Acuerdo Ministerial 103
Ministerio de Energía y Minas
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 103
- Autor
- Ministerio de Energía y Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
MINISTERIO
COAFEMALA | Pecnencia DR. ALEJANDRO CIAMMATTEI Y MINAS
ACUERDO MINISTERIAL 103-2023
GUATEMALA, 25 DE ABRIL DE 2023
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio, asimismo para dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio y velar por el estricto cumplimiento de las leyes. CONSIDERANDO Que por medio del Acuerdo Número A-028-2021 emitido por la Contraloría General de Cuentas, se aprueba el Sistema Nacional de Control Interno Gubernamental (SINACIC), por medio del cual se da seguimiento a la evaluación de riesgos y otros elementos de control interno implementados en el Ministerio de Energía y Minas. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 4,20,22,27 y 34 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Gubernativo número 382-2006; Dictamen Jurídico UAJ-253-2023 de fecha 25 de abril de 2023 emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; ACUERDA: Artículo 1. APROBAR el Informe Anual de Control Interno Gubernamental 2023, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, matrices, mapa y plan que lo integran en el marco del Sistema Nacional de Control Interno Gubernamental (SINACIG), que obra
Artículo 1. APROBAR el Informe Anual de Control Interno Gubernamental 2023, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, matrices, mapa y plan que lo integran en el marco del Sistema Nacional de Control Interno Gubernamental (SINACIG), que obra adjunto al presente, y el cual forma parte irtegra del presente Acuerdo Ministerial. Artículo 2. El presente Acuerdo Ministerial surte sus efectos inmediatamente y se ordena su publicación (y documentos adjuntos) en el portal electrónico del Ministerio de Energía y Minas. Enrique Chu Mac
2 SECRETARIA:
— GENERAL
DE ENE;
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