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Acuerdo 262-2021

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

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Detalles

Título
Acuerdo 262-2021
Autor
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2021

GOBIERNO de nemcuLTORA. GUATEMALA | canapería y <redamaas e e | ALIMENTACIÓN

ACUERDO MINISTERIAL No. 262-2021

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 15 de noviembre de 2021.

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde a los Ministros de Estado ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con el mismo.

CONSIDERANDO: Que con fundamento en el artículo 31 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubemativo número 338-2010, Informática es el órgano de apoyo técnico responsable de facilitar el desempeño eficaz y eficiente del Ministerio, a través de la implementación y actualización del hardware y software necesario para el procesamiento de datos e información estratégica y dentro de sus atribuciones se encuentra desarrollar los sistemas, programas y diseño de redes, para su aplicación computacional, utilizando la tecnología más avanzada.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Manual de Normas y Procedimientos de Informática, aprobado por el Acuerdo Ministerial número 219-2021, del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, establece que Informática gestionará la autorización de los Manuales Técnicos o Guías de Usuarios de Sistemas Informáticos en producción, utilizados por las diferentes dependencias del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, que deberá ser aprobado por la Autoridad Superior de este Ministerio.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 194 de la Constitución

utilizados por las diferentes dependencias del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, que deberá ser aprobado por la Autoridad Superior de este Ministerio.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010 del Presidente de la República.

ACUERDA: ARTÍCULO 1. Aprobar el MANUAL DE USUARIO SISTEMA PROTEÍNA ANIMAL, que contiene treinta y ocho (38) folios, incluyendo carátula e índice.

ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial empieza a regir inmediatamente.

COMUNÍQUESE,

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