Acuerdo 2 de 2022
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- Acuerdo 2 de 2022
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
ACUERDO No. E-002 de 2022 (13 de julio)
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en el numeral 3 y 4 del artículo 265 de la Constitución Política en concordancia con el articulo 14 y el literal b), del artículo 187 del Código Electoral y, teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS
1.1. El 13 de marzo del año 2022 se realizaron en todo el territorio nacional las elecciones para el Congreso de la República período constitucional 2022-2026, iniciándose en la misma fecha los correspondientes escrutinios zonales y municipales.
1.2. Con ocasión de las elecciones para Congreso de la República celebradas el 13 de marzo del año 2022, se nombraron a los doctores Alfredo Benavides Zarate y Tomás Enrique Albino Becerra como delegados del Consejo Nacional Electoral para lo s escrutinios Generales en la respectiva circunscripción electoral.
1.3. En el curso de la audiencia de los escrutinios de los delegados del Departamento de Norte de Santander se presentaron los siguientes recursos de apelación y queja, así:
RECURSO RADICADO
INTERNO
RESUELVE
RECLAMACION
APELANTES SOLICITUD
APELACIÓN 0135 de
26/03/2022 Resolución No. 020 del 24 de marzo de 2022
CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE,
RECLAMACION
APELANTES SOLICITUD
APELACIÓN 0135 de
26/03/2022 Resolución No. 020 del 24 de marzo de 2022 CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0136 de
26/03/2022 Resolución No. 020 del 24 de marzo de 2022 CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de SantanderAcuerdo No. E-002 de 2022 Página 2 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
QUEJA 0137 de
26/03/2022 Contra las Resoluciones No. 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 13 y 17 del 20 de marzo de 2022
QUEJA 0137 de
26/03/2022 Contra las Resoluciones No. 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 13 y 17 del 20 de marzo de 2022 CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO, avalado por el Partido Político Centro Democrático.
APELACIÓN 0138 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0139 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0140 de
Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0140 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0141 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022
ROBERT PAUL VACA
CONTRERAS, Apoderado del
candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0145 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0146 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0149 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de
APELACIÓN 0149 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 24 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0150 de
26/03/2022 Resolución No. 25 del 24 de marzo de 2022 CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
APELACIÓN 0148 de
26/03/2022 Resolución No. 24 del 25 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
0147 de
Político Centro Democrático. Apelaciones nombradas por medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de Santander
0147 de 26/03/2022 Resolución No. 24 del 25 de marzo de 2022 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS, Apoderado del candidato a la Cámara de Apelaciones nombradas porAcuerdo No. E-002 de 2022 Página 4 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
1.4. En las instalaciones de Corferias Segundo Piso del Pabellón Primero, donde se están adelantando las audiencias de escrutinios a cargo del Consejo Nacional Electoral con ocasión de las elecciones del pasado 13 de ma rzo de 2022, se presentaron las siguientes solicitudes de saneamiento de nulidad y revisión con respecto a Cámara de Representantes circunscripción electoral Norte de Santander, además algunas se presentaron por el Gestor de la Corporación y/o la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral, así:
APODERADO CANDIDATO PARTIDO SOLICITUD FECHA Y
RADICADO
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200113 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO
DEMOCRATICO
Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200113 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200114 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200115 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200116 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200117 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200118 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200119 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200119 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200120 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200121 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200122 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200123 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200124 del 26/04/2022
APELACIÓN Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de
Representantes de Norte de Santander JUAN FELIPE CORZO ALVAREZ, avalado por el Partido Político Centro Democrático. medio del Acta General de Escrutinios para el departamento de Norte de SantanderAcuerdo No. E-002 de 2022 Página 5 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200125 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200126 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200127 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200128 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO
DEMOCRATICO
Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200128 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200129 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200130 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200131 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200136 del 26/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad CNE-RN-202200137 del 26/04/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-202200112 del 20/04/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-202200112 del 20/04/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-202200870 del 27/04/2022
ASTRID CAROLINA
SANCHEZ
JUAN FELIPE CORZO
ÁLVAREZ
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-202200135 del 26/04/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Exclusión de la votación de la mesa 04, puesto 01, zona 99 del Municipio de Salazar departamento Norte de Santander, porque revisado el formulario E17, los documentos electorales no fueron entregados dentro del término fijado por el artículo 144 del Código Electoral CNE-RN-2022014723 del 6/06/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-2022014724 del 6/06/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-2022014724 del 6/06/2022
CIRO JOSÉ MUÑOZ
OÑATE
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-RN-2022016847 del 30/06/2022 N/A
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-E-DG2022-016894 del 30/06/2022Acuerdo No. E-002 de 2022 Página 6 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
N/A
JUAN CARLOS
CAPACHO DELGADO
CENTRO DEMOCRATICO Saneamiento de nulidad, revisión de Escrutinios CNE-E-DG2022-017034 del 01/07/2022
1.5. Por reparto en Sala Plena de la Corporación del 19 de abril de 2022, le correspondió a los Magistrados del Consejo Nacional Electoral Doris Ruth Méndez Cubillos y Hernán Penagos Giraldo, conocer y sustanciar lo referente al proceso de votación y escrutinios del Departamento de Norte de Santander.
