Acuerdo Gubernativo 114-2022
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 114-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
RESIDENCIA DE LA REPUBLIC» Secretaría General Registro de Decretos y Acuerdos — ) 10 MAY 2022 Fecha de Ingreso: - 2 tro Lo Folio ( Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Guatemala, C. A.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 1 1 4 - 2022
Guatemala, 1 {) MAY 2022 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que es obligación del Estado velar por la salud de los habitantes a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el cual, en coordinación con las instituciones estatales, entidades descentralizadas y autónomas, comunidades organizadas y privadas, debe impulsar acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, a fin de procurar a los guatemaltecos el más completo bienestar físico, mental y social. Además, todos los habitantes de la República están obligados a velar, mejorar y conservar su salud personal, familiar y comunitaria, así como las condiciones de salubridad del medio en que viven y desarrollan sus actividades. CONSIDERANDO Que el Código de Salud establece que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social la rectoría del Sector Salud, entendida ésta como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional y que para cumplir con las funciones anteriores, tiene las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función; y, en caso de epidemia, conjuntamente con las demás instituciones del Sector y otros sectores involucrados, deberá emitir las normas y
conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función; y, en caso de epidemia, conjuntamente con las demás instituciones del Sector y otros sectores involucrados, deberá emitir las normas y procedimientos para proteger a la población, por lo que, aunque existen indicadores que reflejan un descenso en los índices de incidencia relacionados con la COVID-19, la emergencia provocada por esta aún continúa, deviniendo por ello necesario la emisión del presente Acuerdo Gubernativo, el cual es de estricto interés del Estado. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 1, 2, 3, 44, 46, 93, 95 y 195 de ese mismo cuerpo legal y 58 del Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud EN CONSEJO DE MINISTROS ACUERDA Artículo 1. Todos los habitantes de la República deben asumir su máxima responsabilidad y colaboración en el cumplimiento de las medidas y disposiciones sanitarias que deriven del Sistema de Alerta Sanitaria y disposiciones que emita el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, como ente rector del Sector Salud, en virtud de la continuidad de la emergencia de salud pública generada por el virus SARSCoV-2, declarada por la Organización Mundial de la Salud. Las dependencias del Organismo Ejecutivo, entidades descentralizadas y autónomas, dentro del marco de sus competencias deben apoyar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en la implementación de las disposiciones sanitarias emita.Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social
dentro del marco de sus competencias deben apoyar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en la implementación de las disposiciones sanitarias emita.Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social Guatemala, C. A. Artículo 2. Se deroga el Acuerdo Gubernativo Número 150-2020 del Presidente de la República en Consejo de Ministros, de fecha 29 de septiembre de 2020. Artículo 3. El presente Acuerdo Gubernativo empezará a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América.
COMUNÍQUESE
> 7 NS e ALEJANDRO EDUARDO € GIAMMATTEI FALLA Cesar Guillermo Castillo Reyes Vicepresidente de la República de Guatemala - —_— O David Napoleón Barrientos Girón a Mario Adol Ufo Búcaro Flores / Ministro de Gobernación is MINISTRO DE RELACIONES ) S EXTERIORES - ] ) \ Spec — fear Gon 7 m DEFENSA - ía TRO DE FIANZAS ME e . e 5 ra \ E Javier Maldonado Quifionez de " MINISTRO DE COMUNICACIONES INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA MINISTRA DE ue” sc T /Ministerio de Salud Pública y /
Asistencia Soci: ———
Guatemala, C. A. led A AAN ra José Angel López Compostco MINISTRO DE AGRICULTURA, Janto Moacyr Rosales Alegría Y ALIMENTACIÓN Ministro de Economía \ \ EA E # Francisco José Coma Martín -_ Ministro de Saud Pública y Asstanca Social | 4 ) Alberto Pimentel Mata |
MINISTRO DE ENERGÍA —
Y MINAS
A.
EA E # Francisco José Coma Martín -_ Ministro de Saud Pública y Asstanca Social | 4 ) Alberto Pimentel Mata |
MINISTRO DE ENERGÍA —
Y MINAS
A. Raúl Romero Segura MINISTRO DE AMBIENTE Y MINISTRO DE DESARROLLO RECURSOS NATURALES SOCIAL / - con > Ada. Varia (iads Remi Suagla SECRETARIAGENERAL