Acuerdo Gubernativo 040-2022
Presidente de la República
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 040-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
» RESIDENCIA DE LA REPUBLIC: MINISTERIO DE GOBERNACIÓN . Secretaría General . —— Registro de Decretos y AcuerdosGUATEMALA, C.A. Focha de Ingreso 1 FEB 2022
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 40 = 2 0 22 mi GUATEMALA, | 1 FEB 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que el Decreto Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito, faculta al Organismo Ejecutivo, para que mediante Acuerdo Gubernativo pueda trasladar la competencia de la Administración de Tránsito a las Municipalidades de la República que se encuentren en condiciones de realizar dicha función eficientemente dentro de su jurisdicción y acrediten como minimo, los extremos señalados en dicho cuerpo legal. CONSIDERANDO Que el Concejo Municipal de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, faculta al Alcalde Municipal para que en representación de la Municipalidad promueva la solicitud de traslado de la competencia de la administración de tránsito a favor de esa Municipalidad, asimismo, demostró que se encuentra en condiciones de realizar dicha función eficientemente dentro de su jurisdicción y además cumplió con los requisitos establecidos en la Ley de Tránsito y su Reglamento. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el Artículo 8 del Decreto Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito. ACUERDA Artículo 1. Trasladar la competencia de la Administración de Tránsito a la Municipalidad
Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito. ACUERDA Artículo 1. Trasladar la competencia de la Administración de Tránsito a la Municipalidad de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, única y exclusivamente dentro de su jurisdicción, de conformidad con la Resolución número 000975, de fecha 18 de noviembre de 2021, emitida por el Ministerio de Gobernación. Para tal efecto se deberá cumplir con los compromisos adquiridos en el Convenio número 06-2021, suscrito entre el Alcalde de la Municipalidad de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz y el Ministro de Gobernación, con fecha 19 de noviembre de 2021. Artículo 2. El traslado a que se refiere el artículo anterior no comprenderá, en ningún caso, las facultades para reglamentar asuntos relativos a licencias de conducir, placas de circulación, seguros, registro de conductores y de vehículos, fijación o escalonamiento de horarios para la circulación de vehículos e imponer sanciones en las carreteras nacionales y departamentales, ni otros que sean de competencia exclusiva del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil o del Ministerio de Gobernación, de conformidad con la Ley. Artículo 3. A efecto de ejercer la competencia de la administración de tránsito, el Concejo Municipal de San Cristóbal Verapaz del Departamento de Alta Verapaz, deberá emitir el Acuerdo en el que convalide el traslado de la competencia de la administración de tránsito realizada por el Organismo Ejecutivo, el que deberá ser publicado en el Diario de Centro
Acuerdo en el que convalide el traslado de la competencia de la administración de tránsito realizada por el Organismo Ejecutivo, el que deberá ser publicado en el Diario de Centro América, surtiendo sus efectos dicho traslado, el día síguiente de la publicación del Acuerdo del Concejo Municipal. Artículo 4. Las autoridades municipales de tránsito de la Municipalidad de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, están obligadas a respetar y acatar las disposiciones contenidas en la Ley de Tránsito y su Reglamento, los manuales de tránsito yMINISTERIO DE GOBERNACION GUATEMALA, C.A. reglamentaciones generales emitidas por el Ministerio de Gobernación, por medio del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil. Artículo 5. El Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, será el encargado de supervisar periódicamente la observancia de lo normado en este Acuerdo y controlar su cumplimiento, para lo cual deberá formar expediente administrativo. Artículo 6. La Policía Nacional Civil, prestará el auxilio necesario a la Policía Municipal de Tránsito del Municipio de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, en aquellos casos de delitos relacionados con el tránsito. Artículo 7. La Municipalidad de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, a través de su Policía Municipal de Tránsito, podrá imponer sanciones pecuniarias de conformidad con la Ley de Tránsito y su Reglamento, recaudar el valor de las mismas y crear un fondo privativo para su uso exclusivo, mantenimiento, mejoramiento y diseño de
de conformidad con la Ley de Tránsito y su Reglamento, recaudar el valor de las mismas y crear un fondo privativo para su uso exclusivo, mantenimiento, mejoramiento y diseño de las actividades de tránsito, incluyendo obras de infraestructura vial. Artículo 8. El incumplimiento por parte de la Municipalidad de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, a las obligaciones y compromisos adquiridos y a lo preceptuado en el presente Acuerdo, dará lugar a la derogatoria del mismo. Artículo 9. El presente Acuerdo empezará a regir el día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América. - 7 — David Napoleón Barrientos Girón Licda. Consuelo Ramivy Seaglia Ministro de Gobernación SECRETARIA GENERAL
DE PRESIDENCIA DELA REPÚBLICA
>= 212