Acta de conciliación - VLADIMIR PERDOMO HERNANDEZ
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - VLADIMIR PERDOMO HERNANDEZ
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
!t PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revísión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
GEHERAl. DEU.IUCION REG-IN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 85 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 56108 de 15 de febrero de 2017
Convocante: VLADIMIR PERDOMO HERNANDEZ
Convocado: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Medio de Control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bogotá, hoy catorce (14) de marzo de dos mil diecisiete (2017), siendo las tres (3:00 p.m.) de la tarde, procede el despacho de la Procuraduría 85 Judicial I para Asuntos Administrativos . a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el doctor LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado con la C.C. número 79.779.892 y portador de la tarjeta profesional número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la parte convocante, con personería reconocida mediante auto del 28 de febrero de 2017; igualmente comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN, identificada con cédula de ciudadanía número 63.305.358 y con tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder conferido por MARIA TERESA GIL
63.305.358 y con tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder conferido por MARIA TERESA GIL GARCIA , en su condicion de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, a quien se le reconoce personeria de conformidad con el poder que adjunta. Acto seguido !a Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: Me ratifico en todas y cada una de las pretensiones: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 201701-032237 acto administrativo de fecha del 30/01/2017. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) VLADIMIR PERDOMO HERNANDEZ la suma de DOS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($2.086.965) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras; incluida la suma de CIENTO
CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINICENTOS VEINTE PESOS (159.520), POR
($2.086.965) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras; incluida la suma de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINICENTOS VEINTE PESOS (159.520), POR CONCEPTO DE VIATICOS Y LOS REAJUSTES DE LOS ANTERIORES CONCEPTOS, con la inclusión del porcentaje correspondiente a la reserva especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la certificación emitida por la Coordinadora de Personal de la Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra al apoderado de Superintendencia de Sociedades, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 28 de febrero de 2017 (acta No.06-2017) estudió el caso del señor(a) VLADIMIR PERDOMO HERNANDEZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 1.032.405.807 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR !as pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $2.086.965 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:
N.° Judicial Administrativa 5 años
Dísposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentofi
PROCESO IN TERVENCI ÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
N.° Judicial Administrativa 5 años
Dísposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentofi
PROCESO IN TERVENCI ÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
SUBPR OCESO CONCILIACI ÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión mALDW. IIAClON REG-INCE-002 Pági na 2 de 3 siguien tes pa rámetros : 1. Capi tal: Se reconoce en un 10 0%. 2. Inde xación: No habr á lugar a la inde xació n, ni intereses o cua lq uier otro gasto que se pretenda por el convocante, es deci r, solo se reconoce el capit al confor me a la li quida ció n real izad a por la en tidad . 3. Pag o: El pago se real iza ra de ntro de los 60 dí as sigu ient es a aquel en el que la jur isd icción conten ciosa adm inis trativa apr uebe la Conci li acion, no gener ando intereses tamp oco en este lapso . 4Forma de pag o: El pago se real izar á, med ia nte consig nación en la cue nta que el funcion ario tenga report ada en la entidad par a el pago de nó mi na, sa lvo ind icación en contrario del soli cita nte, comun icada a la entid ad al momen to de elevar la petición de pago, o en tod o caso, an tes de efectuar se el pago respectivo . Así mismo, que no in ici arán acci ones contra la Sup erin tende ncia de Socied ade s que tengan que ver con e! recono cim ien to de las sumas relativas a Pr ima de Activid ad , Viáticos y
