Acuerdo Ministerial 1517-2007
Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, Infraestructura y Vivienda
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 1517-2007
- Autor
- Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, Infraestructura y Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2007
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Guatemala, 2 5 JUN. 2007
ACUERDO MINISTERIAL No. /3/7-22927
EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
CONSIDERANDO: Que cl Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda se encuentra en un proceso de modemización, que incluye el acondicionamiento de las estructuras administrativas y la actualización de los manuales de Funciones y Procedimientos de trabajo a las necesidades del servicio, los cuales deben cjercitarse con apego a los principios de eficiencia, eficacia y exigencias de una buena administración CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, propició un proceso para diseñar los Manuales de Funciones y Procedimientos de sus Dependencias; considerando la necesidad de definir los diferentes puestos de trabajo, así como sus funciones y procedimientos relativos a las diversas actividades que sc desarrollan en cada área y unidad de trabajo, según su estructura orgánica.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y los artículos 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República “Ley del Organismo Ejecutivo”, y 5 literal 0) del Reglamento Intemo del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, Acuerdo Gubemativo No.520-99 de fecha 29 de junio de 1999, reformado por Acuerdo Gubernativo No.114-2007 de fecha 11 de abril de 2007.
ACUERDA:
Vivienda, Acuerdo Gubemativo No.520-99 de fecha 29 de junio de 1999, reformado por Acuerdo Gubernativo No.114-2007 de fecha 11 de abril de 2007.
ACUERDA: Artículo 1. APROBACIÓN. Con el fin de coadyuvar a una eficiente ejecución de las actividades de los diferentes puestos de trabajo, se aprueban los Manuales de Funciones y Procedimientos de las siguientes Dependencias del Ministerio de Comunicaciones,
Infraestructura y Vivienda: a) Dirección Superior
b) Dirección General de Transportes DIRECCION GENERAL DE CAMINOS c) Dirección General de Caminos SECRETARIA GEN! “ d) Dirección General de Acronáutica Civil, €) Dirección General de Correos y Telégrafos E ! e JUL a ) Dirección General de Radiodifusión y Televisión Nacional, E) Superintendencia de Telecomunicaciones h) Unidad de Construcción de Edificios del Estado 1) Unidad de Control y Supervisión de Cable j) Unidad para cl Desarrollo de Vivienda Popular k) Instituto Nacional de Sismología Vulcanología, Meteorología ¢ Hidrología. 1) Fondo para el Desarrollo de la Telefonía m) Dirección General de Protección y Seguridad Vial n) Fondo Guatemalteco para la Vivienda 0) Unidad Ejecutora de Conservación Vial Reznido e 10o. Moja:. ig. MO,yige”
MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Artículo 2. CONTROL Y VERIFICACIÓN. Las Auditorías Internas de las Dependencias del Ministerio de Comunicaciones, Infracstructura y Vivienda, serán responsables de cjercer control, verificación y cl cumplimiento de los Manuales de
Artículo 2. CONTROL Y VERIFICACIÓN. Las Auditorías Internas de las Dependencias del Ministerio de Comunicaciones, Infracstructura y Vivienda, serán responsables de cjercer control, verificación y cl cumplimiento de los Manuales de Funciones y Procedimientos en las diversas auditorias que realicen. Artículo 3. SEGUIMIENTO. La Unided de Auditoría Interna del Ministerio, verificará que las Auditorias Internas de las Dependencias del Ministerio, cumplan con darle el seguimiento a las actividades que se ejecuten de acuerdo a los Manuales de Funciones y Procedimientos. Artículo 4. ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN. Con cl objeto de mantener actualizados los Manuales de Funciones y Procedimientos aprobados en el artículo | del presente Acuerdo, se faculta a los Directores de las Dependencias proponer al Despacho Ministerial, modificaciones a dichos Manuales, para mejorarlos y actualizarlos. Artículo 5. DEROGATORIA. Sc derogan todas las disposiciones que se opongan o contradigan el contenido de los manuales aprobados por medio de este Acuerdo. Artículo 6. VIGENCIA. El presceate Acuerdo Ministerial surte sus efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE:
