Acuerdo 228-221
Registro General de la Propiedad
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Detalles
- Título
- Acuerdo 228-221
- Autor
- Registro General de la Propiedad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- General
- Año
- —
ACUERDO ADMINISTRATIVO 228-2021
EL REGISTRADOR GENERAL DE LA PROPIEDAD
Licenciado Luis Alfredo Pineda Loarca CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 8 del Decreto 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto, los presupuestos públicos son la expresión anual de los planes del Estado, elaborados en el marco de la estrategia de desarrollo económico y social, en aquellos aspectos que exigen por parte del sector público, captar y asignar los recursos conducentes para su normal funcionamiento y para el cumplimiento de los programas y proyectos de inversión, a fin de alcanzar las metas y objetivos sectoriales, regionales e institucionales.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 1 del Acuerdo Administrativo 227-2021, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro General de la Propiedad para el ejercicio fiscal 2021, aprobado por la Comisión Nacional Registral, asciende a un monto de doscientos veintidós millones ciento noventa y tres mil trescientos noventa y tres quetzales con veintidós centavos
(Q222,193,393.22).
POR TANTO: El Registrador General de la Propiedad de la Zona Central, con base en lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 27 del Acuerdo Gubernativo número 302005, Reglamento de los Registros de la Propiedad.
ACUERDA: Artículo 1. Aprobación. Se aprueba el Plan Estratégico Institucional -PEI2022-2026, contenido en 21 folios impresos en ambos lados; el Plan Operativo Anual 2022 y el Plan Operativo Multianual 2022-2026, contenido en 83 folios impresos en ambos lados.
contenido en 21 folios impresos en ambos lados; el Plan Operativo Anual 2022 y el Plan Operativo Multianual 2022-2026, contenido en 83 folios impresos en ambos lados. Artículo 2. Informes de avance. Todas las Unidades Organizacionales del Registro General de la Propiedad deberán enviar mensualmente a la Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional el informe de ejecución de las metas y acciones aprobadas en el Plan Operativo Anual 2022. Artículo 3. Actualizaciones y modificaciones. Las actualizaciones y modificaciones derivadas de cambios o replanteamientos en los objetivos, así como en las metas físicas o presupuestarias que sean necesarias incorporar al contenido del Plan Estratégico Institucional 2022-2026; al Plan Operativo Anual 2022 o al Plan Operativo Multianual 2022-2026 del Registro General de la Propiedad de la Zona Central, deberá realizarlos la Unidad de Planificación y Seguimiento a la ESTACHEestión Institucional en coordinación con las Unidades Organizacionales involucradas, previa Fi "277 utorización del Registrador General de la Propiedad mediante el Acuerdo Administrativo 5 oStorrespondiente. ÑO e
5ACUERDO ADMINISTRATIVO 228-2021
EL REGISTRADOR GENERAL DE LA PROPIEDAD Licenciado Luis Alfredo Pineda Loarca Artículo 4. Informes cuatrimestrales. La Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional será la responsable de la elaboración de los Informes Cuatrimestrales de Avance en Metas, Indicadores de Desempeño y Calidad del Gasto, de acuerdo a los lineamientos que establezca para el efecto la Secretaría de Planificación y Programación de la PresidenciaMetas, Indicadores de Desempeño y Calidad del Gasto, de acuerdo a los lineamientos que establezca para el efecto la Secretaría de Planificación y Programación de la PresidenciaSEGEPLAN-. La Dirección Financiera será la responsable de la elaboración de los Informes Cuatrimestrales de Gestión y Rendición de Cuentas de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio de Finanzas Públicas. Artículo 5. Informes de gestión. La elaboración de los informes a que hace referencia el Artículo 17 Ter. de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97, será responsabilidad de la Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional, para lo cual, las distintas Unidades Organizacionales deberán de proveer la información que les corresponde en las formas y tiempos que para el efecto establezca la Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional. Artículo 6. Publicación. Los documentos aprobados mediante el presente Acuerdo Administrativos deberán ser publicados en el Portal Web Institucional, el cumplimiento de esta norma será responsabilidad de la Unidad de Acceso a la Información Pública. Artículo 7. Socialización. La Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional deberá socializar los documentos aprobados mediante este Acuerdo Administrativo a todas las Unidades Organizacionales del Registro General de la Propiedad. Artículo 8. Vigencia. El presente Acuerdo surte efectos de manera inmediata. Artículo 9. Notificación: Notifíquese a la Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional para los efectos pertinentes. Dado en la ciudad de Guatemala, a los veintitrés días del mes de diciembre de dos mil veintiuno. i dor (peneral Registro G 'al de la Propiedad—[
Institucional para los efectos pertinentes. Dado en la ciudad de Guatemala, a los veintitrés días del mes de diciembre de dos mil veintiuno. i dor (peneral Registro G 'al de la Propiedad—[
REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD
PLAN ESTRATÉGICO
INSTITUCIONAL
2022-2026UN 00 mi DICIEMBRE DE 2021ÍNDICE GENERAL Presentación ............. me. eee ee eee e eee eee ce eee
1. Análisis de mandatos y políticas... 1.14. Antecedentes.....................e..inee en 1.2. Marco jurídiCO..................eme...e0eee eee 1.3. Análisis mandatos.................—...e.eee00e000 1.4. Política General de Gobierno 2020 - 2024 ................ 1.5. Vinculación al Plan Nacional de Desarrollo ..