acci ones contra la Sup erin tende ncia de Socied ade s que tengan que ver con e! recono cim ien to de las sumas relativas a Pr ima de Activid ad , Viáticos y Bon ificación por Recreac ión , a que se refiere esta conci liac ió n. Se deber á tener en cue nta la prescripció n trienal de las suma s indic ad as confor me la certificación alu d ida (par a los años compr endido s entre el 19 de ener o de 20 14 a 19 de ener o de 20 17 . Anexo de cisión y certifi caci ón en do s (2) foli os. De la anterior man ifestació n se le corre traslado al apo der ado de la parte convoc ante qui en man ifiesta: Acepta mos la conciliac ió n en los térm in os seña lados en la solic itud de conciliac ió n. La procur ado ra jud icial consider a que el an terior acuerdo cont iene ob liga cione s clar as , expresas y exigible s, en cua nto al tiempo, modo y lug ar de su cu mplimien to. 1 Siendo cla ro respec to al concepto co ncil iado y las cond icione s de pago, y reúne los siguien tes req ui sitos: (i) el eventual med io de control que se ha pod ido ll egar a prese nta r no ha cad ucado (art. 61 , Ley 23 de 19 91 , mod ificad o por el art. 81 , Ley 446 de 19 98) ; (ii) el acuer do concilia torio versa sobr e sobr e conflictos de carácter particu lar y contenido patrimonial di sponib les por las partes (art. 59, Ley 23 de 19 91 , y 70, Ley 446 de 19 98) ; (iii) las pa rtes se enc uen tran
conflictos de carácter particu lar y contenido patrimonial di sponib les por las partes (art. 59, Ley 23 de 19 91 , y 70, Ley 446 de 19 98) ; (iii) las pa rtes se enc uen tran deb idame nte represe ntadas y sus represe ntantes tienen capacida d para concil iar; (i v) obr an en el exped iente las pr uebas necesa rias que ju stifican el acuer do, a saber: 1. Poder es legalme nte conferido s para actuar. 2. Cons tanc ia de radicación de la prese nte solic itud ante la entidad convoc ada y ante la Agencia de Defens a Jur íd ica Del Estad o 3Certificaci ón emitid a por el Secr etario del Com ité de Conc iliacion de la Sup erintendenc ia de Socied ades , cal endada el 6 de mar zo de 20 17 . 4. Derecho de peti ción formul ado por el conv ocant e, radic ado bajo el nú mer o 20 1 7-0 101 219 7 del 19 de ener o de 20 17 . 5. Acto Admin istrativo No. 201 7-0 1 -032737 del 30 de ener o de 20 17 . 6. Certificación labor al emi tida por la Coordinador a del Gr upo de Admin istración de Per sonal. 7. Acta del com ité de conci liación y defensa jud icial de la Su perinten denc ia de Socied ades No. 14 del 2 de junio de 201 5. 8. Con cepto de la Agencia Nac io nal de Defensa Jur idica del Estado del 1 de ju ni o de 20 15 , con radi cado 20 1 5500005258 1DD J. En
de junio de 201 5. 8. Con cepto de la Agencia Nac io nal de Defensa Jur idica del Estado del 1 de ju ni o de 20 15 , con radi cado 20 1 5500005258 1DD J. En co nsecuencia, se di spondr á el envío de la presente acta, ju nto con los do cume ntos perti nentes, al Juz gado Admin istrativo de! Cir cu ito de BOGOTA, D.C., par a efectos de control de legali dad , advirt iendo a los com par ecie ntes que el auto ap robator io del acu erdo har á tránsito a cosa ju zgad a y prestará mérito ejecutiv o, razó n por la cual no son pro cede ntes nue vas peticio nes concil iatorias po r los mismo s hechos ni de man das ante la jur isd icció n de lo Co ntencioso Admin istrativo 1 Ver Fal!o del CONSEJO DE ESTADO - SECCI ON TERCERA SUBSECC ION CC.P. Enrique Gil Botero, Bogotá, D.G., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 0500 1-23-31-000-20 10 -001 69-01(3 9948) "[. . .] En ese orden, la Ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -arl. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su
del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [ . . .]".
Lugar de Arch ivo: Procurad ur ía Tiempo de Retención: N. º Jud icial Admin istrativa 5 años
Disposi ción Final: Archivo Central Verifiq ue que esta es la versión correcta antes de utilizar el documen to♦ PROCURAOORIA GENERAL OEIUACIOH
PROCE SO INTERVENCIÓN
SUBPR OCESO CONCIL IACIÓN EXTRAJUDICIA L
FORMATO ACTA DE AUDIENCI A
REG-I N-CE-002
Fecha de Revisión 24/08/2015 Fecha de Aprobación 24/08/2015 Versión Página 3d e3 por las mi smas ca usas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 20 01) . Se da por concl ui da la dili genc ia y en con stancia se firma el acta por quiene s en ella int ervi ni eron , una vez leída y aprobada siendo las tres y trei nta {3:30 p.m.). --·--- -------. ·· ·-·--...... _.,. CONSU ELO VEGA MER CH AN Ap e do de la Ent idad e-6iÑo'cada O CORTES OZA PINI LLA Procu rador a cial I para Asun tos
·· ·-·--...... _.,. CONSU ELO VEGA MER CH AN Ap e do de la Ent idad e-6iÑo'cada O CORTES OZA PINI LLA Procu rador a cial I para Asun tos Lug ar de Arch ivo: Procu radu ría Tiempo de Retenci ón: Disposición Final: N.º Judi cial Admin istrativa 5 años Archivo Central Verifiq ue que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento