Acuerdo Gubernativo 121-2022
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 121-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
‘ » RESIDENCIA DE LA REPUBLICA s Secretaría General “ Registro de Decretos y Acuerdos mido 9 MAY 2022 Ci
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA. C. E.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 121-2022
GUATEMALA, 19 MAY 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que a través del Acuerdo Gubernativo Número 218-2000 de fecha 12 de mayo de 2000. publicado en el Diario de Centro América el 24 de mayo de 2000, se acordó adscribir al Ministerio de Economía, la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379. folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango, propiedad de la Nación, sin embargo, tomando en consideración que la finca antes citada no es ocupada en su totalidad por el Ministerio de Economía es necesario su regularización, por lo que procede dejar sin efecto la adscripción a ese Ministerio. y como consecuencia, se cancele la inscripción de derechos reales número 10°. de la finca de mérito. CONSIDERANDO Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del Expediente Número 2016-90645, opinó de manera favorable respecto a reformar el Artículo 2. del Acuerdo Gubernativo Número 218-2000 de fecha 12 de mayo de 2000, en el sentido de adscribir a favor del Ministerio de Economía una fracción de terreno de 18,235.81 metros cuadrados de la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379, folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango. propiedad de la Nación, la cual será destinada para generar
fracción de terreno de 18,235.81 metros cuadrados de la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379, folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango. propiedad de la Nación, la cual será destinada para generar condiciones que apoyen la mejora de la competitividad de las empresas y el emprendimiento con un enfoque territorial, promoción e inversiones, prestación de los servicios desconcentrados y vinculados al Ministerio de Economía y contribuir a la generación de empleo digno: asimismo constituir usufructo a título gratuito a favor del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAPsobre una fracción de terreno de 6,680.55 metros cuadrados de la citada finca, para la construcción del Centro Tecnológico de Occidente, y cancelar la inscripción de dominio número 10“, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala: y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo. ACUERDA ARTÍCULO 1. Reformar el Artículo 2 del Acuerdo Gubernativo número 218-2000 de fecha 12 de mayo de 2000, publicado en el Diario de Centro América el 24 de mayo de 2000, el cual queda así:É
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA. C. 5.
de fecha 12 de mayo de 2000, publicado en el Diario de Centro América el 24 de mayo de 2000, el cual queda así:É MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS GUATEMALA. C. 5. “ARTÍCULO 2. Adscribir a favor del Ministerio de Economía, una fracción de terreno de 18,235.81 metros cuadrados de la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379, folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango. propiedad de la Nación. ubicada entre 6 y 7 calle, zona 3. Municipio y Departamento de Quetzaltenango, con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 184%2677.04” y distancia 112.13 metros, colinda con Mercado Municipal, calle de acceso de por medio: de la estación 1 al punto observado 2 con azimut 277°52°41.917 y distancia 101.16 metros, colinda con Parque Nacional y Zoológico. 6 calle de por medio: de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 248°44°41.917 y distancia 5.52 metros. colinda con Parque Nacional y Zoológico, 6 calle de por medio: de la estación 3 al punto observado 4 con azimut 277%4841.917 y distancia 70.11 metros, colinda con Parque Nacional y Zoológico, 6 calle de por medio: de la estación 4 al punto observado 5 con azimut 310%23/41.91” y distancia 4.93 metros, colinda con Parque Nacional y Zoológico, 6 calle de por medio: de la estación 5 al punto
calle de por medio: de la estación 4 al punto observado 5 con azimut 310%23/41.91” y distancia 4.93 metros, colinda con Parque Nacional y Zoológico, 6 calle de por medio: de la estación 5 al punto observado 6 con azimut 277%5241.91” y distancia 3.31 metros, colinda con Parque Nacional y Zoológico, 6 calle de por medio; de la estación 6 al punto observado 7 con azimut 7%41/51.56” y distancia 35.26 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 7 al punto observado $ con azimut 278%26/43.03” y distancia 20.77 metros. colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 8 al punto observado 9 con azimut 8°37’11.03” y distancia 18.31 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 9 al punto observado 10 con azimut 278%377 11.03” y distancia 32.99 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 10 al punto observado 11 con azimut 8°23°27.96" y distancia 4.73 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 11 al punto observado 12 con azimut 278°23°27.96" y distancia 75.63 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 12 al punto observado 13 con azimut 358%'41.91” y
con azimut 278°23°27.96" y distancia 75.63 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 12 al punto observado 13 con azimut 358%'41.91” y distancia 55.53 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP): de la estación 13 al punto observado 14 con azimut 100%925.31” y distancia 108.19 metros, colinda con Centro Comercial Pradera Quetzaltenango, 7 calle de por medio: de la estación 14 al punto observado 15 con azimut 106°21°41.91" y distancia 95.76 metros, colinda con Centro Comercial Pradera Quetzaltenango, 7 calle de por medio: de la estación 15 al punto observado 16 con azimut 188%27.017 y distancia metros 10.11 metros, colinda con Ministerio de Educación; de la estación 16 al punto observado 17 con azimut 98%2875.13” y distancia 15.20 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 17 al punto observado 18 con azimut 187°54°5.11” y e ) MES Zi & \ dlMINISTERIO DE FINANZAS PUBLICOS GUATEMALA. C. 6. distancia 12.15 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 18 al punto observado 19 con azimut 279°9°48.83" y distancia 9.02 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 19 al punto observado 20 con azimut 188°31°8.88" y distancia 6.10 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la
