Acta de conciliación - VÍCTOR HUGO OTERO BULA
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - VÍCTOR HUGO OTERO BULA
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
•
Al contestar cite: 2016-01-297034
Folios: 2 REG-IN-CE-002
Fecha: 27/05/2016 10:53·.37 RADURIA GENERAL DE LA NACION fi---fi------------, Remitente: 899999119PROCU
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 195 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 1621·2016 SIAF 77287 de 03 de marzo de 2016
Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Convocado (s): VICTOR HUGO OTERO BULA Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy dieciséis (16) de mayo de 2016, siendo las 09.00 a.m., procede el despacho de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la dlligencia el (la) doctor (a) CLAUDIA LILIANA QUIJANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 65.810.009 y con tarjeta profesional número 210.761 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor {a) YUDI PAOLA MONTENEGRO AGUDELO identificado {a) con la C. C. número 1.023.865.106 y portador de la tarjeta profesional número 234.825 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado VICTOR HUGO OTERO BULA. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes
Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado VICTOR HUGO OTERO BULA. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivbs, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial.
PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450632, acto administrativo de fecha 17/11/2015.
SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de cancele a favor del señor (a) VICTOR HUGO OTERO BULA la suma de DOS MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS
cancele a favor del señor (a) VICTOR HUGO OTERO BULA la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS PESOS CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS (2.852.667,35) por la reliquidación de los conceptos de Prima de Actividad por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluldo el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el período de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. En este estado de la audiencia se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud incoada, quien manifestó: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No 06-2016) estudió el caso del señor(a) VICTOR HUGO OTERO BULA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 19280450 y decidió de manera UNANIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $2.852.667,35 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No habrá lugar Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. • Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento;fi
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. • Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento;fi
PROCESO IN TERV ENCIÓN Fecha de Revisión 24108/ 201 5
SUBPR OCESO CONCILIA CIÓN EXTRA JUDICIA L Fe cha de Aproba ción 24108/2015
FORM ATO ACTA DE AUDI EN CIA Versión 4
GO.'W1 DHI. K.ltlO!i REG-I N-CE-002 Página 2 de 4 a la index ación . 3. Pa go: El pag o se realiz ar á den tro de los 60 di as sig uientes cont ados a pa rti r de la solic itud de pago, pos terior a que la concili ación hay a sido avalada y radic ada en la Enti dad. 4. Intereses : No ha brá lugar al pago de los int ereses de ntr o de !os 60 dí as sig uient es a la solicitud de pago. 5 Lugar de Pago: Gru po de Tesor ería de la Sup erintendencia de Socieda des Sed e Bogotá. La presente certif icación se ex pide con bas e en lo di spues to en incis o 2 del artí cul o 18 del Decr eto 17 16 de 2009, y en el ar tí cu lo 6 de la Con stitución Pol ítica . Pa ra Co nsta ncia se fi rm a en la ciudad de Bog otá a los 18 dí as del mes de ma rzo de 20 16 . Acto segu ido se le concede el us o de la pa labra al apo derado de la pa rte convoca da , con el fin de que se sir va indica r sobre propue sta realizada por la
dí as del mes de ma rzo de 20 16 . Acto segu ido se le concede el us o de la pa labra al apo derado de la pa rte convoca da , con el fin de que se sir va indica r sobre propue sta realizada por la apoder ada de la en tidad con voca nte : Acept o la pro pu est a de pago conci liat orio de la entidad convoca nte en la suma ofrecida , condicione s de plaz o y fórmula de pago , ya qu e es ta se encuen tra ajustada en de recho. El Procur ador en atención al ánimo conciliat orio de la entidad co nvoca nte y la convoca da, en cue ntra lega lm ent e via ble el acuer do, pues de conf orm idad con los hec hos consi gn ados en la solic itud , el objet o del ac uer do es co ncili able y contiene obliga cio nes clar as, expr esa s y exigibles, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cump limi ent o. Asi mismo, el eve ntual medio de contr ol que se hu bier e podi do lle gar a prese nta r no se enc uentra caduc ado, en razón a qu e el térm ino seña lado en el li ter a l (i) del nu mer al 2 del art ículo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El ac uer do conci liatorio ve rsa sobr e ac ciones o der echo s económ icos disp on ibl es por las pa rtes . Las par tes se encuen tran debida ment e representa das y sus repr esent antes tienen facult ad expr esa par a conci lia r. Las obliga ciones de rivadas del acuer do se encuentr an debida me nte sustentadas en pruebas
representa das y sus repr esent antes tienen facult ad expr esa par a conci lia r. Las obliga ciones de rivadas del acuer do se encuentr an debida me nte sustentadas en pruebas docu me nta les le galm ent e válidas que obr an en el exped ient e y qu e just ific an el acuer do, como son los siguien tes docume ntos :
1. Co ncepto em itido por la Ag encia Na ciona l de Def ensa Ju rid ica del Est ado con fecha O 1 de junio de 201 5 en 07 foli os.
