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Acuerdo Gubernativo 216-2011

Ministerio de la Defensa Nacional

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Detalles

Título
Acuerdo Gubernativo 216-2011
Autor
Ministerio de la Defensa Nacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2011

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuérdase reformar el articulo 1 del Acuerdo Gubernativo nimero 178-2004 de fecha 17 de junio de 2004 y sus reformas.

ACUERDO GUBERNATIVO No. 216-2011

Guatemala, 29 de junio del 2011 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es deber del Estado, garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona y que el Ejército de Guatemala, es una institución destinada a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala; la integridad del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior. CONSIDERANDO Que mediante el Acuerdo Gubernativo Número 178-2004 de fecha 17 de junio de 2004, y sus reformas, se estableció el plan de modernización del Ejército de Guatemala, el que contemplaba la captación de efectivos de la reserva disponible que fueran llamados a conformar los cuerpos especiales, cuya función sería de carácter temporal para apoyar las tareas de restablecimiento o mantenimiento de la seguridad interna, en contra de las amenazas de la delincuencia común y el crimen organizado, así como ayuda humanitaria en casos de calamidad pública y emergencia nacional. CONSIDERANDO Que el Estado de Guatemala se ve afectado por la delincuencia común, el crimen organizado y el narcotráfico, entre otros, lo que hace necesario implementar acciones inmediatas para fortalecer el cumplimiento de la misión constitucional del Ejército de Guatemala con énfasis en el apoyo a las fuerzas

crimen organizado y el narcotráfico, entre otros, lo que hace necesario implementar acciones inmediatas para fortalecer el cumplimiento de la misión constitucional del Ejército de Guatemala con énfasis en el apoyo a las fuerzas de seguridad civil, tendientes a la prevención del delito y el combate a la criminalidad. En virtud de lo anterior, se hace necesario dotar al Ejército de Guatemala con las asignaciones presupuestarias, personal que le permitan mejorar sus capacidades aéreas, marítimas y terrestres y de equipo con tecnología moderna, para la realización de sus operaciones militares. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 182, 183 literales b), c) e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 244, 246 y 250 de la citada Ley Fundamental; y 14párrafo segundo, numeral 1, del Decreto número 72-90 del Congreso de la República, Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala. EN CONSEJO DE MINISTROS ACUERDA ARTICULO 1.- Se reforma el artículo 1 del Acuerdo Gubernativo número 1782004 de fecha 17 de junio de 2004 y sus reformas, el cual queda así: "Articulo 1.- OBJETO. Se autoriza al Ejército de Guatemala para que reclute el personal que le permita recuperar capacidades para cumplir la misión que por mandato constitucional le es asignada, de acuerdo a las necesidades actuales de seguridad nacional; además de un número de efectivos en fuerzas de reserva disponible que puedan ser movilizados de forma temporal, con el objeto de apoyar tareas de restablecimiento o mantenimiento de la seguridad ciudadana, así como apoyo en labores humanitarias y en casos de calamidad pública o emergencia nacional".

reserva disponible que puedan ser movilizados de forma temporal, con el objeto de apoyar tareas de restablecimiento o mantenimiento de la seguridad ciudadana, así como apoyo en labores humanitarias y en casos de calamidad pública o emergencia nacional". ARTICULO 2.- Se reforma el artículo 4 del Acuerdo Gubernativo número 1782004 de fecha 17 de junio de 2004, reformado por el Acuerdo Gubernativo número 284-2010 de fecha 15 de octubre de 2010, el cual queda así: "Artículo 4.- ASIGNACIÓN. Para que el Ejército de Guatemala, pueda cumplir con el objeto establecido en el artículo 1 del presente acuerdo, debe contemplarse dentro del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado que corresponda y que se presente al Congreso de la República para su aprobación, una asignación a favor del Ministerio de la Defensa Nacional, de conformidad con la disponibilidad financiera del Estado, la que por ningún caso, podrá será menor al 0.33% del Producto Interno Bruto (PIB), incorporando adicionalmente a ese porcentaje las otras fuentes de financiamiento que perciba la Institución." ARTICULO 3.- El presente Acuerdo Gubernativo, empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América.COMUNIQUESE

ALVARO COLOM CABALLEROS

RAFAEL ESPADA

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA

JUAN JOSE RUIZ MORALES

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL

ALFREDO DEL CID PINILLOS

MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS

HAROLDO RODAS MELGAR

MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

CARLOS NOEL MENOCAL CHAVEZ

MINISTRO DE GOBERNACION

ALFREDO DEL CID PINILLOS

MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS

HAROLDO RODAS MELGAR

MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

CARLOS NOEL MENOCAL CHAVEZ

MINISTRO DE GOBERNACION

DENNIS ALONZO MAZARIEGOS

MINISTRO DE EDUCACIONMARIO ROBERTO ILLESCAS AGUIRRE

MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

JESUS INSUA RAMAZZINI

MINISTRO DE COMUNICACIONES,

INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

CARMEN AIDEÉ SANDOVAL DE CORADO

VICEMINISTRA DE SEGURIDAD

ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

ENCARGADA DEL DESPACHO

LUIS ANTONIO VELÁSQUEZ QUIROA

MINISTRO DE ECONOMÍA

RICARDO PEDRO ROSALES ARROYOVICEMINISTRO DE SALUD PUBLICA Y

ASISTENCIA SOCIAL

ENCARGADO DEL DESPACHO

ALFREDO AMÉRICO POKUS YAQUIAN

MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS

HÉCTOR LEONEL ESCOBEDO AYALA

MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES

LUIS ARMANDO ZURITA TABLADA

VICEMINISTRO DE AMBIENTE

ENCARGADO DEL DESPACHO

LIC. CARLOS LARIOS OCHAITA SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA(ms1) Publicado en el Diario Oficial número 31, Tomo CCXCII, página 02, el 08 de Julio de 2011. 3 Avenida 13-78 zona 10 Torre Citigroup Penthouse Sur Nivel 17 y 18. Guatemala, Guatemala Contacto al Tel: PBX (502) 2339-8000 ext. 126 y 140

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