Acuerdo Gubernativo 73-2021
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
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Detalles
- Título
- Acuerdo Gubernativo 73-2021
- Autor
- Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
Fundado en 1880 Y e > Le @ Diario de Centro América ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A JUEVES 15 de ABRIL de 2021 No. 3 Tomo CCCXVII Directora General: Silvia Lanuza www.dca.gob.gt
EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ:
ORGANISMO EJECUTIVO
AMMISTEIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES vagos?
Pagina 10 er Pagina 11 Pag 1 ORGANISMO JUDICIAL comme surrema ot JUSTICIA
CUERDO NEO: Fogina 12
PUBLICACIONES VARIAS MNISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN sOCIAL op ars b 14
ANUNCIOS VARIOS tear e Panes = = == Pano 19 — andado e 1008 # Diario a Centro América
ATENCIÓN
MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 73-2021
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta al Presidente de la República para sancionar, promulgar, ejecutar y hacer que se ejecuten las leyes, así como dictar los decretos, acuerdos, reglamentos y órdenes para el estricto cumplimiento de las leyes, sin alterar su espíritu
CONSIDERANDO
leyes, sin alterar su espíritu CONSIDERANDO Que es necesario actualizar la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, con la finalidad de impulsar cambios efectivos en la gestión ambiental, así como para responder de una forma dinámica al desarrollo y cumplimiento de las funciones que la Ley, Acuerdos y Convenios Intemacionales Ratificados por Guatemala en materia ambiental le asigna; así mismo, para formular y ejecutar las politicas relativas al régimen de conservación, protección y mejoramiento del ambiente y al derecho humano a un ambiente saludable, previniendo la contaminación, el deterioro ambiental y la pérdida del patrimonio natural, por lo que se hace necesario emitir un nuevo Reglamento Orgánico interno. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y conforme a lo establecido en los Artículos 23, 24, 27, 29 bis y 49 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES TÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto normar la estructura, organización y funciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. ARTÍCULO 2. NATURALEZA. El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. a quien en este reglamento, se denominará indistintamente con las siglas MARN o simplemente como el
organización y funciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. ARTÍCULO 2. NATURALEZA. El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. a quien en este reglamento, se denominará indistintamente con las siglas MARN o simplemente como el Ministerio, le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo; cumplir y hacer que se cumpla el régimen concemiente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado, debiendo prevenir la contaminación del ambiente, disminuir el deterioro ambiental y la pérdida del patrimonio natural, la adaptación, mitigación y reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático. ARTÍCULO 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente reglamento es de observancia obligatoria para cada una de las dependencias que conforman la estructura formal del Ministerio.2 Guatemala, JUEVES 15 de abril 2021 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 3 ARTÍCULO 4. COMPETENCIA. El MARN tiene competencia en toco el territorio nacional, en los ámbitos de ambiente, recursos naturales y cambio clmático. ARTÍCULO 5. FUNCIONES. Al Ministerio de Ambierte y Recursos Naturales, en observancia a lo establecido en la Ley del Organismo Ejecutivo, le corresponden las funciones siguientes a) Formular partcipativamente la política de conservación, protección y mejoramiento del ambiente y de los recursos natales, y ejecutarla en conjunto con las otras autoridades con competencia legal en la materia correspondiente, respetando el marco normativo nacional e internacional vigente en el país: b) Formular las políticas para el mejoramiento y modemización de la administración descentralizada del sistema guatemalteca de áreas protegidas, así como para el
