🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 1071-2014

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 1071-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

2 A Ministerio de Educación Guatemala, C. A.

ACUERDO MINISTERIAL No. 1071-2014

Guatemala, 05 de junio de 2014 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, la cultura nacional y universal.

CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Ministerial número seiscientos setenta y cuatro guión dos mil catorce (6742014), de fecha dos de mayo de dos mil catorce (02/05/2014), se aprobó la Carta de Entendimiento de la Primera Cohorte de Profesionalización Docente de Maestros de Educación Física, de fecha veintinueve de noviembre de dos mil trece (29/11/2013), suscrita por el Ministerio de Educación, Dirección General de Educación Física y la Universidad de San Carlos de Guatemala; con relación a la Profesionalización de Maestros de Educación Física, así como la ejecución del Programa Académico de Desarrollo Profesional para Docentes en Servicio de Educación Física PADEP/DEducación Física.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las ciáusulas novena y décima (92 y 10%) de la citada Carta de Entendimiento, y con fundamento en el Artículo 3 del Acuerdo Ministeria! número 674-2014, es modificada por el Adendum número uno guión dos mit catorce (01-2014) de fecha cinco de mayo de dos mil catorce (05/05/2014), el que pasa a formar parte integral de la Carta de Entendimiento.

CONSIDERANDO:

modificada por el Adendum número uno guión dos mit catorce (01-2014) de fecha cinco de mayo de dos mil catorce (05/05/2014), el que pasa a formar parte integral de la Carta de Entendimiento.

CONSIDERANDO: Que, se hace necesaria la aprobación del Adendum número uno guión dos mil catorce (01-2014) de fecha cinco de mayo de dos mil catorce (05/05/2014); y que por ser de estricto interés del Estado, la publicación del presente Acuerdo deberá efectuarse sin costo alguno.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales c) y m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 7 literal a) del Decreto número 76-97, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte; 36 literales d) y g), 66 y 67 del Decreto número 12-91, Ley de Educación Nacional, Decretos emitidos por el Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA: ARTÍCULO 1. Aprobación. Aprobar el Adendum número cero uno guión dos mil catorce (01-2014) de fecha cinco de mayo de dos mil catorce (05/05/2014), suscrito por la Señora Viceministra de Educación, Licenciada Olga Evelyn Amado Jacobo de Segura; el Director General de la Dirección General de Educación Física —DIGEF, Señor Martín Alejandro Machón Guerra; y el Director de la Escuela de Ciencias Psicológicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Licenciado Abraham

General de Educación Física —DIGEF, Señor Martín Alejandro Machón Guerra; y el Director de la Escuela de Ciencias Psicológicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Licenciado Abraham Cortéz Mejía; Adendum que pasa a formar parte integral de la Carta de Entendimiento de la PrimeraMinisterio de Educación Guatemala, C. A. Cohorte de Profesionalización Docente de Maestros de Educación Física, de fecha veintinueve de noviembre de dos mil trece (29/11/2013), suscrita por el Ministerio de Educación, la Dirección General de Educación Física y la Universidad de San Carlos de Guatemala; con relación a la ejecución del Programa Académico de Desarrollo Profesional para Docentes en Servicio de Educación Física PADEP/D-Educación Física, debiéndose observar obligatoriamente sus normas y contenido, así como el del Adendum aprobado mediante el presente acuerdo. ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente acuerdo empezará a regir inmediatamente y deberá publicarse en el Diario de Centro América.

COMUNÍQUESE.

CINTHYA CAI A DEL AQUILA MENDIZÁBAL Nata. 0

LOS VICEMINISTROS DE EDUCACIÓN Tr í Va EVELYN AMADO JACOBO DE SEGURA" ALFREDO GUSTAYO GARCÍA ARCHILA DE E, o ©, © ©, ZA 2 . ma 2 z

& 2

E GUTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVARÍZ - €, . 4 O

TEMALP:

Consultar sobre este documento ...