2. Marco institucional.....................e...eee.eeeee ns 2.1. Funciones principales ........ 2.2. Servicios que brinda el Registro General de la Propiedad ........................«..c....enee.cen0.m.... 13 2.3. Estructura organizativa............................eeenenee e...
3. Población objetivo .................m..mmeeemeeeie st iaesaeaes
4. Análisis de actores
5. Análisis de la problemática........................e.en.em0eeee.... 5.1. Modelo conceptual......................emeeseeecenie eee 5.2. Modelo explicativo ...................—....m.e.emeem 5.2.1. Modelo explicativo por factor causal ................ 5.3. Modelo prescriptivo ....................e..ecmeene e 5.4. Modelo lógico de la estrategia
6. Análisis FODA...
7. Marcoestratégico institucional....................e.....e....e.e......
5.3. Modelo prescriptivo ....................e..ecmeene e 5.4. Modelo lógico de la estrategia
6. Análisis FODA...
7. Marcoestratégico institucional....................e.....e....e.e......
7.1. 7.3. Valores 7.4. Objetivo institucional ................—..—..c...m.esemeceneenene
8. Resultados institucionales..................... 8.1. Resultado final.... 8.2. Resultados intermedios................—....—....meeeeeeeeeee.
9. Estructura presupuestaria........................e.e.emmeneene
10. Productos y subproductos11. Planificación multianual a nivel de productos y subproductos....................e.e.eneeee0emen0.... 34 11.1. Período 2022-202311.2. Período 2024-2026 .37
12. Mecanismo de seguimiento ...4013. Ficha de indicador institucional |
14. Ficha de Aprobación = =ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1. Formato SPPD-01, análisis de mandatos. ..........
Tabla 2. Análisis de vinculación a la Política General de Gobierno 2020-202: Tabla 3. Análisis de vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo. Tabla 4. Catálogo de servicios registrales. Tabla 5. Formato SPPD-05, análisis de la población. Tabla 6. Formato SPPD-11, Análisis de Actores. Tabla 7. Referencias para el formato SPPD-1. Tabla 8. Modelo explicativo de la estrategia... Tabla 9. Modelo lógico de la estrategia. Tabla 10. Análisis FODA. . Tabla 11. Matriz de estrategias FODA. ............
