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Acuerdo Gubernativo 110-2022

Presidente de la República

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Detalles

Título
Acuerdo Gubernativo 110-2022
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

US

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

  • Secretaría General Registro de Decretos y Acuerdos Pacha de hagreso: MAY 2022

MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICOS

GUATEMALA, C 6.

ACUERDO GUBERNATIVO No. 110-2022. y aña

GUATEMALA, Y 4 MAY 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que a través del Acuerdo Gubernativo Número 34-2008 de fecha 11 de enero de 2008, publicado en el Diario de Centro América el 15 de enero de 2008, en los artículos 3. y 4. se dispuso adscribir a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología -SENACYT-, una fracción de terreno 15,033.2439 metros cuadrados la cual se desmembró de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 28723, folio 43 del libro 258 de Guatemala, habiendo formado la finca rústica número 18, folio 18 del libro 601E de Guatemala, sin embargo, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala -INACIFy el Organismo Judicial, requieren de un espacio para desarrollar un proyecto. CONSIDERANDO Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del Expediente Número 2021-92957, opinó de manera favorable respecto a la derogatoria de los artículos 3. y 4. del Acuerdo Gubernativo Número 34-2008 de fecha 11 de enero de 2008, por lo que deberá dejarse sin efecto la adscripción que existe a favor de la Secretaría Nacional de Ciencia

respecto a la derogatoria de los artículos 3. y 4. del Acuerdo Gubernativo Número 34-2008 de fecha 11 de enero de 2008, por lo que deberá dejarse sin efecto la adscripción que existe a favor de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología -SENACYT-, y como consecuencia, es conveniente adscribir a favor del Instituro Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala -INACIF-, una fracción de terreno de 11,033.00 metros cuadrados, para la construcción del Proyecto “Ciudad Científica”; y al Organismo Judicial una fracción de terreno de 4,000.2439 metros cuadrados, con destino a la construcción de un edificio para ubicar los órganos jurisdiccionales de justicia especializados en materia de Femicidio, así como otros que se estimen pertinentes, las cuales forman parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central con el número 18, folio 18 del libro 601E de Guatemala; siendo conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado.MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS

GUATEMALA, C A.

POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo. ACUERDA ARTÍCULO 1. Derogar los artículos 3. y 4. del Acuerdo Gubernativo Número 34-2008 de fecha 11 de enero de 2008, y como consecuencia, dejar sin efecto

Ejecutivo. ACUERDA ARTÍCULO 1. Derogar los artículos 3. y 4. del Acuerdo Gubernativo Número 34-2008 de fecha 11 de enero de 2008, y como consecuencia, dejar sin efecto la adscripción otorgada a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología

-SENACYT-.

ARTÍCULO 2. Adscribir a favor del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala -INACIF-, una fracción de terreno de 11,033.00 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 18, folio 18 del libro 601E de Guatemala, propiedad del Estado de Guatemala, ubicada en 24 calle 22-70, zona 12 sobre la Calzada Atanasio Tzul, Municipio y Departamento de Guatemala, con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 189%5959.00” y distancia 118.64 metros, colinda con Calzada Atanasio Tzul; de la estación 1 al punto observado 2 con azimut 279°41°59.00” y distancia 93.00 metros, colinda con Organismo Judicial; de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 9°59°59.00” y distancia 118.64 metros, colinda con Ministerio de Energía y Minas; y para cerrar el polígono, de la estación 3 al punto observado 0 con azimut 99%4159.00” y distancia 93.00 metros, colinda con casas particulares, 24 calle de por medio; de conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Agrónomo Gabriel Hernández Vega, colegiado número 4,740, Licencia Catastral 25-PA,

24 calle de por medio; de conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Agrónomo Gabriel Hernández Vega, colegiado número 4,740, Licencia Catastral 25-PA, ARTÍCULO 3. Adscribir a favor del Organismo Judicial, una fracción de terreno de 4,000.2439 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 18, folio 18 del libro 601E de Guatemala, propiedad del Estado de Guatemala, ubicada en 24 calle 22-70, zona 12 sobre la Calzada AtanasioMINISTERIO DE FINANZAS PUBLICOS GUATEMALA, C. A Tzul, Municipio y Departamento de Guatemala, con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 189%59:59.00” y distancia 43.01 metros, colinda con Calzada Atanasio Tzul; de la estación 1 al punto observado 2 con azimut 279°41°59.00” y distancia 93.00 metros, colinda con Ministerio de Economía; de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 9%5959.00” y distancia 43.01 metros, colinda con Ministerio de Energía y Minas; y para cerrar el polígono, de la estación 3 al punto observado 0 con azimut 99°41°59.00” y distancia 93.00 metros, colinda con INACIF; de conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Agrónomo Gabriel Hernández Vega, colegiado número 4,740, Licencia Catastral 25-PA. ARTÍCULO 4. La fracción de terreno a que se refiere el artículo 2. del presente Acuerdo Gubernativo, se adscribe al Instituto Nacional de Ciencias

número 4,740, Licencia Catastral 25-PA. ARTÍCULO 4. La fracción de terreno a que se refiere el artículo 2. del presente Acuerdo Gubernativo, se adscribe al Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala -INACIF-, para la construcción del Proyecto “Ciudad Científica”; en el entendido que, con el cambio de destino o no utilizarla para el fin por el cual se adscribe, sin más trámite se dará por terminada la misma, quedando en plena disposición del Estado para que reoriente su uso. ARTÍCULO 5. La fracción de terreno a que se refiere el artículo 3. del presente Acuerdo Gubernativo, se adscribe al Organismo Judicial, con destino a la construcción de un edificio para ubicar los órganos jurisdiccionales de justicia especializados en materia de Femicidio, así como otros que se estimen pertinentes; en el entendido que, con el cambio de destino o no utilizarla para el fin por el cual se adscribe, sin más trámite se dará por terminada la misma, quedando en plena disposición del Estado para que reoriente su uso. ARTÍCULO 6. La Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, formalizará la entrega de las fracciones de terreno mediante el acta respectiva y hará las anotaciones correspondientes en su registro, así mismo podrá realizar supervisiones a las mismas, con el fin de establecer el cumplimiento del destino para el cual se otorga la adscripción a que se refieren los artículos 2 y 3 del presente Acuerdo Gubernativo, en caso de incumplimiento, se dará por terminada la misma.MINISTERIO DE FINGNZAS PUBLICAS

GUATEMALA, C A.

ARTÍCULO 7. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un día

GUATEMALA, C A.

ARTÍCULO 7. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América.

COMUNÍQUESE,

) González

MINISTRO DE FINÁAZ

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