1.6. Por medio de auto de 2 mayo de 2022 de los Despachos Sustanciadores avocaron
Giraldo, conocer y sustanciar lo referente al proceso de votación y escrutinios del Departamento de Norte de Santander.
1.6. Por medio de auto de 2 mayo de 2022 de los Despachos Sustanciadores avocaron conocimiento de los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y de otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo d el año 2022 , también acumuló los recurso s de apelación y queja, además convocaron a audiencia pública para la sustentación de los recursos de apelación y escuchar a los candidatos y/o apoderados de los Partidos, Movimientos Políticos, Grupos Significativos de ciudadanos o Grupos Sociales que avalaron o inscribieron candidatos al Congreso de la República.
1.7. Por medio de las siguientes comunicaciones, que se mencionaran en el siguiente cuadro, la Subsecretaría de la Corporación, las realizó de la siguiente forma:
No
APODERADO CANDIDATO /
PARTIDO / MINISTERIO
PÚBLICO
CORREO ELECTRÓNICO DÍA DE
COMUNICACIÓN Publicación Auto del 2 de mayo de 2022, en la página web del CNE 1 ASTRID CAROLINA SANCHEZ astridsanchez66@gmail.com 3 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022 2 CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE cirojmunoz@gmail.com 3 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022 3 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS No tiene 3 de mayo de 2022 4 JUAN FELIPE CORZO ÁLVAREZ juan848@hotmail.com 3 de mayo de
3 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022 3 ROBERT PAUL VACA CONTRERAS No tiene 3 de mayo de 2022 4 JUAN FELIPE CORZO ÁLVAREZ juan848@hotmail.com 3 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022 5 JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO juanc.capacho@gmail.com 3 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022 6
CENTRO DEMOCRÁTICO y a los
Doctores Hollman Ibáñez Parra y Martín Portela Perdomo administrativayfinanciera@centrodemocr atico.com / hollman@ibanezparra.co y hollmanibanez@lawyersenterprise.com 3 y 9 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022 7 MINISTERIO PÚBLICO notificaciones.cne@procuraduria.gov.co 9 de mayo de 2022 3 de mayo de 2022
1.8. Mediante oficio CNE-E-DG-2022-011959, de fecha 3 de mayo de 2022, presentado ante la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral, el doctor Ciro José Muñoz Oñate, apoderado del candidato JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO , solicitó que se le autoriza ra la entrega de las copias relacionadas con las solicitudes de saneamiento de nulidad aportadas por la apoderada del candidato JUAN FELIPE CORZO ÁLVAREZ. Además, la entrega o inspección de los formularios E-11 y E-17 correspondientes a las mesas de votación correspondientes alAcuerdo No. E-002 de 2022 Página 7 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
departamento de Norte de Santander, por último, manifestó que no se le tuvo en cuenta las solicitudes de saneamiento de fechas 20 y 27 de abril de 2022.