Tabla 8. Modelo explicativo de la estrategia... Tabla 9. Modelo lógico de la estrategia. Tabla 10. Análisis FODA. . Tabla 11. Matriz de estrategias FODA. ............ Tabla 12. Estructura presupuestaria a nivel de actividad. Tabla 13. Productos y subproductos institucionales..... ÍNDICE DE GRÁFICOS Gráfico 1. Modelo conceptual. ...................—.—..—e.meenie0e eee eee eee eee eee Gráfico 2. Identificación del factor causal 1 Gráfico 3. Identificación del factor causal 2 Gráfico 4. Identificación del factor causal 3 Gráfico 5. Identificación del factor causal 4. .. Gráfico 6. Modelo explicativo del factor causal 1. Gráfico 7. Modelo explicativo del factor causal 2. Gráfico 8. Modelo explicativo del factor causal 3. Gráfico 9. Modelo explicativo del factor causal 4.Presentación El Plan Estratégico Institucional del Registro General de la Propiedad, es el resultado de un ejercicio de planificación participativo y multidisciplinario con representación de todas las unidades organizacionales que lo conforman, fue elaborado de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Guía Conceptual de Planificación y Presupuesto por Resultados para el Sector Público emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia. En el marco de los esfuerzos compartidos para la promoción del desarrollo integral de la población, el Plan Estratégico Institucional se encuentra armonizado con la Política General de Gobierno 2020-2024, así como con el Plan Nacional de Desarrollo K'atún, nuestra Guatemala 2032, ya que los servicios institucionales contribuyen a generar un ambiente propicio para la inversión
Gobierno 2020-2024, así como con el Plan Nacional de Desarrollo K'atún, nuestra Guatemala 2032, ya que los servicios institucionales contribuyen a generar un ambiente propicio para la inversión extranjera directa y el dinamismo de la economía local, a través de brindar certeza jurídica en los derechos de propiedad de bienes inmuebles y muebles identificables. Las acciones estratégicas que se implementarán durante los próximos cinco años, buscan incrementar sustancialmente el índice de eficiencia en el proceso de Operación Registral mediante la implementación de tecnologías de vanguardia, el mejoramiento de los servicios de capacitación a usuarios externos, el fortalecimiento institucional de todo el recurso humano, entre otras. Garantizando de esta manera, una prestación de servicios de calidad, ágiles, seguros y eficientes. Cualquier actualización al presente documento deberá realizarse en estricto apego a las instrucciones emanadas por el Registrador General de la Propiedad y/o cualquier otra disposición de observancia general que emitan la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, el Ministerio de Finanzas Públicas o el Congreso de la República.r [
1. Análisis de mandatos y políticas 1.1. Antecedentes El Registro de la Propiedad Inmueble, como institución, fue creada en 1877, por el gobierno de Justo Rufino Barrios, para el control legal de la propiedad de los bienes raíces. Tiene su antecedente en una disposición del gobierno de Mariano Gálvez, en la cual se sustituyó el diezmo por un impuesto territorial, basado éste en el Registro de la Propiedad Inmueble. Sustituyó el archivo de la Propiedad Inmueble, creado el 24 de abril de 1866. El gobierno de José María Reyna
por un impuesto territorial, basado éste en el Registro de la Propiedad Inmueble. Sustituyó el archivo de la Propiedad Inmueble, creado el 24 de abril de 1866. El gobierno de José María Reyna Barrios construyó el edificio del Registro de la Propiedad Inmueble en la esquina de la novena calle y décima avenida, en la zona 1 de la ciudad de Guatemala. En 1898 el Registro se descentralizó en seis registros de la propiedad: Guatemala, Quetzaltenango, Jalapa, Zacapa, Alta Verapaz y San Marcos, mismos que tenían a su cargo la inscripción de inmuebles de los departamentos cercanos que les fueron indicados. Es de hacer notar que el situado en San Marcos solo inscribía inmuebles situados en su jurisdicción departamental. Para analizar la situación y los problemas de los seis registros, fue nombrada una comisión supervisora para establecer si estaban cumpliendo con las atribuciones que tenían asignadas. El estudio detectó errores y anomalías en algunos registros, por lo que para corregir tal situación se emitió un Acuerdo Gubernativo el 1 de noviembre de 1877 por el cual se suprimieron tres registros y quedaron funcionando los de Guatemala, Jalapa y Quetzaltenango. El de Jalapa se canceló posteriormente quedando el Registro de la Propiedad Inmueble con carácter de Registro General en Guatemala y el de Quetzaltenango, conocido como Segundo Registro de la Propiedad. Esta situación se legalizó con los Acuerdos Gubernativos del 1 de junio, 10 y 28 de julio de 1933 y 12 de junio de 1934. Cabe destacar que en 1963, en virtud de la emisión y vigencia en ese año del nuevo Código Civil, Decreto Ley número 106, el Registro de la Propiedad
