Acuerdo Gubernativo 145-2022
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 145-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Secretarfa General MINISTERIO DE GOBERNACION Registro de Decretos y Acuerdos GUATEMALA, C.A. Fecha de Ingreso 13 JUN 2022
Libro: 1 rolioD_ casita: 10
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO | 45 -2022
GUATEMALA, | 3 JUN 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es deber del Estado garantizar a sus habitantes, la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. En tal sentido, a través del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, se establece como función del Ministerio de Gobernación, mantener la seguridad pública y la conservación del orden público, lo cual lleva a cabo de conformidad con lo regulado en los artículos 1 y 3 de la Ley de la Policía Nacional Civil, Decreto número 11-97 del Congreso de la República de Guatemala CONSIDERANDO Que es necesario desconcentrar la asignación y ejecución presupuestaria de la Policía Nacional Civil, creando nueve unidades ejecutoras aprovechando la distribución geográfica de los distritos policiales y unificando las funciones que regirán las unidades ejecutoras; con el fin, que las mismas puedan administrar sus propios recursos financieros y generar un mayor impacto en las áreas de intervención e incidir en la reducción de la violencia del país, logrando de esta manera incrementar la efectividad en sus acciones; por lo que se hace necesario la emisión del presente Acuerdo Gubernativo. PORTANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución
logrando de esta manera incrementar la efectividad en sus acciones; por lo que se hace necesario la emisión del presente Acuerdo Gubernativo. PORTANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 2 y 3 del Decreto número 11-97 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
Emitir las siguientes:
REFORMAS AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 97-2009, DE FECHA 1
DE ABRIL DE 2009, QUE ESTABLECE EL “REGLAMENTO SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL” Artículo 1. Se reforma el Artículo 3, el cual queda así: “Artículo 3. Estructura Orgánica. La Policía Nacional Civil tendrá la estructura siguiente:
1. Dirección General de la Policía Nacional Civil
1.1 Secretaria General; 12 Jefatura de Planificación Estratégica y Desarrollo Institucional; 13 Secretaría de Asistencia Jurídica; 1.4 Auditoría Interna; 1.5 Tribunales Disciplinarios; 1.6 Inspectoría General; y,. MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
GUATEMALA, C.A.
17 Agregadurías Policiales.
2. Dirección General Adjunta de la Policía Nacional Civil 2.1 Secretaria General Técnica de la Dirección General Adjunta; y, 22 Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil.
3. Subdirección General de Operaciones de la Policía Nacional Civil 3.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Operaciones; 32 — División de Operaciones Conjuntas; 33 División de Policía de Mercados; 34 — División de Fuerzas Especiales de Policía;
3.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Operaciones; 32 — División de Operaciones Conjuntas; 33 División de Policía de Mercados; 34 — División de Fuerzas Especiales de Policía; 3.5 División de Protección de Personas y Seguridad; 36 — División de Supervisión y Control de Empresas de Seguridad Privada; 3:97 División de Seguridad Turística; 38 — División de Protección a la Naturaleza; 39 Division Motorizada; 3.10 División de Puertos, Aeropuertos y Puestos Fronterizos; 3.11 Distritos 3.11.1 Comisarías; 3.11.1.1 Estaciones; 3.11.1.1.1 Subestaciones; 311.2 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera para cada Distrito.
4. Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil 4.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Investigación Criminal; 42 — División Especializada en Investigación Criminal; 43 División de Policía Internacional INTERPOL; 44 — División de Investigación y Desactivación de Armas y Explosivos; 45 División de Métodos Especiales de Investigación;
4.6 División Nacional Contra el Desarrollo Criminal de las Pandillas; 4.7 División de Información Policial; 4.8 Gabinete Criminalístico; y, 49 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera.