2. Der echo de petición el evado a la Sup erint endenc ia de Soc iedades de fechá 02 de octubr e de 20 15 en 02 foli os .
3. Copia de la respues ta del Der echo de Petición a la pa rte convoca da suscr ita por la doctora LIGIA STE LL A RODR IGUE Z HE RN AN DEZ de fecha 17 de nov iembr e de 20 15 en 01 folio.
4. Certi fica ción del Comi té de Concili ac ión de la Sup erinten de néía de Sociedades susc rito por la doc tora Ángela Ma ria Ca ro Bohór quez Sec reta ría Téc ni ca del Comit é de Concil iación y Def en sa Ju dicial ad-hoc de fecha 18 de ma rzo de 20 1 6en 01 foli os .
En criterio de esta agenc ia del Minister io Públ ico , el acuer do contenido en el acta no es violatorío de la ley y no resu lta les ivo pa ra el patr imoni o públ ico por las sigui entes razones: Co nform e a fa sentencia de un ific ación del Con sejo de Estado - Sala Plena - Sección
violatorío de la ley y no resu lta les ivo pa ra el patr imoni o públ ico por las sigui entes razones: Co nform e a fa sentencia de un ific ación del Con sejo de Estado - Sala Plena - Sección Ter ce ra - C.P. Ja ime Orla ndo Sa ntofi mio Gamb oa - 19 de novie mbr e de 20 12Radic ac ión nro. 73 001 -233 1 -000-2000-03075 -0 1 (2 4.8 97), qu e resó lvió si tuaciones atinent es al pago de hechos cump lido s, como consecuenc ia de la prest ac ión de servicios sin me dia r contr ato algun o, es posible soste ner, conforme ha di cho prove ido, que en el prese nte ca so nos en contramos in mer sos en los postulados de la se nten cia proferida cuando man ifestó : Lugar de Arch ivo: Procuraduría Tiempo de Retenci ón: N.º Judicial Adminis tra tiva 5 años
Disp osición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de ut il iza r el docu me nto
.. .....fifi PROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUBPROC ESO CONCI LIA CIÓN EXTRAJ UDI CIA L Fecha de Aproba ción 24/08/ 201 5
FORMA TO ACTA DE AU DIE NCIA Versión 4
GEHW!. fi U H.ICION REGIN-C E-002 Pág ina 3 de 4 «Esos ca sos en donde, de manera excep cional y por razones de interés púb li co o general, resultaría procedente la act io de in rem verso a ju icio de la Sala, serian entre otros los sigu ientes :
«Esos ca sos en donde, de manera excep cional y por razones de interés púb li co o general, resultaría procedente la act io de in rem verso a ju icio de la Sala, serian entre otros los sigu ientes : b) En los qu e es ur gente y necesa rio adqui rir bie nes, solicitar servicios , sumini stros, orde nar obr as con el fi n de pr esta r un ser vi cio pa ra evitar una amen aza o una lesión inm in ent e e irre versible al derecho a la salu d, derecho este que es fundament al por con exidad con los derec hos a la vida y a la integrid ad pe rso nal, urgencia y ne cesidad que debe n apar ecer de maner a objetiva y ma ni fiesta com o conse cuencia de la imposibi lidad abso luta de plan ificar y adelan ta r un proce so de selec ción de contr atistas, as í como de la cele brac ión de los cor respondie ntes contratos, ci rcunsta ncias que debe n estar plenamen te acre ditada s en el proceso conten cioso adminis trati vo, sin que el juzgad or pie rda de vista ·1 el de rrote ro gener al qu e se ha señalado en el nu meral 12.1 de la pres ente providen cia, es decir, verifica ndo en todo caso qu e la decis ión de la admi nistración fre nte a estas circuns tancias haya sido realm ente ur gente, útil , ne cesaria y la más raz onabl emente ajus tada a las cir cuns tancias que la llevaron a tomar tal determinación.» Por su pa rte, la 'a quí co nvoca da pres to sus ser vicios a la en tidad convoca nte , en los