1.9. El 10 de mayo de 2022, los despachos sustanciadores le entregaron al doctor Ciro José Muñoz Oñate, apoderado del candidato Juan Carlos Capacho Delgado, las copias solicitadas referenciadas en el numeral anterior, y además en audiencia pública de fecha 10 de mayo de 2022, se le informó respecto a la entrega de los formularios E -11 y E-17, que sus solicitudes fueron trasladadas a la doctora Ludis Emilse Campo, Directora de Gestión Electoral y al doctor Carlos Alberto Arias Moncaleano, Secretario de la Comisión Escrutadora de la Registraduría Nacional del Estado Civil, por ser de su competencia y se le aclaró que frente a la solicitud de saneamiento de fecha 20 de abril de 2022, es la misma solicitud radicada con el número CNERN-2022-0112 del 26 de abril de 2022 por parte de la Subsecretaría de la Corporación. Igualmente, frente a la solicitud de saneamiento de fecha 27 abril de 2022, se precisa que fue recibida por la comisión N° 4, conformada por los Magistrados Ponentes, el día 03 de mayo de 2022, fecha posterior a la expedición del Auto correspondiente. Sin embargo, se le señala que se tendrá en cuenta para efectos de las decisiones a que haya lugar.
2022, fecha posterior a la expedición del Auto correspondiente. Sin embargo, se le señala que se tendrá en cuenta para efectos de las decisiones a que haya lugar.
1.10. Mediante oficio CNE-E-DG-2022-011988, de fecha 3 de mayo de 2022, recibida a través del gestor documental de la Corporación, el candidato Juan Carlos Capacho Delgado, radicó solicitud en idénticos términos a la presentada por su apoderado Ciro José Muñoz Oñate , mencionada en el numeral 1.7, del presente acto administrativo.
1.11. En audiencia pública de escrutinio celebrada el 10 de mayo de 2022, se presentaron las siguientes intervenciones:
1.11.1. Doctora Astrid Carolina Sánchez, identificada con C.C N°36.309.832 y T.P N°167.724 del Consejo Superior de la Judicatura, apoderada del candidato Juan Felipe Corzo Álvarez:
“1. Frente a los recursos presentados por el entonces apoderado del candidato, manifiesta que desiste de los recursos con radicados 138-139-140-142-144-145146-147-148 y 149 del 26 de marzo de 2022, interpuestos contra la Resolución N°24 del 24 de marzo de 2022.
Sustenta recursos de apelación de los radicados de la siguiente manera: Radicado 141 (mesa 4 zona 00 puesto 00, del Municipio de la Esperanza) Los Delegados del Consejo Nacional Electoral ordenaron reestablecerle un voto al candidato Juan Carlos Capacho, porque aparecía registrado en el formulario E-14 mientras que en el E -24 se habían registrado 0 votos, sin embargo, los delegados no tuvieron en cuenta que en el Acta de Escrutinios aparece
al candidato Juan Carlos Capacho, porque aparecía registrado en el formulario E-14 mientras que en el E -24 se habían registrado 0 votos, sin embargo, los delegados no tuvieron en cuenta que en el Acta de Escrutinios aparece relacionado un recuento de votos, verificándose que el candidato Capacho no tuvo votos en esa mesa. Radicado 144 (mesa 3 zona 01 puesto 01, del municipio de Los patios) Los Delegados ordenaron reestablecerle al candidato Capacho 10 votos que aparecían en el formulario E -14 mientras que en el E -24 solo aparecía 1 voto, sin embargo, los delegados no tuvieron en cuenta que en el Acta General deAcuerdo No. E-002 de 2022 Página 8 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
Escrutinios de la mesa correspondiente a la comisión auxiliar 1 aparece registrado un recuento que justifica la modificación.
2. Frente a los recursos presentados por el apoderado del candidato Juan Carlos Capacho Delgado y se opone a cada uno de ellos por las siguientes razones:
Recurso con Radicado 135: Mesa 13 puesto 1 zona 4, del municipio de Cúcuta, la solicitud del apoderado no es clara en precisar si el candidato obtuvo 16 o 2 votos en dicha mesa.
El recuento evidencia que el candidato no tenía votos en esa mesa, por lo tanto, le asiste razón a los delegados.
Recurso con Radicado 136:
El recuento evidencia que el candidato no tenía votos en esa mesa, por lo tanto, le asiste razón a los delegados.
Recurso con Radicado 136:
Mesa 14 puesto 7 zona 7, del municipio de Cúcuta. El recurrente manifiesta que en el E14 le aparece a su poderdante 9 votos y en el E-24 aparecen solo 3 votos, se advierte que los delegados evidenciaron que no existe ninguna inconsistencia, por cuanto, tanto en el acta auxiliar de escrutinios como en el E14 se observa una anotación de los jurados, según la cual, hubo un error y los votos del Partido Cambio Radical y Partido Centro Democrático se intercambiaron, hubo revisión y el candidato 105 sólo obtuvo 3 votos, que es la cifra que aparece en el E -24, y por lo tanto, no hubo ninguna corrección.
