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3.

2,410,333.95 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3.

Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la Entidad 4. Intereses: No habrá lugar al pago de los intereses dentro de los 60 días siguientes a la solicitud de pago. 5.

Lugar de pago: Grupo de Tesorería de la Superintendencia de Sociedades Sede Bogotá. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del artículo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el artículo 6 de la Constitución Política. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 días del mes de marzo de 2016. Aporto certificación en 1 folio útil. Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante quien manifiesta: Acepto la propuesta presentada por la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y reúne los siguientes requisitos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos

que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se

Lugar de Archivo: Procuraduria Tiempo de Retención: Disposición Final: N.° Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento_; -- PROCESO INTERVENCION Fecha de Revisión 24/08/201 5 fifi . SUBPROCESO CONC ILIACION EXTRAJU DICIAL Fecha de Aprobaci0n 24/08/201 5

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA VersiOn 4

PIIOCUI ll!URIA REG-IN-CE-002 P6gina GlllEIWllEW2d e2 encue ntran debida ment e rep resentadas y sus represe nta ntes tienen capacidad para conciliar; {iv) obran en el expedient e las pruebas necesa rias que ju stifican el acuer do, a saber: por DOS MI LLO NE S CU ATROC IEN TOS DIE Z MIL TR ESC IEN TOS TREI NTA Y TRES PE SOS CON NOVENTA Y CI NCO CEN TAVOS (2,4 10 ,3 33.95) y; {v) en criterio de esta agenci a del Min isterio Pú bli co, el acuer do conten ido en el acta no es viol atorio de la ley y no resu lta lesi vo para el

patri mon io públi co por las sigu ient es razones. {art. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73 , ley 446 de 19 98) En consecu encia, se di spond rá el envío de la present e acta, ju nto con los document os pertine ntes, al Juzgado Adminis trativo del Cir cuito de Bogotá para efectos de contr ol de leg ali dad , advir tiendo a los com parecient es que el au to aprobatorio del acu erdo hará trán sito a cosa ju zgada y prestará mérito ejecutivo, razón por la cua l no son procede ntes nu evas peti cio nes concil iatorias por los mi smos hechos ni dem andas ant e la ju risd icción de lo Cont enci oso Adminis trativ o por las mis mas causas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por conclu ida la dili gencia y en constancia se firma el acta por qu ienes en ella intervinier on, una vez leída y apr obada siendo las 02:30 (p. m.) LUIS IL LERMO ALF ARO CO RTES Apoderado de la parte Convocada & GfitfaliJ;fir fi Apoderado de la parte Con voca nte \_\:\. ... [__ fi VI LM A ELIZ AB ETH CANO BAEZ Procur ador 82 Ju dicial I para Asunt os Adminis trativos Lugar de Arch ivo: Procur ad uría Tiempo de Retención: Disp os ición Fi nal: N. • Judi cial Admini strativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento

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