autoridades con competencia legal en la materia correspondiente, respetando el marco normativo nacional e internacional vigente en el país: b) Formular las políticas para el mejoramiento y modemización de la administración descentralizada del sistema guatemalteca de áreas protegidas, así como para el desarrollo y conservación del patrimonio natural cel pals incluyendo las áreas de reserva territorial del Estado: 24 Dirección de Formación y Participación Social 241 Departamento ce Capacitación 242 Centro de Documentación
3. Viceministerio de Recursos Naturales y Cambio Climático 3.1 Laboratorio de Análisis y Calidad Atmosférica y Audial 3.2 Unidad de Proyectos 3.3 Dirección de Análisis Gecespacial y Cambio Climático 3.3.1 Departamento de Desarrollo de Aplicaciones 332 Departamento de Sistemas de Información Geográfica 3.3.3 Departamento de Estacisticas e Integración de Datos Interinstitucionales €) Formular, en coordinación con el Ministerio de Agricultura, Ganacería y Alt la política sobre la conservación de los recursos pesquero y suso, estableciendo los principios sobre su ordenamiento, consenvacion y sostenibilidad, velando por su efectivo cumplimiento, d) En coordinación con el Consejo de Ministros, incorporar el componente ambiental en la formulación de la política económica y social del Gobiemo, garantizando la inclusión de la variable ambiental y velando por & ogro de un desarrollo sostenible; e) Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Educación, la política nacional de educación ambiental y vigilar porque se cumpla; 1) Ejercer las funciones normativas, de control y supervisión en materia de ambiente y recursos naturales que por ey le corresponden, velando por la seguridad humana y ambiental; 9) Definir as normas ambientales en materia de recursos no renovables:
- Ejercer las funciones normativas, de control y supervisión en materia de ambiente y recursos naturales que por ey le corresponden, velando por la seguridad humana y ambiental; 9) Definir as normas ambientales en materia de recursos no renovables: h) Formular la política para el manejo del recurso hídrico en lo que corresponda a contaminación, calidad y para renovación de cicho recursc; ) Controlar la calidad ambiental, aprobar las evaluaciones de impacto ambiental. practicarias en caso de riesgo ambiental y velar porque se cumplan, e imponer sanciones por su incumplimiento; 3) Elaborar las políticas relativas al manejo de cuencas hidrográficas, zonas costeras, océanos y recursos marinos; K) Promover y propiciar la participación equitativa de hombres y mujeres, perscnas naturales 0 jurídicas, y de las comunidades indigenas y locales en el aprovechamiento y menejo sostenible de los recursos naturales; 1) Elaborar y presentar anualmente el informe ambienta! del Estado; m) Promover la conciencia pública ambiental y la adopción del criterio de precaución; y, n) Las demás funciones establecidas en la Ley, Reglamentos y otras que le sean encomendadas por el Presidente de la República.
TÍTULO y ORGANIZACIÓN ARTÍCULO 6. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio se organiza de la forma siguiente:
A. FUNCIONES SUSTANTIVAS
1. Despacho Superior 1.4 Ministro de Ambiente y Recursos Naturales 12 Viceministro de Ambiente 13 Vicoministro de Recursos Naturales y Cambio Climático 14 Viceministro del Agua 15 Viceministro Administrativo Financiero
2. Viceministerio de Ambiente
1.4 Ministro de Ambiente y Recursos Naturales 12 Viceministro de Ambiente 13 Vicoministro de Recursos Naturales y Cambio Climático 14 Viceministro del Agua 15 Viceministro Administrativo Financiero
2. Viceministerio de Ambiente 2.1 Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales 21.1 Departamento de Calidad Ambiental 212 Departamento de Atención a la Gestión Ambiental 2.1.3 Departamento de Coordinación pera el Manejo Ambientalmente Racional de Productos Químicos y Desechos Peligrosos en Guatemala 2.14 Departamento de Producción Más Limpia y Sostenibilidad Ambiental 2.1.5 Departamento de Control y Seguimiento Ambiental 2.2 Dirección de Coordinación Nacional 224 Departamento de Desconcentración y Descentralización de la Gestión Ambiental 222 Delegaciones Departamentales 2.3 Dirección de Cumplimiento Legal 231 Deparamento de Denuncias y Patrullas Ambientales 2.32 Deparamento de Procuración y Notificación 2.33 Depanamento de Economía Ambiental 34 Di de Cambio Ci 34.1 Departamento de Vulnerabilidad y Adaptación al Cambio Climático 342 Departamento de Mitigación al Cambio Climático 343 Departamento de Ciencia y Métrica de Cambio Cimétco 344 Departamento de Prevención del Riesgo ante los efectos del Cambio Climático 345 Departamento de Lucha Conta la Degradación de Tierras, la Desertificación y la Sequía en Guatemala Manejo de Residuos y Desechos Sólidos 35.1 Departamento de Fortalecimiento de Capacidades 352 Departamento de Normatividad y Monitoreo 253 Departamento de Mecanismos de Sostenibiidad
