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Acuerdo Gubernativo 037-2022

Presidente de la República

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Detalles

Título
Acuerdo Gubernativo 037-2022
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Secretarfa General Registro de Decretos y Acuerdos Fecha de Ingreso = 9 FEB 2022

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MINISTERIO DE FINSOZAS PUBLICOS

GUSTEMALA, € A

7 ¿444

ACUERDO GUBERNATIVO No. 51-41 0 2 1 24) GUATEMALA, -0 FEB 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado. CONSIDERANDO Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del expediente número 2020-17172, opinó de manera favorable sobre la viabilidad de desmembrar a favor del Estado de Guatemala, una fracción de terreno de 600.00 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 4703, folio 241 del libro 19 de Transformación Agraria, propiedad de la Nación, para ser adscrita al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para la construcción y funcionamiento de un Centro de Microscopía en Ja Colonia Nuevo Esfuerzo, Polígono No. 1, municipio de Raxruha, departamento de Alta Verapaz, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado.

Microscopía en Ja Colonia Nuevo Esfuerzo, Polígono No. 1, municipio de Raxruha, departamento de Alta Verapaz, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS

GUATEMALA, C. A.

ACUERDA ARTÍCULO 1. Desmembrar a favor del Estado de Guatemala, una fracción de terreno de 600.00 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 4703, folio 241 del libro 19 de Transformación Agraria, propiedad de la Nación, ubicada en la Colonia Nuevo Esfuerzo, Polígono No. 1, municipio de Raxruha, departamento de Alta Verapaz, con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 165%57'24” y distancia 20.00 metros, colinda con Adela Jalal Macz; de la estación 1 al punto observado 2 con azimut 25557'20" y distancia 30.00 metros, colinda con calle; de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 345°57'20" y distancia 20.00 metros, colinda con calle; y para cerrar el polígono, de la estación 3

colinda con calle; de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 345°57'20" y distancia 20.00 metros, colinda con calle; y para cerrar el polígono, de la estación 3 al punto observado 0 con azimut 75°57'20" y distancia 30.00 metros, colinda con Miguel Tut Sacba; de conformidad con el plano autorizado por el Arquitecto Allan Israel Laj Hun, colegiado número 3,646. ARTÍCULO 2. El Procurador General de la Nación, en representación del Estado, deberá comparecer ante la Escribana de Cámara y de Gobierno, a otorgar la escritura pública de desmembración a que se refiere el artículo 1. de este Acuerdo Gubernativo, la que deberá inscribirse en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central. ARTÍCULO 3. Adscribir a favor del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la finca nueva que se origine de la desmembración dispuesta en el artículo 1. de este Acuerdo Gubernativo, para la construcción y funcionamiento de un Centro de Microscopía en la Colonia Nuevo Esfuerzo, Polígono No. 1, municipio de Raxruha, departamento de Alta Verapaz, en el entendido que, con el cambio de destino o no utilizarla para el fin por el cual se adscribe, sin más trámite se dará por terminada la misma, quedando en plena disposición del Estado para que reoriente su uso. ARTÍCULO 4. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, deberá darle al inmueble el correspondiente mantenimiento; en caso de incumplimiento, se dará por terminada la adscripción relacionada. Para el efecto el inmueble estará sujeto a

ARTÍCULO 4. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, deberá darle al inmueble el correspondiente mantenimiento; en caso de incumplimiento, se dará por terminada la adscripción relacionada. Para el efecto el inmueble estará sujeto a supervisión sin previo aviso por parte de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, la que además formalizará la entrega del mismo mediante el acta respectiva y hará las anotaciones correspondientes en su registro.MINISTERIO DE FINGNZAS PUBLICOS GUATEMALA, TC. A ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América.

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