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Acta de conciliación - RODOLFO RAMÓN REYES GARCÉS

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - RODOLFO RAMÓN REYES GARCÉS
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

1 1

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FORMATO ACTA DE AUDIENCIA @ SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA i--------- REGfiN.CE-002 lllllllllfiIIIIIIIIIIII I 1111 11! li Al contestar cite: 201 fi01-345571

CONCILIACIÓN E) Fecha: 17106/2018 15:35:24 Folios· 1 RemHente: 899999119 • PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

PROCURADURÍA 82 JUDICIAL PAR,

Convocante (s): Convocado (s):

Medio de Control: LABORAL Radicación N.º 988fiu .. e ,un,v,-- ,_

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

RODOLFO RAMON REYES GARCES NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARÁCTER En Bogotá, hoy 14 DE JUNIO DE 2016 siendo las 2:00:00 PM, procede el despacho de la Procuraduría 82 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a} DALIA INES OLARTE MARTINEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 63555795 y con tarjeta profesional número 176207 del Consejo Superior de la Judicatura, quien presenta poder de sustitución otorgado por el {la) doctor {a) LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número

de sustitución otorgado por el {la) doctor {a) LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 08/04/2016. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) ESMERALDA FRANCO ORREGO identificado (a) con la e.e. número 24625907 y portador de la tarjeta profesional número 122089 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado (a) RODOLFO RAMON REYES GARCES, de conformidad con el poder otorgado por RODOLFO RAMON REYES GARCES. El {la) Procurador (a) le reconoce personerla al apoderado de la parte convocada y de la parte convocante en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el {la) Procurador(a) con fundamento en lo establecido en el articulo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del articulo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administratíva como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el

uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450927, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor {a) RODOLFO RAMON REYES GARCES la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS CON CERO CENTAVOS (3,890,335.00) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud.Asimismo LA SUSCRITA SECRETARIA DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN Y DEFENSA JUDICIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES AD HOC CERTIFICA QUE: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de fa Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el dia 18 de marzo de 2016 {acta No. 06-2016) estudió el caso del sefior{a} RODOLFO RAMON REYES GARCES, identificado{a) con la cédula de ciudadanía número 6888023 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $ 3,890,335.00 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes

CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $ 3,890,335.00 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3.

Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la Entidad 4. Intereses: No habrá lugar al pago de !os intereses dentro de los 60 días siguientes a la solicitud de pago. 5.

Lugar de pago: Grupo de Tesorería de la Superintendencia de Sociedades Sede Bogotá. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del articulo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el articulo 6 de la Constitución Política. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 días del mes de marzo de 2016. Aporto certificación en 1 folio útil. Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante quien manifiesta: Acepto la propuesta presentada por la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y reúne los siguientes requisitos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos

que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se Lugar de Archivo: Procurad u ria I Tiempo de Retención: Disposición Final: N.º Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INTERVENCI N Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPR OCESO CONCILIACI N EXTRAJUDICIAL Fecha de A robación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión Pfigina 2 de 2 encuentr an debidamente represen tadas y sus representantes tienen capacidad para concil iar; (iv) obran en el expediente las pruebas necesarias que jus tifican el acuerdo, a saber: por TRES MILLONES OCHOCI ENTOS NOVENTA MIL TRESCIENT OS TREINT A Y CINCO PESOS CON CERO CE NTAVOS (3,8 90,335.00 ) y; (v) en crit erio de esta agencia del Ministerio Público, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo para el patrimonio públi co por las siguientes razo nes. (art. 65 A, ley 23 de 1.991 y art. 73, ley 446 de 19 98) En consecuencia, se dispon drá el envio de la presente acta, junto con los documentos perti nentes, al Ju zgado Administr ativ o del Ci rcuito de Bogot á para efectos de control de legalidad, advirtiendo a los

se dispon drá el envio de la presente acta, junto con los documentos perti nentes, al Ju zgado Administr ativ o del Ci rcuito de Bogot á para efectos de control de legalidad, advirtiendo a los comparecientes que el auto aprobatorio del acuerdo hará trán sito a cosa juzgada y prestará mérito ejecutivo, razón por la cual no son procedentes nuevas peticione s conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la jur isdicción de lo Contencioso Admini strativo por las mismas causas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por concluida la dilig enc ia y en constancia se firma el acta por quienes en ella intervin ieron, una vez leída y aprobada siendo las 02:30 (p.m.) D EZ Apoder ado de la p ocan te Procurador 82 Judicial I para Asun tos Admini strativos Lugar de Archivo: Procura dur ía Tiempo de Reten ción: N.° Judicial Adm inis trativa 5 años

Dispo sición Fin al: Archivo Centr al Verifiq ue que esta es la versión correcta ant es de util izar el docume nto

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