Acuerdo Ministerial 162-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 162-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
© Ministerio de Educación Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. 0162-2012
Guatemala, 16 de enero de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Organismo Judicial acordó por medio de Resolución 00210 de fecha once de enero de dos mil diez, autorizar el traslado de diez (10) equipos de computo a favor del Ministerio de Educación, para uso del Instituto de Educación Básica Núcleo Familiar Educativo para el Desarrollo NUFED número cuarenta y siete, del caserío Chuiatzam, cantón Pahaj, del municipio de Santa Lucia Utatlán, departamento de Sololá.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 del Acuerdo Gubernativo Numero 217-94 Reglamento de Inventarios de los Bienes Muebles de la Administración Pública; 27, inciso i) del Decreto 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo y 1 del Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; es procedente la aceptación del traslado relacionado en el considerando anterior ya que el mismo es conveniente para los intereses del Estado y beneficioso para el desempeño de las funciones del Instituto de Educación Básica Núcleo Familiar Educativo para el Desarrollo NUFED número cuarenta y siete, razones por las cuales debe aceptarse y emitir la correspondiente disposición legal.
POR TANTO: En ejercicios de las funciones que le confieren los artículos 194, literates a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 23 y 27 literales f) y m) del Decreto
emitir la correspondiente disposición legal.
POR TANTO: En ejercicios de las funciones que le confieren los artículos 194, literates a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 23 y 27 literales f) y m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y, con fundamento en los artículos 10 y 11 del Decreto número 12-91, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional, así como lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo Gubernativo No. 217-94, Reglamento de Inventario de los Bienes Muebles de la Administración Pública, de fecha 11 de mayo de 1994.
ACUERDA: Artículo 1. Aceptar el traslado a favor del Estado de Guatemala y para ser adscrito al Ministerio de Educación a título gratuito, que hace la Presidencia del Organismo Judicial a través de la Gerencia General del equipo siguiente: a) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho - NC ochenta y cuatro N (78-NC84N); b) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho - NC noventa y ocho Y (78-NC98Y); c) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta
(A40), serie: setenta y ocho - ND diecisiete X (78-ND17X); d) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho — NC sesenta y cuatro Z (78-
(A40), serie: setenta y ocho - ND diecisiete X (78-ND17X); d) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho — NC sesenta y cuatro Z (78NC64Z); e) COMPUTADORA, marca IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho - NC setenta D (78-NC70D); f) COMPUTADORA, matca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho - ND doce Y (78-ND12Y); g) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho — NC noventa y ocho B (78-NC985); h) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), serie: setenta y ocho - ND cero cero T (78-NDOOT); i) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A cuarenta (A40), Serie: setenta y ocho — ND veinte T (78-ND20T) j) COMPUTADORA, marca: IBM, modelo: A 7 >- Ministerio de Educación Guatemala, C. A. cuarenta (A40), serie: setenta y ocho - NC setenta y cuatro L (78-NC74L); de conformidad con la Resolución No. 00210 de la Presidencia del Organismo Judicial de fecha once de enero de dos mil diez. Artículo 2. El equipo indicado en el artículo anterior será designado al Instituto de Educación Básica Núcleo Familiar Educativo para el Desarrollo NUFED número cuarenta y siete, del caserío Chuiatzam, cantón Pahaj, del municipio de Santa Lucia Utatlan, departamento de Sololá, con código de establecimiento No: 07-04-2957-45.
y siete, del caserío Chuiatzam, cantón Pahaj, del municipio de Santa Lucia Utatlan, departamento de Sololá, con código de establecimiento No: 07-04-2957-45. Artículo 3. El presente Acuerdo Ministerial se deberá hacer del conocimiento de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, por parte de la Dirección Departamental de Educación de Sololá y del donante del equipo, los cuales deberán tomar nota del traslado referido en sus respectivos registros. Artículo 4. El Ministerio de Educación agradece al Organismo Judicial su colaboración con el traslado de equipo que hizo al Instituto de Educación Básica Núcleo Familiar Educativo para el Desarrollo NUFED número cuarenta y siete, del caserío Chuiatzam, cantón Pahaj, del municipio de Santa Lucia Utatlán, departamento de Sololá, con código de establecimiento No. 07-04-2957-45. Artículo 5. El presente Acuerdo empieza a regir a partir de la fecha de su notificación.
COMUNÍQUESE.
CINTHYA CAR A DEL ÁGUILA MENDIZÁBAL
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