10 y 28 de julio de 1933 y 12 de junio de 1934. Cabe destacar que en 1963, en virtud de la emisión y vigencia en ese año del nuevo Código Civil, Decreto Ley número 106, el Registro de la Propiedad Inmueble cambió su denominación por el de Registro General de la Propiedad, suprimiendo la palabra inmueble, porque el nuevo Código Civil también autoriza la inscripción de bienes muebles identificables y el registro de prendas. Actualmente funcionan dos registros, el Registro General de la Propiedad de la Zona Central con sede en la Ciudad de Guatemala que atiende a los departamentos de Guatemala, Sacatepéquez, Chimaltenango, Santa Rosa, Jutiapa, Jalapa, Zacapa, Chiquimula, Progreso, Izabal, Escuintla, Petén, Alta Verapaz y Baja Verapaz y el Segundo Registro de la Propiedad, con sede en la ciudad de Quetzaltenango, el cual atiende a los departamentos de Quetzaltenango, Retalhuleu, Suchitepéquez, Totonicapán, Huehuetenango, Sololá, Quiché y San Marcos. - A 041.2. Marco juridico Constitución Política de la República (1985), Artículo 230. Decreto Ley No. 106, Código Civil (1963), Artículos 119, 131, 361, 531, 633, 732, 829, 866 y del 1124 al 1250. Decreto No. 314 del Congreso de la República, Código de Notariado (1946). Decreto No. 111-96 del Congreso de la República (1996), Arancel de Abogados, Árbitros, Procuradores, Mandatarios Judiciales, Expertos, Interventores y Depositarios. Decreto Gubernativo No. 2569 (1941), Requisitos de planos.
Procuradores, Mandatarios Judiciales, Expertos, Interventores y Depositarios. Decreto Gubernativo No. 2569 (1941), Requisitos de planos. Decreto No. 33-2000 del Congreso de la República (2000), Requisitos de planos. Decreto 41-2005 del Congreso de la República (2005), Ley del Registro de Información Catastral. Decreto Ley No. 141-85 (1985), Titulación de Bienes del Estado. Decreto Ley No. 125-83 (1983), Rectificación de Área de Bienes Inmuebles Urbanos. . Decreto Gubernativo No. 2476 (1940), Requisitos de Planos. . Decreto No. 93-2000 del Congreso de la República (2000), Ley de Aviación Civil, Limitaciones a la Propiedad Privada. . Decreto No. 51-2007 del Congreso de la República (2007), Ley de Garantías Mobiliarias. . Decreto No. 62-97 del Congreso de la República (1997), Ley de Inmovilización Voluntaria de Bienes Registrados. . Decreto No. 1318 del Congreso de la República (1959), Ley de la Propiedad Horizontalmente Dividida. . Decreto No. 1427 del Congreso de la República (1961), Ley de Parcelamientos Urbanos. . Decreto No. 49-79 del Congreso de la República (1979), Ley de Titulación Supletoria. . Decreto No. 120-96 del Congreso de la República (1996), Ley de Vivienda y Asentamientos Humanos. . Decreto No. 1448 del Congreso de la República (1961), Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas. . Decreto No. 583 del Presidente de la República (1956), Ley Preliminar de Urbanismo.
Humanos. . Decreto No. 1448 del Congreso de la República (1961), Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas. . Decreto No. 583 del Presidente de la República (1956), Ley Preliminar de Urbanismo. . Decreto Gubernativo No. 1786 (1936), Ley Reglamentaria para Trabajos de Agrimensura. . Decreto-Ley No. 82-84 (1984), Ley Reguladora del Procedimiento de Localización y Desmembración de Derechos sobre Inmuebles Proindivisos. . Decreto No. 90-2005 del Congreso de la República (2005), Ley del Registro Nacional de las Personas. . Decretos No. 14-2006, 31-2006, 29-2007 del Congreso de la República (2006 y 2007), Reformas a la Ley del Registro Nacional de las Personas . Acuerdo Gubernativo No. 286-98 (1998), Reglamento de la Ley de Vivienda y Asentamientos Humanos. . Acuerdo Gubernativo de 14 de mayo de 1962, Reglamento de la Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA).26. Acuerdo Gubernativo No. 325-2005 (2005), Arancel General para los Registros de la Propiedad.
27. Acuerdo Gubernativo No. 30-2005 (2005), Reglamento de los Registros de la Propiedad y sus Reformas. 1.3. Análisis mandatos Tabla 1. Formato SPPD-01, análisis de mandatos.
