Acuerdo Gubernativo 116-2022
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 116-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Secretarfa General Registro de Decretos y Acuerdos 13 MAY 2022 Fecha de ingreso: =~~~ _
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MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA, C. A.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 116-2022 . " GUATEMALA, 13 MAY 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que la Constitucion Politica de la Republica de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado. CONSIDERANDO Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del expediente número 2021-36829, opinó de manera favorable respecto a otorgar en adscripción a favor del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, una fracción de terreno de 14,794.47 metros cuadrados de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 166, folio 223 del libro 13 de Primera Serie, ubicada en el Caserío El Zarzal, municipio de San Jerónimo, departamento de Baja Verapaz, para que continúen funcionando las oficinas administrativas de la Subregión II-4 del referido Instituto en dicha jurisdicción municipal, lo cual permitirá que ese Instituto cuente con un espacio físico que le permita llevar a cabo las
continúen funcionando las oficinas administrativas de la Subregión II-4 del referido Instituto en dicha jurisdicción municipal, lo cual permitirá que ese Instituto cuente con un espacio físico que le permita llevar a cabo las funciones propias de su naturaleza; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.MINISTERIO DE FINGNZAS PUBLICAS
GUATEMALA. C E.
ACUERDA ARTÍCULO 1. Adscribir a favor del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, una fracción de terreno de 14,794.47 metros cuadrados de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 166, folio 223 del libro 13 de Primera Serie, propiedad del Estado de Guatemala, con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 98°33°52.53” y distancia 197.04 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-04800; de la estación 1 al punto observado 2 con azimut 190°38°14.71” y distancia 2.78 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-04655; de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 190°1°4.56” y distancia 2.00 metros, colinda con
colinda con predio catastral número 15-07-04-04655; de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 190°1°4.56” y distancia 2.00 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-04655; de la estación 3 al punto observado 4 con azimut 189°23°18.14” y distancia 1.14 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-04655; de la estación 4 al punto observado $ con azimut 190%16%37.22” y distancia 58.11 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-04655; de la estación 5 al punto observado 6 con azimut 281°55°50.54” y distancia 102.33 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-05024 Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación; de la estación 6 al punto observado 7 con azimut 190°4°26.69” y distancia 27.6 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-05024 Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación; de la estación 7 al punto observado 8 con azimut 277%9%45.71”% y distancia 103.08 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-05024 Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación; de la estación 8 al punto observado 9 con azimut 16%4812.61” y distancia 22.92 metros, colinda con predio catastral número 15-07-0405561; y para cerrar el polígono, de la estación 9 al punto observado 0 con azimut 15°6°10.76” y distancia 65.85 metros, colinda con predio catastral
05561; y para cerrar el polígono, de la estación 9 al punto observado 0 con azimut 15°6°10.76” y distancia 65.85 metros, colinda con predio catastral número 15-07-04-05024; de conformidad con el plano autorizado por la Ingeniera Civil Claudia María Ramírez Guerra, colegiada número 16,364. ARTÍCULO 2. La fracción de terreno a que se refiere el artículo 1. del presente Acuerdo Gubernativo, se adscribe para que continúen funcionando las oficinas administrativas de la Subregión II-4, ubicadas en El Caserío El Zarzal, municipio de San Jerónimo, departamento de Baja Verapaz, en el entendido que, con el cambio de destino o no utilizarla para el fin por el cual se adscribe, sin más trámite se dará por terminada la misma, quedando en plena disposición del Estado para que reoriente su uso.MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICOS GUATEMALA, C. A ARTÍCULO 3. El Instituto Nacional de Bosques -INAB-, deberá darle a la fracción de terreno el correspondiente mantenimiento; en caso de incumplimiento se dará por terminada la adscripción relacionada. Para el efecto, la finca estará sujeta a supervisión sin previo aviso por parte de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, quien además formalizará la entrega de la misma mediante el acta respectiva y hará las anotaciones correspondientes en su registro. ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América.