Acta de conciliación - SAEL CABRERA NUNGO 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - SAEL CABRERA NUNGO 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
fi PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
GfüRAJ. DHA KICIOH REG-IN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 187 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación Nº. 319-2018 SIAF. 27353 de 24 de Agosto de 2018 Convocante (s): Convocado (s):
SAELCABRERAfiUNGO
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bogotá, hoy 01 de Octubre de 2018, siendo la 04:00 p. m., procede el despacho de la Procuraduría 187 Judicial I para Asuntos Administrativos a dar inicio a la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el doctor LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES Identificado con Cédula de Ciudadanía número 79.779.892 é-Xpedida en Bogotá y portador de la Tarjeta Profesional número 228365 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la parte convocante, a quien se le reconoció personería adjetiva en auto proferido el día 06 de Septiembre de 2018. Comparece a la diligencia la doctora CONSUELO VEGA MERCHÁN Identificada con Cédula de Ciudadanía número 63.305.358 expedida en Bucaramanga y portadora de la Tarjeta Profesional número 43627 del Consejo Superior de la Judicatura, quien actúa
Cédula de Ciudadanía número 63.305.358 expedida en Bucaramanga y portadora de la Tarjeta Profesional número 43627 del Consejo Superior de la Judicatura, quien actúa como apoderada de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, mediante poder otorgado por la doctora MARÍA TERESA GIL GARCÍA en calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, a quien se le reconoce personería adjetiva de conformidad con el poder aportado al despacho. La Procuradora reconoce personería a los apoderados de las partes en los términos indicados en los poderes aportados. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a la parte convocante para que indique sus pretensiones de la siguiente manera: "PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos dentro el Oficio con radicado 2018-01376101, acto administrativo de fecha del 21 de mayo de 2018. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor SAEL CABRERA ÑUNGO la suma de UN MILLÓN
OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS
SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor SAEL CABRERA ÑUNGO la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($1.848.779), por la re liquidación de los conceptos de PRIMA DE ACTIVIDAD, BONIFICACION POR RECREACION, Y LOS REAJUSTES DE LOS ANTERIORES CONCEPTOS, con la inclusión del porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el período de tiempo señalado en la certificación emitida por la Coordinadora de Administración de Personal de la Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud.". Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: "El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 03 de septiembre de 2018 (acta No. 27-2018) estudió el caso del señor SAEL CABRERA ÑUNGO (CC 6.023.069) y Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N.° 187 Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central
iPROCESO IN TERVE NCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCE SO CO NCILI ACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMA TO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
REG-I N-C E-002 Página 2 de 3
SUBPROCE SO CO NCILI ACIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMA TO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
REG-I N-C E-002 Página 2 de 3 decidió de manera UN ÁN IME CON CI LIAR las pretensi one s de l convocante (Reserva Es pecial del Ahorro), por valor de $1 .848.779 La fórmul a de concil iaci ón es bajo los sigu ientes parámetr os:
1. Valo r: Reconocer la suma de $1 .8 48.779 pesos m/cte., como valor result ante de re liq ui dar los factores reclamados , para el per íodo comp rendido entr e el 25 de septiem bre de 201 5 al 26 de julio de 20 18 , incl uyendo allí el factor deno minado reserva especia l del aho rro, conforme a la liqu idación efectuada por la enti dad y acepta da por el convoca nte.
2. No se reconocerán in tereses ni in dexación, o cualq uier otro gasto qu e se pretenda por la convoca nte, es decir, só lo se reconoce el capi tal conforme a la liqui dación real izada por la entidad .
3. Se debe tener en cuent a la prescripción trienal de las su mas in dicadas, conforme la certifica ción al udida .
4. Pago : Los valore s an tes señalados ser án cancelados de ntro de los 60 días siguie ntes a aq uél en el qu e la Jurisdicc ión Conte nciosa Admin istrativa apr uebe la conci liac ión , no gener ando intereses tamp oco en este lapso.
5. Forma de pago: El pago se realí zará, median te consig nación en la cuent a qu e el
conci liac ión , no gener ando intereses tamp oco en este lapso.
5. Forma de pago: El pago se realí zará, median te consig nación en la cuent a qu e el funci onari o tenga reportada en la entid ad para el pago de nómina, salvo indic ació n en contrario de l solic itante, comu nic ada a la entidad al momen to de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectLJarse el pago respec tivo.
