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Acta de conciliación - YONNY CUELLAR CABRERA 2018

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - YONNY CUELLAR CABRERA 2018
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2018

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PROCURADURIA

GEKER!J. DE U KACI0K

PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de'.· Revisión

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aí)robación

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA ve·r,~íón

,_,: ¡ REG-IN-CE-002 ·· P~9ina i!: ._. CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA ONCE (11) JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS . . " •. i Radicación N.º 00180-2018 de 24 de agosto de 2018~27354

Convocante : YONNY CUELLAR CABRERA

Convocado: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Medio de Control: NULIDAD Y RESTABECIMIENTO DEL DER~CHO .

24/08/2015 24/08/2015 4 1 de 3 . r En Bogotá D.C., a los veintisiete (20) días del mes de septieinbre de dos mil dieciocho (2018), siendo diez y treinta (10:30 a.m.), procede Ei(Despacho de la Procuraduría Once (11) Judicial 11 para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL de la referencia. Según decisión que antecede: Comparece a la diligencia el doctor : LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado con cédula de ciudadanía No.79.779.892 de Bogotá y con tarjeta profesional No.228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la parte convocante, YONNY CUE.LLAR CABRERA, según poder adjunto, a quien se le reconoció personería media~t~ auto 179-2018.

en calidad de apoderada de la parte convocante, YONNY CUE.LLAR CABRERA, según poder adjunto, a quien se le reconoció personería media~t~ auto 179-2018. Asimismo, comparece el doctor: ANDRES JOSE MUÑOZ CAÓAVID identificado con Cedula de Ciudadanía No.4.613.213 de Popayán (C) y portador de la Tarjeta Profesional No.148.007 del C.S.J., · en calidad de apoderado de la parte convocada, SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, según póder otorgado por Consuelo Vega Merchán en su condición de Coordinadora el Grupo Defensa Judicial de la Superintendencia y en acatamiento a lo establecidó:en el capítulo 1, artículo 3º numeral 3.2 de la Resolución de Delegación de Funci9.11es y Asignación de Competencias No.500-000267 de 2016, expedida por la SúHerintendencia de Sociedades, poder que se anexa junto a documentos que acredjtan su calidad en (20) folios. : , La señora Procuradora les reconoce personería judicial a las aloderadas de las partes en los términos indica os en los poderes otorgados: 1Acto seguido la Procuraduría Judicial con fundaf ento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia c n lo señalado en el numeral 4'itJ'el artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara a ierta la audiencia e instruye a lás partes sobre los 9bjetivos, alcance y límites de I conciliación extrajudicial en m.ateria contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de e;ohflictos . . '

9bjetivos, alcance y límites de I conciliación extrajudicial en m.ateria contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de e;ohflictos . . ' En este estado de la diligencia se concede el uso de la palaqrá ¡:¡ las partes para que expongan sucintamente sus posiciones en virtud de ·.16 · cual la parte convocante manifiesta: Cordial saludo, en mi condición apoderado de parte convocante, YONNY CU E LLAR CABRERA, manifiesto al · De:spacho que me ' ·· ratifico en los hechos y pretensiones que obran al expedienté Y,' se concilien los efectos contenidos y decididos conforme el Acuerdo No.040 d~ 1.991, y como consecuencia a título de restablecimiento del derecho se caíiééle favor de mi poderdante : YONNY CU E LLAR CABRERA, la suma'·; UN MILLON Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. 11 Judicial Administrativa 5 años ,., . t' '· ,: Disposición•Fi_na!: Archivo Cent~~I Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento. : r~ 'i.'.: PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015 . ,, SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015 l < :; FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4 p A ,.- -- GElm. OW llltlON ' i REG-IN-CE-002 Página 2 de 3 ..

CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS • 1 ,<

p A ,.- -- GElm. OW llltlON ' i REG-IN-CE-002 Página 2 de 3 .. CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS • 1 ,< ($1.427.137.óo) según Oficio No.2108-01-258880 de 21 de mayo de 2018 y certificación No'2018-01-247290 del 16 de mayo de 2018. Lo anterior por concepto de la reliquidación de los valores correspondientes a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación, por los periodos señalados en las liquidaciones que se adjuntan a esta solicitud en forma individual, quedando de esta forma presentadas las pretensiones de la parte convocante, Yonny Cuellar Cabrera en lé;i presente diligencia. ' Seguidame~te, se le concede el uso de la palabra al señor apoderado de la parte convocada,SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación: En mi calidad de apoderado de la Superintendencia de Sociedades y con fundamentos en las instruccione~, dadas por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la entidad, é@- la sesión del tres (03) de septiembre de 2018, acta No.27-2018, previo el eptudio individual del asunto solicitado por: YONNY CUELLAR CABRERA, DECIDIO de manera unánime CONCILIAR en los términos de la fórmula conciliatoria aprobada de manera general por el Comité en ACTA No.14 del dos (02)ide junio de 2015, aportando la respectiva certificación expedida por el Secretario técnico del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la

