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Acuerdo Ministerial 14-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 14-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

TERIO DE EDUCACION Página E de 3

Guatemala, C. A.

ACUERDO MINISTERIAL No. 0014-2013

Guatemala, 02 de enero de 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de ía República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial! el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de fa realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución dei Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano det sistema educativo nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud

con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Liceo Cristiano Hispanoamericano,” presentó su solicitud para impartir la

técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Liceo Cristiano Hispanoamericano,” presentó su solicitud para impartir la

carrera de Magisterio de Educación Infantil il Bilingue Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable No. DDECHIM-DTPB1-033/2012 de fecha veintiuno de diciembre de dos mil doce, emitidopor la Dirección Departamenta! de Educación de Chimaltenango, es procedente ta autorización de la referida carrera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 7 2016-2018 y 2017-2019, al Liceo Cristiano Hispanoamericano del municipio de Chimaltenango

del departamento de Chimaltenango Ps para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, bajo fas siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales.

b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales. TA c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos.MINISTERIO DE EDUCACION Página 2 de 3 Guatemala, C. A. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural Cuarto Grado No. Asignatura Períodos 1 Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3 2 Matemáticas 4 3 Fisica Fundamental 3 4 Comunicación y Lenguaje: idioma Materno | (L1) 5 5 Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) 4 6 Expresión Artística y Corporal E Danza, Teatro y su 3 didáctica 7 Psicopedagogía y Didáctica Generales 3 8 Educación Bilingüe Intercultural 4 9 Informática Aplicada a la Educación 3 10 Práctica Docente: Observación de educación formal y no 3 formal 35 Quinto Grado Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación 4 No. 1 2 Medio Socia! y Natural | y su didáctica 3 Estadistica Aplicada a la Educación 4 5 6

Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma If (L2)

Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su

2 Medio Socia! y Natural | y su didáctica 3 Estadistica Aplicada a la Educación 4 5 6

Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma If (L2)

Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su 3 3

Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno II (L1) 4

4 4 didáctica 7 Psicopedagogía Infantil 3 8 Didáctica de las Matemáticas 3 9 Planificación y Evaluación 3 10 Práctica Docente: Observación y participación 4 35 Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos 2 Medio Social y Natural Il y su didáctica 3 3 Química 4 4 Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 6 Literatura Universal 3 7 Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garífuna 3 8 Expresión Artística y Corporal III: Artes Plásticas, Artes de 3 las Culturas de Guatemala y su didáctica 9 Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y en 3 valores e 10 | Práctica Docente 5 al 35MINISTERIO DE EDUCACION Página 3 de 3 Guatemala, C. A. Artículo 3. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Chimaltenango la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial.

Dirección Departamental de Educación de Chimaltenango la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 4. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Chimaltenango autorizará las siguientes cohortes de las carreras autorizadas a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 5. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Chimaltenango, supervisará la ejecución de las acciones del Liceo Cristiano Hispanoamericano para el aseguramiento de la calidad educativa, Artículo 6. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para las carreras autorizadas, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente, Artículo 7. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Liceo Cristiano Hispanoamericano. Artículo 8. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 9. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

COMUNÍQUESE, A 2h e

El > B

CINTHYA C A DEZ ÁGUILA MENDIZÁB,

LOS VICEMINISTROS DE EDUCACIÓN

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