Acta de conciliación - SILVIA INES RUEDA BUITRAGO 2017
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - SILVIA INES RUEDA BUITRAGO 2017
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2017
PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REG-IN-CE-002 Página 1 de2
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 10 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º2017 - 256 de 11 de septiembre de 2017
Convocante (s): SILVIA INES RUEDA BUITRAGO
Convocado (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Medio de Control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bogotá, hoy TREINTA Y UNO (31) de OCTUBRE de (2017), siendo las 3:10 (p.m.), procede el despacho de la Procuraduría 10 Judicial (11) para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora SILVIA INES RUEDA BUITRAGO, identificada con cédula de ciudadanía N.41.626.529 y con Tarjeta Profesional N. 44928 del Consejo Superior de la Judicatura, como parte convocante, quien actúa en nombre propio; igualmente comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la C.C. N. 63305358 de Bucaramanga y portadora de la Tarjeta Profesional N.43627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la convocada. Poder que se anexa. El Procurador le reconoce personería adjetiva a los apoderados de las partes; convocante y convocada en los términos indicados en los poderes que aportan.
de la Judicatura, en representación de la convocada. Poder que se anexa. El Procurador le reconoce personería adjetiva a los apoderados de las partes; convocante y convocada en los términos indicados en los poderes que aportan. Acto seguido el Procurador declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los fundamentos, reglas y finalidad de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. Acto seguido hace uso de la palabra la apoderada de la convocada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 27 de septiembre de 2017 (acta No. 23-2017) estudió el caso de la señora SILVIA INES RUEDA BUITRAGO, identificada con la cédula de ciudadanía número 41.626.529 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones de la convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $4.390.758.00 pesos m/cte. La fórmula de conciliación es bajo los siguientes parámetros:
1. Valor: Reconocer la suma de $4.390.758,00 pesos m/cte., como valor resultante de re liquidar la Prima de Actividad y Bonificación por Recreación, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante.
2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir,· sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad.
liquidación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante.
2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir,· sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad.
3. Se debe tener en cuenta la prescripción trienal de las sumas indicadas, conforme la certificación aludida, para el período comprendido entre el 29 de septiembre de 2015 al 18 de agosto de 2017.
4. Pago: El valor antes señalado será cancelado dentro de !os 60 días siguientes a aquél en el que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa apruebe la conciliación, no generando intereses tampoco en este lapso.
5. Forma de pago: El pago se realizará, mediante consignación en la cuenta que la funcionaría tenga reportada en la entidad para el pago de nómina, salvo
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:
N.º1 O Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentofi
PROCESO INTER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUBPR OCES O CONCILIA CIÓN EXTRAJUD ICIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORM ATO ACTA DE AUDIENC IA Versión 4
GEliER.11. Df lA liAtiOH Página REGINCE-0 02 2d e2 indicac ión en contrari o de la solici tante, comu nicada a la entidad al momento de eleva r la petición de pago , o en todo caso , antes de efectuarse el pago respec tivo. Y para la ex funcionaria, la mi sma in dicará la forma de pago, y/o la cuenta y
eleva r la petición de pago , o en todo caso , antes de efectuarse el pago respec tivo. Y para la ex funcionaria, la mi sma in dicará la forma de pago, y/o la cuenta y enti dad financier a para consig narla. Así mis mo , que no inici arán accio nes contra la Superintendencia de Sociedades que teng an que ver con el reconocim iento de las sumas relativas a Prima de Actividad y Boni ficació n por Recreación, a que se refiere esta concil iación. Lo anterior lo soporto en un foli o, en certificación del comi té de concili ación que allego a la presente. Acto seg uido hace uso de la palabra la conv ocant e : acepto la propuesta hecha por la apo derada de la parte convo cada en los términ os y cond iciones antes mencion ados. De conform ida d con el memorando 05 3/13 proferido por el Procurador Delegado Par a la Conciliacion Admin istrativa, será la entidad convocada quien aporte el acta del comité de conciliación a la autoridad judicia l, para los fines pertinentes. Esta Procuradu ría considera que el anterior acuerdo contiene oblig aciones claras, expresas y exigibl es, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cu mplimie nto y reúne los siguientes requisit os: (i) la eventual acción contenciosa que se ha pod ido llegar a presenta r no ha caducado (art. 61 , ley 23 de 1991 , modificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acuerd o conci liatorio versa sobre acciones o derechos econ ómic os disponibl es por las partes (art . 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley
el art. 81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acuerd o conci liatorio versa sobre acciones o derechos econ ómic os disponibl es por las partes (art . 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (ii i) las partes se encuen tran debida mente representadas y sus representantes tie nen capacida d para conciliar; (i v) obr an en el expediente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo, las cuales se han relacionado con ante rio ridad. y; (v) en criterio de esta Agencia del Ministerio Pú blico, el acuerdo contenido en está acta no es violatorio de la ley, · ni lesivo para el patrimo nio pú blic o de conform idad con los té rmino s y acápites registrados en la ya citada acta de conciliación, por lo que se conc ilia totalmente en los términos antes menciona dos. En constancia de lo anterior se da por concluida la dil igenci a y se firma el acta por qui enes en ell a intervinier on, una vez le ída y apr obada siendo las 3: 40 p. m. f, , • r'-?-~ fifi fi \AD.. '-..YYYl ·- • SI LVIA INES RUEDA UIT RAGO Apoderado de la convocada Lugar de Arch ivo: Procu raduría Tiem po de Retención: N. º1 O Judic ial Admi ni strativa 5 años
Disposición Fina l: Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el docu mento