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Acuerdo Ministerial 1671-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 1671-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

A Página 1 de 1 Acuerdo No.1671-2012

MINISTERIO DE EDUCACION NM 1 Contrat(s) 189 de DIGEBI

ACUERDO MINISTERIAL No. 1671-2012

Guatemala, 13 de Junio de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, Xorresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios técnicosprofesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas” de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestaridus9, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas” de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestaridus9, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: \ DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL 2012-11130008108-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000 Número de Valor Total del contes Nombre de la Persona Contratada Contrato (IVA contrato i : incluído) “189. 464-2012 EDWIN RENÉ SIMÓN SIRÍN 1Q. 50,450.00 "A El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Educación Bilingue Intercultural, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE MINI, o MINIS . e Pe

Auditoría Interna del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE MINI, o MINIS . e Pe

DEL AGUIYA MENDIZÁBAL malo. CDO GUSTAVO GARCÍA ARCÍ

VICEMINISTRO DE EDUCACIÓNMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 464 - 1/6

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE

GUION CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO GUION DOS MIL DOCE

(No. 189-464-2012) En la ciudad de Guatemala, el día treinta (30) de mayo del año dos mil doce (2012).

NOSOTROS: OSCAR RENÉ SAQUIL BOL de treinta y nueve (39) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciado en Lingiistica, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un billón A novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos millones quinientos treinta y un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General De Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta

de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General De Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta y siete guión dos mil doce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número treinta y uno guión dos mil doce (31-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10); y, por la otra vane env RENÉ SIMÓN SIRÍN de treinta y tres > años de edad, soltero, guatemalteco, PERITO CONTADOR CON JALIDAD EN COMPUTACION COMERCIAL CON CUARENTA Y / cursos APROBADOS EN LA LICENCIATURA EN INFORMÁTICA ES ESADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS, con domicilio en el Departamento de Chimaltenango. Me identifico con cédula de vecindad número de orden C guión tres (C-3) y de registro número dieciséis mil ochocientos cuarenta y ocho (16848), extendida por el Alcalde Municipal de San Jose Poaquil departamento de Chimaltenango, con residencia en SEGUNDA CALLE TRES GUIÓN NOVENTA ZONA DOS, municipio de San Jose Poaquil departamento de Chimaltenango lugar

extendida por el Alcalde Municipal de San Jose Poaquil departamento de Chimaltenango, con residencia en SEGUNDA CALLE TRES GUIÓN NOVENTA ZONA DOS, municipio de San Jose Poaquil departamento de Chimaltenango lugar NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 464 - 2/6 que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto

18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS

Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto

18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como / para

SEGUIMIENTO AL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE INVENTARIO DE

BIENES ACTIVOS FIJOS -DIGEBIEN CUATRO DEPARTAMENTOS DE LA REPÚBLICA, DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL, CORRESPONDIENTE A LOS AÑOS DOS MIL DOS (2002) AL DOS MIL SIETE (2007, en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Elaborar un plan y cronograma de ejecución de actividades que conlleva la continuidad del ejercicio “focalización, finalización y levantado de inventario de activos fijos en los cuatro Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos; b) Recopilación información confiable y viable de los inventarios de activos fijos en los cuatro departamentos, Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos; c) Diseñar una guía y lineamientos con criterios claros para la implementación de estrategias de ejercicio y levantado de inventarios; d) Investigación y actualización de inventarios de activos fijos de cuatro departamentos, Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos; e) Codificar o recodificar en base a los libros de inventario, los activos fijos de

NMANCILLA

7MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 464 - 3/6

Marcos; e) Codificar o recodificar en base a los libros de inventario, los activos fijos de

NMANCILLA

7MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 464 - 3/6 los cuatro departamentos, Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos; f) Socializar y consolidar los resultados de la práctica de inventarios ante las autoridades educativas de las Direcciones Departamentales de Educación y Central de DIGEBI del Ministerio de Educación; g) Elaboración de informe final de los inventarios para su aprobación por las autoridades respectivas y su uso para el trámite de liquidación ante la Dirección General de Bienes del Estado. "El (La) Contratista" se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: a) Plan de actividades y cronograma; b) Propuesta de Metodología; Se entregará el veintinueve de junio de dos mil doce; PRODUCTO DOS: a) Informe de resultados impreso y en digital de la codificación y recodificación de bienes Activos fijos en los cuatro departamentos, Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos; Se entregará el treinta de agosto de dos mil doce; PRODUCTO TRES: a) Documento con guía de lineamientos del ejercicio de inventario por departamento; b) Documentos con orientaciones de políticas estratégicas para el ejercicio de inventarios para Directores Departamentales y DIGEBI; Se entregará el treinta de octubre de dos mil doce; PRODUCTO CUATRO: a) Entrega del informe final impreso y digital del levantado de activos fijos de las cuatro Direcciones Departamentales, Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos a las autoridades de DIGEBI / MINEDUC; Se entregará el treinta de noviembre de dos mil doce.

Departamentales, Quiché, Totonicapán, Quetzaltenango y San Marcos a las autoridades de DIGEBI / MINEDUC; Se entregará el treinta de noviembre de dos mil doce.

TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.50,450.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en cuatro (4) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de MIL NOVENTA QUETZALES EXACTOS (Q.10,090.00) equivalentes al veinte y Gia to (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto & E o en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de DIEZ NOVENTA AQUETZALES EXACTOS (Q.10,090.00) equivalentes al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Un tercer pago por un monto de DOCE MIL

SEISCIENTOS DOCE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS

(Q.12,612.50) equivalentes al veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Y NMANCILLAA MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 464 - 4/6 un cuarto y último pago por un monto de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS

CINCUENTA Y SIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 464 - 4/6 un cuarto y último pago por un monto de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS

CINCUENTA Y SIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS

(Q.17,657.50) equivalentes al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 4 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión cero tres guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero cinco guión ciento ochenta y nueve guión cero cighto uno guión, once, mil puión cero cero cojo cero, guión cero cero cero cero (2012-11130008108-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000) — del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para reste concepto y según Constancia de

General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para reste concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos veintinueve (17497429). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta (30) de noviembre del año dos mil doce (2012). QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: nformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 eglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el ento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a -086S-/aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta (30) de

NMANCILLA90

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 464 - 5/6 noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la

noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el

intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte esente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base ÉN elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como a e cia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL Curacao. Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 464 - 6/6 efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.

DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las

como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de ye membretado del o Ministerio de Educación. N N

EDWIN RENÉ SIMÓN SIRÍN

NMANCILLA

AA

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