Acuerdo Gubernativo 115-2022
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 115-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
» RESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Secretaría General TO MI 2022 Fecha de Ingreso: tito fol? Casi EL
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA, C. A.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 115-202 2 =)
EJERCICIO FISCAL 2022
Guatemala, — 10 MAY 2022 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos. CONSIDERANDO Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 25-2022, Ley de Fortalecimiento al Aporte Social de la Tarifa Eléctrica, aprobó una Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, en los artículos 3 y 4, por la cantidad de Q90,000,000, con recursos de la disminución de caja y bancos de recursos del tesoro; facultando al Organismo Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Finanzas Públicas, gestione para su aprobación, por medio de Acuerdo Gubernativo, la distribución analítica de la ampliación presupuestaria de ingresos y egresos. CONSIDERANDO Que la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, a requerimiento del Instituto
de la ampliación presupuestaria de ingresos y egresos. CONSIDERANDO Que la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, a requerimiento del Instituto Nacional de Electrificación (INDE), solicita autorización para ampliar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado en la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, con el propósito de viabilizar lo aprobado mediante el Decreto Número 25-2022 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Fortalecimiento al Aporte Social de la Tarifa Eléctrica, artículos 3 y 4. En consecuencia, conforme lo establece el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, en los artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización del gasto y las autoridades superiores de las entidades involucradas, son autorizadores de egresos en cuanto a sus respectivos presupuestos, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado y la utilización correcta del crédito aprobado con el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.Hoja Número 2 del Acuerdo Gubernativo que aprueba la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, a favor de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro por la cantidad de Q90,000,000.
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA, C. A.
CONSIDERANDO
Ejercicio Fiscal 2022, a favor de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro por la cantidad de Q90,000,000.
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA, C. A.
CONSIDERANDO Que es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado mencionada, en virtud que s 3 aron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número <-- i a de fecha () 3 MAY 2022: emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 105-2022 fecha 05 MAYO 2022 , del Ministerio de Finanzas Públicas. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); y conforme lo establece el Decreto Número 25-2022 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Fortalecimiento al Aporte Social de la Tarifa Eléctrica, artículos 3 y 4. ACUERDA Artículo 1. Ampliación al Presupuesto General de Ingresos del Estado. Se aprueba la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, por el monto de NOVENTA MILLONES DE QUETZALES (Q90,000,000), contenida en el comprobante de modificación presupuestaria forma CO2-B, que a continuación se indica: Comprobante | Código del g o Número Reeprso Descripción Valor Q
TOTAL: 20,000,000
6 23 DISMINUCION DE OTROS ACTIVOS FINANCIEROS 90,000,000 1 Disminución de Disponibilidades 90,000,000
Comprobante | Código del g o Número Reeprso Descripción Valor Q
TOTAL: 20,000,000
6 23 DISMINUCION DE OTROS ACTIVOS FINANCIEROS 90,000,000 1 Disminución de Disponibilidades 90,000,000 10 Disminución de caja y bancos 90,000,000 Artículo 2. Ampliación al Presupuesto General de Egresos del Estado. Se aprueba la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, por el monto de NOVENTA MILLONES DE QUETZALES (Q90,000,000), contenida en el Comprobante de modificación presupuestaria forma CO2, que a continuación se indica:Hoja Número 3 del Acuerdo Gubernativo que aprueba la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, a favor de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro por la cantidad de Q90,000,000.
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GUATEMALA, C. A.
Capra Institución . Puente de Valor Q Número Financiamiento TOTAL: 90,000,000 97 Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro (Instituto Nacional de Electrificación) 12 90,000,000
Fuente de Financiamiento: 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro.
RESUMEN DE LA AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA
(Cifras en Quetzales)
INSTITUCIÓN CRÉDITO _]
TOTAL: 90,000,000
Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro 90.000.000 Funcionamiento 90,000,000
(Cifras en Quetzales)
INSTITUCIÓN CRÉDITO _]
TOTAL: 90,000,000
Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro 90.000.000 Funcionamiento 90,000,000 Artículo 3. Operaciones Presupuestarias. El Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Dirección Técnica del Presupuesto deberá realizar las operaciones presupuestarias correspondientes, que aprueban la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, por el monto de NOVENTA MILLONES DE QUETZALES (Q90,000,000), contenida en el presente Acuerdo Gubernativo. Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo Gubernativo tendrá vigencia a partir de la fecha del mismo y deberá ser publicado en el Diario de Centro América. — ==