MANDATO O NORMATIVA Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución de 10 de diciembre de 1948.
MANDATO O NORMATIVA Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución de 10 de diciembre de 1948. FUNCIONES QUE DESARRO LA INSTITUCIÓN Proveer de manera eficiente la inscripción y/o registro de los titulares de bienes inmuebles, muebles identificables y demás derechos reales con excepción de las garantías mobiliarias que se constituyan de conformidad con la Ley de Garantías Mobiliarias. BENEFICIO QUE RECIBE LA POBLACIÓN Certeza jurídica y seguridad registral en inscripción, anotación y cancelación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles y muebles identificables con excepción de las garantías mobiliarias que se constituyan de conformidad con la Ley de Garantías Mobiliarias, con el objeto de proteger el derecho humano fundamental de la propiedad. Constitución Política de la República de Guatemala. Compromiso de la modernización del Modelo de Gestión del Registro General de la Propiedad que garantice el derecho del ciudadano a la propiedad. Garantizar a través del Modelo de Gestión Registral el derecho a la propiedad privada de los guatemaltecos. Código Civil, Decreto-Ley 106 Libro Cuarto del Registro General de la Propiedad. La inscripción, anotación y cancelación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles y muebles identificables con excepción
Libro Cuarto del Registro General de la Propiedad. La inscripción, anotación y cancelación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles y muebles identificables con excepción de las garantías mobiliarias que se constituyan de conformidad con la Ley de Garantías Mobiliarias. Garantizar con certeza jurídica y seguridad registral los actos requeridos por los titulares de bienes inmuebles, muebles y demás derechos reales, con el objeto de proteger el derecho de la propiedad. Código Penal de Guatemala, Decreto 17-73, Título Vill, capítulo 11 “De la falsificación de los documentos”. Coadyuvar a controles estratégicos para tutelar el bien jurídico con eficiencia y transparencia, para evitar la falsedad material e ideológica. Preservar el derecho de propiedad con seguridad registral y la protección contra falsificaciones.INCIONES QUE DESARROLL, BENEFICIO QUE RECIBE LA INSTITUCIÓN POBLACIÓN Ley Orgánica del Presupuesto, | Vinculación Plan-Presupuesto para | Programación, organización, artículos 3 y 4; artículos 8, 30 y | captar y asignar les recursos para el | coordinación, ejecución y 42 del Decreto número 101-97, y | normal funcionamiento y para el | control de la captación de los sus reformas: Acuerdo | cumplimiento de los programas y | recursos públicos, con principios Gubernativo No. 540-2013 | proyectos de inversión y alcanzar las | de legalidad, economía, Reglamento de la “Ley Orgánica | metas y objetivos institucionales. eficiencia, eficacia y equidad,
Gubernativo No. 540-2013 | proyectos de inversión y alcanzar las | de legalidad, economía, Reglamento de la “Ley Orgánica | metas y objetivos institucionales. eficiencia, eficacia y equidad, del Presupuesto” para el cumplimiento de los programas y los proyectos conforme con las políticas establecidas. MANDATO O NORMATIVA Ley de Acceso a la Información | Garantizar a todas las personas su | Máxima publicidad, Pública, Decreto No. 57-2008 derecho de acceso a la información | transparencia en el manejo y pública y a su participación dentro de | ejecución de los recursos la auditoría social y fiscalización | públicos y actos de la ciudadana administración pública; gratuidad en el acceso a la información pública; sencillez y celeridad de procedimiento. Política Agraria Garantizar con certeza y seguridad | Inscripción de las propiedades jurídica sobre la propiedad, posesión y | como efectos de la adjudicación tenencia de la tierra, con base en una | gratuita de las tierras por parte legislación e institucionalidad | de FONTIERRAS. pertinente 1.4. Política General de Gobierno 2020 - 2024 La Política General de Gobierno 2020-2024 es el instrumento de planificación que establece la visión de país de la actual administración de Gobierno Central, define lineamientos y acciones públicas estratégicas que deben seguir las instituciones del sector público durante dicho período para la promoción del desarrollo integral de la población. A continuación se muestra el análisis de vinculación con las acciones institucionales. Tabla 2. Análisis de vinculación a la Política General de Gobierno 2020-2024.