Mesa 23 pu esto 4 zona 2, del municipio de Cúcuta, aparece recuento que justifica la diferencia de votos entre el E-14 y el E-24.
Mesa 7 puesto 7 zona 7, del municipio de Cúcuta, el recurrente afirma que en el E-14 le aparecen a su poderdante 5 votos mientras que en el E-24 aparecen 4 votos. La solicitud no es precisa por cuanto en el E-14 no se registraron ni 5 ni 4 votos sino 23, que corresponden a la votación total del Partido y fue un error que se evidenció por los jurados, se hizo recuento y el candidato 105, sólo obtuvo 4 votos, por lo cual le asiste razón a los delegados.
Mesa 7 puesto 5 zona 2, del municipio de Cúcuta, también está justificada la
se evidenció por los jurados, se hizo recuento y el candidato 105, sólo obtuvo 4 votos, por lo cual le asiste razón a los delegados.
Mesa 7 puesto 5 zona 2, del municipio de Cúcuta, también está justificada la diferencia de votos en un recuento según se lee en el acta general de escrutinios de la Comisión Auxiliar 7 de ese Municipio.
Mesa 16 puesto 1 zona 7, del municipio de Cúcuta, el recurrente afirma que en el E-14 le aparecen al candidato Juan Felipe Corzo 7 votos mientras que en el formulario E-24 se le consolidan 8 votos. Le asiste razón a los Delegados, puesto que si bien en el resumen de las mesas con recuento que consta en el acta no aparece relacionada, en el cuerpo del acta si aparece un recuento que justifica dicha diferencia.
Frente al Recurso con Radicado 150: Mesa 21 Puesto 1 Zona 1, municipio de Villa del R osario, el recurrente afirma que en el E -14 le aparecen a su poderdante 2 votos mientras que en el E -24 solamente 1 voto, sin embargo, los delegados advirtieron que no existe ninguna inconsistencia, por cuanto, en el cuerpo del acta auxiliar de escrutinio de la comisión auxiliar 1 de Villa del Rosario aparece el recuento que justifica la diferencia.
Frente a la mesa del Municipio del Carmen en el recurso no se identificó ni puesto ni mesa de la zona 99, ni se identificó un motivo de inconformidad concreta. En la resolución se puso de presente la mesa 1 del puesto 8 zona 99, municipio del Carmen, los delegados pusieron de presente que esa mesa no hace parte
puesto ni mesa de la zona 99, ni se identificó un motivo de inconformidad concreta. En la resolución se puso de presente la mesa 1 del puesto 8 zona 99, municipio del Carmen, los delegados pusieron de presente que esa mesa no hace parte del municipio, lo cual se verificó con DIVIPOL.
Mesa 1 Puesto 50 Zona 99, municipio La Playa, no aparece relacionada en la Resolución apelada y tampoco se identificó motivo de inconformidad concreto.Acuerdo No. E-002 de 2022 Página 9 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
En la resolución se hace referencia a la mesa 1 puesto 40 zona 99, municipio La Playa, los Delegados advirtieron que esa mesa no existe en el municipio.
Ahora de la mesa 1, puesto 50 de la zona 99, de este municipio se advierte que no hay ninguna inconsistencia y no hubo ningún recuento de datos, por lo que la información es correcta.
Mesa 2 Puesto 5 Zona 99, municipio de San Cayetano, la mesa también f ue recontada como se evidencia en la parte final del acta y en el cuerpo del acta respectiva.
3. En cuanto al Recurso de Queja presentado por el apoderado del candidato
Juan Carlos Capacho Delgado.
Frente a las Resoluciones 3, 5, 6 y 17 del 20 de marzo de 2022, considera que el recurso debe ser rechazado al no cumplir con el requisito del numeral 2 del
Juan Carlos Capacho Delgado.
Frente a las Resoluciones 3, 5, 6 y 17 del 20 de marzo de 2022, considera que el recurso debe ser rechazado al no cumplir con el requisito del numeral 2 del artículo 77 del CPACA, dado que no existe ninguna sustentación en el escrito.
Frente a la Resolución 8, que, si tiene sustentación, considera que el recu rso debe ser desestimado por las siguientes razones:
En primer lugar, el recurso de queja procede cuando se rechace el de apelación, pero los argumentos planteados por el apoderado no se refieren a esta decisión sino a la decisión de fondo de rechazar la petición de recuento.