4. Viceministerio del Agua 4.1 Laboratorio de Calidad del Agua
4. Viceministerio del Agua 4.1 Laboratorio de Calidad del Agua 4.2 Dirección de Cuencas 421 Departamento de Ecosistemas 422 Departamento para la Protección, Conservación y Mejoramiento Territorial del Recurso Hídrico 43 Dirección de Monitoreo y Vigilancia del Agua 43. Deperiamento de Control y Monitoreo del Recurso Hídrico 4.32 Departamento de Investigación y Normatividad del Ague
E. FUNCIONES ADMINISTRATIVAS
1. Viceministerio Administrativo Financiero 1.1 Unidad de Acceso a Información Pública 1.2 Dirección Administrativa 121 Departamento de Compras y Acquisiciones 122 Departamento de Almacén 123 Departamento de Servicios Internos 1.24 Departamento de Archivo General 4,3 Dirección de Recursos Humanos 1.3.1 Departamento de Dctación de Recursos Humanos 132 Departamento de Gestión de Personal 1.3.3 Departamento de Nóminas 134 Departamento de Canscitación y Desarrollo 1.4 Dirección Financiera 14.1 Departamento de Presupuesto 1.42 Departamento de Contabilidad 14.3 Departamento de Tesorería 144 Departamento de Inventarios 15 Dirección de Informática 1.6.1 Departamento de Infraestructura, Telecomunicaciones y Soporte Técnico 152 Depertamento de Invesiigación y Desarrollo Informático
(C. FUNCIONES DE APOYO TÉCNICO Unidad de Asesoría Juridica Unidad de Comunicación Social Unidad de Cooperación Intemacionel Unidad de Género, Muttcuturalidad y Personas con Discapacidac Unidad de Planificación Secretaría General
D. FUNCIONES DE CONTROL INTERNO Aucitoria IniemaNÚMERO 3 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, JUEVES 15 de abril 2021 3
Secretaría General
D. FUNCIONES DE CONTROL INTERNO Aucitoria IniemaNÚMERO 3 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, JUEVES 15 de abril 2021 3
CAPÍTULO | FUNCIONES SUSTANTIVAS SECCIÓN | DESPACHO SUPERIOR ARTÍCULO 7. MINISTRO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES: El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales es la máxima autoridad del Ministerio, responsable de su dirección y conducción política, técnica y administrativa Le corresponden las atribuciones siguientes: a) Proponer a la Presidencia de la República las normas, antecroyectos de ley. acuerdos, “reglamentos y otras — disposiciones, para la ejecución ce s políticas nacionaies de ambiente, recursos naturales y cambio climático, para la racionalización y sistemstzacion de la legis'ación en materia de ambiente, recursos naturales y cambio climático; DE ¥ proponer soluciones a la Pl ce la República y tu del Organismo Ejecutivo que, de alguna manera, puedan acoptar decisiones que tengan efectos en las áreas de ambient, recursos naturales y cambio climático: €) Dictar disposiciones para desconcenzar y descentralizar actividades, funciones y procesos técnico administrativos; suscribir cuando estime necesarios convenios administrativos; aprobar los diversos manuales administrativos y operativos y emitir disposiciones internas; ) Dirigir, tramita”, resover e inspaccione” las acciones relacionadas con su Ministerio: €) Administrar los recursos humanos, financieros y físicos, con que dispone el Ministerio para el ejercicio de «us funciones; 1) Presentar al Presidente, anualmente el olan de trabajo y la memoria de labores e