distancia 9.02 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 19 al punto observado 20 con azimut 188°31°8.88" y distancia 6.10 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 20 al punto observado 21 con azimut 279%31'54.08” y distancia 7.66 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 21 al punto observado 22 con azimut 6°58’4.79” y distancia 6.18 metros. colinda con Ministerio de Educación: de la estación 22 al punto observado 23 con azimut 277%1271.09” y distancia 7.20 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 23 al punto observado 24 con azimut 8%57'3.84” y distancia 6.02 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 24 al punto observado 25 con azimut 278°17°20.56" y distancia 6.30 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 25 al punto observado 26 con azimut 188°13°57.76™ y distancia 12.24 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 26 al punto observado 27 con azimut 278%942.857 y distancia 3.04 metros. colinda con Ministerio de Educación: de la estación 27 al punto observado 28 con azimut 188°12725.467 y distancia 3.24 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 28 al punto observado 29 con azimut 98°15’20.70” y distancia 4.33 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 29 al punto
colinda con Ministerio de Educación: de la estación 28 al punto observado 29 con azimut 98°15’20.70” y distancia 4.33 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 29 al punto observado 30 con azimut 187°24°33.127 y distancia 8.58 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 30 al punto observado 31 con azimut 184%47/28.30” y distancia 27.15 metros. colinda con Ministerio de Educación: de la estación 31 al punto observado 32 con azimut 184%47728.307 y distancia 21.82 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 32 al punto observado 33 con azimut 97%5'50.10% y distancia 29.55 metros, colinda con Ministerio de Educación; de la estación 33 al punto observado 34 con azimut 8°19’11.29” y distancia 5.91 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 34 al punto observado 35 con azimut 98%19"11.29” y distancia 5.66 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 35 al punto observado 36 con azimut 96°7°42.737 y distancia 2.95 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 36 al punto observado 37 con azimut 2%21'36.94” y distancia 0.77 metros, colinda con Ministerio de Educación; de la estación 37 al punto observado 38 con azimut 7%20%18.94” y distancia 9.66 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 38 al punto
colinda con Ministerio de Educación; de la estación 37 al punto observado 38 con azimut 7%20%18.94” y distancia 9.66 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 38 al punto observado 39 con azimut 12°3°19.427 y distancia 1.59 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 39 al punto observado 40 con azimut 97%442,237 y distancia 4.61 metros, colinda con Ministerio de Educación; de la estación 40 al punto observado 41 con azimut 4°41°57.127 y distancia 3.14 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 41 al punto observado 42 con azimut 97%58:24.07” distancia 7.70 metros. colinda con Ministerio de Educación: de la estación 42 al punto observado 43 con azimut 96°19°40.217 y distancia 1.81 metros, ¥MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS GUATEMALA C 6. colinda con Ministerio de Educación: de la ación 43 al punto observado 44 con azimut 188°25716.58" y distancia 13.96 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 44 al punto observado 45 con azimut 187°9°6.24" y distancia 6.87 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 45 al punto observado 46 con azimut 97%1310.76% y distancia 55.00 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 46 al punto observado 47 con azimut 4%21'33.05”% y distancia 71.46 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 47 al punto
colinda con Ministerio de Educación: de la estación 46 al punto observado 47 con azimut 4%21'33.05”% y distancia 71.46 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 47 al punto observado 48 con azimut 277°58°7.317 y distan 58.66 metros, colinda con Ministerio de Educación; de la estación 48 al punto observado 49 con azimut 308%46/32.91” y distancia 3.10 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 49 al punto observado 50 con azimut 333%2'56.99” y distancia 13.55 metros, colinda con Ministerio de Educación: de la estación 50 al punto observado 51 con azimut 106%4557.54” y distancia 14.92 metros, colinda con Centro Comercial Pradera Quetzaltenango, 7 calle de por medio: y para cerrar el polígono. de la estación 51 al punto observado 0 con azimut 81%45'20.96” y distancia 78.39 metros, colinda con Centro Comercial Pradera Quetzaltenango, 7 calle de por medio, de conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Civil Administrativo Ismar Raúl López Calderón. Colegiado número 17,924”. ARTÍCULO 2. La adscripción a favor del Ministerio de Economía, a que se refiere el Artículo 2 del Acuerdo Gubernativo número 218-2000 de fecha 12 de mayo de 2000, se otorga para generar condiciones que apoyen la mejora de la competitividad de las empresas y el emprendimiento con un enfoque territorial, promoción e inversiones, prestación de los servicios desconcentrados y vinculados
mayo de 2000, se otorga para generar condiciones que apoyen la mejora de la competitividad de las empresas y el emprendimiento con un enfoque territorial, promoción e inversiones, prestación de los servicios desconcentrados y vinculados al Ministerio de Economía y contribuir a la generación de empleo digno, en el entendido que. con el cambio de destino o no utilizarlo para el fin por el cual se adscribe el inmueble sin más trámite, se dará por terminada la misma, quedando a disposición del Estado para que reoriente su uso. ARTÍCULO 3. El Ministerio de Economía deberá darle al inmueble el correspondiente mantenimiento: en caso de incumplimiento, se dará por terminada la adscripción relacionada. Para el efecto, el inmueble estará sujeto a supervisión sin previo aviso por parte de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas. quién además formalizará la entrega del mismo mediante el acta respectiva y hará las anotaciones correspondientes en su registro. ARTÍCULO 4. Constituir usufructo a título gratuito, por el plazo de 25 años a favor del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, sobre una fracción de terreno de 6,680.55 metros cuadrados de la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379, folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango, propiedad de la Nación, ubicada entre 6 y 7 calle, zona 3, Municipio y Departamento de Quetzaltenango con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 187%41/51.56” y distancia 35.26 metros. colinda con Ministerio de Economía: de la
Municipio y Departamento de Quetzaltenango con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto observado 1 con azimut 187%41/51.56” y distancia 35.26 metros. colinda con Ministerio de Economía: de la estación 1 al punto observado 2 con azimut 277°52°41.917 y distancia 118.95
+ NMINISTERIO DE FINSNZAS PUBLICAS
GUATEMALA. C E.