5. Subdirección General de Personal de la Policía Nacional Civil 5.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Personal; 52 Jefatura de Enseñanza; 53 Departamento de Selección y Contratación de Personal; 5.4 Departamento de Asuntos Administrativos de Personal; 55 Departamento de Administración de Compensaciones, Incentivos y No Remuneraciones; v
52 Jefatura de Enseñanza; 53 Departamento de Selección y Contratación de Personal; 5.4 Departamento de Asuntos Administrativos de Personal; 55 Departamento de Administración de Compensaciones, Incentivos y No Remuneraciones; v 5.6 Departamento de Archivo de Personal; y, 5.7 Departamento de Asistencia al Personal
6. Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil 6.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Apoyo y Logística; 6.2 Departamento de Logística; 6.3 Departamento de Material Móvil; "E
OE vo E. MINISTERIO DE GOBERNACIÓN GUATEMALA, C.A. 6.4 Departamento de Material y Equipo de Defensa; 6.5 Departamento de Infraestructura; y, 6.6 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera.
7. Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil 7.1 Secretaria Técnica de la Subdireccion General de Analisis de Informacion Antinarcotica; 72 División de Fuerza de Tarea de Interdicción Aérea, Antinarcótica y Antiterrorismo; 73 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera; 74 Centro de Información Conjunta Antidrogas de Guatemala; y,
75 Escuela Centroamericana de Entrenamiento Canino
8. Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil 8.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Estudios y Doctrina; 8.2 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera; 8.3 Academia de la Policía Nacional Civil; 8.4 Escuela de Formacion de Oficiales de Policia; 85 Escuela de Estudios Superiores de Policia; y,
8.2 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera; 8.3 Academia de la Policía Nacional Civil; 8.4 Escuela de Formacion de Oficiales de Policia; 85 Escuela de Estudios Superiores de Policia; y, 8.6 Escuela de Especialidades de Policía.
9. Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil 9.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Prevención del Delito; 92 División de Intervención en Relaciones Comunitarias; 93 Departamento de Orientación Preventiva; 94 Departamento Especializado en Niñez y Adolescencia; 9.5 Departamento de Multiculturalidad; 9.6 Departamento de Equidad y Género; 9.7 Departamento de Cultura y Deporte; y, 9.8 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera.
10. Subdirección General de Tecnologías de la Información y la Comunicación 10.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y la Comunicación; 10.2 Departamento de Operaciones de Seguridad Informática; 10.3 Departamento Planificación y Gestión de Proyectos Tecnológicos; 10.4 Departamento de Auditoría de Sistemas y Control de Calidad; 10.5 Departamento de Sistemas de información Geográfica; 10.6 Departamento de Bases de Datos y Desarrollo de Sistemas de información. 10.7 Departamento de Soporte Técnico; 10.8 Departamento de Redes y Telecomunicaciones; y, 10.9 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera
11. Subdirección General de Salud Policial
11.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Salud Policial; 11.2 Departamento de Servicios Médicos Especializados y Anexos;
10.9 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera
11. Subdirección General de Salud Policial
11.1 Secretaría Técnica de la Subdirección General de Salud Policial; 11.2 Departamento de Servicios Médicos Especializados y Anexos; 113 Departamento de Epidemiología y Promoción de la Salud; y,- MINISTERIO DE GOBERNACIÓN GUATEMALA, C.A. 11.4 Unidad de Planificación Administrativa y Financiera.” Artículo 2. Se reforma el Artículo 25, el cual queda así: “Artículo 25. Distritos. Son dependencias de la Policía Nacional Civil, en su despliegue operativo territorial a nivel regional, subordinados a la Subdirección General de Operaciones de la Policía Nacional Civil e integrados por Comisarías, Estaciones y Subestaciones Policiales. Cada uno de los Distritos, estará a cargo de un Comisario General de Policía y contarán cada uno con su Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. Tienen a su cargo la prestación del servicio de seguridad pública en uno o más departamentos, dando cobertura en todo el territorio nacional, materializando la presencia policial y sus servicios a las comunidades. El área de responsabilidad de cada Distrito será de acuerdo a la regionalización del país; y, deberán desarrollarse y actualizarse estudios sobre factores sociales, económicos, culturales, demográficos, ubicación geográfica, fenómeno criminal, conflictividad social, accesos de vías de comunicación y otros factores que pudieran generar inseguridad. Tendrán las funciones siguientes: a. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el cumplimiento de sus funciones; b Planificar, organizar, coordinar, controlar y evaluar el servicio de seguridad pública, la prevención del delito, las relaciones comunitarias y combate a la delincuencia en el
cumplimiento de sus funciones; b Planificar, organizar, coordinar, controlar y evaluar el servicio de seguridad pública, la prevención del delito, las relaciones comunitarias y combate a la delincuencia en el ámbito territorial de su responsabilidad, con alineación a las directrices de la Subdirección General de Operaciones de la Policía Nacional Civil; c Mantener coordinación y supervisión sobre el servicio prestado en su demarcación por las dependencias o delegaciones policiales especializadas y no especializadas; y, d. Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 3. Se adiciona el Artículo 25 BIS, el cual queda así: “Artículo 25 BIS. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera para cada Distrito. Cada Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de cada Distrito, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes: a. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado; b. — Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación fisica y financiera; c. Elaborar informes anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución financiera dentro de su competencia; d. — Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia; e. — Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los VV recursos necesarios para el buen funcionamiento del Distrito; \
de su competencia; e. — Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los VV recursos necesarios para el buen funcionamiento del Distrito; \ f Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución N presupuestaria del Distrito; Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual;- MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
GUATEMALA, C.A.
Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administracion de los recursos financieros; Implementar las políticas financieras establecidas en las normas vigentes; Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Jefe de Distrito; Asistir al Jefe de Distrito en materia de su competencia; Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos; Coordinar con la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Operaciones la ejecución presupuestaria anual, de acuerdo a lo planificado; y, Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 4. Se reforma el Artículo 33 BIS, el cual queda así: “Artículo 33 BIS. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. La Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes: a. b. g h. i A
Criminal de la Policía Nacional Civil, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes: a. b. g h. i A Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado; Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación física y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil; Elaborar informes anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución financiera dentro de su competencia; Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia; Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil; Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución presupuestaria de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil; Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual; Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; Implementar las políticas financieras establecidas en las normas vigentes;
Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual; Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; Implementar las políticas financieras establecidas en las normas vigentes; Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Subdirector General de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil; Asistir al Subdirector General de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil en materia de su competencia; Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos; Coordinar con la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil la ejecución presupuestaria anual, de acuerdo a lo planificado; y, Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.”MINISTERIO DE GOBERNACION
GUATEMALA, C.A.
Artículo 5. Se reforma el Artículo 52, el cual queda así “Artículo 52. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. La Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes: a. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado; b. — Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación fisica y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la
b. — Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación fisica y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil; c Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución presupuestaria dentro de su competencia; d. — Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia; e. Gestionar y ejecutar los recursos financieros que tienen carácter de privativos, dentro de su competencia; f Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil; g Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución presupuestaria de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil; h. Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; i Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; j. Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual, k. Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; I Atender la normativa legal vigente que se dicte en esta materia; m. Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Subdirector General de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil;
I Atender la normativa legal vigente que se dicte en esta materia; m. Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Subdirector General de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil; n Asistir al Subdirector General de la Subdirección General de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil en materia de su competencia; o. Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos, Coordinar con la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Apoyo y Logistica de la Policía Nacional Civil la ejecución presupuestaria anual, de acuerdo a lo planificado; y, q. Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 6. Se reforma el Artículo 52 SEXIES, el cual queda así: Y “Artículo 52 Sexies. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. La Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de la Subdirección General de Análisis de \ Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad. Tendrá las funciones siguientes a. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado;MINISTERIO DE GOBERNACION GUATEMALA, C.A. b. — Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación física y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil;
reprogramación física y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil; c. Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución presupuestaria dentro de su competencia; d Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia; e. — Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil; f Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución presupuestaria de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil; g. Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; h. Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual; Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; k. Implementar las políticas financieras establecidas en las normas legales vigentes; 1 Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Subdirector General de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil; m. Asistir al Subdirector General de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil en materia de su competencia; n Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos;
Policía Nacional Civil; m. Asistir al Subdirector General de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil en materia de su competencia; n Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos;
0. Coordinar con la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la Policía Nacional Civil la ejecución presupuestaria anual, de acuerdo a lo planificado; y,
p. Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 7. Se reforma el Artículo 52 UNDECIES, el cual queda así: “Artículo 52 Undecies. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. La Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes: a. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado; b. — Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación fisica y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil; Elaborar informes anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución financiera dentro de su competencia; Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia;MINISTERIO DE GOBERNACION
dentro de su competencia; Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia;MINISTERIO DE GOBERNACION
GUATEMALA, C.A.
Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil; Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución presupuestaria de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil; Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual; Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; Implementar las políticas financieras establecidas en las normas vigentes; Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Subdirector General de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil; Asistir al Subdirector General de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil en materia de su competencia; Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos; Coordinar con la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil la ejecución presupuestaria anual, de acuerdo a lo planificado; y, Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 8. Se adiciona el Artículo 52 QUINVICIES BIS, el cual queda así:
planificado; y, Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 8. Se adiciona el Artículo 52 QUINVICIES BIS, el cual queda así: “Artículo 52 Quinvicies BIS. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. La Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil, estará a cargo de un Comisario de Policía 0 de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes: a. b. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado; Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación física y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil; Elaborar informes anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución financiera dentro de su competencia; Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia; Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil; Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución presupuestaria de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil; Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado;
presupuestaria de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil; Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual;MINISTERIO DE GOBERNACION
GUATEMALA, C.A.
Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; Implementar las políticas financieras establecidas en las normas vigentes; Controlar e informar sobre la ejecución de gastos en forma mensual al Subdirector General de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil; Asistir al Subdirector General de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil en materia de su competencia; Atender los requerimientos de los entes fiscalizadores internos y externos; Coordinar con la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Prevención del Delito de la Policía Nacional Civil la ejecución presupuestaria anual, de acuerdo a lo planificado; y, Otras que le sean asignadas en materia de su competencia por el Director General de la Policía Nacional Civil.” Artículo 9. Se reforma el Artículo 52 QUINTRICIES, el cual queda así: “Artículo 52 Quintricies. Unidad de Planificación Administrativa y Financiera. La Unidad de Planificación Administrativa y Financiera de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y la Comunicación, estará a cargo de un Comisario de Policía o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes a. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado;
o de un profesional de acuerdo a la especialidad que el puesto requiera. Tendrá las funciones siguientes a. Ejecutar las asignaciones financieras programadas en el presupuesto anual, de acuerdo a lo planificado; b. — Desarrollar y dar seguimiento a las actividades de formulación y consolidación del anteproyecto de presupuesto de egresos, plan operativo anual, modificaciones y reprogramación fisica y financiera de acuerdo con los dictámenes técnicos de la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Información y la Comunicación; c Elaborar informes anuales, cuatrimestrales y mensuales de la ejecución financiera dentro de su competencia; d. — Gestionar y ejecutar las compras por renglón de gastos cuatrimestrales y anuales dentro de su competencia; e Gestionar el adecuado aprovisionamiento financiero, para la adquisición de los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la Subdirección General de Información y la Comunicación; f Elaborar proyecciones anuales, cuatrimestrales, mensuales, de la ejecución presupuestaria de la Subdirección General de Información y la Comunicación; g. — Registrar y tramitar la ejecución del presupuesto en las etapas de compromiso, devengado y pagado; h Administrar el fondo rotativo dentro de su competencia; i Verificar los registros contables que genere la ejecución presupuestaria anual; j Implementar y ejecutar controles de transparencia en los diferentes procesos, para la buena administración de los recursos financieros; k. Implemen