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Acuerdo Ministerial 1270-2014

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 1270-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

MINISTERIO DE EDUCACION

Guatemala, C. A. ACUERDO MINISTERIAL No. 1270-2014

Guatemala, {2 JUL 2014 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado podrá subvencionar a los centros educativos privados gratuitos, a efecto de proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente y la Asociación de Centros Educativos Mayas (ACEM) suscribieron el Convenio de Subvención Económica No. 02-2014 de fecha 30 de mayo de 2014, por lo que se ha enviado a este Despacho para la aprobación correspondiente.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Administración Financiera -DAFImanifestó que existen los recursos financieros para cubrir los compromisos adquiridos en el convenio relacionado, y la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, en razón de la delegación que oportunamente se le otorgara para la suscripción del referido convenio, ha asumido enteramente la responsabilidad de la gestión, al manifestar que se han cumplido a cabalidad los requisitos legales para la viabilización del mismo, por lo que es necesario emitir la disposición legal correspondiente.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y lo preceptuado en los artículos 27 literales a), f) y m) y 33 literal a) del Decreto

número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 8, 10 y 33 literales c), d) y m) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA: ARTÍCULO 1. Aprobar el Convenio de Subvención Económica No. 02-2014 de fecha 30 de mayo de 2014, suscrito por Marda Evelinda Oliva Marroquín de Muralles en su calidad de Directora Departamental de Educación Guatemala Occidente, con delegación del Despacho Superior a través del Acuerdo Ministerial número 0016-2014 de fecha 2 de enero de 2014 y por Miguel Angel Camajá Cabrera en su calidad de Presidente Y Representante Legal de la Asociación de Centros Educativos Mayas (ACEM), para que pueda prestar de manera ininterrumpida y sin discriminación alguna, servicios educativos gratuitos durante el ejercicio fiscal 2014, ARTÍCULO 2. En razón que la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente es responsable de la gestión previa a la suscripción del convenio mencionado en el artículo anterior, deberá verificar el fiel cumplimiento del mismo para ajustar a derecho todos los compromisos y obligaciones que contiene.

ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo empieza a regir a partir de su notificación.

COMUNÍQUESE.

,

CINTHYA CA: A DELÁGUILA MENDIZABAL 7 7,

ALFREDO GUSTAVO GARCÍ

VICEMINISTRO DE EDUCAMinisterio de Educación Guatemala, O. A.

COMUNÍQUESE.

,

CINTHYA CA: A DELÁGUILA MENDIZABAL 7 7,

ALFREDO GUSTAVO GARCÍ

VICEMINISTRO DE EDUCAMinisterio de Educación Guatemala, O. A. CONVENIO DE SUBVENCION ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS GRATUITOS, SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A TRAVES DE LA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN GUATEMALA OCCIDENTE Y LA ASOCIACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS MAYAS ACEM CONVENIO No, 02-2014. + DIRE

En el municipio de Mixco, departamento de Guatemala, el día treinta de mayo de dos mil catorce(30/05/2014), comparecemos: Por una parte; MARDA EVELINDA OLIVA MARROQUÍN DE MURALLES, de cuarenta y nueve (49), años de edad, casada, guatemalteca, Licenciada en Pedagogía con Orientación y Evaluación Educativa, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación -CUInúmero mil setecientos treinta y dos espacio veinte mil novecientos ochenta y tres espacio dos mil cuatro (1732 20983 2004), extendido en el municipio de Jocotán departamento de Chiquimula por el Registro Nacional de las Personas, en representación del Ministerio de Educación, en calidad de Directora Departamental de Educación Guatemala Occidente, función que ejerzo conforme nombramiento en Acuerdo Ministerial DIREH dos mil ciento noventa y seis guión menor dos mil doce (DIREH-2196-2012), de fecha treinta y uno de mayo del dos mil doce (31/05/2012), y acta de toma de posesión del cargo contenida en Acta número cincuenta y cinco guión dos mil doce (55-2012) asentada en el folio número ochenta y tres (83) del libro de actas de hojas móviles autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo el registro número L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, de fecha uno de junio de dos mil doce (01/06/2012), he sido delegada por el Ministerio de Educación para suscribir convenios subvención educativa, por medio del Acuerdo Ministerial número cero,

