🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acta de conciliación - OSWALDO GUERRA BRUN

Superintendencia de Sociedades

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acta de conciliación - OSWALDO GUERRA BRUN
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

_J 1_1!)- PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión PROCUR,.DURIA GEIIWI. C-E lA fíAC!OII REG-IN-CE-002 Página 1 de 3

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA TERCERA JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.0 296-2017 SIAF 95316 de 19 de 10 de 2017 Convocante (s): Oswaldo Guerra Brun Convocado (s): Superi_ntendencia de Sociedades Medio de.Control: Nulidad y Restablecimiento del Derecho En Bogotá D.C., hoy DIECISIETE (17) de ENERO de dos mil dieciocho (2018), siendo las 12:05 p.m., procede el despacho de la Procuraduría Tercera Judicial II para Asuntos Administrativos a continuar la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia, conforme lo ordenado en el acta de audiencia del 18 de diciembre de 2017. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) ANTONIO SANCHEZ MARRIAGA identificado con Cédula de Ciudadanía Nº 78.698.284 y con Tarjeta Profesional Nº 101. 769 del Consejo Superior de la Judicatura del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 25 de OCTUBRE de 2017. Igualmente comparece el doctor (a) CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con Cédula de Ciudadanía Nº 63.305.358 y con Tarjeta Profesional Nº 43.627 del Consejo

de 2017. Igualmente comparece el doctor (a) CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con Cédula de Ciudadanía Nº 63.305.358 y con Tarjeta Profesional Nº 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por MARIA TERESA GIL GARCIA, en calidad de Jefe de la Oficina Asesora Juridica de la entidad. El Procurador deja constancia que a los apoderados previamente les ha sido reconocida personería. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRETENSIONES "l. - Se concille de conformidad con.el acto administrativo de fecha del 23 de noviembre de 2016, con radicado No. 2016-01 -558886. 2. - Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de mi mandante OSW ALDO ANTONIO GUERRA BRUN, la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS (S3.661.653.oo.) MONEDA CORRIENTE, como consecuencia la reliquidación

de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS (S3.661.653.oo.) MONEDA CORRIENTE, como consecuencia la reliquidación de los conceptos de BONIFICACIÓN POR RECREACIÓN, PRIMA DE ACTIVIDAD, REAJUSTE BONIFICACIÓN RECREACIÓN Y REAJUSTE PRIMA DE ACTIVIDAD, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el período de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. " Seguidamente, se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada SUPERSOCIEDADES, quien manifiesta: "El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, se reunión nuevamente el día 21 de diciembre de 2017 (acta No. 30-2017) estudió el caso del señor OSWALDO GUERRA BRUN, identificado con la cédula de ciudadanía Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. • 3 Judícial II Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central.

Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5 ,; ' fi SU BPROCE SO CONC ILIACIÓN EXTRAJUD ICIAL Fecha de Ap robación 24/08/201 5

FORMATO ACTA DE AUDIENCI A

REG-I N-CE-002

Versión 4 Página 2 de 3 número 19. 13 5. 430 y se decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convo cante (reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de DOS MILLONES

Versión 4 Página 2 de 3 número 19. 13 5. 430 y se decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convo cante (reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE $ 2. 810.589, 00 pesos mi cte. La fórmula de conciliación es bajo los siguientes parámetros: l. Valor: Reconocer como capital las sumas de: $ 2. 810. 589, 00 pesos m/cte. como sumas resultantes de efectuar la reliquidación de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación horas extras y viáticos cuando corresponda, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuada por la entidad y aceptada por el convocante. 2. No se reconoc erán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que pretendan las convocantes, es decir, sólo se reconoce el capital, conforme la liquidación realizada por la entidad. 3. Se debe tener en cuenta la prescripción trienal, así: En cuanto a Oswaldo Guerra Brun, (CC 19. 13 5.430) es necesario mencionar que atendiendo las fechas relacionadas con la prescripción trienal que va según la certificación expedida desde el 09 de noviembr e de 2013 al 09 de noviembre de 2016, por la suma de $3. 661.6 53, 00, al haberse presentado la solicitud de conciliación , el 13 de octubre de 201 7, las sumas correspondientes al mes de marzo de 201 4, estarían prescritas y en consecuen cia, la suma a conciliar asciende a$ 2. 81 0.589, 00 4.

de conciliación , el 13 de octubre de 201 7, las sumas correspondientes al mes de marzo de 201 4, estarían prescritas y en consecuen cia, la suma a conciliar asciende a$ 2. 81 0.589, 00 4. PAGO El valor antes señalado será cancelado dentro de los 60 días siguientes a aquél en el que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa apruebe la conciliación, no generando intereses tampoco en este lapso. 5. FORMA DE PAGO. El pago se realizará, mediante consignación en la cuenta que los funcionarios reciben el pago· de nómina, salvo manifestación en contrario y para los ex funcionarios, en la cuenta que indiquen al momento de solicitar el pago. 6. Así mismo, que no iniciarán acciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconoci mient o de las sumas relativas a Prima de Actividad, Viáticos y Bon ificación por recreación, a que se refiere esta conc iliación. Adicionalmente preciso que en la sesión aludida se tomó el valor de $ 2.810 .589,00 pesos m/cte. como resultado de la sumas indicadas en la certificación No. 201 601558697 det 23 de noviemb re de 201 6, restando las sumas correspondientes al mes de marzo (31 de marzo de 2014) que asciende a $851. 064 ". Se le conc ede el uso de la palabr a al apoder ado de la parte convoca nte para qu e man ifieste su posi ción frente a lo expuesto por la parte convoc ada: "Me encuen tro de acuerdo con el acta de conciliación que anexa el comité de conciliación y defensa judicial de fa entidad convocada , así como también con fa liquidación

