Acuerdo Gubernativo 149-2022
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 149-2022
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
» RESIDENCIA DE LA REPUBLIC: General ! law-Tm... vecinales 1 9 JUN 2022
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA, C A.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO Ï 4 9-2022
Guatemala, 1 5 JUN 2022 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos. CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 238, literal b), establece que la Ley Orgánica del Presupuesto regulará los casos en los que puedan realizarse transferencias de partidas dentro del total asignado para cada Organismo. En ese sentido, dicha Ley determina al Ministerio de Finanzas Públicas como Órgano Rector de la Administración Financiera y define el instrumento jurídico mediante el cual se autorizan las ampliaciones que resulten necesarias durante la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Entidades Descentralizadas para cada ejercicio fiscal que aprueba el Organismo Ejecutivo. CONSIDERANDO Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto Artículo 41, literal a); y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44; establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades
Presupuesto Artículo 41, literal a); y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44; establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas. CONSIDERANDO Que el Instituto de Fomento Municipal -Infom-, con basc al Decreto Número 1132 del Congreso de la República de Guatemala, Artículo 23, literal f), Ley Orgánica del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, para incorporar recursos de las fuentes de financiamiento 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro y 32 Disminución de caja y bancos de ingresos propios, con el fin de realizar previsiones en el proyecto de Infraestructura de Agua y Saneamiento, para la construcción y ampliación de sistemas de agua potable en los Departamentos de Huchuetenango, San Marcos y Sololá, a cargo de la Unidad Ejecutora del Programa de Acueductos Rurales -UNEPAR-. En tal sentido, conforme al Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, en los artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación presupuestaria no obliga a la realización del gasto y las autoridades del Infom, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria requerida y la utilización de los créditos aprobados en el presente Acuerdo Gubernativo; y, según el Artículo 17 de dicho Decreto, corresponde la
queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria requerida y la utilización de los créditos aprobados en el presente Acuerdo Gubernativo; y, según el Artículo 17 de dicho Decreto, corresponde la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas. JCOVHACC jgh 9Hoja Número 2 del Acuerdo Gubernativo por Q3,523,329, que aprueba la ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidos
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICOS
GUATEMALA, €. A, CONSIDERANDO Que “se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 168 de fecha [ 1 JUN 2022 — dela Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 138-2022 de fecha 03 JUNIO 2022 , emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44. ACUERDA Artículo 1. Presupuesto de Ingresos. Aprobar la ampliación al Presupuesto de Ingresos del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, en la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE QUETZALES (Q3,523,329), en la forma como se detalla a continuación:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
(Q3,523,329), en la forma como se detalla a continuación:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CÓDIGO DESCRIPCIÓN — QUETZALES
TOTAL: 3,523,329 23 DISMINUCIÓN DE OTROS ACTIVOS FINANCIEROS 3,523,329 1 Disminución de Disponibilidades 3,523,329 10 Disminución de caja y bancos 3,523,320
RESUMEN
FUENTES FINANCIERAS 3,523,329
Artículo 2. Presupuesto de Egresos. Aprobar la ampliación al Presupuesto de Egresos del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, en la cantidad de
TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIT| MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE QUETZALES
(Q3,523,329), distribuidos en la forma siguiente:
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR PROGRAMA
CÓDIGO DESCRIPCIÓN QUETZALES TOTAL: 3,523,329 14 Prevención de la Desnutrición Crónica 3,523,329 Vu ICOSHACCIRh —Hoja Número 3 del Acuerdo Gubemnativo por Q3,523,329, que aprueba la ampliación al Presupuesto de ingresos y Egresos del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidos
MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
GUATEMALA, C. A.
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR TIPO Y OBJETO DEL GASTO
CÓDIGO ] DESCRIPCION QUETZALES
TOTAL: 3,523,329
INVERSIÓN 3.523.329 0 SERVICIOS PERSONALES 193,398 031 Jornales 140,704
CÓDIGO ] DESCRIPCION QUETZALES
TOTAL: 3,523,329
INVERSIÓN 3.523.329 0 SERVICIOS PERSONALES 193,398 031 Jornales 140,704 033 Complementos específicos al personal por jornal 12,200 051 Aporte patronal al IGSS 15,014 071 Aguinaldo 11,726 072 Bonificacion anual (Bono 14) 11,726 073 Bono vacacional 2,028 1 SERVICIOS NO PERSONALES 1,384 121 Divulgación e información 1,384 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,370,967 268 Productos plásticos, nylon, vinil y P.V.C. 494,763 269 Otros productos químicos y conexos 10,500 274 Cemento 101,120 275 Productos de cemento, pómez, asbesto y yeso 44,100 281 Productos siderúrgicos 102,000 282 Productos metalúrgicos no férricos 244,140 283 Productos de metal y sus aleaciones 127,344 289 Otros productos metálicos 247,000 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 1,933,252 322 Mobiliario y equipo de oficina 56.987 328 Equipo de cómputo 39.000 331 Construcciones de bienes nacionales de uso común 1,837.265 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 24.328 413 Indemnizaciones al personal 13,680 415 Vacaciones pagadas por retiro 10,648
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN QUETZALES TOTAL: 3,523,329 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro x 1,183,252
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN QUETZALES TOTAL: 3,523,329 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro x 1,183,252 32 Disminución de caja y bancos de ingresos propios \ 2,340,077 JCOJHACC jgh B \ /Hoja Número 4 del Acuerdo Gubernativo por Q3,523,329, que aprueba la ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICOS GUATEMALA, C A Artículo 3. Responsabilidad de las Autoridades. Las autoridades del Instituto de Fomento Municipal -Infom-, quedan responsables de la programación y la ejecución de la ampliación que se autoriza mediante el presente Acuerdo Gubernativo, a nivel de programa, subprograma, proyecto, actividad, obra, grupo de gasto, renglón presupuestario, ubicación geográfica y fuente de financiamiento, en las partidas presupuestarias correspondientes; así como de comprometer las asignaciones aprobadas en función de las disponibilidades financieras. Artículo 4. Cumplimiento de Normas Presupuestarias. La ejecución de los créditos presupuestarios que se aprueban con el presente Acuerdo Gubernativo, están sujetos a lo que para el efecto estipula el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, los manuales, procedimientos y cualquier otra disposición emanada de los entes rectores en materia presupuestaria.
Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, los manuales, procedimientos y cualquier otra disposición emanada de los entes rectores en materia presupuestaria. Artículo 5. Vigencia. El presente Acuerdo Gubernativo empezará a regir a partir de la fecha del mismo y deberá ser publicado en el Diario de Centro América.
COMUNÍQUESE . L . \\ Al ANDRO EDUARD MATTEI FALLA / al AT — v/ CN varo ( : s Gon, zález Ricci (NISTRO DE E e Ricci "a SECRETARIA GE
E LA ARESIDE Ases FÚELICA
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