ACCIONES QUE REALIZA LA
INSTITUCIÓN PARA
ALCANZAR LOS OBJETIVOS
vinculación con las acciones institucionales. Tabla 2. Análisis de vinculación a la Política General de Gobierno 2020-2024.
ACCIONES QUE REALIZA LA
INSTITUCIÓN PARA
ALCANZAR LOS OBJETIVOS
OBJETIVO OBJETIVO ACCIÓN
ESTRATÉGICO SECTORIAL ESTRATÉGICA
3. Gobernabilidad | 4.3.1 Mejorar la | 4.3.2.6 Propiciar | 4.3.2.6.1 Crear | La inscripción, anotación y y seguridad en | gobernabilidad el respeto al {un ambiente | cancelación de los actos y desarrollo. del país para una | derecho de la | propicio para la | contratos relativos al dominio convivencia en | propiedad. inversión y la| y demás derechos reales sobre paz y armonía certeza jurídica. | bienes inmuebles y muebles que permita la identificables con excepción inversión y el de las garantías mobiliarias empleo. que se constituyan de conformidad con la Ley de Garantías Mobiliarias. 101.5. Vinculación al Plan Nacional de Desarrollo El Plan Nacional de Desarrollo K'atun, Nuestra Guatemala 2032 constituye la política nacional de desarrollo de largo plazo que articula las políticas, planes, programas, proyectos e inversiones; es decir, el ciclo de gestión del desarrollo” y es el instrumento de mayor jerarquía dentro del Sistema Nacional de Planificación. A continuación se muestra el análisis de vinculación con las acciones institucionales.
EJE Riqueza para todos y todas Tabla 3. Análisis de vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo. OBJETIVO DEL EJE Establecer las condiciones que dinamicen las actividades económicas
EJE Riqueza para todos y todas Tabla 3. Análisis de vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo. OBJETIVO DEL EJE Establecer las condiciones que dinamicen las actividades económicas productivas actuales y potenciales para generar acceso a fuentes de empleo y autoempleo digno e ingresos que permitan la cobertura de las necesidades de la persona y la familia. Además, generar mecanismos de competitividad que reduzcan la pobreza y la desigualdad, aumenten la capacidad de resiliencia e incorporen a más grupos de población a la dinámica económica y a los frutos del desarrollo. PRIORIDA Papel más activo del Estado en la consecución del crecimiento y la inclusión social META El Estado ha mejorado su ámbito de acción, la representatividad de los actores sociales y la calidad de su gestión. RESULTADO El Estado ha asegurado los mecanismos de regulación del mercado y la distribución de la riqueza, garantizando una — sociedad más integrada e inclusiva. LINEAMIENTO Plan Nacional de Desarrollo, SEGEPLAN, página 4, año 2014. Garantizar los derechos de propiedad, principalmente en el área rural, para que las personas puedan ser sujetos de crédito. 11 ~ Ne2. Marco institucional 2.1. Funciones principales
derechos de propiedad, principalmente en el área rural, para que las personas puedan ser sujetos de crédito. 11 ~ Ne2. Marco institucional 2.1. Funciones principales El Registro General de la Propiedad se rige por las funciones establecidas en el Código Civil, Decreto Ley Número 106, específicamente en lo plasmado en el Artículo 1125. En el registro se inscribirán: 13. 14. Los títulos que acrediten el dominio de los inmuebles y de los derechos reales impuestos sobre los mismos; Los títulos traslativos de dominio de los inmuebles y en los que constituyan, reconozcan, modifiquen o extingan derechos de usufructo, uso, habilitación, patrimonio familiar, hipoteca, servidumbre y cualesquiera otros derechos reales sobre inmuebles; y los contratos de promesa sobre inmuebles o derechos reales sobre los mismos; La posesión que conste en título supletorio legamente expedido; Los actos y contratos que transmitan en fideicomiso los bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos; Las capitulaciones matrimoniales, si afectaren bienes inmuebles o derechos reales; Los títulos en que conste que un inmueble se sujeta al régimen de propiedad horizontal; y el arrendamiento o subarrendamiento, cuando sea por más de tres años; o que se haya anticipado la renta por más de un año. Los ferrocarriles, tranvías, canales, muelles u obras públicas de índole semejante, así como los buques, naves aéreas, y los gravámenes que se impongan sobre cualesquiera de estos bienes;