Encargada del Despacho El Viceministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. , jfistro-de Comunicaciones, Infreestructura y ViviendaArticulo 1. Se reforma el arículo 3 el cual queda asi “Articulo 1 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA s e co inimesincta y - pongaconemente para el desempeño de mue funciones, con las Sgueries unidades o= lo NIVEL SUPERIOR > mayra a | | Fondo para el Deserrolo de la Telstonia -FONDETELs e co inimesincta y - pongaconemente para el desempeño de mue funciones, con las Sgueries unidades o= lo NIVEL SUPERIOR > mayra a | | Fondo para el Deserrolo de la Telstonia -FONDETELGerencia General Gerencia Técnica Dirección General de Protección y Seguridad Vial -PROVIAL-: © Otra drgancs que dentro de ios ves niveles anteriores a Guares en el haa Articulo 2. Se adiciona el ación 18 ba of cs queda asi: 2 Contrbur al eficar funcionamsento del sistema de vampore ieneste en el jntcro. nacional, salvo © establecido an leyes especiales. Mataro de infuentruciure y Vivenda O on sutopistas, camteras principales. canteras secundarias y aires an donde la autoridad de vinalo o haya sido delegada y ova erdidad. © Aint 3 los conductores que por desperiecios mecánicos impidan y obelaculcen el Váruño vehicular | có — E Gro, LUNES 16 de abri de 2007 _—]—.—]]—
DIARIO de CENTRO AMÉRICA 0
Articulo 3. Los recursos Inencieros de ia rección General de Protección y Segundas Vil PROVIAL. para el deserrolo de sus alibuciones de mas fos, o fecal 2007. provendrán del Presupuesto de agresce vigente del Ministerio de Comunicaciones. s y Venda: y en ls mbeiuiertes ejercicios fucales ato Mirame solciará las asignaciones apaches pura = propósio, dentro de muaprorecio de prempunsto que conseponda. adi el tercer al artículo 1 del Ministerial número 50-83 de fecha 22 de diciembre de 1992.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 20-2007
adi el tercer al artículo 1 del Ministerial número 50-83 de fecha 22 de diciembre de 1992.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 20-2007
Cutamala. 13 de abri de 2007 En el jc de ls teclados que le confiere o st 194 moral Ot o aida 2 y 7 Marat ai y = e ARTÍCULO 2 DE LA VIGENCIA. 5 presento Acuario Mt omar 3 mor el de —— “Dio as Caro AuraBlicacisnes VARIAS
DIARIO DE CENTRO AMERICA _
MUNICIPALIDAD DE ESQUIPULAS,
DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA
ACTA NÚMERO 013-2007
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ESQUIFULAS. DEPARTAMENTO DE CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vta el Libro de Actas No 71. de Sesiones de la. Comención Municipal. ca el cual aparece mentado el Aci mimero 013-2007 de fecha et de marzo del año dos mi sete. en donde me aprobó el punto resiaiivo número Cabero y la Administración de mus bienes nacionales de amo comba 0 mo. y e todas . - - 7 eme os servicio públicas, Sano pra l bc taz mentes por la premiación de lr mame. + muvís de las ordenanzas y reglamentos que comenpondan CONSIDERANDO: Que los
tunes municipales son de wo comán © mo. 3¢ viiican indisiniamente por Entidades > Empreas Mercantiles. tuando mémetraian y mobilario ebeno, rel. pretendo s servicios con fines de lacra. an que emos paguen renta alguna por dano dl he blica. CONSIDERANDO Que de conformidad con el sk int y cines g » 05 . ) del Codigo Municipal Decreto Namero doce pas des má dos (132003 del de la República, establece que le compete ai Concejo Municipal la ción de renta de tor bones municipales. se eo de mo comás o me sin embarga. en le actualidad mo we he etieción recita alguna o servidembee amenas mire la vis pública. por lo que se hace ocur extabiccas vom vent obre el ao de las memos. POR TANTO con fundamento Lo y en lo que pra el eco lem articulos 25% 54. 25 de la Poltica de lo República de Guatemala; 4, 9, T8, 7 8, 10 y 101 del decreto Número 132002 Cage Municipal del Congreso de la República. ACUERDA: Prim Piar por mcupao - de ren aman ae las ion de o coma 5 20. aro toas aquellas e iva & ¡enicas que con fines de Jaco prestan servicios metiados de iramtrucura y mcbilaro artune o rel on o ren ublicn. a la cuento b Sens: El pago lo eiectuarn los interesados en forma anual y anticipada. dencho de los primeros cinco días de cada de año. Temes Cn acuerdo