informante periodicamente sobre el desempeño del Ministerio: 9) Aprobar el Plan Estratégico, Plan Operativo Multianual, Plan Operativo Anual y anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos del Ministerio y velar por su correcta ejecución; h) Celebrar convenios de cooperación con organizaciones nacionales e internacionales y propiciar la negociación y obtención de recursos técnicos y financieros con agencias de cooperación nacional e intemacionel, oaricipando en la negociación y concreción de la cooperación intemacional correspondiente a su ramo; Promover la creación, facilitar y supervisar la gestión de fideicomisos y otros mecanismos financieros descentralizados para agiizar la ejecución financiera de fondos especificos, con financiamiento nacional o externo: 1) Tomar las medidas que correspondan, según la ley en casos de felas incumplimiento de deberes u otras Infracciones cometidas por los funcionarios y empleados públicos bajo su autoridad, Incluyendo los casos contenidos en los Informes de los gobernadores departamentales; K) Resolver los recursos administrativos que se presonten de conformidad con lo que establece la Ley de lo Contencioso Administrativo; 1) Celebrar y suscribir en nombre del Estado, los contratos edministratvos relativos a los asuntos que se relacionen con el Ministerio a su cargo: m) Participar en los órganos en que la ley lo establezca y delegar la participación, en los casos que corresponda, de conformidad con la Loy: ) Coordinar y participar con el Ministerio de Relaciones Exteriores en la firma y ratificación de convenios, convenciones y tratados ¡ntemacionales, en materia de ambiente, recursos naturales y cambio cimático en relación a las obligaciones y compromisos del país: y, ) Otras atribuciones inherentes 2 su cargo y ce conformidad con la Ley o en su caso las que sean asignadas o encomendadas por ol Presidente de la República.
ARTÍCULO 8. SUSTITUCIÓN TEMPORAL DEL MINISTRO. El Ministo se considera ‘temporalmente ausente, cuendo se encuentre fuera del terttorio de la República o imposibiltado por enfermedad © cualquier otra incapacidad para el ejercicio de funciones. En caso de ausencia lo sustituirá el Viceministro con mayor antigüedad en el cargo o, en su defecto, por el Viceministro con la segunda mayor antigüedad. SECCIÓN Il VICEMINISTERIO DE AMBIENTE ARTÍCULO 9. VICEMINISTRO DE AMBIENTE. El Viceministro de Ambiente, es la autoridad inmediata Inferior, responsable de la gostión ambiental, desconcentración y descentralización del Ministerio, así como del cumplimiento de la normativa ambiental. Le corresponden las atribuciones siguientes: a) Impulsar la implementación de políticas ambientales en mataría de su competencia y desarrollar el sistema de evaluación ambiental; b) Coordinar las acciones de desconcenvación y descentralización del Ministerio en el interior del país; e) Dirigir y coordinar ala gestión ambiental; d) Representar al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales. cuando este así lo disponga, en los asunics relacionados con las actvicades institucionales del Ministerio: €) Suscribir los contratos administrativos del Ministerio, an ausencia Gel Viceministro Administrativo Financiero, cuando le sea asignado; 1) Velar porque las dependencias a su cargo se cocrdinen con el Sistema de Información sobre Campoio Climático, en el ingreso y actualización de información; 9) Dar seguimiento y velar por el cumpíimiento de convenios, contratos o acuerdos celebrados inherentes a su cargo; los — aspectos técnicos y — administrativos — vinculados h) Coordinar con el Ministerio de Educación la ejecución de la Política Nacional de Esucación Ambiental
los — aspectos técnicos y — administrativos — vinculados h) Coordinar con el Ministerio de Educación la ejecución de la Política Nacional de Esucación Ambiental 1) Aprobar los procesos y programas de educación ambiental, foral, no formal e informal. en sus diferentes modalidades; 1) Susttuir al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales, por ausencia temporal, de acuerdo con lo que establece este reglamento: y. k) Otras atribuciones inherentes a su cargo ce conformidad con la Ley o en su caso las que le sean asignadas © encomendadas por el Miristro de Ambiente y Recursos Naturales. ARTÍCULO 10. DIRECCIONES DEL VICEMINISTERIO AMBIENTE. Para la realización de sus funciones, el Viceministerio de Ambiente, está conformado por las Direcciones siguientes: a) Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales b) Dirección de Coordinación Nacional €) Dirección de Cumplimiento Legal ) Dirección de Formación y Participación Social ARTÍCULO 11. DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y RECURSOS