As í mi smo, el convocante acepta qu e no ·i ni cia rá 'a cciones co ntra la Su perint enden cia de Socie dades qu e tengan qu e ver con el reconoc im ie nto de las suma s relativa s a Pri ma de Activida d y Bon ificac fón por Recreació n, a que se refiere esta conci liaci ón. La presente certi ficación se expide con base en lo dis puesto en inc iso 2 del Artícul o 2.2 .4.3 .1 .2.4.del Decreto 10 69 de 20 15 , y en el artícu lo 6 de la Co nstitución Pol ítica. Pa ra con sta ncia se firma en la ciudad de Bogotá , D.C, a los 04 dí as del mes de septiem bre de 20 1 8." Anexo decis ión de Com ité de Concili aci ón y Defensa Ju rídic a en un (1 ) foli o. En este estado de la dilige ncia y de acuer do a lo expuesto por parte de la apoder ada de la parte convocada Su peri ntende ncia de Socied ades, se concede el uso de la pa labr a al apoderado de la pa rte convocante para que se expr ese al respecto : Manifie sto al despacho qu e acepto la propu esta presentada por la apoderada de la
pa labr a al apoderado de la pa rte convocante para que se expr ese al respecto : Manifie sto al despacho qu e acepto la propu esta presentada por la apoderada de la entidad convocada, toda vez qu e me as iste ánimo concil iatorio. La Procu radora ju dic ia l, La Procu radora judi ci al, consider a que el ante rior ac uer do contiene obli gacio ne s clar as, expr esa s y exig ib les, en cua nto al tie mpo, modo y lu gar de su cum pli mien to y reúne los si gui en tes requi sitos: (i) el eve ntual med io de control conten cioso que se ha podido ll egar a prese nta r no ha cadu cad o (art. 61 , ley 23 de 19 91 , mod ifi cad o por el art. 81 , ley 446 de 19 98), más tratá ndose de prestaciones per iódic as; (ii ) el acuer do concil iatorio versa so bre accione s o der echos económ icos di sp oni bl es po r las partes (art. 59 , ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iii ) las part es se encuent ran debid ament e represen tadas y sus representantes tienen ca pa cid ad pa ra co ncili ar; (i v) obr an en el expe d iente la s pruebas neces arias qu e jus tific an el acuer do, a saber: Sol ici tud de conc il iación co n fecha 24 de Agosto de 201 8 entrada SI AF 27 353-20 18 ; Poder oto rgado en lega l forma po r SA EL CAB RER A ÑU NGO, con expresas facu ltades Lugar de Archi vo: Procu rad ur ía Tiem po de Retención:
oto rgado en lega l forma po r SA EL CAB RER A ÑU NGO, con expresas facu ltades Lugar de Archi vo: Procu rad ur ía Tiem po de Retención: N.° 18 7 Ju dicial Administ rativa 5 añ os
Disposición Final: Archivo Centra lfi
PROC ESO INTER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPR OCESO CONCIL IACIÓN EXTRAJUDICIA L Fecha de Aprobac ión 24/08/20 15
FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
GEHElfil DE lA 11.lClOM REG-I N-CE -002 Página 3 de 3 par a conciliar , en ca lidad de peti cion arias; Der echo de peti ción dir igido a la Sup erinte ndencia de Socie dades y su scr ito por SAE L CAB RERA ÑU NGO de fecha 26 de juli o de 20 18 ; Respu esta der echo de petición No . 20 1 8-0 13761 01 suscr ito por la doc tora LU ISA FE RNAND A TRUJ IL LO BE RNAL Secr eta ria Gener al de la Super in tend encia de Sociedades; Ce rtificac ión La bo ral corresp ondi entes al señor SAEL CAB RER A ÑU NGO, sus crito por el doc tor WI LLI AM MAU RI CIO AREV ALO POR TEL A Coo rdin ador Gr upo de Adminis tración de Per so nal de la Su per in tende ncia de Soc ie dades; Resp ues ta Derecho de Petición dir igido a la doc tora LU IS A FERN AND A TRUJ IL LO BE RNAL de fecha 17 de ago sto de 201 8
Su per in tende ncia de Soc ie dades; Resp ues ta Derecho de Petición dir igido a la doc tora LU IS A FERN AND A TRUJ IL LO BE RNAL de fecha 17 de ago sto de 201 8 suscr ito po r SAEL CAB RERA ÑUNGO; Decisión de Com ité de Conc il iación y Defens a Jud icial en Acta 01 4 del 02 de juni o de 201 5 firmad o por el Preside nte FRA NCISC O REYES VI LLAMIZAR de la Sup erintendenc ia de Sociedades; in forme de la Agencia Nacio nal de Defens a Ju ríd ica del Estado No. De Radicación 20 1 55000052 581 -DD J de fecha 02 de juni o de 20 1 5 su scrito po r la doc tora JU AN ITA LOPE Z PATRÓ N Dir ecto ra de Defe nsa Jur ídic a ; y (v) en criterio de esta ag encia de l Minis terio Pú blico , el acuer do contenido en el acta no es viola torio de la le y y no resu lta lesiv o par a el patrim oni o púb lico (art. 65 A, ley 23 de 1. 99 1 y art. 73, Ley 446 de 19 98). Bajo estos paráme tros se entiende que la conci liaci ón es total, certificación del Comi té de Conci liación cada una en un (1 ) foli o, de fecha 03 de septie mbr e de 20 18 firmado por la Doctora Maria Francis ca Reye s Laserna Secretaria del Comi té de Conci liac ión y Defensa Ju dici al , (Reserva Especial de Ahorro), por valor de $1 .8 48 .7 79. En consec uencia, se ,d is pondr á el envío de la presen te acta, ju nto con los
Ju dici al , (Reserva Especial de Ahorro), por valor de $1 .8 48 .7 79. En consec uencia, se ,d is pondr á el envío de la presen te acta, ju nto con los docum entos pert in entes, al Ju zgado Ad mini stratívo de Bog otá (Reparto) correspo ndien te , par a efectos de control de legalida d , advi rtiendo a las co mpar ecien tes que el auto apr ob ato rio del presen te acuer do con cilia torio har á tráns ito a cosa ju zgada y presta rá mér ito ejecutivo , razón por la cual no so n procede ntes nu evas peticione s conci liatorias por los mismos hechos ni dem an das an te la jur isd icción de lo Conte nc ios o Ad mi nis trativ o por las mís mas causas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 le y 640 de 200 1 ). Se da po r concluida la di ligenc ia y en co nsta cia se firma ,-,L.....-r-rn-..... ,...r qui en es en el la in tervi ni eron, una vez leíd a y apr ob las : O p. m. copia de la mi sma se entrega rá a los CO NSUEL O VEGA MER CHÁ N Apoder ada de la Ent idad Co nvoc ada SUP RINT ENDENC IA DE SOCI ED AD ES Luga r de Arch ivo: Procuraduría Tíempo de Retención: N.º 18 7 Jud icial Admi nistrativa 5 años
Di sposic ión Final: Archivo Cent ral