cero, dieciséis guión dos mil catorce (00162014) señalo lugar para recibir notificaciones, la sede de la Dirección Departamental de Educeción Guatemala Occidente, ubicada en la cuarta avenida “B” cero guión sesenta y nueve colonia Cotió, zona 2 de Mixco y por otra parte” MIGUEL ANGEL CAMAJA CABRERA, de cincuenta y cinco (55),años de edad, casado, Maestro de Educación Primaria, guatemalteco, con domicilio en el departamento del Quiché; con Documento Personal de Identificación -CUInúmero, un mil setecientos treinta y tres espacio cuarenta y seis mil trescientos noventa y uno espacio un mil cuatrocientos diez. (1733 46391 1410), extendido en el municipio de Cunén, departamento de Quiché, por el Registro Nacional de las Personas; actúo en calidad de " Presidente y Representante legal de la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, calidad que acredito con fotocopia del acta notarial autorizada en el municipio de Guatemala, del departamento de Guatemala, el veinte de diciembre de dos mil trece (20/12/2013), por el Notario Julián Darío López Silvestre, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, del Ministerio de Gobernación, bajo la partida número doscientos treinta y seis (236), folio doscientos veintiséis (226), libro cuarenta y ocho (48). del Sistema Único del Registro de Personas Jurídicas, según consta en la razón deinscripción de nombramiento del representante legal de fecha veinte de diciembre de dos mil trece (20/12/2013); facultado

para representar legalmente a la Asociación, ejerciendo su personería jurídica en todos los actos en que la misma tenga interés, de conformidad con la cláusula vigésima sexta, atribuciones del presidente inciso a). Señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones o emplazamientos a la sede de la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, situada en el Km. 15 Calzada Roosevelt, zona 7 de Mixco, ocupando un local al interior del Instituto Indígena Santiago, municipio de Mixco, departamento de Guatemala. Ambos comparecientes aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, ser de los datos de identificación personal indicados, que hemos tenido a la vista la documentación relacionada, yra di presentants Legal ACEM 1dde Ministerio de Educación Fuetemala, O. A.

que la representación que respectivamente ejercitamos es suficiente a nuestro juicio y conforme a la Ley para otorgar el presente CONVENIO DE SUBVENCIÓN ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS GRATUITOS NÚMERO DOS GUIÓN DOS MIL CATORCE (02-2014), para el desarrollo de programas educativos en el nivel de Educación Preprimaria, Primaria, Media, Ciclos Básicos y Diversificado, en forma bilingüe para jóvenes Maya-hablantes, de acuerdo con las cláusulas siguientes: e PRIMERA. Antecedentes. La Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, surge en 1993 como una instancia representativa en el ámbito nacional e internacional de las Escuelas Mayas Comunitarias. Agrupa a Centros Comunitarios que ofrecen estudios del nivel pre-primario, primario y medio: Ciclo Básico y Diversificado (formación de Maestros Bilingiles Maya~ Español, Bachilleres en Ciencias y Letras con Orientación en Educación y Perito Contador), nuevamente ha manifestado al Ministerio de Educación, su interés en continuar proporcionando sus servicios en los centros educativos ubicados en los departamentos de: Huehuetenango, Sololá, Chimaltenango, Quetzaltenango, Quiché, Escuintla, y Guatemala Norte, deben ser atendidos en los Centros Educativos de la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, siempre que el Ministerio de Educación autorice la continuidad del apoyo económico mencionado, con el objeto de sufragar los gastos que conlleva la prestación de servicios educativos en forma gratuita, puesto que los fines de su constitución se identifican precisamente para formular, promover, gestionar,

ejecutar y/o administrar programas y proyectos educativos.- SEGUNDA: Base legal. El presente convenio se Suscribe con fundamento en lo que preceptúan los artículos 71, 72, 73, 74 y 80 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 8, 10 y 33 incisos b), e), d) i), k), m), , 3), y w) Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo número 12-91, del Congreso de la República de Guatemala, y el Artículo 5 del Decreto Legislativo 30-2012, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013, con vigencia, para el Ejercicio Fiscal 2014 y sus reformas-- TERCERA: Objeto del convenio. El presente convenio tiene por objeto otorgar un aporte económico de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA QUETZALES (Q 9,878,530.00), con cargo al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Ministerio de Educación, los cuales podrán ser entregados en forma proporcional de acuerdo a la disponibilidad de la Unidad de Administración Financiera, de la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente. Cuando la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, haya cumplido con los trámites legales y administrativos correspondientes, contenidos en el manual Operativo para subvenciones a centros educativos privados gratuitos. Dicho aporte será destinado exclusivamente para que pueda prestar, de manera ininterrumpida, sin discriminación alguna, servicio público gratuito de educación, en $ diecisiete (17), Centros Educativos Mayas