Se precisa que lo que se presentó fue una solicitud de recuento y no una de reclamación o saneamiento, por lo que no es aplicable la Resolución 4121 de 2011 que invocó el recurrente como sustento de su recurso, en la medida que dicha resolución se refiere es a las solicitudes de saneamiento y se insiste él presentó fue una solicitud de recuento.
Por último, no debe prosperar el recurso dado que la decisión de los Delegados del Consejo Nacional Electoral de rechazar la petición de recuento fue acertada en la medida que fue extemporánea y se dio aplicación correctamente al principio de preclusión, porque no hubo solicitud de recuento ante la Comisión Escrutadora Municipal que era la competente.
4. En cuanto a la Solicitud de Saneamien to y Revisión de Escrutinios presentados por el apoderado del candidato Juan Carlos Capacho Delgado.
Varias de ellas corresponden a los recursos referidos, en todo caso las demás solicitudes están justificadas en los recuentos tal como se detalla en escri to
presentados por el apoderado del candidato Juan Carlos Capacho Delgado.
Varias de ellas corresponden a los recursos referidos, en todo caso las demás solicitudes están justificadas en los recuentos tal como se detalla en escri to puesto a consideración. En cuanto a la Mesa 23 puesto 00 zona 00, municipio de Convención, el solicitante planteó que al candidato Capacho obtuvo 5 votos como consta en el E-14 y en el formulario E -24 solo aparece 1 voto cuya diferencia debe restablecerse, sin embargo, no es cierto que esos votos no estén incorporados. No hay lugar a modificación, dado que en el formulario E-26 se alimentó de ese formulario en archivo plano.
5. Frente a las Solicitudes de Saneamiento presentadas por la apoderada del
candidato Juan Felipe Corzo.
El estudio de las solicitudes se hizo a partir de los análisis de los formularios contenidos en los archivos planos que la Registraduría ha puesto a consideración de los auditores de los Partidos, criterio avalado por la jurisprudencia de la sección quinta del Consejo de Estado, que en fallo del año pasado señaló que las eventuales irregularidades se pueden presentar a partir de las diferencias establecidas entre los diferentes archivos planos.
Insiste en cada una de las solicitudes y deben ser estudiadas por el Consejo Nacional Electoral en la medida que fueron presentadas oportunamente, antesAcuerdo No. E-002 de 2022 Página 10 de 43
Por el cual se resuelven los recursos presentados en el escrutinio general del departamento de Norte de Santander y otras solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
que se declare la elección y en consecuencia, debe accederse a cada una de
solicitudes, con ocasión de las elecciones para Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo del año 2022.
que se declare la elección y en consecuencia, debe accederse a cada una de ellas.
Se deja constancia que la doctora Astrid Caroli na Sánchez presenta memorial en 14 folios.”.
1.11.2. El Doctor CIRO JOSE MUÑOZ OÑATE, apoderado del candidato a la Cámara de Representantes de Norte de Santander JUAN CARLOS CAPACHO DELGADO:
“Apelaciones presentadas por el candidato Juan Felipe Corzo (105) del Partido
Centro Democrático:
1. Se apeló la Resolución No. 24 del 24 de marzo del 2022, municipio Los Patios, Zona 1, Puesto 3, Mesa 12, esa apelación no tiene fundamento alguno, en tanto que leída el AGE página 34 y 35 no registra realización de recuento de votos, es decir, que los dato s electorales contenidos en el E -14 con 1 voto al
candidato 102, es el que debe tenerse en cuenta y no 2 votos como aparece en el E -24, es decir, no existe justificación alguna de que en esa apelación se indique que tiene derecho a votos.
2. Apelación Resolución No. 24 del 24 de marzo del 2022, municipio Los Patios, Zona 1, puesto 5, mesa 10, leída el AGE página 23, no registra realización de recuento de votos, es decir, que los datos electorales contenidos en el E-14, con
2 votos al candidato 105 es el que debe tenerse en cuenta y no 0 votos en el E24.
3. Apelación Resolución No. 24 del 24 de marzo del 2022, municipio Los Patios,
2 votos al candidato 105 es el que debe tenerse en cuenta y no 0 votos en el E24.
3. Apelación Resolución No. 24 de
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