Acuerdo Ministerial 151-2018
Ministerio de Desarrollo Social
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 151-2018
- Autor
- Ministerio de Desarrollo Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
GOBIERNO DE LA AEPÚNLICA DE
UA DE DESARROLLO SOCIAL
MINIS ACU TERIO DE DESARROLLO SOCIAL MINISTERIAL NÚMERO DS-151-2018 Guatemala, 5 de diciembre de 2018
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
Que la Constitución Política CONSIDERANDO de la República de Guatemala faculta a cada Ministro de Estado a dirigir, tramitar, resplver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su Ministerio, así como velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa, la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a 5U Cargo, y dictar los a uerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de 515 asuntos de conformidad con la ley. CONSIDERANDO Que por mandato legal, el Ministerio de Desarrollo Social como enfe rector le corresponde diseñar, regul nivel de bienestar de los indi Extrema, de manera que se condiciones de vids, as ámbito no cubierto por políti y ejecutar las políticas públicas orientadas a mejorar el iduos o grupos sociales en situación de pobreza y pobreza s dote de capacidades y oportunidades para mejorar sus urando el respeto de sus derechos humanos ¥ públicas sectoriales y garantizar el derecho humano de constitucionales, a acciones para evitar exclusión y vulnerabilidad en el la población vulnerable poe mejorar sus condiciones de vida, asegurando la participación de éstos en el Que mediante Acuerdo Minis: quince,
DISPOSICIONES LEGALES de: emitido por el entonces Titular de este Ministerio, sarrollo integral de la sociedad gustemalteca.
CONSIDERANDO terial No.90-2015 de fecha uno de septiembre de dos mil
quince,
DISPOSICIONES LEGALES de: emitido por el entonces Titular de este Ministerio, sarrollo integral de la sociedad gustemalteca.
CONSIDERANDO terial No.90-2015 de fecha uno de septiembre de dos mil se regulan las QUE REGULAN Los PROGRAMAS SOCIALES “MI BECA SEGURA" Y “JÓVENES PROTAGONISTAS", dentro de las cuales se contempla la creación del Programa Social denominado “Mi Beca Segura”; no obstante, en observancia a la naturaleza de este Ministerio, es necesario modificar la referida denominación, a efecto que e Se ajuste 2 los objetivos y fines del misma. Con base en lo considerad POR TANTO » y en el ejercicio de las funciones, que le confieren los artículos; 194 incisos a), f) e ) de la Constitución Palítica de la República de Guatemala; 27 literales a), e), f y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y 7 literales a, b.. h. y |, del Reglamento Sta: avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA,
Teléfono: (502) 2300-5400GUAT DE LA REPÚBLICA DE | GUATEMALA | MI ERIC NE DESARRO SOCIAL Orgánico Interno del Mont de Desarrollo Social, Acuerdo Gubernativo número B72012 del Presidente de la se imc de Guatemala, ACUERDA Reformas al Acuerdo e No.90-2015 de fecha uno de septiembre de dos mil quince, del Ministerio Y Desarrollo Social.
Articulo 1. Se reforma el Tute, El cual queda de la siguiente manera: “DISPOSICIONES L. “BECA SOCIAL” y 4
GALES QUE REGULAN LOS PROGRAMAS SOCIALES JÓVENES PROTAGONISTAS™
Articulo 1. Se reforma el Tute, El cual queda de la siguiente manera: “DISPOSICIONES L. “BECA SOCIAL” y 4 GALES QUE REGULAN LOS PROGRAMAS SOCIALES JÓVENES PROTAGONISTAS™ Artículo 2. Se reforma el ARTÍCULO 1, el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1, ión del Frograma Social “Beca Social”. Se crea el Frograma Social e Social, el cual se ejecutará a través de las siguientes intervenciones:
a) “BECA SOCIAL PRIMER EMPLEO",
- "BECA SOCIAL EDUCACIÓN MEDIA", E) "BECA SOCIAL EDUCACIÓN SUPERIOR", Artículo 3. Se reforma el A a) "BECA Este programa social SOCIAL ARTESANO", se constituye como una herramienta de protección social que facilite el acceso, continuidad y permanencia a la educación formal, capacitación y 0 2 adolescentes, jóvenes y adultos, en situación de pobreza y pobreza Extrema del áreas urbana y rural del pais, a través de la entrega de Transfere cias Monetarias Condicionadas (TMC)." RTÍCULO 2, el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2. Objetivo del Programa Social Beca Social. Promover el ACCESO, continuidad Y permanencia de adolescentes, jóvenes y adultos a programas de — formal, capacitación y empleo, para el fortalecimiento ab de sus capacidades, personal.” Sta. lidades y competencias que contribuyan a su desarrollo
avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA. = Teléfono: (502) 2300-5400—_ — — CDE DESAERCHILO SOCIAL Artículo 4, Se reforma el qu 3, el cual queda de la siguiente manera:
avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA. = Teléfono: (502) 2300-5400—_ — — CDE DESAERCHILO SOCIAL Artículo 4, Se reforma el qu 3, el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3. Pol ación Objetivo del Programa Social Beca Social. El Programa Social “Beca Social”, está dirigido a la población en situación de pobreza o pobreza que del área urbana y rural del pais, que se encuentren dentro de las edade $ siguientes: a) Beca Social [Educación Media está dirigida a adolescentes y jóvenes comprendidos en las edades de once (11) 2 veinticuatro (24) años. b) Beca Social Educación Superior está dirigida a jóvenes comprendidos en las edades de dieciseis (16) a veintiocho (28) años. c) Beca Social Primer Empleo está dirigida a jóvenes comprendidos en las edades de dieciocho {18} a veinticinco (25) años. d) Beca Social| Artesano, está dirigida a personas mayores de edad, preferentemente mujeres.” Articulo 5. Se reforma el TÍCULO 4, el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4, Fases Beca Social Primer Empleo. El Programa Social “Seca Social Primer Epia" constará de una fase, siendo esta Jóvenes Aprendices Artículo 6. Se reforma el ARTÍCULO 5, el cual queda de la siguiente manera: "ARTÍCULO 5. Monto de la Transferencia Monetaria Condicionada. La Transferencia Monetaria Condicionada otorgada a los usuarios del Programa Social "Beca Social! se establece según la forma de intervención de beca, se entrega de ma bancarizada y está sujeta al cumplimiento de corresponsabilidades establecidas en el Manual Operativo del Programa Social. Los montos asigr: Son
| 3) Al usuario de Beca Social Educación Media será hasta de dos mi quinientos quetzales (02,500.00) anuales. 5) Al usuario Beca Social Educación Superior será hasta de dos mil quinientos quetzales {Q.2,500.00) anuales. E) Al usuario de Beca Social Primer Empleo, le será acreditada la cantidad de dos mil quetzales (22,000.00) mensuales, por un penado de cinco (5) meses improvogables. dl Al usuario -. Beca Social Artesano será hasta de un mil doscientos quetzales (Q.1, 200,00) anuales Artículo 7. Se reforma el RricuLo 6, &l cual queda de la siguiente manera; Sta. avenida 5-78 zona 9, Guatemala CLA.
Teléfono: (502) 2300-5400IADHIZRNG DE LA REPÚBLICA DE | “ARTÍCULO 6. Ejecución del Programa Social Beca Social. La Dirección de Prevención cocer] en coordinación con las siguientes Subdirecciones: Subdirección de Betas Empleo: Subdirección de Becas Educación Media y la Subdirección de Be as Educación Superior, así como la Dirección de Promoción Social en coordinación con la Subdirección de Capacitación Productiva todos del Viceministerio de tección Social del Ministario de Desarrollo Social, son estrictamente responsables de la ejecución de los procedimientos administrativos a 54 cargo, velando por que la entrega de la Transferencia Monetaria Condicionada, se realice de acuerdo a las nomas, procedimientos y aspectos técnicos pt establecidos, que garanticen la probidad, transparencia y el manejo adecuado de los recursos asignados al programa Social"
Artículo 8, Se reforma el ARTÍCULO 7 el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO 7. Evplueción. El Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación, a traves de la Dirección de Monitareo y Evaluación es responsable del monitoreo y evaluación de los Programas Sociales "Beca Social" y “Jóvenes Protagonistas”. La Dirección de Prevención Social en coordinación con las Subdirecciones de Beca Educación Media, Beca Educación Superior, Beca Empleo, Familias Seguras, y la Dirección de Promoción Social en coordinación con la Subdirección de Capacitación Productiva del Viceministerio de Protección Social, son las en gadas de generar la información requerida para los procesos de di de y evaluación de los Programas Sociales Articulo 9. Se reforma el ANTIOULO 11 el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO 11. El financiamiento para los Programas “Beca Social” y sus infevenciones” asi de “Jóvenes Protagonistas”, provienen del programa presupuestario número quince (18) “Prevención de la Delincuencia en Adolescentes y A. Estado para cada ejercicio fiscal” Artículo 10. Las demás di siciones contenidas en el Acuerdo Ministerial No.90-2015 q. dos mil quince, del Ministerio de Desarrollo Social, mantienen su plena validez vigencia. Articulo 11. Se instruye a la Viceministra Administrativa y Financiera, al Viceministro de Protección Social y al Viceministro de Política, Planificación y Evaluación, así como al Competencias, realicen tados los procesos y procedimientos Correspondientes, a avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA. % Teléfono: (502) 2300-5400GUAT DE LA REPÚBLICA DE
SUEROLLL SOCIAL
Competencias, realicen tados los procesos y procedimientos Correspondientes, a avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA. % Teléfono: (502) 2300-5400GUAT DE LA REPÚBLICA DE SUEROLLL SOCIAL gestionen la actualización de los manuales respectivos y de cualquier otro instrumento Que se utilice para el funcionamiento del Programa Social referido, así como velar por la estricta observancia de lo aquí dispuesto, teniéndose como plazo limite para el cumplimiento del presente artículo el día veintinueve (29) de mazo de dos mil diecinueve (2019), Articulo 12, El presente Acuerdo Ministerial surte sus efectos a partir del uno (1) de enero del año dos mil diecin: heve (2,019). COMUNÍQUESE, Sta avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA, Teléfono: (507) 2300-5400