metros. colinda con Parque Nacional y Zoológico. 6 calle de por medio: de la estación 2 al punto observado 3 con azimut 358%'41.91” y distancia 60.48 metros, colinda con Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP); de la estación 3 al punto observado 4 con azimut 98%23'27.96” y distancia 75.65 metros, colinda con Ministerio de Economía; de la estación 4 al punto observado 5 con azimut 188%35"1.30” y distancia 4.73 metros, colinda con Ministerio de Economía; de la estación 5 al punto observado 6 con azimut 98%37'11.03” y distancia 32.93 metros, colinda con Ministerio de Economía: de la estación 6 al punto observado 7 con azimut 188%26739.59” y distancia 18.31 metros, colinda con Ministerio de Economía: y para cerrar el polígono, de la estación 7 al punto observado 0 con azimut 98%26/43.037 y distancia 20.77 metros, colinda con Ministerio de Economía; de conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Civil Administrativo Ismar Raúl López Calderón, Colegiado número 17,924. El valor
azimut 98%26/43.037 y distancia 20.77 metros, colinda con Ministerio de Economía; de conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Civil Administrativo Ismar Raúl López Calderón, Colegiado número 17,924. El valor estimado del usufructo asciende a la cantidad de Q.13,307,254.77, de conformidad con el valor de la fracción de terreno establecido en la RESOLUCIÓN-DICABISCABI-DABI-2369-2022 de fecha 10 de marzo de 2022 de la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles del Ministerio de Finanzas Públicas. ARTÍCULO 5. El usufructo a que se refiere el Artículo anterior, se constituye bajo las condiciones resolutorias siguientes: a) El Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, debe destinar la fracción de terreno descrita para la construcción del Centro Tecnológico de Occidente. b) El Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, será responsable de la administración. rehabilitación, mejoramiento, conservación, mantenimiento y buen uso del inmueble relacionado en el Artículo 4 del presente Acuerdo Gubernativo, lo cual queda sujeto a supervisión sin previo aviso por parte de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas. c) El Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, no podrá ceder ni enajenar el usufructo otorgado a favor de terceros. d) Constituyen causales para que el Estado de Guatemala de forma unilateral y sin más trámite pueda dar por terminado el usufructo que por este acto se constituye, con la finalidad de disponer plenamente del bien inmueble con las
d) Constituyen causales para que el Estado de Guatemala de forma unilateral y sin más trámite pueda dar por terminado el usufructo que por este acto se constituye, con la finalidad de disponer plenamente del bien inmueble con las construcciones y mejoras que se le hayan realizado, sin derecho a compensación alguna, las siguientes: 1) El incumplimiento a lo regulado en las literales a), b) y c) del presente artículo por parte del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -»INTECAPy 2) Por convenir a los intereses del Estado. ARTÍCULO 6. El Procurador General de la Nación en representación del Estado, deberá comparecer ante la Escribana de Cámara y de Gobierno, conjuntamente con el Representante Legal del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-. a otorgar la escritura pública correspondiente que formalice lo dispuesto en el artículo 4 del presente Acuerdo Gubernativo, dentro de la cual, deberá solicitarse la cancelación de la inscripción de dominio número 10“. de la VgMINISTERIO DE FINANZAS PUBLICOS GUATEMALA. C. 6. finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379, folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango, propiedad de la Nación. ARTÍCULO 7. La Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, formalizará la entrega de las fracciones del inmueble mediante el acta al Ministerio de Economía y al Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, respectivamente, y hará las anotaciones correspondientes en su registro. ARTÍCULO $. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América. >
-INTECAP-, respectivamente, y hará las anotaciones correspondientes en su registro. ARTÍCULO $. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América.