cir cuns tancias que la llevaron a tomar tal determinación.» Por su pa rte, la 'a quí co nvoca da pres to sus ser vicios a la en tidad convoca nte , en los tiemp os y té rmi nos ce rtifi cad os, ta l como lo pr ueba n las certifi cac iones aport ad as al prese nt e tra mi te co ncilia to rio . Se prueba ento nces que lo prete ndido por la con voca nte al qu erer pagar al conv ocado la re li qu ida ción de la reserv a especia l del ah orro en la liq uidación de la Prima de Activid ad, Bon ifica ción por recreació n, Horas Extr as y Viátic os , de los últim os tres años , sin in cur ri r ta le s va lor es ni ih ter eses ni inde xació n, es no inc ur ri r en un enr iq uec imie nto sin ca usa, supu est o fáctico qu e cor res ponde a la excep ción cont em plada por el Con sejo de Estado en la sentencia cit ad a. Ahor a bi en, el Conse jo de Est ado - Secc ión Ter ce ra - Radicado nr o. 2500023-26-0 00201 1 -00805 -01 - 24 de abri l de 20 13 - C. P. Enr ique Gil Bote ro, media nte la cual apr obó el acuer do concil iat orio entr e la Fundación pa ra el Mun do Nu evo par a la prote cción de los Niñ os, las N i ñas , los Jó venes, la Mu jer y la Fam ilia y el In stituto Colom biano de Bi enes ta r Famili ar, sostuv o: [ ... ] No debe pe rderse de vis ta que se está en presen cia de un confli cto,
Famili ar, sostuv o: [ ... ] No debe pe rderse de vis ta que se está en presen cia de un confli cto, que ha sido superado de forma bilate ral , a través del acue rdo allegado en audienc ia prejudic ial, y cuyos térmi nos no se han cues tionad o por qu ienes iti te rvienen en el proce so. A su vez, las partes manif iestan con ocer en su integ ridad lo allí conte nido, por lo tanto, en aras de fortale cer este medio de resolución de con fl ictos, del cua l se han va l ido para sup erar las controvers ias de tipo económic o contract ual, al Des pacho co nc luye que el acuerdo cele brado esta confo rme a derecho, ya que las prue bas aportad as ala pr oceso son suficientes para ar ribar a las conc lus iones requerid as para apr obar el arr eglo al que han ll egado las partes: Ahor a bien, la Sala no pasará por alto que los hechos que dan lugar a esta conc iliación tamb ié n se enm arcan en los supuestos que la jur ispr ude ncia de la Sección Terc era del Consejo de Est ado ha form ulado para eventos simil ares, es dec ir , aquellos en los cuales la ejecuci ón _ de traba jos, la prestación de servicios, o la entr ega de bienes Lugar de Archivo: Procuradur ía Tie mpo de Retenció n: N.º Judic ial Admini stra tiva 5 años
Di sposici ón Final: Archivo Ce ntral Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el documento VPR OCE SO IN TER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2 015