Los ferrocarriles, tranvías, canales, muelles u obras públicas de índole semejante, así como los buques, naves aéreas, y los gravámenes que se impongan sobre cualesquiera de estos bienes; Los títulos en que se constituyan derechos para la explotación de minas e hidrocarburos y su transmisión y gravámenes; Las concesiones otorgadas por el Ejecutivo para el aprovechamiento de las aguas; . La prenda común, la prenda agraria, ganadera, industrial o comercial”; . La posesión provisional o definitiva de los bienes del ausente; . La declaratoria judicial de interdicción y cualquiera sentencia firme por la que se modifique la capacidad civil de las personas propietarias de derechos sujetos a inscripción o la libre disposición de los bienes; Los edificios que se construyan en predio ajeno con el consentimiento del propietario; los ingenios, grandes beneficios, desmontadoras y maquinaria agrícola o industrial que constituyan unidad económica independiente del fundo en que estén instaladas; y Los vehículos automotores y demás muebles fácilmente identificables por los números y modelos de fabricación. Adicionalmente el artículo 1126 establece que se inscribirán en el Registro, los instrumentos o títulos expresados anteriormente, otorgados o expedidos en país extranjero, que reúnan los 2 En virtud de lo establecido en el Artículo 26 del Decreto 4-2018, Reforma a la Ley de Garantías Mobiliarias, todo lo referido en el numeral 10 ya no se inscribe en el Registro General de la Propiedad. 12 —3 3 3 3requisitos necesarios para hacer fe en juicio, y las providencias o sentencias firmes pronunciadas
numeral 10 ya no se inscribe en el Registro General de la Propiedad. 12 —3 3 3 3requisitos necesarios para hacer fe en juicio, y las providencias o sentencias firmes pronunciadas en el extranjero, cuando se hayan mandado cumplimentar por los tribunales de la República, y afecten derechos reales. 2.2. Servicios que brinda el Registro General de la Propiedad Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, el Registro General de la Propiedad brinda los siguientes servicios a la población en general: Tabla 4. Catálogo de servicios registrales.
TIEMPO DE COSTO SEGÚN ns: SERVIGIO RESPUESTA ARANCEL 1 | Célculo de honorarios de documentos. 5 minutos Sin costo 2 | Ingreso y devolución de documentos Desde Q160.00 sujetos a inscripción registral. 6 días (Sujeto a Arancel Registral) 3 | Emisión de certificaciones en línea. 3 días Q 50.00 4 | Aviso notarial electrónico (ANE). 3 días Sin costo 5 | Proceso de inmovilización biométrica. y Q 160.00 por 3 días derecho 6 | Consultas electrónicas. 5 minutos Q 10.00 7 | Consultas a distancia (en línea). 1 minuto US$1.00 8 | Regi i egistro de firma y sello de nuevos mito sindosto notarios. 9 | Impresión de estados matriculares 5 5 (DICABI). 1 minuto Sin costo 10 | Ingreso y devolución de informes de testamento o donaciones por causa de 3 días Q 50.00 muerte. 11 | Impresión de razones de suspensión. 1 minuto Sin costo 132.3. Estructura organizativa
10 | Ingreso y devolución de informes de testamento o donaciones por causa de 3 días Q 50.00 muerte. 11 | Impresión de razones de suspensión. 1 minuto Sin costo 132.3. Estructura organizativa El Registro General de la Propiedad mediante Acuerdo Administrativo No. 9-2019 de fecha 7 de marzo de 2019 aprueba la Estructura Organizacional y Organigrama General de la forma siguiente: Despacho General, Despacho Sustituto, Secretaría General así como Unidades y Direcciones de apoyo entre las que se pueden mencionar: Unidad de Auditoría Interna, Unidad de Comunicación Social, Escuela de Estudios Registrales de la Propiedad, Unidad de Planificación y Seguimiento a la Gestión Institucional, Unidad de Información Pública, Dirección Jurídica, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Informática, Dirección Financiera y Dirección Administrativa, algunas de las Unidades y Direcciones de apoyo cuentan con subdivisiones a nivel de departamento, sección o área. A continuación se muestra el organigrama general. 146102 [2P 0210 ap £ 043 9p 6102°63. Población objetivo Los servicios que brinda el Registro General d