Comunitarios del Nivel de Educación preprimaria, primaria y media, de conformidad con la certificación contable presentada en el expediente de solicitud, de la manera que se describe a continuación: a) Atención educativa para una cantidad de ciento cuarenta (140), niños en el nivel pre primario; b) niños del nivel primario seiscientos ¡setenta y ocho (678); jóvenes en el Ciclo de Educación Básica un mil trescientos quince (1,315 ) | y dos mil ciento un (2,101) estudiantes en el Ciclo de Educación Diversificada; para lo cual | dichos servicios se realizarán en los Centros Educativos que pertenecen a la Asociación de ÓN Centros Educativos Mayas ACEM. La presente subvención deberá ser utilizadaa w

£2 5 ſu] 2 SE +: E [ H is Ea => 2 N Ministerio de Educación Guatemala, O. A docente, b) Un quince por ciento (15%) para el pago del personal administrativo y operativo que presta sus servicios en el referido programa educativo, c) Un dos por ciento (2%), para la compra de materiales y suministros d) un seis por ciento (6%), para la compra de material didáctico, la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, es la cuentadante y responsable de la administración y liquicación de los aportes económicos, a través de las respectivas cajas fiscales ante la Contraloría General de Cuentas, — CUARTA: Fiscalización. El desembolso de la asignación específica establecida en la Resolución número ochenta y cuatro A guión dos mil catorce (84 A — 2014) de fecha veintitrés de enero de dos mil catorce (23/01/2014) firmado por la Ministra de Educación, tiene su fundamento en el Decreto Legislativo 30-2012, de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, para el Ejercicio Fiscal 2013, con vigencia para el Ejercicio Fiscal 2014, se entregará de acuerdo a la disponibilidad financiera del Ministerio de Educación. Corresponde a la Contraloría General de Cuentas, la fiscalización de fondos aportados, a efecto de verificar que estos sean utilizados para los fines estipulados en el presente convenio por lo que de conformidad en lo dispuesto en el Acuerdo Número A guión ciento cuarenta y cuatro guion dos

mil seis (A-144-2006) de la Contraloría General de Cuentas, según el cual la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, adquiere la obligación de: a) contribuir al desarrollo de las actividades de fiscalización, que por mandato legal debe efectuar la Contraloría General de Cuentas, proporcionando la misma los documentos, libros y cualquier información que los auditores requieran; b) que para un efectivo seguimiento de las operaciones y para facilitar el proceso de fiscalización, todo los fondos que reciban del Estado, o sean producto de colectas públicas deben constituirse en una cuenta bancaria específica para el efectivo control de Ingresos y Egresos de la misma y llevar los registros contables de forma separada, de cualquier otro fondo que reciba.

QUINTA: Intereses bancarios. Los intereses bancarios generados por los recursos trasladados como producto del presente convenio, deberán ser depositados en la “Cuenta del Gobierno de la República Fondo Común” cuando corresponda y cada vez que el banco que opera la cuenta específica de este convenio haga las acreditaciones corréspondientes, en virtud de la disposición emanada del Decreto Legislativo Número treinta guión dos mil doce (302012), Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013,con vigencia, para el Ejercicio Fisca! 2014 del Congreso de la República de Guatemala SEXTA: Fiscalización, supervisión, monitoreo y evaluación. El Ministerio de Educación, por medio de las unidades correspondientes, velará por el cumplimiento de los objetivos y demás estipulaciones establecidas en el presente convenio, a través de las siguientes acciones: la Dirección de Auditoría interna (DIDAI), la fiscalización de los fondos públicos a que se refiere

medio de las unidades correspondientes, velará por el cumplimiento de los objetivos y demás estipulaciones establecidas en el presente convenio, a través de las siguientes acciones: la Dirección de Auditoría interna (DIDAI), la fiscalización de los fondos públicos a que se refiere este convenio, en forma ex post de acuerdo al Plan Anual de Auditoría (PAA) y con base a muestreo selectivo y normas de Auditoría Gubernamental. La supervisión y monitoreo, queda bajo la responsabilidad de: Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, Dirección Departamental de Educación de Sololá, Dirección Departamental de Educación de Chimaltenango, Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, Dirección Departamental de Educación del Quiché, Dirección Departamental de Educación de Escuintla y 3Ministerio de Educación utero, O. A. Dirección Departamental de Educación Guatemala Norte, a través de: a) la Subdirección de Fortalecimiento a la Comunidad Educativa, la verificación de la gratuidad, b) la Subdirección Tecnico Pedagógica, el desarrollo de la propuesta educativa y ¢) a la Subdirección Administrativa Financiera de la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, la verificación de la correcta utilización del recurso financiero asignado, que atiende a la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, y el alcance de los objetivos establecidos en el presente convenio. - SEPTIMA: Obligaciones: A. Del Ministerio de Educación. A.1 Hacer efectiva la disponibilidad presupuestaria asignada por el Ministerio de Finanzas Públicas, al Ministerio de Educación, a través de la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, el aporte acordado en la cláusula tercera del presente convenio, para los fines establecidos en la misma. El