NATURALES, La Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, es el órgano responsable de diseñar y promover las acciones preventivas que debe promover el Ministerio para conservar la calidad del ambiente y de los recursos naturales. Le corresponden las funciones siguientes: a) Desarrollar y actualizar el sistema de evaluación ambiental: b) Recibir, analizar y resolver todos los instrumentos ambientales que se presentan, de acuerdo a la romativa ambienta! vigente: €) Implementar y administrar las normas para la emisión de las licencias ambientales que le corresponda según la Ley, actualizandolas cuando ses necesario: d) Coordinar la correcta aplicación de las normas ambientales con otras entidades
públicas relacionadas; €) Aprobar, renovar, suspender o cancelar las licencias ambientales relacionadas con la gestón ambiental; $} Diseñar, desarrollar e implementar el sisteria de control y seguimiento ambiental, en coordinación con ctras dependencias del Ministerio, así como con entidades públicas y privadas relacionadas; q) Elaborar y administrar los reglamentos que conforme a la ley deben elaborarse y someterlos a la consideración del Despache Superior; h) Solicitar opinión legal a la Dirección ce Cumplimiento Legal, cuando se emitan normas ambientales, que sean suscaptibles de sarción a través de procedimientos administrativos; Resguardar y controlar el archivo de los expedientes y documentación relacionados con la gestión ambiental: y, ) Otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Superior, de conformidad con la Ley. ARTÍCULO 12, DEPARTAMENTOS DE LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y RECURSOS NATURALES. La Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales para el cumplimiento de sus funciones, está conformada por los Departamentos siguientes: a) DEPARTAMENTO DE CALIDAD AMBIENTAL. El Departamento de Calidad es el órgano respor de ylo resolver los expedientes aomiistretivos que contienen instrumentos ambientales de proyectos, obras, industrias o actividades, que se ingresen con el debido proceso al Ministerio. b) DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A LA GESTIÓN AMBIENTAL. El Departamento de Atención a la Gesión Ambiental, es el órgano responsable de la revisión y recepción de las gestiones ambientales que presentan les usuarios al Ministeri: así como de notificar las resoluciones administraivas y las ¡encia ambientales relacionadas.
de Atención a la Gesión Ambiental, es el órgano responsable de la revisión y recepción de las gestiones ambientales que presentan les usuarios al Ministeri: así como de notificar las resoluciones administraivas y las ¡encia ambientales relacionadas. ©) DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN PARA EL MANEJO AMBIENTAL RACIONAL DE PRODUCTOS QUÍMICOS Y DESECHOS PELIGROSOS EN GUATEMALA. El Departamento de Coordiración para el Manejo Ambiental Racional de Productos Quimicos y Desechos Peigrosos en Guatemala, es el órgano responsatie de elaborar planes, programas, proyectos y estrategias; así como de implementar un marco regulatorio, basaco en Instumentos legales, técnicos y administrativos para el manejo ambientalmente racional ce productos quimicos y desechos peligrosos. d) DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA Y SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. El Departamento de Producción Más Limpia y Sostenibilidad Ambiental, es el órgano responsab e de coordinar la Política Nacional de Producción más Limpia, así como de proponer y promover el programa de acuerdos voluntarios y convenios público-privado de producción más impa, y de promover el programa integral de edificio verde y sostenible a nivel nacional €) DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL. El Departamento de Control y Seguimiento Ambiental es el órgano responsable de realizar inspecciones de reconocimiento, monitoreos o auditorías ambientales on forma sistemática y documentada, con la finalidsd e verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales y las medidas de control ambiental de todo proyecto, obra,4 Guatemala, JUEVES 15 de abril 2021 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NUMERO 3 industria o actividad, que cuente con resolución aprobatoria vigente y sus subsiguientes resoluciones.
