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Acuerdo Ministerial 127

Ministerio de Energía y Minas

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 127
Autor
Ministerio de Energía y Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

GOBIERNO d MINISTERIO 2 e

5 GUATEMALA | PE ENERGÍA Y MINAS

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 127-2023

GUATEMALA, 15 MAYO DE 2023

EL VICEMINISTRO ENCARGADO DEL ÁREA ENERGÉTICA

ENCARGADO DEL DESPACHO CONSIDERANDO: Que la Ley del Organismo Ejecutivo, confiere la autoridad y competencia a los Ministros de Estado para los asuntos propios de su ramo; asimismo, para dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo.

CONSIDERANDO: Que con fecha 09 de mayo de 2023, se emitió el Acuerdo Ministerial Número 118-2023, a través del cual se nombra por Primer Ingreso a ROBERTO CARLOS BARILLAS MONZÓN en el puesto de Director Técnico Il con especialidad en Derecho con efectos a partir del 10 de mayo de 2023.

POR TANTO: Con fundamento en el artículo 194 literales a) y b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; con base en lo preceptuado en los artículos 22 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Gubernativo 354-2022 “Plan Anual de Salarios y Normas para su Administración en las Instituciones del Organismo Ejecutivo, así como de las Entidades Descentralizadas y Autónomas del Estado que se rigen por la Ley de Servicio Civil, 4 literal b) y 6 literal b) del Acuerdo Gubernativo número 382-2006 y sus reformas, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas y Acuerdo Ministerial Número 115-2023 de fecha 04 de mayo de 2023;

ACUERDA:

número 382-2006 y sus reformas, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas y Acuerdo Ministerial Número 115-2023 de fecha 04 de mayo de 2023; ACUERDA: ARTÍCULO 1. REFORMAR el POR TANTO del Acuerdo Ministerial número 118-2023 de fecha 09 de mayo de 2023, el cual queda así: “POR TANTO: Cor base en lo considerado y con fundamento en el artículo 194 literales a) de la Constitución Política de la República; artículos 22 y 27 literales a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; artículos 4, 29 numeral 2, 31 de la Ley de Servicio Civil; artículo 10, 25 numeral 2, 33, 35 y 36 numeral 2 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil; artículo 4 de la Ley de Salarios de la Administración Pública; artículos 4 literal b) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas y Acuerdo Ministerial número 108-2023 de fecha 27 de abril de 2023”. El resto de estipulaciones establecidas en el Acuerdo Ministerial que por medio del presente se reforma, mantiene toda su fuerza y validez legal. ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial surte sus efectos inmediatamente y debe notificarse a la persona interesada y a la Unidad de Recursos Humanos.

vO DE En, ENTER COMUNÍQUESE,

Encargado del Despacho Licda. Rita Maríe-Bueso Castañeda de Aguilar = SECRETARIA GENERAL - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las O 9 © www.memgob.gt Charcas

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