través de la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, el aporte acordado en la cláusula tercera del presente convenio, para los fines establecidos en la misma. El desembolso de los pagos estará sujeto a la disponibilidad financiera del Ministerio de Educación. A.2. Velar porque se cumpla con lo establecido en la Clausula sexta del presente Convenio. B. Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM: B.1 Deberá presentar a la Unidad de Administración Financiera de la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Occidente, previo al trámite del pago, fotocopia del oficio o conocimiento donde conste la entrega de las cajas fiscales a la Contraloría General de Cuentas. B.2 Deberá, sin requerimiento previo, rendir informes narrativo-financieros trimestrales de la ejecución de los desembolsos recibidos del Ministerio de Educación, ante el Departamento de Programas de Apoyo y Subdirección Administrativa Financiera de la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, con copias a la Dirección de Administración Financiera (DAFI), la Dirección de Auditoría Interna (DIDAI), del Ministerio de Educación, y la Delegación de la Contraloría General de Cuentas, a efecto de propiciar una evaluación permanente de los resultados y beneficios obtenidos con motivo del aporte económico otorgado. B.3 Presentar a la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, con copia a la Dirección de Auditoría Interna (DIDAD), del Ministerio de Educación y Delegación de la Contraloría General de Cuentas, sin necesidad de requerimiento, un informe final anual que contenga la evaluación total del funcionamiento de su programa, los resultados del aprendizaje logrado por los alumnos

Auditoría Interna (DIDAD), del Ministerio de Educación y Delegación de la Contraloría General de Cuentas, sin necesidad de requerimiento, un informe final anual que contenga la evaluación total del funcionamiento de su programa, los resultados del aprendizaje logrado por los alumnos asistentes y la forma detallada en que fueron invertidos los fondos asignados, los cuales deben estar respaldados con los comprobantes legítimos que amparan el destino dado a los mismos, y que deben estar disponibles para su verificación por las autoridades correspondientes. B.4 Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, deberá publicar en el Sistema Informático de Gestión de Guate compras, las compras, contrataciones y adquisiciones que efectúe con " esta subvención, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo número cincuenta y K siete guión noventa y dos (57-92), del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, Anger Camajó Cabrera Representante Legal ACE B.5 La Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, y sus centros educativos, deberán cumplir con las leyes, reglamentos y demás disposiciones ministeriales relacionadas con el funcionamiento de centros educativos y entidades educativas gratuitas subvencionadas por el h Ministerio de Educación, utilizando el aporte económico otorgado, exclusivamente en los rubros N establecidos en la cláusula tercera, en especial prestando ininterrumpidamente, los servicios de educación totalmente gratuita. B.6 Con el propósito de disminuir el ausentismo y la deserción de 4 TasMintstevio de Educación Guatemala, CA.

educación totalmente gratuita. B.6 Con el propósito de disminuir el ausentismo y la deserción de 4 TasMintstevio de Educación Guatemala, CA. los alumnos a los centros educativos, la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM y Sus centros educativos, objeto de la presente subvención, se obligan a lograr un porcentaje mínimo del noventa y cinco por ciento (95%), de asistencia de los alumnos durante el ciclo escolar, reduciendo drásticamente el porcentaje de deserción a un máximo del cinco por ciento (5%), así como, establecer un porcentaje mínimo del setenta y cinco por ciento (75%), en el rendimiento académico de los alumnos con el fin de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en los centros educativos subvencionados con el presente convenio, para lo cual deberán proporcionar informes del desarrollo de los programas de estudio, de las actividades realizadas y cualquier otra información estadística de la población escolar beneficiada, cuando la requiera personal del Ministerio de Educación. B.7 Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, se obliga a trasladar y presentar a los centros de evaluación y en las fechas requeridas por la Dirección General de Evaluación e Investigación

