Acuerdo Ministerial 1019-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 1019-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
Pág. 13 Ministerio de Educación Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No, 1019-2013
Guatemaia, 22 de marzo de 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las politicas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud
con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Instituto Privado Mixto Diversificado Bilingüe Oxlajnh Tz'alanh, presentó
técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Instituto Privado Mixto Diversificado Bilingüe Oxlajnh Tz'alanh, presentó
su solicitud para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable número 54-A-2012 de fecha diecinueve de octubre de dos mil doce, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, es procedente la autorización de la referida carrera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren [os Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal ¢) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 1655-96. pig. 23
ACUERDA: Artículo 1. Autorización, Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Instituto Privado Mixto Diversificado Bilingüe Oxlajnh Tz"alanh del
municipio de San Sebastián Coatán del departamento de Huehuetenango para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, bajo las siguientes estiputaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada matutina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales.
b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales. c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos.Ministerio de Educación Guatemala, C. A. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural Cuarto Grado Asignatura Períodos
Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3
Matemáticas Física Fundamental Comunicación y Lenguaje: idioma Materno | (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su didáctica Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingüe interculturat Informática Aplicada a la Educación Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal ola e ariwlnia w wall» aw Quinto Grado Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación 4 Medio Social y Natural | y su didáctica 3 Estadística Aplicada a la Educación 3
Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 11 (L1) 4
4 4
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma It (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica
Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 11 (L1) 4
4 4
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma It (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica Psicopedagogía Infantil 3 8 Didáctica de las Matemáticas 3 9 Planificación y Evaluación 3 10 | Práctica Docente: Observación y participación 4Pág. 383
Ministerio de Educación Guatemala, C. A. Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos 2 Medio Social y Natural II y su didáctica 3 3 Química 4 4 Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 Didáctica del Segundo idioma (L2) 4 6 Literatura Universal 3 7 Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garifuna 3 8 Expresión Artística y Corporal 111: Artes Plásticas, Artes de 3 las Culturas de Guatemala y su didáctica 9 Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y en 3 valores 10 | Práctica Docente 5 35 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos.
carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, supervisara la ejecución de las acciones del Instituto Privado Mixto Diversificado Bilingüe Oxlajnh Tz'alanh para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Instituto Privado Mixto Diversificado Bilingite Oxlajnh Tz'alanh. Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Derogación. Se deroga el Acuerdo Ministerial No. 3481-2012 de fecha 31 de octubre de 2012. Artículo 9. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.