fórmula conciliatoria aprobada de manera general por el Comité en ACTA No.14 del dos (02)ide junio de 2015, aportando la respectiva certificación expedida por el Secretario técnico del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades de 04 de septiembre de 2018, en un (1) folio. El Comité _ de Conciliación y Defensa Judicial de la entidad, aprobó el reconocimiento y consecuente liquidación de la suma que por concepto de prima de actividad y bonificación por recreación por la inclusión de la reserva especial del ahorro, esto es el reconocimiento únicamente de las sumas que por capital se ha registrado; certificado y aceptado. No se reconocerán intereses, ni indexación o cualquier otro gasto que pretenda el convocante, esto es sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación que realizó la entidad debidamente aceptada por el funcionario. Así como el hecho de la prescripción trienal de aquellas sumas. El pago de la suma reclamada, individualizada, certificada y aceptada, se efectuara en Bogotá D.C,, dentro de los sesenta (60) días siguientes contados a partir de la fecha de la providencia debidamente ejecutoriada, mediante la cual el Juzgado Aclministrativo de Bogotá -Sección Segunda apruebe el presente Acuerdo Conciliatorio, no generando interés en este lapso, mediante consignación en la cuenta que el funcionario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina salvo indicación en contrario del solicitante, comunicada la misma al momento de elevar la petición de pago o en todo caso, antes de realizarse el pago respectivo. La Superintendencia de Sociedades reconocerá el valor allí indicado para la parte convocante, Jonny Cuellar Cabrera, esto es UN MILLON

momento de elevar la petición de pago o en todo caso, antes de realizarse el pago respectivo. La Superintendencia de Sociedades reconocerá el valor allí indicado para la parte convocante, Jonny Cuellar Cabrera, esto es UN MILLON

CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS

($1.427.137.oo). A renglón seguido se le concede el uso de la palabra al señor apoderado de la parte convocante, con el fin de que manifieste su posición frente a la fórmula de conciliación propuesta por la parte convocada: Superintendencia de Sociedades a través de su apoderado debida y legamente autorizado para ello, quien manifiesta: Como apoderado de la parte convocante, Yonny Cuellar Cabrera permito manifestar al Despacho que ACEPTO en todas y cada una sus partes y términos la propuesta:conciliatoria de la Superintendencia de Sociedades. Lugar de Archivo; procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final: N. 11 Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión ~orrecta antes de utilizar e! documento. ,@« PROCESO INTERVENCIÓN Fecha cte Revisión 24/08/2015

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha d~ :Aprobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA

',.,: ' 4 PROCURADURIA V~rs1on · 0fi!RAl O! U ilCI0N REG-IN-CE-002 . Págin~ 3 de 3 ; La Procuraduría Judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar d~ su cumplimiento

REG-IN-CE-002 . Págin~ 3 de 3 ; La Procuraduría Judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar d~ su cumplimiento y reúne los siguientes requisitos: (i) el eventual medio de contro!'.que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, Ley 23 de 1991, mó.c:Hficado por el art. 81, Ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre conflictos de carácter particular y contenido patrimonial disponibles por las partes (art. 59, Ley 23 de 1991 y 70, Ley 446 de 1998); (iii) las partes se encuentran debidamente representadas y sus representantes tienen capacidad para concfliar; (iv) obran en el expediente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo, así : Certificación expedida por el Coordinador el Grupo Administración de Personal, donde se certifica que Yonny Cuellar Cabrera es funcionario de la Superintendencia de Sociedades, además contiene la liquidación respectiva en un (t) folio. Derecho en un (1) folio. Oficio respuesta derecho de petición con raicado-2018-01-258880 de 21 de mayo de 2018. Acta No.014 de 2015, del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia en cinco (5) folios. Certificación suscrita por la Secretaria Técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades en un (1) folio. v) en criterio de esta agencia del Ministerio Publico, el acuerdo contenido en el acta no es violatbrio de la Ley y no

Secretaria Técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades en un (1) folio. v) en criterio de esta agencia del Ministerio Publico, el acuerdo contenido en el acta no es violatbrio de la Ley y no resulta lesivo para el patrimonio público (art 65. Ley 23 de 1991 Yart 73, Ley 446 de 1998). En consecuencia se dispondrá el envío de la presente acta, junto con los documentos pertinentes, al Juzgado Administrativo del Cí~cuito de Bogotá­ Sección Segunda (reparto) para efectos de control de legalidaOJ advirtiendo a los comparecientes que el Auto aprobatorio junto con la presenteracta de acuerdo, prestaran merito ejecutivo, y tendrán efecto de cosa juzgada, raión por la cual no son procedentes nuevas peticiones conciliatorias por los mismo hechos, ni demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativa por las mismas causas (art 73, Ley 446 de 1998 y art 24, Ley 640 de 2001 ). Se d!a por concluida la diligencia y en constancia se firma el acta por quienes en ellá 'intervinieron, una . vez lp a y aJJr a sien las 11 :20 a.m. . , /J Apoderado parte ,convocante.

ALBA LUCI

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición' Fina!: N. 11 Judicial Administrativa 5 años Archivo Cehtral Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documen~o

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