Educativa (DIGEDUCA), a los alumnos de los grados y ciclos a quienes corresponda aplicar pruebas de evaluación. B.8 Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM y sus centros educativos, quedan obligados y se comprometen a incluir y divulgar, en los documentos que editen, en su correspondencia y otros medios que estimen convenientes, el reconocimiento del aporte que el Ministerio de Educación hace al financiamiento de su programa.--——————————— OCTAVA: Prohibiciones. La Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, tiene especialmente prohibido: a) Ceder los derechos que provengan del presente convenio, b) Utilizar los fondos para fines distintos a los que se especifican en el presente convenio. c) Celebrar empréstitos, con los fondos de la subvención, d) Efectuar modificaciones en gasto a cantidades a ejecutarse, comprometiéndose a deducir las responsabilidades civiles y penales que correspondan, a las personas que resulten involucradas en las violaciones al presente convenio, así como a responder y reponer con sus propios fondos toda cantidad de la subvención que se haya utilizado para fines distintos de los aquí establecidos, e) Efectuar cobros directos o indirectos por los servicios educativos que presenten en los Centros Educativos objeto de esta subvención, f) Contratar a personal docente y administrativo que en la misma jornada, tenga alguna relación laboral con el Ministerio de Educación o instituciones

relacionadas laboralmente con el mismo, por incompatibilidad en los horarios.- NOVENA: Causas para la terminación del convenio. El presente convenio podrá darse por terminado antes del vencimiento del plazo, en los casos siguientes: a) Si las partes así lo acordaran, b) Si se diera uso distinto o se detectaran anomalías en el manejo y ejecución de los fondos aportados por el Ministerio de Educación, c) Sí la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, no cumpliera con los objetivas y obligaciones pactadas en el presente convenio, d) Por decisión unilateral del Ministerio de Educación, por las razones que considere pertinentes. Al finalizar los efectos y vigencia del presente convenio, se liquidaran las obligaciones respectivas, otorgándose finiquito recíproco entre ambas partes... DECIMA: Vigencia y revalidación del convenio. El presente convenio tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial. La revalidación estará sujeta a: a) La disponibilidad financiera del Ministerio de Educación y que el aporte para el programa educativo de la Asociación de Centros Educativos Mayas ACEM, sea autorizado dentro del 0 ingel 4 e < 25 3 © AS e 8 5 ” e a @ e 5Ministerio de Educación Fuatemela, O. A. presupuesto del Ministerio de Educación, para el año que corresponda, pudiendo variar el monto a subvencionar de acuerdo a la disponibilidad que tenga el Ministerio de Educación, b)A solicitud de la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente, de conformidad con la evaluación que efectúe, dentro del ejercicio fiscal correspondiente, de la forma detallada en que fueron invertidos los fondos asignados y la satisfacción de los resultados educativos logrados.

DECIMA PRIMERA: Modificaciones, controversias Y casos no previstos. Las disposiciones contenidas en el presente convenio se podrán modificar de común acuerdo entre las partes. Las controversias surgidas con motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente convenio, serán resueltas en forma conciliatoria entre las partes otorgantes; de igual manera se resolverán los aspectos no contemplados, y los acuerdos a que se llegue en cualquiera de los casos anteriores, se formalizarán mediante adenda que pasarán a integrar el convenio, —-———- DECIMA SEGUNDA: Anexos. Forman parte del presente convenio: a) Certificación de Gratuidad de los servicios educativos, b) Certificación de aval emitido para fa renovación del convenio de subvención y Dictamen Técnico emitido por las Direcciones Departamentales de Educación a las que pertenecen los centros educativos de dicha asociación, c) Los documentos de acreditación y representación lega! de los otorgantes, d) Fotocopia de los Estatutos y Personalidad Jurídica de la Asociación Centros Educativos Mayas, e) Certificación del Número de Identificación Tributaria (NIT), $ Certificación de la Cuentadancia emitida por la Contraloría General de Cuentas, g) La Certificación del Número de Registro de Operación, en el Sistema Informático de Gestión de Guatecompras, h) El anteproyecto de presupuesto de ejecución del aporte otorgado por el Ministerio de Educación, iy La nómina de los establecimientos educativos, con la constancia de autorización oficial, y los niveles que atiende cada uno, j) Finiquito recíproco entre ambas partes, k) Autorización de funcionamiento y constancia de propiedad de cada establecimiento educativo, acompañados de la Constancia de Gratuidad debidamente certificada por la Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente y el Finiquito extendido por la Contraloría General de Cuentas...

DECIMA TERCERA: Lectura y aceptación. En los términos y cláusulas relacionadas, los comparecientes, en la calidad con que cada uno actuamos, hemos dado lectura al presente convenio, y enterados de su contenido, objeto y validez y demás efectos legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos en dos (2) originales contenidos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación, impresas únicamente en su anverso.

MA ANGEL CAMAJA CABRERA.

Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal Asociación Centros Educativos Mayas Miguetilazel Camajá Cabra Representante Legal ACEM

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