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Acuerdo Ministerial 106

Ministerio de Energía y Minas

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 106
Autor
Ministerio de Energía y Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

DR. ALEJANDRO CIAMMATTE! Y MINAS

Í | GOBIERNO de MINISTERIO

GUATEMALA DE ENERGÍA

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 106-2023

GUATEMALA, ABRIL 27 DE 2023

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 22 de la Ley de Hidrocarburos; 171 y 172 de su Reglamento General, el Ministerio de Energía y Minas, con opinión previa de la Comisión Nacional Petrolera, determinará provisionalmente el precio de mercado del petróleo crudo de producción nacional. CONSIDERANDO Que la Dirección General de Hidrocarburos presentó el estudio correspondiente y propuso mediante oficio identificado como DCH-OFI-471-2023, de fecha veinticuatro (024) de abril de dos mil veintitrés (2023) el precio de mercado del petróleo crudo nacional, condensados, gas natural comerciable y gas de boca de pozo que debe regir provisionalmente para el mes de MAYO de dos mil veintitrés (2023), así como los diferenciales de gravedad y de calidad por contenido de azufre; y habiendo emitido opinión favorable la Comisión Nacional Petrolera a través de la opinión identificada como CNP-29-2023, de fecha veintiséis (26) de abril de dos mil veintitrés (2023), es procedente emitir la disposición legal correspondiente. CONSIDERANDO Que el artículo 12 del Acuerdo Gubernativo número 112-2015, de fecha veintiséis (26) de marzo de dos mil quince (2015), Tarifario de los Servicios que presta la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, establece que las publicaciones de

marzo de dos mil quince (2015), Tarifario de los Servicios que presta la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, establece que las publicaciones de acuerdos ministeriales que contengan disposiciones de carácter general, se realizarán sin costo alguno dentro del plazo de dos meses contados a partir de la fecha de su emisión. POR TANTO Con base en lo considerando y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 152 y 154 de la Constitución Política de la Republica;1 del Decreto Ley número 21-85, con el cual se faculta al Ministerio de Energía y Minas para que los precios del petróleo, puedan expresarse en Dólares; 4, 20, 22 y 27, literal m) del Decreto número 1714-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 5 del Acuerdo Gubernativo número 141-2008, de fecha doce (12) de mayo de dos mil ocho (2008); 171, 172 y 174 del Acuerdo Gubernativo número 1034-83, Reglamento General de la Ley de Hidrocarburos; 4 literal h) y 6 literal b) del Acuerdo Gubernetivo Número 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; ACUERDA ARTÍCULO 1. FIJACIÓN DEL PRECIO. Se fijan provisionalmente como precios de mercado del petróleo crudo nacional, condensados, gas natural comerciable y gas de boca de pozo para el mes de MAYO de dos mil veintitrés (2023), los producidos en las áreas de explotación que más adelante se detallan, siendo los siguientes: o d - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona TI, Las Charcas

para el mes de MAYO de dos mil veintitrés (2023), los producidos en las áreas de explotación que más adelante se detallan, siendo los siguientes: o d - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona TI, Las Charcas PBX: (+502) 2419 6464 O O © wwmemeobetDR. ALEJANDRO GIAMMATTE! Y MINAS

: É GOBIERNO de | MINISTERIO GUATEMALA DE ENERGÍA

PRECIOS DE MERCADO DEL PETRÓLEO CRUDO NACIONAL. CONDENSADO, GAS

NATURAL COMERCIABLE Y GAS DE BOCA DE POZO EN FORMA

PROVISIONAL

PROCEDENCI NTO DE MEDIC i 14.40°AP] 6.95%S 46.38800

Chocop 12.00°AP| 6.53%S 4539661 Yalpemech 33.I5%API_2.44%S 6427587 Atzám + 3250%API 2.03%S 59.80200 Rubelsanto 25.40%API 3.93%S 54.32300

PROCEDENCIA CARACTERÍSTICAS PRECIO US$.

Área Ocultún Condensado == 61.41°AP| 0.46%S

PRECIO US. $. PROCEDENCIA CARACTERÍSTICAS MM

Gas Natural Comerciable

MAYO 1.78500

Gas Boca de Pozo

MAYO 0.05000

ARTÍCULO 2. VIGENCIA. El presente Acuerdo Ministerial debe publicarse en el Diario de Centro América, entrando en vigencia apartir del día siguiente de su publicación. © S £ E SECRETARIA. E S _ GENERAL = — NERAL - OFICINAS CENTRALESCentro América, entrando en vigencia apartir del día siguiente de su publicación. © S £ E SECRETARIA. E S _ GENERAL = — NERAL - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona TI, Las Charcas : PBX: (+502) 2419 6464 O 6 O mwmemeost

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