industria o actividad, que cuente con resolución aprobatoria vigente y sus subsiguientes resoluciones. ARTÍCULO 13. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN NACIONAL. La Dirección de Coordinación Nacional, es el Organo responsable de conducir los procesos de desconcentración y descentraización de las funciones del Ministerio. Le corresponden las funciones siguientes: a) Coordinar la aplicación de las disposiciones ambientales con las entdades y organizaciones relacionadas con el ambiente y recursos naturales del país y el cambio cimático en el ámbito local o regional; b) Desarrollar mecanismos de atención y coordinación con instancias del Goblemo y de los grupos civies organizados, para el logro de los objetivos, planes y programas del Ministerio; e) Dar acompañamiento a los entes del sector ambiental y recursos naturales, facilitando información para protegor el ambiente, prevenir su cegracación y atender los temas de cambio climático; e) Elaborar informes periódicos sobre el grado de cumplimiento de las disposiciones ambientales, la caldad ambiental, el estado de los recursos naturales y los temas relativos al cambio climático en el temitrio nacional; e) Analizar y trasiadar a la Instancis respectiva, las denuncias que se formulen en materia ambiental y recursos naturales: Y Coordinar las estrategias por medio de las cuales los sectores y organizaciones de la sociedad civil, puedan involucrarse y surrarse a una gestión que permita mejorar las condiciones ambientales, el uso racional de los recursos naturales y los procesos vinculados con el cambio climático; 8) Coordinar con las redes de investigación ambiental la inclusión de temas sociales, económicos y antropológicos en los estudios sobre uso y manejo del ambiente y los recursos naturales; creando mecanismos de participación a todos los niveles;
vinculados con el cambio climático; 8) Coordinar con las redes de investigación ambiental la inclusión de temas sociales, económicos y antropológicos en los estudios sobre uso y manejo del ambiente y los recursos naturales; creando mecanismos de participación a todos los niveles; 1) Coordinar con las autoricades locales y organizaciones civiles, la implementación de los programas de educación ambiental, sea esta formal o informal; 1) Recomendar a las Municipalidades de la República. 'a aplicación de la legislación, programas o proyecics relacionados con temas ambientales, recursos naturales y cambio climático; y, 1) Otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Superior, de conformidad conta Ley.
ARTÍCULO 14. DEPARTAMENTOS DE LA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN NACIONAL.
La Dirección ce Coordinación Nacional, para el cumplimiento de sus funciones, está conformada por los Departamentos siguientes: a) DEPARTAMENTO DE DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL. El Departamento de Desconcentración y Descentralización de la Gestión Ambiental, es el órgano responsable de ejecutar la Política para la Desconcertaación y Descentralización de la Gestión Ambiental en Guatemala. en coordinación con las delegaciones departamentales de cada región y otros actores involucrados. b} DELEGACIONES DEPARTAMENTALES. Las Delegaciones Departamentales, son los órganos responsables ce ejecutar a nivel departamental la desconcentración de la educación ambiental formal, no formal e informal; así como realizar la recepción, análisis, dictamen, resolución, emisión de licencias ambientales, control y seguimiento ambiental de los instrumentos ambientales que correspondan y recibir e inspeccionar las denuncias ambientales, cursándolas a donde corresponde de conformidad con la normativa vigente.
ambiental de los instrumentos ambientales que correspondan y recibir e inspeccionar las denuncias ambientales, cursándolas a donde corresponde de conformidad con la normativa vigente. ARTÍCULO 15. DIRECCIÓN DE CUMPLIMIENTO LEGAL. La Dirección de Cumplimiento Legal, es el órgano responsable de verfficar que las personas individuales y juridicas cumplan con la normativa ambiental vigente, así como dar seguimiento a las denuncias que se presentan por posibles daños ambientales. Le corresponden las funciones siguientes: a) Asesorar en materia de la normativa ambiental vigente a los órganos del Ministerio que lo requieran; b) Verificar ce oficio. denuncia 0 a solicitud de otres dependencias, el cumplimiento de las normas jurídicas de la legislación ambienta, y gestionar el procecimiento de verificación de infracciones, cuando las leyes específicas le asignen esta atribución al Ministerio; <) Plantear, tramitar y dar seguimiento al procedimiento de aplicación de sanciones de conformidad con la ley, cuanco la violación legal sea competencia y del conocimiento de este Ministero, por denuncia administrativa planteada o de oficio; d) Plantear las denuncias pertinentes ante el Ministerio Público y colaborar en todas las investigaciones que, sobre la materia de ambiente y depredación de los recursos naturales, le sea requerido o de oficio; %) Emitir las resoluciones correeponcientes dentro del trámite en la vía de los incidentes por infracción a la normativa ambiental; f Emitir el fniquto. cuando corresponda, al concluir el procedimiento acministrativo correspondiente; 9) Suscribir converios de pago cerivados de la imposición de multas dentro del proceso sancionstorio administrativo; ) Emitir opinión legal cuando se propongan normas ambientales que sean susceptibles
correspondiente; 9) Suscribir converios de pago cerivados de la imposición de multas dentro del proceso sancionstorio administrativo; ) Emitir opinión legal cuando se propongan normas ambientales que sean susceptibles de sanción a través de procedimientos administrativos: 1) Desarrollar los mecanismos de cuantificación de daños ambientales causados por el desarrollo de proyectos, obras, industrias o activicades; y, 1) Otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Superior, de conformidad conta Ley. ARTÍCULO 16. DEPARTAMENTOS DE LA DIRECCIÓN CUMPLIMIENTO LEGAL. La Dirección de Cumplimiento Legal para el cumplimiento de sus funciones, está conformada por los Departamentos siguientes: a) DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS Y PATRULLAS AMBIENTALES. El Departamento de Denuncias y Petrullas Ambientales, es el órgano responsable de registrar y evaluar las denuncias ambientales que sean competencia del Ministerio, realizar las inspecciones en el lugar de la denuncia, así como emitir y envia’ el informe de inspacción pertinente donde se indique la clas ficación y categoría de impacto ambiental que le corresponda según el Listado Taxativo a la Dirección de Cumplimento Legal, para su asignación: e inicio del procedimiento en la vía de los incidentes, así como apoyar las acciones que se realicen en materia de protección y seguridad ambiental, en coordinación con las autoridades corresponcientes. b) DEPARTAMENTO DE PROCURACIÓN Y NOTIFICACIÓN. El Departamento de Procuración y Notificación, es el érgaro responsable de realizar ‘as diigencias y notificaciones de las diversas etapas del procedimiento administrativo, así como realizar las acciones pertinentes para verficar el cumplimiento de lo resuelto. €) DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA AMBIENTAL El Departamento de Economía
notificaciones de las diversas etapas del procedimiento administrativo, así como realizar las acciones pertinentes para verficar el cumplimiento de lo resuelto. €) DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA AMBIENTAL El Departamento de Economía Ambiental, es el órgano responsable de establecer mecanismos de cuantificación de daños ambientales causados por el deserrcilo de proyectos, obras, industrias o actividades y cuamificaros. ARTÍCULO 17. DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PARTICIPACIÓN SOCIAL. La Dirección de Formación y Participación Social. es el órgano responsable de formular e implementar la estrategia de formación y participación social en tomas de ambiente, recursos naturales y cambio climático a la poolación del país en general. Le corresponcen las funciones siguientes: a) Formular e implementar estrategias, programas y proyectos sociales en el marco de la gestión socio ambiental; b) Promover y coordinar el fortalecimiento de la pertinencia cultural y ambiental, respeto a la naturaleza, aprovecherriento racional de los recursos naturales y la apropiación de la sociedad de todos los temas referentes a la temática ambiental, cambio climático y desarrollo sostenible: e) Promover y eventos de reflexión, investigación y análisis scbre el ambiente, recursos naturales y cambio climático, para generar consensos en el marco de la gestión ambiental nacional: ) Actualizar, adecuar y reformar en forma conjunta con el Ministerio de Educación la estrategia, aspectos conceptuales, temálicos y metodológicos ce la educación ambiental para todos los ámbitos de la educació