convoc ada: "Me encuen tro de acuerdo con el acta de conciliación que anexa el comité de conciliación y defensa judicial de fa entidad convocada , así como también con fa liquidación presentada. " CONSIDERACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO : El Procurador Judi cial consi dera qu e el an terior AC UE RDO TOTAL conti ene obligac iones claras , expresas y exigibles, en cuan to al tiempo, modo y lugar de su cu mp !im iento1 (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuan tía y fecha para el pago) y reúne los siguien tes requisi tos: (i) el eventual medio de con trol que se ha podido llegar a presentar no ha cad ucado en el senti do en que la respuesta de la enti dad convoc ada dada ini cialm ente fue en favor del conv oca nte y lo qu e se acuer da en la presente audienc ia es el reco noc imien to de los emolumen tos labor ales soli citados a efectos de soluc ionar el der echo de l convocante .; (ii) el acuer do concilia torio versa sobr e sobr e confl ictos de carácte r particu lar y conten ido patrimonia l disp onible s por las part es (art 59, Ley 23 de 19 91 , y 70, Ley 446 de 19 98) ; (ííi) las part es se enc uen tra n debidamen te represe ntadas y sus representantes tienen capacidad par a conc iliar ; (iv) obr an en el expediente !as pru ebas nec esarias que justifican el acuer do,

a sabe r: Copia de la petic ión inicia! prese ntada por el convoc ante radicado 20 1 6-0 1 545 544 1 Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUBSECC ION C - C.P. Enrique Gil Botero, Bogotá, D.G., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.° 05001 -23-31 -000-2010-00169-01 (39948) "[. .. ] En ese orden, la Ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación ciara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentidQ, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una oblígaci6n sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [ ... ]".

Lugar de Archivo: Procu radur ía Tiempo de Retención: Disposi ción Fínal: N.° 3 Jud icial II Admin istrativa 5 años Archivo Centrar Verifiq ue que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INT ERVEN CIÓN

SU BPR OCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJUD ICIA L

FORMA TO ACTA DE AUDIENCI A

REG-I N-CE-002

Fecha de Revisión 24/08/2015 Fecha de Aprobación 24/08/201 5 Versión 4 Págin a 3 de 3

FORMA TO ACTA DE AUDIENCI A

REG-I N-CE-002

Fecha de Revisión 24/08/2015 Fecha de Aprobación 24/08/201 5 Versión 4 Págin a 3 de 3 del 09 de noviem bre de 201 6, Copia de la respuesta a la petic ión No. 20 1 6-0 1 558 886 de fecha 23 de no viembr e de 20 16 y an exo de liq uidació n, copia del Acta del comité de conciliación de la Sup erintende ncia de Sociedades de sesió n de juni o de 20 15 , orig ina l del Acta del comité de concil iación de la Su perint end encia de Soci edades de ses ión del 11 de dicie mbre de 20 17 y cop!a del orig inal del acta del 21 de di ciem bre de 2017, Certificación de fecha 22 de diciem bre de 20 17 su scrita por la Secreta ria del com ité de conciliación de la Su perint en dencia de sociedad es, corres pondien te a los términos del acuer do concil iatorio, respec to de prescripción trienal, y de más cond iciones qu e se tendr á en cuent a en el presente caso y (v) en crite rio de ésta age ncia del Mini sterio Públ ico, el acuer do contenido en el acta no es vio latorio de !a Ley y no resul ta lesi vo par a el patr imonio públic o. En consecu enc ia , se disp ondr á el envío de fa presente acta, jun to con los docum entos perti nen tes , al Juzgado Admini strativo de Bogotá para efectos de control . de legalidad, advi rtiendo a los com parecie ntes que el Auto aprobatorio

acta, jun to con los docum entos perti nen tes , al Juzgado Admini strativo de Bogotá para efectos de control . de legalidad, advi rtiendo a los com parecie ntes que el Auto aprobatorio jun to con fa prese nte acta del acuer do, prestarán mérito ejecut ivo , y tendr án efecto de cosa juzgada 2 razón por la cual no son procedentes nue vas peti cio nes concif iatorias por los mi smos hechos ni deman das ante fa jur isdic ción de lo contencioso adm inis trativo por las mismas causas (a rt. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 2001 ). Se da por concl uid a la di ligenc ia y en cons tancia se firma el acta por quie nes en ella in tervinier on, una vez le ída y aprobada siendo las 12 :3 0 p.m. Las part es qu edan notifica das en estrados.

ANTONIO S ZMA RRIAGA

!fi---fi CONSUELO VEGA MERCHAN Apoderado(a) de la entidad convocada 2 Articulo 2, 2.4.3, 1. 1. 13 del Decreto 1069 de 2015, Antiguo artículo 13 del Decreto 1716 de 2009.

Lugar de Archi vo: Procuradu ría Tiempo de Retención: N." 3 Judi cial II Admini strativa 5 años

Dispo sición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el docume nto

Consultar sobre este documento ...