Di sposici ón Final: Archivo Ce ntral Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el documento VPR OCE SO IN TER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2 015
SUBPR OCESO CONCILIACIÓN EXTRA J UDICIA L Fecha de Apr obación 24/08 /201 5
FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REG-I N-C E-002 Página 4 de 4 al Estado se real iza sin el sop orte contr act ual de bid o. Señal ó en sentencia de un ifi cación de la Secció n -p rovide ncia del 19 de novie mbre de 2012 . Exp. 24.897que: 12. 2. Con otras pal abras, la Sal a adm ite hi pótesis en las que res ult aría procede nte la actio de in rem verso sin que medie contr ato alg uno pero, se ins iste, estas posi bilid ades son de carácter excepc ional y por co nsig uie nte de in terp retación y apli cación restri ctiva, y de ni ngun a ma ner a con la pretens ión de enc uadra r dentr o de estos casos exce pcionales, o al amp aro de el los , eventos que necesariame nte qu edan com prendi dos dent ro de la regl a gene ral que an tes se me ncio nó.» De la providenc ia trascr ita , clar a ment e se inf ier e qu e conf or me a la pos1c1on jur ispr udencia! del Co nse jo de Est ado es perf ect ame nte vi able, que casos co mo el aq uí se ha co nc iliado se sol ucionen de mane ra bi late ral, media nte mec an ism os au to com posit ivos
jur ispr udencia! del Co nse jo de Est ado es perf ect ame nte vi able, que casos co mo el aq uí se ha co nc iliado se sol ucionen de mane ra bi late ral, media nte mec an ism os au to com posit ivos como la conci liac ión , que gar an tiza n la prote cción al patri monio públ ico, los der echos de los par ti cular es y per mi ten reso lve r co nfl ictos de maner a pro nta , evita ndo desgas tes inn ecesa rios al ap arat o jud ic ia l. En con sec uenc ia, se di sp ondr á el enví o del ac ta de acuer do tot al, jun to co n los docume ntos per ti ne ntes, al Ju ez compet en te par a su apr obac ión, ad vi rtiendo a los co mp ar ec ientes que el au to apr obatorio har á tráns ito a cosa juz gada y pres ta rá , ju nto con el ac ta qu e contiene el acu erd o, mé rito ejecu tivo , razón por la cual no so n procede ntes nu evas peticiones conci li ator ias por los mi smos hechos ni demandas an te esa jur isd icción por las mismas ca usas. En cons ta ncia de lo an te rior se da por co ncluida la di ligencia y se firma el acta por qui en es en ella in te rvi nier on , un a vez le íd a y apr obada siendo las 09.20 a.m. Apoderado de la Parte Conv ocada
YU DI PfiRO AG UDEL O
C .C . No. 1.023.86 5.106
T.P. No. 234.825 del C.S. de la J. Apod erado de la parte Con vocan te
CLAU IA LILIA NA QUI
YU DI PfiRO AG UDEL O
C .C . No. 1.023.86 5.106
T.P. No. 234.825 del C.S. de la J. Apod erado de la parte Con vocan te CLAU IA LILIA NA QUI e.e. N . 65.a 10 .009
T. P. No. 210 .76 1 del C.S. de la J.
FE RNANDO ANTO NIO TORRES GOME Z Proc urador 19 5 Judi cial I para Asuntos Adm ini strativ os Lugar de Archivo: Procur adur ía Tiempo de Re tenc ió n: N.º Ju dicia l Admini strativa 5 año s Dis posición Final: Archiv o Cen tral Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el docum ento i ; " 1 . . ..: